picture_as_pdf 2006-07-20

REGISTRADA BAJO EL Nº 12558

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Mutua Cooperación, celebrado el 23 de abril de 2003, entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la entonces Subsecretaria de Cultura, Prof. Florencia Lo Celso, conforme autorización otorgada por Decreto Nº 459/03 y la Asociación Femenina de Profesionales de Santa Fe (Personería Jurídica otorgada mediante Decreto Nº 22609/46) representada por su Presidente, señora Mariela de Arcángelo de Quartucci, inscripto con fecha 6 de mayo de 2003, bajo Nº 1726, al  Folio 65, Tomo IV, en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto Nº 1767/84 - Dirección de Técnica Legislativa, cuya copia en dos (2) fojas forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

José Luis Gramajo

Subsecretario

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 1640

SANTA FE, 12 07 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.558 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Adriana E. Cantero de Llanes

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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