REGISTRADA BAJO EL Nº 12555
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Apruébase
el Acta Acuerdo Complementaria de Cooperación N°
145/03 -denominada Acuerdo Marco- al Convenio de Cooperación celebrado el 2 de
Octubre de 1998 entre esta Provincia y el Instituto Nacional de Educación
Tecnológica del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación,
aprobado por Decreto Provincial N° 3066/98, suscripta
el 9 de Abril de 2003, entre el Instituto Nacional citado, dependiente del
Ministerio de la Nación mencionado, representado por su entonces Director
Ejecutivo, señor Horacio Galli y el Ministerio de
Educación de la Provincia de Santa Fe, representado por su entonces, Titular,
Cont. Daniel Germano, inscripta bajo el N° 1770, el
26 de Junio de 2003, al Folio 87, Tomo IV, en el Registro de Tratados,
Convenios y Contratos Interjurisdiccionales -Decreto N° 1767/84- Dirección de Técnica Legislativa, que fuera
aprobada por Decreto N° 1581/05 del Poder Ejecutivo
Provincial, cuya copia en dos (2) fojas forma parte de esta norma.
ARTICULO 2.- Apruébase
el Protocolo Adicional celebrado el 23 de Abril de 2003, como complemento del
Acta Acuerdo que se aprueba por el artículo precedente, rubricado por igual
funcionario en representación del Instituto Nacional de Educación Tecnológica
del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación y por el
entonces señor Subsecretario de Educación por parte del Ministerio de Educación
de la Provincia de Santa Fe, Don Julio César Zapata, e inscripto el 13 de Junio
de 2003, bajo el N° 1763, Folio 83, Tomo IV, en el
Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales
-Decreto N° 1767/84 - Dirección de Técnica
Legislativa, que fuera aprobada por Decreto N°
1581/05 del Poder Ejecutivo Provincial, cuya copia en dos (2) fojas integra la
presente.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
José Luis Gramajo
Subsecretario
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1638
SANTA FE, 12 07 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.555 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Adriana E. Cantero de Llanes
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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