ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTIFICACION
Por disposición de la Señora
Administradora Regional Rosario, se notifica a la firma SUCESORES DE JOSE
CARLOS MAIORANO, cuenta Nº 021-092472-7 con domicilio fiscal en calle
Provincias Unidas 3398 de la ciudad de Rosario y/o EDGARDO CARLOS MAIORANO, DNI
Nº 14.685.469 en su carácter de Administrador provisorio de los bienes de la
sucesión del señor José Carlos Maiorano, con
domicilio en calle Laprida Nº 2050 de la ciudad de
Rosario - Provincia de Santa Fe, responsable solidario conforme a lo
establecido en los artículos 19 y 20 del Código Fiscal (T.O.
1997 y modificatorias), por edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus
efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código
Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 1117-4/05 dictada
en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0257830-8
“SUCESORES DE JOSE C. MAIORANO “. Rosario, 06 de Julio de 2004. - VISTO:...
CONSIDERANDO:.. RESUELVE:
ART. 1. - Determinar sobre base cierta
los reajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos
correspondientes a los períodos 02 a 09, 11 y 12/1998, 01, 02, 03, 05, 09 y
10/1999, 01, 02, 04, 05, 10 y 11/2000, 01/2001, 02 y 03/2002, 01, 03, 06, 07,
08, 10 y 11/2004 y de oficio sobre base presunta los correspondientes a los
períodos de 10/98, 04, 05, 07 a 12/2001, 01, 04 a 09 y 12/2002, 01 a 12/2003 y
04, 09 y 12/2004 y en concepto de Aportes Sociales - Ley 5110 sobre base cierta
los períodos 01 a 08 y 10 a 11/2002, 01 a 11/2003 y 01, 02, 04 a 10/2004 y por
estimación de oficio sobre base presunta los períodos de 06/2001, 09 a 12/2001,
12/2003, 11 y 12/2004, practicados a la firma SUCESORES DE JOSE CARLOS
MAIORANO, Cuenta 021-092472-7 y/o EDGARDO CARLOS MAIORANO en su carácter de
Administrado provisorio de los bienes de la sucesión del señor José Carlos Maiorano y responsable solidario de conformidad a lo
establecido por los artículos 19 y 20 del Código Fiscal (T.O.
1997 y modific.), de acuerdo a liquidaciones obrantes
a fs. 387 a 400 del referido Expte.
y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las
disposiciones establecidas por el Art. 45 del Código Fiscal (T.O. 1997 y sus modificatorias) conforme al Artículo 5º de
la Resolución 04/98 y de conformidad al siguiente detalle:
IMPUESTO |
PERIODOS |
DIF.IMPTO. |
RECARGOS |
MULTAS |
TOTALES |
|
|
ACTUALIZ. |
E INTS. |
|
|
|
|
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
02-03 a 12 /1998 |
15.501,23 |
37.646,55 |
6.761,64 |
59.909,42 |
Ingresos Brutos |
01-02-03-05-09- |
1.260,55 |
2.671,59 |
549,85 |
4.481,99 |
|
10/1999 |
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
01 -02-04-05-10 y |
1.629,16 |
2.817,53 |
710,64 |
5.157,33 |
|
11/2000 |
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
01-04-05-07 a |
7.359,42 |
9.756,20 |
3.210,18 |
20.325,80 |
|
12/2001 |
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
01 a 09 y 12/2002 |
20.433,20 |
19.952,95 |
8.912,96 |
49.299,11 |
Ingresos Brutos |
01 a 12/2003 |
34.379,99 |
19.093,30 |
14.996,55 |
68.469,84 |
Ingresos Brutos |
01-03-04-06 a |
39.102,51 |
6.981,48 |
17.056,51 |
63.140,50 |
|
12/2004 |
|
|
|
|
A.S. Ley 5110 |
06-09 a 12/2001 |
782,62 |
1.002,23 |
408,45 |
2.193,30 |
A.S. Ley 5110 |
01 a 08-10-11/2002 |
1.566,52 |
1.593,06 |
817,57 |
3.977,15 |
A.S. Ley 5110 |
01 a 12/2003 |
2.273,16 |
1.259,94 |
1.186,36 |
4.719,46 |
A.S. Ley 5110 |
01-02-04 a 12/2004 |
2.263,50 |
491,44 |
1.181,32 |
3.936,26 |
TOTALES |
|
126.551,86 |
103.266,27 |
55.792,03 |
285.610,16 |
ART. 2. - Requerir al citado
contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los
artículos 49 y 54 del Código Fiscal (T.O. 1997 y
modificatorias), el ingreso de la suma de $285.610,16 (Pesos Doscientos Ochenta
y Cinco Mil Seiscientos Diez con 16/100) conforme a lo detallado en el artículo
anterior, sin perjuicio de los intereses por falta de pago en término y de lo
establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal,
en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la
obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo
alguno las facultades a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare
inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y
satisfacer la diferencia resultante.
ART. 3. - De acuerdo a las facultades
conferidas por el artículo 23 inciso 5) del mencionado texto legal, se intima
para que en el plazo de 15 días de efectuado el ingreso del pago para cancelar
la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba y remita las
constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y
Control, sita en calle Tucumán Nº 1853 Rosario, bajo apercibimiento de
confeccionarse sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en
consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales de apremio a
promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o
competencia correspondan.
ART. 4. - Conforme a lo dispuesto en la
Ley 12.071, se les hace saber que le asiste el derecho de interponer formal
recurso de reconsideración en los términos del Art. 63º del Código Fiscal
vigente, dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación
de la presente.
ART. 5. - Regístrese y pase a la
Subdirección de Planificación, Selección y Control a los fines de su
conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
C.P.N. SUSANA ALEJANDRA RIZZO
Administradora Regional Rosario
Administración Provincial de Impuestos
S/C 17841 Jul.
20 Jul. 26
________________________________________________________________________________________
NOTIFICACION
Por disposición de la Señora
Administradora Regional Rosario, se notifica a la firma HECTOR NICHELE S.R.L., cuenta Nº 021-003326-5 con domicilio fiscal en
calle Santa Fe 917 de la ciudad de Rosario y/o HECTOR NICHELE, DNI Nº 5.996.164
en su carácter de socio gerente, con domicilio en calle San Nicolás Nº 1314 de
la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe, responsable solidario de
conformidad a lo establecido en los artículos 19 y 20 del Código Fiscal (T.O. 1997 y modificatorias), por edicto en el BOLETIN
OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997,
la Resolución Nº 1102-2/05 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0246460-3 “HECTOR MICHELE S.R.L.”.
Rosario, 06 de Julio de 2004. - VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE:
ART. 1. - Determinar los reajustes
impositivos en concepto de Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y Aportes
Sociales - Ley 5110 practicados a la firma HECTOR NICHELE S.R.L.,
Cuenta Nº 021-003326-5 con domicilio fiscal en Santa Fe 917 de la ciudad de
Rosario y/o Héctor Nichele en su carácter de socio
gerente, DNI 5.996.164 con domicilio en calle San Nicolás 1314, responsable
solidario de conformidad a lo establecido por los artículos 19 y 20 del Código
Fiscal (T.O. 1997 y modific.),
y; de acuerdo a liquidaciones obrantes a fs. 138 a
149 del referido Expte. y aplicar las penalidades
aconsejadas por la verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por
el Art. 45 del Código Fiscal T.O. 1997 y sus
modificatorias conforme al Artículo 5º de la Resolución General Nº 04/98 y de
conformidad al siguiente detalle:
IMPUESTO |
PERIODOS |
DIF.IMPTO. |
RECARGOS |
MULTAS |
TOTALES |
|
|
ACTUALIZ. |
E INTS. |
|
|
|
|
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
03a12/2001 |
|
|
6,37 |
6,37 |
Ingresos Brutos |
01a12/2002 |
1.720,00 |
1.456,84 |
509,60 |
3.686,44 |
Ingresos Brutos |
01a12/2003 |
2.759,07 |
1.542,41 |
762,88 |
5.064,36 |
Ingresos Brutos |
01a12/2004 |
2.564,89 |
562,26 |
709,19 |
3.836,34 |
Ingresos Brutos |
01a03/2005 |
869,63 |
54,78 |
240,45 |
1.164,86 |
A.S. Ley 5110 |
08/1998 |
68,29 |
162,81 |
22,27 |
253,37 |
A.S. Ley 5110 |
03a12/2002 |
395,10 |
368,86 |
128,84 |
892,80 |
A.S. Ley 5110 |
01a12/2003 |
551,29 |
301,38 |
179,78 |
1.032,45 |
A.S. Ley 5110 |
01a12/2004 |
666,18 |
145,52 |
217,24 |
1.028,94 |
A.S. Ley 5110 |
01a03/2003 |
156,81 |
10,87 |
51,14 |
218,82 |
TOTALES |
|
9.751,26 |
4.605,73 |
2.827,76 |
17.184,75 |
ART. 2. - Requerir al citado
contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los
artículos 49 y 54 del Código Fiscal (T.O. 1997 y
modificatorias), el ingreso de la suma de $ 17.450,11 (Pesos Diecisiete Mil
Cuatrocientos Cincuenta con 11/100) conforme a lo detallado en el artículo
anterior, sin perjuicio de los intereses por falta de pago en término.
ART. 3. - De acuerdo a las facultades
conferidas por el artículo 23 inciso 5) del mencionado texto legal, se intima
para que en el plazo de 15 días de efectuado el ingreso del pago para cancelar
la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba y remita las
constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y
Control, sita en calle Tucumán Nº 1853 Rosario, bajo apercibimiento de confeccionarse
sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia
soportar la carga de los costos y costas judiciales de apremio a promoverse en
su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia
correspondan.
ART. 4. - Conforme a lo dispuesto en la
Ley 12.071, se hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso
de reconsideración en los términos del Art. 63º del Código Fiscal vigente,
dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la
presente.
ART. 5. - Regístrese y pase a la
Subdirección de Planificación, Selección y Control a los fines de su
conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
C.P.N. SUSANA ALEJANDRA RIZZO
Administradora Regional Rosario
Administración Provincial de Impuestos
S/C 17842 Jul.
20 Jul. 26
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NOTIFICACION
Por disposición de la Señora
Administradora Regional Rosario, se notifica a la firma IMAZ, PIO ENRIQUE,
cuenta Nº 921-755234-3, con domicilio fiscal en calle Zeballos
945 de Rosario, por edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos
por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 1110-1/05 dictada en autos
caratulados Expediente Nro. 13302-0222045-6 “PIO
ENRIQUE IMAZ”. - Rosario, 06 de Julio de 2005. VISTO:... CONSIDERANDO:...
RESUELVE:
ARTICULO 1. - Determinar los ajustes
impositivos en concepto de Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y Aportes
Sociales Ley 5110, practicados al contribuyente IMAZ, Pio
Enrique, cuenta Nº 921-755234-3, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 115 y 116 y aplicar las penalidades aconsejadas por la
verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por artículo 5to. de la Resolución 04/98, de conformidad al siguiente detalle:
IMPUESTO |
DIF.IMPTO. |
RECARGOS |
MULTAS |
TOTALES |
|
|
E INTS. |
|
|
|
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
$ 104,94 |
$ 241,87 |
$ 83,60 |
$ 430,41 |
1998/05; 10; 11 y 12 |
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
$ 1.362,39 |
$ 2.766,10 |
$ 1.085,28 |
$ 5.213,77 |
1999/01 a 12 |
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
$ 5.757,87 |
$ 9.774,73 |
$ 4.586,72 |
$ 20.119,32 |
2000/01 a 12 |
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
$ 773,03 |
$ 1.116,32 |
$ 616,43 |
$ 2.505,78 |
2001/01 a 06 |
|
|
|
|
Ley 5110 1999/08; 09; 10 y 11 |
$ 180,30 |
$ 355,27 |
$ 26,58 |
$ 562,15 |
Inf. a los Deberes |
|
|
|
|
Formales |
|
|
|
|
TOTALES |
$ 8.178,73 |
$ 14.254,29 |
$ 6.398,61 |
$ 28.831,43 |
ARTICULO 2. - Requerir al citado
contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los
artículos 49 y 54 del Código Fiscal (T.O. 1997 y
modificatorias), el ingreso de la suma de $ 28.831,43 (Pesos veintiocho mil
ochocientos treinta y uno con 43/100) conforme a lo detallado en el artículo
anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en
término.
ARTICULO 3. - De acuerdo a las
facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5) del mencionado texto legal,
se intima para que dentro del plazo de 15 días de efectuado el ingreso del pago
para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba y remita
las constancias respectivas a la Sub-Dirección de
Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, sita en calle
Tucumán 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el
Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los
costos y costas judiciales de apremio a promoverse en su contra por ante los
Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
ARTICULO 4. - Conforme a lo dispuesto
en la Ley 12071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal
recurso de reconsideración en los términos del Art. 63, del Código Fiscal
vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la
notificación de la presente.
ARTICULO 5. - Regístrese y pase a la
Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa a
los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
C.P.N. SUSANA ALEJANDRA RIZZO
Administradora Regional Rosario
Administración Provincial de Impuestos
S/C 17843 Jul.
20 Jul. 26
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