picture_as_pdf 2006-06-20

REGISTRADA BAJO EL Nº 12536

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1.- Aprúebase en todos sus términos el Convenio, Programa de Servicios Agrícolas Provinciales, suscripto el 7 de abril de 2005 entre el Ministerio de Economía y Producción de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, con el fin de realizar una cancelación de recursos del Convenio Marco de Préstamo Subsidiario N° 32/98, asignados mediante el Convenio de Préstamo N° 4150 - AR suscripto entre la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).

El mencionado convenio fue inscripto en fecha 27-04-05 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo el N° 2428, al Folio 116, Tomo V, que se agrega y forma parte integrante se esta Ley

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 1298

SANTA FE, 09 06 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.536 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Roberto Armando Ceretto

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar