REGISTRADA BAJO EL Nº 12536
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1.- Aprúebase en todos sus términos el Convenio, Programa de Servicios Agrícolas Provinciales, suscripto el 7 de abril de 2005 entre el Ministerio de Economía y Producción de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, con el fin de realizar una cancelación de recursos del Convenio Marco de Préstamo Subsidiario N° 32/98, asignados mediante el Convenio de Préstamo N° 4150 - AR suscripto entre la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).
El mencionado convenio fue inscripto en fecha 27-04-05 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo el N° 2428, al Folio 116, Tomo V, que se agrega y forma parte integrante se esta Ley
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1298
SANTA FE, 09 06 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.536 efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Roberto Armando Ceretto
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar