EGISTRADA BAJO EL Nº 12532
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio y Anexo suscriptos el 30 de octubre de 2004 entre el Banco de la Nación Argentina, representado por su Presidenta y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por el Señor Gobernador, estableciendo el Banco una nueva Línea de Crédito Especial para damnificados por el tornado ocurrido el 07 de setiembre de 2004 en los departamentos Las Colonias y Castellanos, de la Provincia de Santa Fe.
El mencionado convenio fue inscripto en fecha 16-11-04 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo el N° 2241, al Folio 22, Tomo V, que se agrega y forma parte integrante de esta ley.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 1296
SANTA FE, 09 06 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.532 efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Roberto Armando Ceretto
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar