picture_as_pdf 2006-06-20

EGISTRADA BAJO EL Nº 12532

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio y Anexo suscriptos el 30 de octubre de 2004 entre el Banco de la Nación Argentina, representado por su Presidenta y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por el Señor Gobernador, estableciendo el Banco una nueva Línea de Crédito Especial para damnificados por el tornado ocurrido el 07 de setiembre de 2004 en los departamentos Las Colonias y Castellanos, de la Provincia de Santa Fe.

El mencionado convenio fue inscripto en fecha 16-11-04 en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, bajo el N° 2241, al Folio 22, Tomo V, que se agrega y forma parte integrante de esta ley.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 1296

SANTA FE, 09 06 2006

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.532 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Roberto Armando Ceretto

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar