MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARIA LEGAL Y
TECNICA
NOTIFICACION
Atento el estado de
las presentes actuaciones, y visto lo aconsejado por la Dirección General de
Asuntos Jurídicos, se remiten las mismas a la Dirección Provincial de Prensa y
Difusión a efectos de notificar en el BOLETIN OFICIAL lo siguiente: Dirección General
de Asuntos Jurídicos, Expte. N° 00501-0110537-7 Dictamen Nº 85.359. Se inician
las presentes actuaciones al constatarse el abandono de servicio en que
incurrió la agente Sra. RAMOS, ELSA (M.I. 11.453.653) personal de enfermería
del Hospital “Dr. José M. Cullen de Santa Fe. A los fines de garantizar el
derecho de defensa ante el abandono de servicio producido a partir del día
23/12/10, correr vista por dos (2) días para que efectué su descargo, de
acuerdo a lo normado por el art. 56, apartado segundo, de la Ley Nº 8525, por
abandono del cargo, bajo apercibimiento de aplicar la sanción prevista en el
art. 53, inciso c) del citado cuerpo normativo. Santa Fe, 11 de Mayo de 2011.
S/C 6509 May. 20
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MINISTERIO DE ECONOMIA
NOTIFICACION
“///RESOLUCION Nº 118
de FECHA: SANTA FE, 28 de Febrero de 2011; VISTO:... y CONSIDERANDO: ...; POR
ELLO: “EL MINISTRO DE ECONOMIA, RESUELVE: ARTICULO 1°: Desestímese el recurso
de apelación directa ante el Poder Ejecutivo, interpuesto por el señor Jorge Tomás
Fox, (D.N.I. N° 8.315.426), en su carácter de presidente de “EL MORO S.A.”
(C.U.I.T. N° 30-65818332-6) con domicilio legal y fiscal constituido en calle
Boulevard Dr. Eduardo Wilde N° 231 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa
Fe, contra la Resolución N° 445/07 -Ind.- de la Administración Provincial de
Impuestos, por no haber dado cumplimiento al pago previo de la obligación
fiscal prevista en los artículos 64° y 66° del Código Fiscal vigente, por las
razones expuestas en los considerando precedentes. ARTICULO 2°: Hágase saber,
que conforme a lo dispuesto en la Ley N° 12071, tiene derecho de Interponer
formal recurso de revocatoria en un plazo de 10 días hábiles de la
notificación, tal como lo establece el Art. 5° del Decreto N° 916/08 con las formalidades
previstas en el art. 42° de la Reglamentación para el Trámite de Actuaciones
Administrativas aprobada por el Decreto-Acuerdo N° 10204/58. ARTICULO 3°:
Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado por el Sr. Ministro de Economía de
la Provincia de Santa Fe C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA.
S/C 6503 May. 20
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MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
NOTIFICACIONES
Por disposición de la
señora Directora General de Despacho del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
se notifica a Gariboldi Rogelio Oscar (L.E. 6.237.987) con domicilio Legal en
San Jerónimo N° 1427 - P. 6 de la ciudad de Santa Fe y con domicilio Real en
Blas Parera N° 9297 de la dudad de Santa Fe por este medio por cinco (5) días,
de conformidad a lo dispuesto por Decreto N° 10204/58, artículo 20, inciso e),
el Decreto N° 674/11 dictado en autos caratulados “GARIBOLDI ROGELIO OSCAR -
s/JUBILACION ORD. (REC).”
“Visto : El
expediente N° 15101-0147078-V y agregados del registro del Sistema de
Información de Expedientes, por medio de los cuales el señor Rogelio Oscar
Gariboldi interpuso recurso de revocatoria y apelación en subsidio contra la
Resolución N° 7142/2005 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia
de Santa Fe; y CONSIDERANDO: Que el Organismo Provisional mediante Resolución
N° 0204/06 dispuso no hacer lugar al recurso de revocatoria incoado y concedió
el recurso de apelación deducido en forma subsidiaria. Corrido el traslado para
expresar agravios en fecha 11/12/2006, cumplimentó su carga procedimental el
18/12/2006. El recurso de apelación es formalmente admisible, por lo que a
continuación corresponde analizar la cuestión sustancial; Que en virtud de los
motivos expuestos y de acuerdo a lo aconsejado por Fiscalía de Estado en
Dictamen N° 762/2010, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso de
apelación incoado, acogiendo el reclamo en cuanto al reconocimiento de las
diferencias a favor del recurrente sin perjuicio de la determinación numérica
que pueda surgir de la liquidación definitiva que deberá practicar el Organismo
Provisional y rechazando el planteo en cuanto al reajuste del haber
jubilatorio; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA RESUELVE: ARTICULO 1 - Hágase lugar
parcialmente al Recurso de apelación en subsidio interpuesto por el señor
ROGELIO OSCAR GARIBOLDI (L.E. 6.237.987) contra la Resolución Nº 7142 dictada
en fecha 25 de octubre de 2005 por la Caja de Jubilaciones y Pensiones; acogiendo
el reclamo respecto del pago de las diferencias existencias, sin perjuicio de
la determinación numérica que pueda surgir de la liquidación definitiva que
deberá practicar el Organismo Provisional y rechazándolo en cuanto a la
pretensión del reajuste del haber provisional, con fundamento en los hechos
descriptos en los considerando del presente. ARTICULO 2 - Regístrese,
comuníquese y archívese Firmado: Dr. Hermes Juan Binner.”
S/C 6500 May. 20
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Por disposición de la
señora Directora General de Despacho del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, se notifica a ALICIA RAQUEL AVILA (L.C. 2.273.073) con domicilio Legal
en San Jerónimo Nº 1427 - P. 6 de la ciudad de SANTA FE y con domicilio Real en
Las Heras Nº 4783 de la dudad de SANTA FE por este medio por cinco (5) días, de
conformidad a lo dispuesto por Decreto Nº 10204/58, artículo 20, inciso e), el
Decreto Nº 671/11 dictado en autos caratulados “AVILA ALICIA R DE TOSOLINI-
JUBILACION POR INCAPACIDAD”
“Visto: El expediente
N° 15101-0018765-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por
medio del cual la señora Alicia Raquel Avila interpuso recurso de revocatoria y
apelación en subsidio contra la Resolución N° 2371/06 de la Caja de Jubilaciones
y Pensiones que dispuso no hacer lugar a su solicitud de reajuste del haber
provisional solicitado de conformidad con lo normado por los arts. 11, 12 y cc.
de la Ley 6915, modit. por Ley 12646; y CONSIDERANDO: Que por Resolución N°
4002/06 el Organismo Previsional rechazó la revocatoria y concedió la apelación
subsidiariamente incoada. Corrido el traslado para expresión de agravios, la
recurrente, cumple con la carga procedimental en tiempo y forma, por lo que
cabe admitir la instancia y analizar sus fundamentos; Que en virtud de lo
expuesto y teniendo en cuenta lo aconsejado por Fiscalía de Estado en Dictamen
Nº 375/2009, corresponde hacer lugar al recurso incoado, sin perjuicio de la
determinación numérica que pueda surgir de la liquidación definitiva que deberá
practicar el Organismo Provisional; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA RESUELVE:
ARTICULO 1 - Hágase lugar al Recurso de apelación en subsidio interpuesto por
ALICIA RAQUEL AVILA (L.C. 2.273.073) contra la Resolución Nº 2371 dictada en
fecha 18 de mayo de 2006 por la Caja de Jubilaciones y Pensiones, sin perjuicio
de la determinación numérica que pueda surgir de la liquidación definitiva que
deberá practicar el Organismo Provisional. ARTICULO 2: Regístrese, comuníquese
y archívese. Firmado Dr. Hermes Juan Binner.
S/C 6501 May. 20
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ENTREVISTAS ORALES Y PUBLICAS
El Presidente del
Consejo de la Magistratura informa que se llevarán cabo las Entrevistas Orales
y Públicas en el concurso para cubrir la
vacante de Juez de Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral
de Reconquista a los postulantes: Dr. DALLA FONTANA, Santiago Andrés; Dr.
ROMAN, Alejandro Alberto y Dr. BERZANO, Ireneo Luis.
La misma se celebrará
el día 03 de Junio de 2011 a partir de las 11:00 hs. en el Colegio de Abogados
de la Cuarta Circunscripción Judicial sito en calle San Martín 1186 –
Reconquista.-
PARTICIPACIÓN
CIUDADANA: podrán estar presentes y participar de la entrevista toda persona
física o jurídica con domicilio en la Provincia de Santa Fe. Los interesados
podrán efectuar preguntas conforme a los parámetros establecidos en el art 8°
del Decreto 1121/08. Enviar las mismas por escrito a la sede del Consejo de la
Magistratura – Amenábar 2689 – 3000 Santa Fe, T.E. 0342-4573533 ó en forma
digital en el sitio web
www.santafe.gov.ar >Ministerio de Justicia y Derechos Humanos >
Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales. Quienes
hagan llegar sus preguntas deberán acreditar
su domicilio en la provincia con la presentación del documento de
identidad en la sede del Consejo de la Magistratura al momento de su
presentación o el día de la entrevista en el lugar fijado para la misma.
PLAZO DE RECEPCIÓN:
hasta el día Martes 31 de Mayo de 2011 a las 13 hs.
CUERPO COLEGIADO
ENTREVISTADOR: Dr. Roberto Joaquín VICENTE Presidente del Consejo de la
Magistratura, Dr. Javier Ricardo PRONO en representación de la Facultad de
Ciencias Jurídicas y Sociales (U.N.L.) y en representación de la Facultad de
Derecho (U.N.R.) por Resolución Nº 019/2011, la Dra. María Cristina WALKER.-
S/C 6502 May. 20 May. 24
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