picture_as_pdf 2011-05-20

MINISTERIO DE SALUD

 

SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA

 

NOTIFICACION

 

Atento el estado de las presentes actuaciones, y visto lo aconsejado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, se remiten las mismas a la Dirección Provincial de Prensa y Difusión a efectos de notificar en el BOLETIN OFICIAL lo siguiente: Dirección General de Asuntos Jurídicos, Expte. N° 00501-0110537-7 Dictamen Nº 85.359. Se inician las presentes actuaciones al constatarse el abandono de servicio en que incurrió la agente Sra. RAMOS, ELSA (M.I. 11.453.653) personal de enfermería del Hospital “Dr. José M. Cullen de Santa Fe. A los fines de garantizar el derecho de defensa ante el abandono de servicio producido a partir del día 23/12/10, correr vista por dos (2) días para que efectué su descargo, de acuerdo a lo normado por el art. 56, apartado segundo, de la Ley Nº 8525, por abandono del cargo, bajo apercibimiento de aplicar la sanción prevista en el art. 53, inciso c) del citado cuerpo normativo. Santa Fe, 11 de Mayo de 2011.

S/C             6509               May. 20

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MINISTERIO DE ECONOMIA

 

NOTIFICACION

 

“///RESOLUCION Nº 118 de FECHA: SANTA FE, 28 de Febrero de 2011; VISTO:... y CONSIDERANDO: ...; POR ELLO: “EL MINISTRO DE ECONOMIA, RESUELVE: ARTICULO 1°: Desestímese el recurso de apelación directa ante el Poder Ejecutivo, interpuesto por el señor Jorge Tomás Fox, (D.N.I. N° 8.315.426), en su carácter de presidente de “EL MORO S.A.” (C.U.I.T. N° 30-65818332-6) con domicilio legal y fiscal constituido en calle Boulevard Dr. Eduardo Wilde N° 231 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, contra la Resolución N° 445/07 -Ind.- de la Administración Provincial de Impuestos, por no haber dado cumplimiento al pago previo de la obligación fiscal prevista en los artículos 64° y 66° del Código Fiscal vigente, por las razones expuestas en los considerando precedentes. ARTICULO 2°: Hágase saber, que conforme a lo dispuesto en la Ley N° 12071, tiene derecho de Interponer formal recurso de revocatoria en un plazo de 10 días hábiles de la notificación, tal como lo establece el Art. 5° del Decreto N° 916/08 con las formalidades previstas en el art. 42° de la Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas aprobada por el Decreto-Acuerdo N° 10204/58. ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado por el Sr. Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe C.P.N. ANGEL JOSE SCIARA.

S/C             6503               May. 20

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MINISTERIO DE TRABAJO

Y SEGURIDAD SOCIAL

 

NOTIFICACIONES

 

Por disposición de la señora Directora General de Despacho del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se notifica a Gariboldi Rogelio Oscar (L.E. 6.237.987) con domicilio Legal en San Jerónimo N° 1427 - P. 6 de la ciudad de Santa Fe y con domicilio Real en Blas Parera N° 9297 de la dudad de Santa Fe por este medio por cinco (5) días, de conformidad a lo dispuesto por Decreto N° 10204/58, artículo 20, inciso e), el Decreto N° 674/11 dictado en autos caratulados “GARIBOLDI ROGELIO OSCAR - s/JUBILACION ORD. (REC).”

“Visto : El expediente N° 15101-0147078-V y agregados del registro del Sistema de Información de Expedientes, por medio de los cuales el señor Rogelio Oscar Gariboldi interpuso recurso de revocatoria y apelación en subsidio contra la Resolución N° 7142/2005 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe; y CONSIDERANDO: Que el Organismo Provisional mediante Resolución N° 0204/06 dispuso no hacer lugar al recurso de revocatoria incoado y concedió el recurso de apelación deducido en forma subsidiaria. Corrido el traslado para expresar agravios en fecha 11/12/2006, cumplimentó su carga procedimental el 18/12/2006. El recurso de apelación es formalmente admisible, por lo que a continuación corresponde analizar la cuestión sustancial; Que en virtud de los motivos expuestos y de acuerdo a lo aconsejado por Fiscalía de Estado en Dictamen N° 762/2010, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso de apelación incoado, acogiendo el reclamo en cuanto al reconocimiento de las diferencias a favor del recurrente sin perjuicio de la determinación numérica que pueda surgir de la liquidación definitiva que deberá practicar el Organismo Provisional y rechazando el planteo en cuanto al reajuste del haber jubilatorio; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA RESUELVE: ARTICULO 1 - Hágase lugar parcialmente al Recurso de apelación en subsidio interpuesto por el señor ROGELIO OSCAR GARIBOLDI (L.E. 6.237.987) contra la Resolución Nº 7142 dictada en fecha 25 de octubre de 2005 por la Caja de Jubilaciones y Pensiones; acogiendo el reclamo respecto del pago de las diferencias existencias, sin perjuicio de la determinación numérica que pueda surgir de la liquidación definitiva que deberá practicar el Organismo Provisional y rechazándolo en cuanto a la pretensión del reajuste del haber provisional, con fundamento en los hechos descriptos en los considerando del presente. ARTICULO 2 - Regístrese, comuníquese y archívese Firmado: Dr. Hermes Juan Binner.”

S/C             6500               May. 20

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Por disposición de la señora Directora General de Despacho del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se notifica a ALICIA RAQUEL AVILA (L.C. 2.273.073) con domicilio Legal en San Jerónimo Nº 1427 - P. 6 de la ciudad de SANTA FE y con domicilio Real en Las Heras Nº 4783 de la dudad de SANTA FE por este medio por cinco (5) días, de conformidad a lo dispuesto por Decreto Nº 10204/58, artículo 20, inciso e), el Decreto Nº 671/11 dictado en autos caratulados “AVILA ALICIA R DE TOSOLINI- JUBILACION POR INCAPACIDAD”

“Visto: El expediente N° 15101-0018765-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por medio del cual la señora Alicia Raquel Avila interpuso recurso de revocatoria y apelación en subsidio contra la Resolución N° 2371/06 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones que dispuso no hacer lugar a su solicitud de reajuste del haber provisional solicitado de conformidad con lo normado por los arts. 11, 12 y cc. de la Ley 6915, modit. por Ley 12646; y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 4002/06 el Organismo Previsional rechazó la revocatoria y concedió la apelación subsidiariamente incoada. Corrido el traslado para expresión de agravios, la recurrente, cumple con la carga procedimental en tiempo y forma, por lo que cabe admitir la instancia y analizar sus fundamentos; Que en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta lo aconsejado por Fiscalía de Estado en Dictamen Nº 375/2009, corresponde hacer lugar al recurso incoado, sin perjuicio de la determinación numérica que pueda surgir de la liquidación definitiva que deberá practicar el Organismo Provisional; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA RESUELVE: ARTICULO 1 - Hágase lugar al Recurso de apelación en subsidio interpuesto por ALICIA RAQUEL AVILA (L.C. 2.273.073) contra la Resolución Nº 2371 dictada en fecha 18 de mayo de 2006 por la Caja de Jubilaciones y Pensiones, sin perjuicio de la determinación numérica que pueda surgir de la liquidación definitiva que deberá practicar el Organismo Provisional. ARTICULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese. Firmado Dr. Hermes Juan Binner.

S/C             6501               May. 20

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

 

ENTREVISTAS ORALES Y PUBLICAS

 

El Presidente del Consejo de la Magistratura informa que se llevarán cabo las Entrevistas Orales y Públicas en el concurso para cubrir la  vacante de Juez de Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista a los postulantes: Dr. DALLA FONTANA, Santiago Andrés; Dr. ROMAN, Alejandro Alberto y Dr. BERZANO, Ireneo Luis.

La misma se celebrará el día 03 de Junio de 2011 a partir de las 11:00 hs. en el Colegio de Abogados de la Cuarta Circunscripción Judicial sito en calle San Martín 1186 – Reconquista.-

PARTICIPACIÓN CIUDADANA: podrán estar presentes y participar de la entrevista toda persona física o jurídica con domicilio en la Provincia de Santa Fe. Los interesados podrán efectuar preguntas conforme a los parámetros establecidos en el art 8° del Decreto 1121/08. Enviar las mismas por escrito a la sede del Consejo de la Magistratura – Amenábar 2689 – 3000 Santa Fe, T.E. 0342-4573533 ó en forma digital en el sitio web  www.santafe.gov.ar >Ministerio de Justicia y Derechos Humanos > Dirección Provincial del Consejo de la Magistratura y Jueces Comunales. Quienes hagan llegar sus preguntas deberán acreditar  su domicilio en la provincia con la presentación del documento de identidad en la sede del Consejo de la Magistratura al momento de su presentación o el día de la entrevista en el lugar fijado para la misma.

PLAZO DE RECEPCIÓN: hasta el día Martes 31 de Mayo de 2011 a las 13 hs.

CUERPO COLEGIADO ENTREVISTADOR: Dr. Roberto Joaquín VICENTE Presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Javier Ricardo PRONO en representación de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (U.N.L.) y en representación de la Facultad de Derecho (U.N.R.) por Resolución Nº 019/2011, la Dra. María Cristina WALKER.-

S/C             6502  May. 20 May. 24

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