VECU S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario - Expte. Nº 925/2009 - Autos VECU S.R.L. s/Modificación de Contrato - Texto Ordenado - Ratificación Designación de Gerentes en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo Décimo inc. b) punto 2 de a Ley de Sociedades Comerciales Nº 19550, se hace saber que con fecha treinta de marzo de 2009:
1) Modificación del Contrato Social: Se reforma la cláusula sexta Administración, dirección y representación, correspondiente al capitulo III del Contrato Social que quedará redactado de la siguiente manera:
Sexta: Administración, dirección y representación: La dirección y administración de los negocios sociales y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes socios o no, por el término de 10 ejercicios, quienes tendrán facultades para comprometerla firmando en forma conjunta en caso de ser plural con sus firmas precedidas de la denominación social VECU S.R.L., que estamparán en sello o de su puño y letra. Los gerentes podrán, en el cumplimiento de sus funciones, efectuar y suscribir todos los actos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los Artículos 782 y 1881 del Código Civil y Decreto 5965/63 Artículo 9º. Con la única excepción de no comprometerse en prestaciones a título gratuito, fianza o garantías a favor de terceros, ni en negocios ajenos a la sociedad cumpliendo en todos los casos con las decisiones y expresas directivas emanadas de las reuniones de socios.
2) Designación de Gerente: Se resuelve por unanimidad designar como gerente a la Srta. Corina Soraya Ghomaid y la Sra. Ghomaid Sandra Marisa quienes actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.
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COASTLINE S.A.
ESTATUTO
Conforme al acta constitutiva de “COASTLINE S.A.” tramitada ante la I.G.P.J. por Exp. Adm. Nº 62.092/2008 aprobado por resolución 076/2009 a los efectos de su inscripción en el R. P. Comercio, se publica por el término de ley.
1) Datos de los socios: Juan Francisco Gutiérrez, de nacionalidad argentina, nacido el 06/02/1985, estudiante, de estado civil soltero, con domicilio real en Colon Nº 70 de la ciudad de San Nicolás, Pcia. de Buenos Aires, con doc. de identidad DNI Nº 31.433.121, CUIT Nº 20-31433121-5. Walter Hugo Arguello, de nacionalidad argentina, nacido el 03/02/1956, comerciante, de estado civil divorciado, con domicilio real en Almafuerte Nº 1291 de la ciudad de San Nicolás, Pcia. de Buenos Aires, con DNI Nº 11.678.962, CUIL Nº 20-11678962-1.
2) Fecha de constitución: San Nicolás, 3 de Noviembre de 2008.
3) Denominación: COASTLINE S.A.
4) Domicilio social: Sarmiento 469 de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto social: Tiene por objeto: dedicarse por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero a las siguientes actividades: Locación, sublocación y arrendamiento de embarcaciones, herramientas, equipos, maquinarias y automotores propios o de terceros. Realizar servicios de amarre y desamarre de buques. Transporte y/o entrega de mercaderías a buques. Actuar como agencia marítima. Prestar servicios de supervisión de operaciones de buques y peritajes.
6) Plazo de duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción en el R. P. de Com.
7) Capital social: la suma de $ 80.000 representado por ochenta mil acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una y de un voto por acción totalmente suscripto e integrados en el 25% en efectivo en el acto constitutivo y el resto dentro de los dos años también en efectivo.
8) Administración: Directorio, los designa la Asamblea de 1 a 10 miembros titulares. Debe designar igual o menor número de suplentes. Duración un ejercicio. Fiscalización: Se prescinde de la sindicatura (Art. 55 de la Ley 19550). Primer Directorio: Presidente: Juan Francisco Gutiérrez y el cargo de Director Suplente: Walter Hugo Arguello.
9) Organización de la administración: Poder de firma: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.
10) Cierre del ejercicio social: El 30 de Septiembre de cada año.
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CREA M&G NEGOCIOS S.A.
ESTATUTO
1) Fecha de Acta Constitutiva: 14 de Abril de 2008.
2) Datos de los socios: Ricardo Enrique Burgos, argentino, nacido el 15 de Julio de 1930, de apellido materno Testa, titular del DNI Nº 5.986.122, casado en primeras nupcias con Hilda Ana Pereyra, comerciante, domiciliado en Homero Manzi Nº 2567, 2º piso “C”, de esta ciudad de Rosario; Hernán Diego de Bonis, argentino, nacido el 26 de Mayo de 1973, titular del DNI Nº 23.049.886, de apellido materno Arriete, soltero, comerciante, domiciliado en la calle F. de la Barra Nº 2707 de esta ciudad de Rosario; y Mónica Graciela Burgos, argentina, nacida el 11 de Febrero de 1968, titular del D.N.I. Nº 20.167.551, de apellido Pereyra, casada en primeras nupcias con Guillermo De Bonis, comerciante, domiciliada en calle Guido Spano Nº 2482.
3) Domicilio y sede social: Guido Spano Nº 2482, de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
4) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a la explotación de las siguientes actividades: A) Automotor: I) La explotación integral de una concesionaria automotor, para la compraventa, importación y exportación de vehículos nuevos y usados, compra, venta e importación y exportación de repuestos y accesorios para automotores, prestación de servicios de mantenimiento, mediante la explotación de un taller de mecánica del automotor, comercialización de repuestos, accesorios, unidades nuevas y utilitarios y todo lo que hace a la industria automotriz, como así también para la compra, venta de motocicletas y ciclomotores e importación y exportación de los mismos. II) La sociedad tiene por objeto la instalación, explotación y operación del negocio de alquiler de automóviles y vehículos comerciales livianos o utilitarios, en el territorio de la República Argentina. B) Inmobiliaria: I) la compra, venta y locación de bienes inmuebles, urbanos o rurales, loteos, pudiendo también someter inmuebles al régimen de la ley de propiedad horizontal. II) La realización de construcciones civiles e industriales, viviendas, edificios de todo tipo, incluso destinados al régimen de propiedad horizontal, reforma, reparación, restauración o demolición, sean ellas públicas o privadas, pudiendo explotar directamente las construcciones, enajenarlas o negociarlas en cualquier forma. III) Administrar y subdividir toda clase de inmuebles urbanos o rurales. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.
5) Plazo de duración: 30 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Capital Social: El capital social asciende a la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000), representado por mil quinientas (1500) acciones ordinarias, nominativas no endosables de Pesos Cien ($ 100) valor nominal cada una, de un voto cada una.
7) Administración: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3), quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren. en el orden de su elección quedando designados: Director Titular: Mónica Graciela Burgos, a cargo de la Presidencia, Director Suplente: Ricardo Enrique Burgos.
Se fija además el domicilio especial de los señores Directores en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 256 in fine de la Ley Nº 19.550, en la sede social.
8) Fiscalización: De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 284 de la Ley Nº 19.550 modificada por la 22.903, y por no estar la sociedad comprendida en alguno de los supuestos del artículo 299, se prescinde de la Sindicatura.
9) Representación legal: La representación legal de la sociedad y el uso de la firma social corresponde al Presidente.
10) Cierre Ejercicio social: 31 de Julio de cada año.
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VIRA OFFIS S A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Fecha de la resolución social que aprobó la elección del directorio: 30 de Abril de 2007. Directorio: Presidente Jorge Carlos Guidetti, DNI 6.039.219, divorciado, comerciante, argentino. Vicepresidente: Carlos Alberto Sosa, DNI 12.720.529, casado, comerciante, argentino. Directores Titulares: Marcelo Carlos Guidetti, DNI 20.175.876, soltero, comerciante, argentino y Jorge Luis Sosa, DNI 14.530.870, casado, comerciante, argentino. Síndico Titular: CP Ricardo Rodolfo Doctorovich, DNI 8.287.369, casado, Contador, argentino y Síndico Suplente: CP Ricardo Aníbal Doctorovich, DNI 25.171.662, casado, Contador, argentino.
El plazo de duración en sus funciones es hasta la Asamblea General Ordinaria que trate el Balance General que cierra el 31 de Diciembre de 2009.
Todos los directores fijan el domicilio especial en Lavalle Nº 950 y los Síndicos en Córdoba 955, de la ciudad de Rosario.
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SAN AGUSTIN SERVICIOS S.R.L.
CONTRATO
En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 10º inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19.550, se hace saber de la constitución social de SAN AGUSTIN. SERVICIOS S.R.L., de acuerdo al siguiente detalle:
1) Socios: Gabriel Hernán Castro, D.N.I. 25.183.680, argentino, nacido el 18/06/76, comerciante, casado en 1ª. nupcias con María Belén Malta, con domicilio en calle Saavedra 635 de la ciudad de Fighiera, Ever Fernando Castro, D.N.I. 31.043.237, argentino, nacido el 30/11/84, comerciante, soltero, con domicilio en calle Saavedra 635 de la ciudad de Fighiera, David Luciano Castro, D.N.I. 30.481.903, argentino, nacido el 10/09/83, comerciante, soltero, con domicilio en calle Saavedra 635 de la ciudad de Fighiera, y Ramón Luis Castro, D.N.I. 08.091.949, argentino, nacido el 15/10/45, comerciante, casado en 1ª. nupcias con Marta Olga Del Solar, con domicilio en calle Saavedra 635 de la ciudad de Fighiera.
2) Fecha del Instrumento de constitución: 08/04/09.
3) Denominación Social: SAN AGUSTIN SERVICIOS S.R.L.
4) Domicilio de la Sociedad: Saavedra 635 Fighiera.
5) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: a) el transporte automotor de pasajeros ya sea de corta, media o larga distancia en el país o fuera de él, viajes de turismo, transporte personal de fábricas y transportes escolares; b) dedicarse, por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros a la explotación agropecuaria en campos propios o arrendados.
6) Plazo de Duración: 10 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: El Capital Social es de pesos Ciento Veinte Mil, dividido en Doce Mil cuotas de pesos Diez de valor nominal cada una.
8) Administración y Fiscalización: La Administración de la sociedad está a cargo de un Uno o Más Gerentes socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de socio gerente o gerente según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. La fiscalización estará a cargo de todos los socios.
9) Representación Legal: La representación legal de la sociedad corresponde al Socio Gerente. Se nombra al socio Gabriel Hernán Castro.
10) Fecha de cierre del ejercicio: 31/12 de cada año.
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MUNDO INFLABLE S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo del socio Fernando Nelson Batallés, que cumplirá la función de Gerente.
Fiscalización: A cargo de los socios.
Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio legal en Av. Pellegrini 3732 de Rosario, provincia de Santa Fe.
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COOPERATIVA DE EMPRENDIMIENTOS MULTIPLES SUDECOR LITORAL LTDA.
CESION DE CUOTAS
Con fecha 31 de marzo de 2009 Cooperativa de Emprendimientos Múltiples Sudecor Litoral Ltda. ha celebrado un contrato de Fideicomiso Financiero con Oferta Pública con Rosario Administradora Sociedad Fiduciaria, denominado Sudecor II, bajo el Prograrna Global de Valores Fiduciarios “ROSFID”, por el cual se han cedido la totalidad de los créditos presentes y futuros originados por la Cooperativa en Propiedad fiduciaria a Rosario Administradora Sociedad Fiduciaria S.A., exclusivamente en su carácter de fiduciario, los que fueron identificados en un soporte digital que se agregó a las actuaciones ante la Comisión Nacional de Valores. En consecuencia se notifica de la mencionada cesión a los titulares de Tarjeta de Crédito “Leal” en los términos del art. 1467 del Código Civil dejando constancia que la misma no implica la modificación del domicilio de pago. Bell Ville, 03 de abril de 2009.
$ 15 65290 Abr. 20
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ENSOL S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en la Civil y Comercial de la primera Nominación, de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio de Santa Fe, en autos caratulados: “ENSOL S.R.L. s/Contrato”, Expte. Nº 71 - Folio 297 - Año 2009, se ha resuelto la siguiente constitución de sociedad:
Denominación: “ENSOL S.R.L.”
Fecha contrato: 17 de febrero de 2009.
Datos personales de Socios: Gabriel Adrián Wouilloz, argentino, nacido el día 08.02.1967, de apellido materno Bugnon, casado en primeras nupcias con la Señora Marta Salvagiot, domiciliado realmente en calle Antonino Alzugaray 1770 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, D.N.I. Nº 18.040.994, comerciante, CUIL Nº 20-18040994-8, y Julio David Pavarín, argentino, nacida el día 8.11.1961, de apellido materno Alarcón, divorciado, domiciliado realmente en calle San Martín 1659 de la ciudad de San Javier Provincia de Santa Fe, D.N.I. Nº 14.556.584, comerciante, CUIL Nº 20 -14556584-8.
Domicilio Legal: Antonino Alzugaray 1770. San Javier- Departamento San Javier, Provincia de Santa Fe.
Plazo de duración: veinte (20) años.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociados a ellos el transporte terrestre de carga en general y/o de cualquier producto para uso propio o de terceros, sea el transporte nacional, interjurisdiccional o internacional en vehículos propios o ajenos.
Capital Social: Se fija en la suma de pesos doscientos treinta mil ($ 230.000.), dividido en doscientas treinta (230) cuotas sociales de Pesos un mil ($ 1.000) cada una de ellas, que los socios suscriben en la forma que a continuación se detalla: el Señor Gabriel Adrián Wouilloz, doscientos veinte (220) cuotas sociales, que ascienden a la suma de pesos doscientos veinte mil ($ 220.000) y el Señor Julio David Pavarin, diez (10) cuotas sociales, que ascienden a la sum de pesos diez mil ($ 10.000).
Administración y Fiscalización: Estará a cargo del socio Gabriel Adrián Wouilloz que se designará como Socios Gerentes, quien tendrán el uso de la firma social y todas las facultades para actuar ampliamente en todos los negocio sociales en un todo de conformidad a lo establecido por la leyes vigentes y de acuerdo la las cláusulas pertinentes del presente contrato.
Desempeñará sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad.
Fecha Cierre Ejercicio: 30 de junio de cada año.
Santa Fe, 27 de marzo de 2009 - Mercedes Kolev, Secretaria.
$ 40 65192 Ab. 20
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AGROCAMPOS CHABAS S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Se comunica que con fecha 1º de setiembre de 2008, resolvió designar como único Gerente a la Señorita Socia Melina Lucía Castagnani, quien asume la administración.
Dirección y representación de la sociedad con el carácter de “Socio Gerente”. Con tal fin hará uso de su propia firma con el aditamento de “Socio Gerente” y precedido por la denominación social, para realizar todos los actos administrativos y normales al giro comercial. Su remuneración será fijada por Asamblea de Socios, y la misma o podrá superar el 25% de las ganancias.
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AGROPECUARIA LAS CAÑADAS S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela se ha ordenado la siguiente publicación: En fecha 04/12/2008, según Acta de Asamblea General Extraordinaria, los señores accionistas de AGROPECUARIA LAS CAÑADAS S.A., resuelven aumentar el capital de la sociedad, modificando os artículos 30 del Contrato Social, los que quedan redactados de la siguiente manera:
“Art. 3º - El capital social es de pesos un millón cuatrocientos once mil trescientos ochenta ($ 1.411.380) representado por ciento cuarenta y un mil ciento treinta y ocho acciones ordinarias, nominativas no endosables, de pesos diez ($ 10) cada una, con cupones al portador y con derecho a un voto por acción. Por resolución de la Asamblea General Ordinaria y conforme lo dispone el artículo 188 de la Ley 19.550, el capital social puede elevarse en una o varias oportunidades, hasta el quíntuplo de su monto, mediante la emisión de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un voto o preferidas. Estas últimas tendrán derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérseles o no prelación en el reembolso del capital y en la liquidación de la sociedad. Dentro de as condiciones generales establecidas en el estatuto, la asamblea fijará las características de las acciones a emitirse por razón del aumento, pudiendo delegar en el directorio la facultad de realizar las emisiones en el tiempo que estime conveniente, como asimismo la determinación de la forma y condiciones de pago de la misma.
Rafaela, 6 de abril de 2009. Constantín de Abele, Adriana, Secretaria.
$ 23,10 65287 Ab. 20
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EL GUAYACAN S.R.L.
PRORROGA
MODIFICACION DE OBJETO
AUMENTO DE CAPITAL
El 27 de marzo de 2009, los señores Adrián Ricardo Gómez, y Roberto Raúl Falleroni, únicos socios de EL GUAYACAN S.R.L., resolvieron por unanimidad:
1) Prorrogar el plazo de duración de la sociedad, cuyo vencimiento operó el día 1º de abril próximo pasado, por el término de cinco años. En consecuencia, la Cláusula Tercera del Contrato Social queda redactada de la siguiente manera: “Duración: La duración de la sociedad queda fijada en el término de diez años a partir de su inscripción original en el Registro Público de Comercio.”.
2) Además decidieron por unanimidad, Modificar la cláusula referida al Objeto Social, la que queda redactada de la siguiente forma: “Segunda: Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: a) Comerciales: Compraventa, representación, consignación, comisión, producción, distribución, transporte, importación y exportación de productos y subproductos de la forestación tales como postes, leña, carbón tirantes y maderas aserradas o en bruto, productos alimenticios en general, medicamentos veterinarios, semillas identificadas de cereales, oleaginosas, plantas textiles, aromáticas, etc., herbicidas, plaguicidas, fertilizantes, inoculantes, abonos y otros insumos agropecuarios. b) Transporte de Carga: de mercaderías generales, fletes y acarreos de cosas muebles y semovientes, cereales, oleaginosas, y combustibles, cumpliendo con las respectivas reglamentaciones, nacionales, provinciales, interprovinciales o internacionales, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje.
3) Aumentar el Capital Social, a la suma de $ 100.000 (cien mil pesos), es decir en la suma de $ 88.000 (ochenta y ocho mil pesos), dicho aumento es suscripto por los socios en la misma proporción que tenían estos antes del aumento. El aumento de capital es integrado en este acto en un 25% y el 15% restante dentro del término de dos años contados a partir del presente, todo en efectivo. Por todo lo expuesto la Cláusula de Capital queda redactada de la siguiente forma: “Cuarta - Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000) divididos en 1.000 cuotas de $ 100,00 (cien pesos) cada una, suscritas e integradas por los socios de la siguiente forma: a) El señor Adrián Ricardo Gómez suscribe el cincuenta por ciento (50%) de las cuotas, o sea 500 (quinientas) cuotas de $ 100,00 cada una, que representan la suma de $ 50.000 (cincuenta mil pesos), y b) el señor Roberto Raúl Falleroni suscribe el cincuenta por ciento (50%) de las cuotas, o ser 500 (quinientas) cuotas de $ 100,00 cada una, que representan la suma de $ 50.000 (cincuenta mil pesos). El capital se encuentra integrado de la siguiente manera: Con el Capital anterior, más el 25% del aumento que se integra en este acto, más el 75% del aumento que se integrará en el término de dos años a contar de la firma del presente instrumento. El capital social se podrá incrementar cuando se estime conveniente, mediante cuotas suplementarias; la asamblea de socios aprobará las condiciones de aumento del capital en cuanto a montos y plazos de integración.
$ 34 65215 Ab. 20
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AJ LEISER S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio, en autos. AJ LEISER S.R.L. s/Cesión de Cuotas - Administración - Mod. Art. 5º y 6º.
Hace saber por un día que: mediante instrumento de fecha 30 de Noviembre de 2005, se ha modificado el contrato social de AJ LEISER S.R.L., inscripto en el Registro Público de Comercio en fecha 05-03-2003 bajo el Nº 746. Fº 220. Libro 15 de SRL (legajo 5902) y su modificación de fecha 17-10-2002, inscripta conjuntamente con el contrato constitutivo, en virtud de lo cual: A) Alfredo Juan Leiser, Libreta de Enrolamiento Nº 6.301.729, con el asentimiento y la conformidad de su esposa y socia, cede la totalidad de su participación en el capital social, consistente en trescientas (300) cuotas de Pesos Diez ($ 10) cada una, equivalente a un total de $ 3.000, a Federico Leiser, Documento Nacional de Identidad Nº 22.593.674; Elisa Leiser, Documento Nacional de Identidad Nº 24.311.299; y Luciana Leiser, Documento Nacional de Identidad Nº 25.401.823. Quedando integrado el capital social de la siguiente manera: a) Susana María del Huerto Ferrer de Leiser, 300 cuotas, o sea la suma de $ 3.000. b) Federico Leiser, 300 cuotas, o sea la suma de $ 3.000. c) Elisa Leiser, 300 cuotas, o sea la suma de $ 3.000. Y Luciana Leiser, 300 cuotas, o sea la suma de $ 3.000. B) Se retira de la Sociedad Alfredo Juan Leiser, por haber cedido la totalidad de su participación societaria, sin reservas, excepción o limitación alguna, sin que nada quede por liquidársele. Y C) La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de Susana María del Huerto Ferrer, y/o Federico Leiser quienes Investirán la calidad de gerentes. Registro Público de Comercio, Santa Fe, 19 de Marzo de 2009. Mercedes Kolev, secretaria.
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