MINISTERIO DE LA PRODUCCION
RESOLUCION Nº 098
Santa Fe, 5 de abril de 2005.
Visto el Expediente Nº 00701-0056361-1
del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 12004 se sustituye el
artículo 2º de la Ley Nº 2499 - Reglamentación del Servicio Público de
Transporte Colectivo de Pasajeros en vehículos automotrices, asignándole al
Ministerio de la Producción, la competencia como órgano de aplicación de dicha
ley en lugar de la Dirección General de Transporte, organismo de esta
Jurisdicción, a excepción del otorgamiento de concesiones o permisos, caducidad
o transferencias de los mismos que quedan reservados al Poder Ejecutivo;
Que por Resolución Ministerial Nº
032/2002 se delegó en la Subsecretaría de Transporte la aplicación del régimen
de faltas y sanciones del Servicio Público Colectivo interurbano de pasajeros
en vehículos automotrices Ley Nº 2499;
Que por cuestiones estrictamente
operativas, y merecedora de una tramitación directa, que puede ser resuelta en
el ámbito de la Subsecretaría de Transporte y atento que por Decreto Nº
0119/2005 se ha designado al Dr. Marcelo Sheil en el
cargo de Director Provincial de Transporte, sería conducente hacer extensiva la
anterior delegación otorgada, al nuevo funcionario, tendiente a que actúen en
forma indistinta uno de otro en la materia ut supra delegada;
Que asimismo, es procedente hacer
extensiva tal delegación a la materia de habilitación de unidades, cuestión que
resulta de gestión meramente operativa y merecedora de una tramitación directa,
y que también puede ser resucita en el ámbito de la Subsecretaría de Transporte
o Dirección Provincial de Transporte;
Que la gestión se encuadra en lo
previsto en el artículo 4 de la Ley Nº 10101 - Delegación de Facultades;
Por ello y atento a lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Jurídicos
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
ARTICULO 1. Delegar en forma indistinta
en la Subsecretaría de Transporte o en la Dirección Provincial de Transporte,
la aplicación del régimen de faltas y sanciones del Servicio Público de
Transporte Colectivo interurbano de pasajeros en vehículos automotrices - Ley
Nº 2499 y sus modificatorias.
ARTICULO 2. Delegar en forma indistinta
en la Subsecretaría de Transporte o en la Dirección Provincial de Transporte la
habilitación de unidades que prestan el Servicio Público de Transporte
Colectivo interurbano de pasajeros.
ARTICULO 3. Abrogar la Resolución Nº
032/02 (MAGIC).
ARTICULO 4. Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
Ing. ROBERTO A. CERETTO
Ministro de la Producción
S/C 8452 Abr. 20
_________________________________________
ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
Por disposición del señor Administrador
Provincial de Impuestos, se notifica a la firma RALLY S.A. cuenta N° 021-285147-0, con domicilio fiscal en calle Ovidio Lagos
157 y/o Teodoro Glück, D.N.I.
N° 12.523.247, con domicilio particular en calle 9 de
Julio 1953 y Tomás Glück, L.E.
6.047.225, con domicilio en calle Rioja 1957 Piso 10, todos de la ciudad de
Rosario, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica
a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del
Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 070/05 IND, dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0296877-4 “RALLY S.A”.
Santa Fe, 03 de Marzo de 2005. Visto: Considerando:...
Resuelve:
Artículo 1°. No hacer lugar al recurso
de reconsideración interpuesto contra la Resolución N°
809-5/04 de Administración Regional Rosario por los señores TEODORO GLÜCK, D.N.I. N° 12.523.247, con
domicilio particular en calle 9 de Julio 1953 y TOMAS GLUCK, L.E. 6.047.225, con domicilio en calle Rioja 1957, Piso 10
y domicilio legal constituido en calle 9 de Julio 1953, todos de la ciudad de
Rosario, Prov. de Santa Fe.
Artículo 2°. Requerir a la firma RALLY
S.A. y/o TEODORO GLUCK y/o TOMAS GLÜCK, dentro del plazo de 15 (quince) días
establecidos por el Art. 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de
$ 431.664,01 (Pesos cuatrocientos treinta y un mil seiscientos sesenta y cuatro
con 01/100) en concepto de impuestos, intereses y multa por omisión - Res.
Gral. 04/98, por los anticipos, 06 a 12/99; 01 a 12/00; 01 a 12/01; 01 a 12/02
y 01 a 07/03 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y por los anticipos 07, 09,
a 12/97; 01 a 12/98; 01 a 12/99; 01 a 12/00; 01 a 12/01; 01 a 12/02 y 01 a
07/03 de Aportes Sociales Ley 5110 y multa por infracción a los deberes
formales - Res. Gral. 06/93, de acuerdo al Cuadro Resumen de Reajuste
confeccionado por la Subdirección de Fiscalización N°
2 de Administración Regional Rosario, obrante a fs.
332 y que forma parte de la presente.
Artículo 3°. De acuerdo a las
facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5) del
citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de
notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita
las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional
Rosario - Subdirección de Fiscalización Externa N° 2,
sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de
confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en
consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se
irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los
Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Además se hace saber que, conforme lo
dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de
interponer formal recurso de apelación, en los términos del art.
64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles
contados a partir de la notificación de la presente.
Artículo 4°. Regístrese, comuníquese y
pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación en el
domicilio fiscal, particular de los recurrentes y en el legal constituido y
demás efectos.
C.P.N. MANUEL A. VILLAABRILLE
ADMINISTRADOR PROVINCIAL
Administ. Provincial de Impuestos
CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE
Contribuyente: RALLY S.A. Domicilio: Ovidio Lagos N° 157- Rosario Cta.
N°: 021-285147-0
Expte. 13302-0296877-4
|
Diferencia |
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Multas |
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Concepto |
de Impuesto |
Calificación |
% |
Monto |
Intereses |
Total |
|
Liquidadas |
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|
al |
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15/03/2005 |
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Ing. Brutos 1999/06 a 12 |
13.937,29 |
Resol. 04/98 art. 5° |
64,17% |
8.943,55 |
27.113,02 |
49.993,86 |
Ing. Brutos
2000/01 a 12 |
27.388,11 |
Resol. 04/98
art. 5° |
64,17% |
17.574,95 |
45.288,67 |
90.251,73 |
Ing. Brutos
2001/01 a 12 |
27.981,41 |
Resol. 04/98
art. 5° |
64,17% |
17.955,67 |
36.437,20 |
82.374,28 |
Ing. Brutos
2002/01 a 12 |
50.231,37 |
Resol. 04/98
art. 5° |
64,17% |
32.233,47 |
45.019,66 |
127.484,50 |
Ing. Brutos
2003/01 a 07 |
34.506,96 |
Resol. 04/98
art. 5° |
64,17% |
22.143,11 |
19.688,68 |
76.338,75 |
Ap. Sociales
1997/07, 09 a 12 |
96,69 |
Resol. 04/98
art. 5° |
97,59% |
94,35 |
253,49 |
444,53 |
Ap. Sociales
1998/01 a 12 |
228,54 |
Resol. 04/98
art. 5° |
97,59% |
223,03 |
539,67 |
991,24 |
Ap. Sociales
1999/01 a 12 |
228,54 |
Resol. 04/98
art. 5° |
97,59% |
223,03 |
460,46 |
912,03 |
Ap. Sociales
2000/01 a 12 |
228,54 |
Resol. 04/98
art. 5° |
97,59% |
223,03 |
378,21 |
829,78 |
Ap. Sociales
2001/01 a 12 |
228,54 |
Resol. 04/98
art. 5° |
97,59% |
223,03 |
295,98 |
747,55 |
Ap. Sociales
2002/01 a 12 |
228,54 Resol. |
Res. 04/98 art.
5° |
97,59% |
223,03 |
209,09 |
660,66 |
Ap. Sociales
2003/01 a 07 |
131,85 |
Resol. 04/98 art.
5° |
97,59% |
128,67 |
74,58 |
335,10 |
Infracción a los Deb.
Formales |
|
Res. 06/93 inc.
d) |
|
300,00 |
|
300,00 |
TOTALES |
155.416,38 |
|
|
100.488,92 |
175.758,71 |
431.664,01 |
Son Pesos: Cuatrocientos Treinta y Un
Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro Con 01/100.
Resolución Individual N° 070/05
Fecha: 03/03/2005
S/C 8431 Abr.
20 Abr. 26
________________________________________________________________________________________
Por disposición del Señor Administrador
Regional Rosario, se notifica a la contribuyente PIGHIN, SUSANA MARIA, cuenta N° 021-277019-7 con domicilio fiscal en calle Olegario
Víctor Andrade 1143 de la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe - por
Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de
conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o.
1997, la Resolución N° 219-4/05 dictada en autos
caratulados Expediente Nro. 13302-0204474-2 “PIGHIN
SUSANA MARIA”.
Rosario, 22 de Febrero de 2005. -
V I S T O: Considerando:... Resuelve:
ART. 1°: Determinar los ajustes
impositivos en concepto de Impuesto Sobre Los Ingresos Brutos practicados a la
contribuyente PIGHIN, SUSANA MARIA, cuenta N°
021-277019-7, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs.
148 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las
disposiciones establecidas por el art. 5to. de la Resolución 04/98, de conformidad al siguiente detalle:
IMPUESTO |
PERIODOS |
DIF.IMPTO. |
RECARGOS |
MULTAS |
TOTALES |
|
|
ACTUALIZ. |
|
E INTS. |
|
|
|
|
|
|
|
Ingresos Brutos |
2000/08 a 12 |
412,01 |
573,82 |
166,74 |
1.152,57 |
Ingresos Brutos |
2001/01-02-04 a 11 |
1.010,64 |
1.190,95 |
409,00 |
2.610,59 |
TOTALES |
|
1.422,65 |
1.764,77 |
575,74 |
3.763,16 |
ART. 2°: Requerir a la citada
contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los
artículos 49 y 54 del Código Fiscal (T.O. 1997 y
modificatorias), el ingreso de la suma de $ 3.763,16 (Pesos: Tres Mil
Setecientos Sesenta y Tres Con 16/100) conforme a lo detallado en el artículo
anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término.
ART. 3°: De acuerdo a las facultades
conferidas por el artículo 23 inciso 5) del mencionado texto legal, se intima
para que en el plazo de 15 días de efectuado el ingreso del pago para cancelar
la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba y remita las
constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y Control
de Fiscalización Externa, sita en calle Tucumán N°
1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite el Título
Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos
y costas judiciales de apremio a promoverse en su contra por ante los
Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
ART. 4°: Conforme a lo dispuesto en la
Ley 12.071, se les hace saber que le asiste el derecho de interponer formal
recurso de reconsideración en los términos del Art. 63° del Código Fiscal
vigente, dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación
de la presente.
ART. 5°: Regístrese y pase a la
Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa a
los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
C.P.N. JACOBO MARIO COHEN
A/C Administración Regional Rosario
Administración Provincial De Impuestos
Resolución Interna N° 030/04
S/C 8430 Abr. 20
Abr. 26