picture_as_pdf 2005-04-20

MINISTERIO DE LA PRODUCCION

 

RESOLUCION Nº 098

 

Santa Fe, 5 de abril de 2005.

Visto el Expediente Nº 00701-0056361-1 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 12004 se sustituye el artículo 2º de la Ley Nº 2499 - Reglamentación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros en vehículos automotrices, asignándole al Ministerio de la Producción, la competencia como órgano de aplicación de dicha ley en lugar de la Dirección General de Transporte, organismo de esta Jurisdicción, a excepción del otorgamiento de concesiones o permisos, caducidad o transferencias de los mismos que quedan reservados al Poder Ejecutivo;

Que por Resolución Ministerial Nº 032/2002 se delegó en la Subsecretaría de Transporte la aplicación del régimen de faltas y sanciones del Servicio Público Colectivo interurbano de pasajeros en vehículos automotrices Ley Nº 2499;

Que por cuestiones estrictamente operativas, y merecedora de una tramitación directa, que puede ser resuelta en el ámbito de la Subsecretaría de Transporte y atento que por Decreto Nº 0119/2005 se ha designado al Dr. Marcelo Sheil en el cargo de Director Provincial de Transporte, sería conducente hacer extensiva la anterior delegación otorgada, al nuevo funcionario, tendiente a que actúen en forma indistinta uno de otro en la materia ut supra delegada;

Que asimismo, es procedente hacer extensiva tal delegación a la materia de habilitación de unidades, cuestión que resulta de gestión meramente operativa y merecedora de una tramitación directa, y que también puede ser resucita en el ámbito de la Subsecretaría de Transporte o Dirección Provincial de Transporte;

Que la gestión se encuadra en lo previsto en el artículo 4 de la Ley Nº 10101 - Delegación de Facultades;

Por ello y atento a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION

RESUELVE:

ARTICULO 1. Delegar en forma indistinta en la Subsecretaría de Transporte o en la Dirección Provincial de Transporte, la aplicación del régimen de faltas y sanciones del Servicio Público de Transporte Colectivo interurbano de pasajeros en vehículos automotrices - Ley Nº 2499 y sus modificatorias.

ARTICULO 2. Delegar en forma indistinta en la Subsecretaría de Transporte o en la Dirección Provincial de Transporte la habilitación de unidades que prestan el Servicio Público de Transporte Colectivo interurbano de pasajeros.

ARTICULO 3. Abrogar la Resolución Nº 032/02 (MAGIC).

ARTICULO 4. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Ing. ROBERTO A. CERETTO

Ministro de la Producción

S/C         8452       Abr. 20

_________________________________________

 

 

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

 

Por disposición del señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a la firma RALLY S.A. cuenta 021-285147-0, con domicilio fiscal en calle Ovidio Lagos 157 y/o Teodoro Glück, D.N.I. 12.523.247, con domicilio particular en calle 9 de Julio 1953 y Tomás Glück, L.E. 6.047.225, con domicilio en calle Rioja 1957 Piso 10, todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 070/05 IND, dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0296877-4 “RALLY S.A”.

Santa Fe, 03 de Marzo de 2005. Visto:  Considerando:... Resuelve:

Artículo 1°. No hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución 809-5/04 de Administración Regional Rosario por los señores TEODORO GLÜCK, D.N.I. 12.523.247, con domicilio particular en calle 9 de Julio 1953 y TOMAS GLUCK, L.E. 6.047.225, con domicilio en calle Rioja 1957, Piso 10 y domicilio legal constituido en calle 9 de Julio 1953, todos de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe.

Artículo 2°. Requerir a la firma RALLY S.A. y/o TEODORO GLUCK y/o TOMAS GLÜCK, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el Art. 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 431.664,01 (Pesos cuatrocientos treinta y un mil seiscientos sesenta y cuatro con 01/100) en concepto de impuestos, intereses y multa por omisión - Res. Gral. 04/98, por los anticipos, 06 a 12/99; 01 a 12/00; 01 a 12/01; 01 a 12/02 y 01 a 07/03 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y por los anticipos 07, 09, a 12/97; 01 a 12/98; 01 a 12/99; 01 a 12/00; 01 a 12/01; 01 a 12/02 y 01 a 07/03 de Aportes Sociales Ley 5110 y multa por infracción a los deberes formales - Res. Gral. 06/93, de acuerdo al Cuadro Resumen de Reajuste confeccionado por la Subdirección de Fiscalización 2 de Administración Regional Rosario, obrante a fs. 332 y que forma parte de la presente.

Artículo 3°. De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario - Subdirección de Fiscalización Externa 2, sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación, en los términos del art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

Artículo 4°. Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación en el domicilio fiscal, particular de los recurrentes y en el legal constituido y demás efectos.

C.P.N. MANUEL A. VILLAABRILLE

ADMINISTRADOR PROVINCIAL

Administ. Provincial de Impuestos

 

CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE

 

Contribuyente: RALLY S.A.                Domicilio: Ovidio Lagos 157- Rosario  Cta. : 021-285147-0

Expte. 13302-0296877-4

 

 

Diferencia

 

Multas

 

 

 

Concepto

de Impuesto

 Calificación

%

Monto

Intereses

Total

 

Liquidadas

 

 

 

 

 

 

al

 

 

 

 

 

 

15/03/2005

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ing. Brutos 1999/06 a 12

13.937,29

Resol. 04/98 art. 5°

64,17%

8.943,55

27.113,02

49.993,86

Ing. Brutos 2000/01 a 12

27.388,11

Resol. 04/98 art. 5°

64,17%

17.574,95

45.288,67

90.251,73

Ing. Brutos 2001/01 a 12

27.981,41

Resol. 04/98 art. 5°

64,17%

17.955,67

36.437,20

82.374,28

Ing. Brutos 2002/01 a 12

50.231,37

Resol. 04/98 art. 5°

64,17%

32.233,47

45.019,66

127.484,50

Ing. Brutos 2003/01 a 07

34.506,96

Resol. 04/98 art. 5°

64,17%

22.143,11

19.688,68

76.338,75

Ap. Sociales 1997/07, 09 a 12

96,69

Resol. 04/98 art. 5°

97,59%

94,35

253,49

444,53

Ap. Sociales 1998/01 a 12

228,54

Resol. 04/98 art. 5°

97,59%

223,03

539,67

991,24

Ap. Sociales 1999/01 a 12

228,54

Resol. 04/98 art. 5°

97,59%

223,03

460,46

912,03

Ap. Sociales 2000/01 a 12

228,54

Resol. 04/98 art. 5°

97,59%

223,03

378,21

829,78

Ap. Sociales 2001/01 a 12

228,54

Resol. 04/98 art. 5°

97,59%

223,03

295,98

747,55

Ap. Sociales 2002/01 a 12

228,54 Resol.

Res. 04/98 art.

97,59%

223,03

209,09

660,66

Ap. Sociales 2003/01 a 07

131,85

Resol. 04/98 art.

97,59%

128,67

74,58

335,10

Infracción a los Deb. Formales

 

Res. 06/93 inc. d)

 

300,00

 

300,00

TOTALES

155.416,38

 

 

100.488,92

175.758,71

 431.664,01

 

Son Pesos: Cuatrocientos Treinta y Un Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro Con 01/100.

Resolución Individual 070/05

Fecha: 03/03/2005

S/C                                         8431                                                       Abr. 20 Abr. 26

________________________________________________________________________________________

 

Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la contribuyente PIGHIN, SUSANA MARIA, cuenta 021-277019-7 con domicilio fiscal en calle Olegario Víctor Andrade 1143 de la ciudad de Rosario - Provincia de Santa Fe - por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución 219-4/05 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0204474-2 “PIGHIN SUSANA MARIA”.

Rosario, 22 de Febrero de 2005. -

V I S T O: Considerando:... Resuelve:

ART. 1°: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto Sobre Los Ingresos Brutos practicados a la contribuyente PIGHIN, SUSANA MARIA, cuenta 021-277019-7, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 148 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de acuerdo a las disposiciones establecidas por el art. 5to. de la Resolución 04/98, de conformidad al siguiente detalle:

 

IMPUESTO

PERIODOS

DIF.IMPTO.

RECARGOS

MULTAS

TOTALES

 

 

ACTUALIZ.

 

E INTS.

 

 

 

 

 

 

 

Ingresos Brutos

2000/08 a 12

412,01

573,82

166,74

1.152,57

Ingresos Brutos

2001/01-02-04 a 11

1.010,64

1.190,95

409,00

2.610,59

TOTALES

 

1.422,65

1.764,77

575,74

3.763,16

 

ART. 2°: Requerir a la citada contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del Código Fiscal (T.O. 1997 y modificatorias), el ingreso de la suma de $ 3.763,16 (Pesos: Tres Mil Setecientos Sesenta y Tres Con 16/100) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término.

ART. 3°: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5) del mencionado texto legal, se intima para que en el plazo de 15 días de efectuado el ingreso del pago para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba y remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, sita en calle Tucumán 1853 - Rosario, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.

ART. 4°: Conforme a lo dispuesto en la Ley 12.071, se les hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Art. 63° del Código Fiscal vigente, dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.

ART. 5°: Regístrese y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.

C.P.N. JACOBO MARIO COHEN

A/C Administración Regional Rosario

Administración Provincial De Impuestos

Resolución Interna 030/04

S/C                                                         8430                                       Abr. 20 Abr. 26