DECRETO Nº 0595
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 06 MAR 2014
VISTO:
El expediente N° 02001-0022070-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos-, por medio del cual se gestiona la prorroga del plazo establecido por el Decreto N° 1325/08 para el funcionamiento de la Comisión destinada a la tramitación de las solicitudes de reingreso del personal cesanteado por la dictadura militar por aplicación de las leyes de prescindibilidad; y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial Nº 9528 facultó al Poder Ejecutivo Provincial a disponer el reingreso del personal de la Administración Pública Provincial, incluidos los agentes del Banco Provincial de Santa Fe, entes descentralizados y autárquicos de la Provincia, que fueron separados de sus funciones por aplicación de las leyes Nº 7854 y Nº 7859;
Que, la citada Ley dispuso en su articulo 11º, que en el término de 30 días corridos desde la vigencia de la misma los interesados debían efectuar ante el Ministerio o Secretaría que corresponda, la presentación correspondiente en orden a solicitar el reintegro previsto por la ley;
Que, asimismo en su artículo 12º se estableció que el Poder Ejecutivo debía formar una Comisión con participación del Poder Legislativo, la cual sería la encargada de estudiar las solicitudes presentadas;
Que, por medio de la Ley Nº 12.833 se determinó la ampliación por el término de 90 días a partir de la promulgación de la misma del plazo estipulado en el articulo 11º de la ley Nº 9528 a los fines de realizar la presentación pertinente para solicitar la obtención del beneficio de reintegro a la Administración Pública, extendiendo el mismo a aquellos que habiendo cumplido con los requisitos exigidos por la Ley Nº 9528, no hayan podido realizar su pedido en debido tiempo y forma;
Que, como consecuencia de ello se dictó el Decreto N° 1325/08, por medio del cual se creó una Comisión destinada a tramitar y estudiar las solicitudes de reingreso;
Que, por medio del Decreto N° 3665/13 se promulgó la Ley N° 13.368, la cual volvió a ampliar por 90 días el plazo para acogerse a los beneficios previstos en la Ley N° 9528, ampliatorias y modificatorias;
Que, en consecuencia corresponde prorrogar la actuación de la Comisión creada por Decreto N° 1325/08 hasta que sean resueltas las solicitudes ingresadas al Poder Ejecutivo como consecuencia de lo previsto en la Ley N° 13.368;
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido mediante Dictamen N° 58 de fecha 21 de febrero del 2014;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º: Amplíese el plazo de actuación de la Comisión creada por Decreto N° 1325/08 hasta que se concluyan las solicitudes ingresadas al Poder Ejecutivo como consecuencia de la ampliación del plazo dispuesto por la Ley N° 13.368.
ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BONFATTI
Juan Lewis
11140
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