picture_as_pdf 2009-03-20

DECRETO Nº 0384


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 12 de marzo de 2009


VISTO:


El expediente Nº 02001-0001494-9, del Registro del Sistema de Información de Expedientes - en virtud del cual la Dra. Mariana Silvia Varela, en carácter de concursante al cargo de Juez de Circuito de la Primera Nominación de la ciudad de Rosario, interpone reclamo tendiente a solicitar la recalificación del puntaje que el rubro “antecedentes” que le ha otorgado el Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica.; y

CONSIDERANDO:

Que, debe considerarse, por aplicación del principio de atenuación del rigor formal a favor del administrado, el cual permite “calificar” los recursos a la administración, que se ha hecho uso de la recursiva prevista por el artículo 25º del Decreto Nº 164/07, por ser la única instancia que habilita la revisión de lo actuado por el Cuerpo Colegiado de Evaluación Técnica;

Que, la recurrente fue notificada de los puntajes obtenidos en la prueba de oposición y antecedentes en fecha 19/11/2008, por lo que habiendo sido presentado el escrito recursivo en fecha 26/11/2008, fuera del plazo de tres días hábiles que prevé el artículo 25º del Decreto Nº 164/07, debe considerárselo formalmente inadmisible;

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, emitiendo el Dictamen Nº 0162/09 de fecha 11 de marzo de 2009 aconsejando el rechazo del recurso interpuesto;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º - Rechácese el recurso interpuesto por la Dra. Mariana Silvia Varela, -D.N.I. N° 14.602.950 - Clase 1961 -, en los términos del artículo 25 del Decreto Nº 164/07, en el marco del concurso al cargo de Juez de Circuito de la Primera Nominación de la ciudad de Rosario, instrumentado por el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Santa Fe.-.

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese.

BINNER

Dr. Héctor Superti

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