picture_as_pdf 2007-03-20

DIRECCION PROVINCIAL

DE CONTRATACIONES

Y SUMINISTROS

DISPOSICION N° 62

Santa Fe, 13 de Marzo de 2007.

VISTO los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos firmas y la renovación de otras, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Acuerdo 5100/55 y Disposición 065/05, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes.

Que la Subdirección General de Gestión y el Departamento de Asuntos Legales de esta Dirección Provincial, han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 5100/55.

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL

DE CONTRATACIONES

Y SUMINISTROS

DISPONE:

1.1. Inscribir en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, dentro de los términos que establece el punto 8 de la Disposición 065/05, a las siguientes firmas: (2.349) CORTINERIA CONFORT S.R.L.; (2.350) ROFER S.R.L.

2. Renovar la inscripción en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de 18 meses a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, de las siguientes firmas: (816) "ORTOPEDIA AMERICANA" DE GASPAR MARIO FRANCISCO Y DE MIGUEL NICOLAS; (1.282) BETA S.A.; (1.679) MICROMEDICA EPSILON S.R.L.

3. Otorgar a las firmas proveedoras la certificación que las acredite como tales en su inscripción bajo los números y validez mencionados precedentemente.

4. Regístrese, comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y archívese.

CPN PATRICIA BENÍTEZ

Dra. Pcial. de Contrataciones y Suministros

S/C 5302 Mar. 20

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD

NOTIFICACION

En relación a los autos administrativos N° 16102-0018668-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 1044 de fecha 30/03/06 se procede a notificar fehacientemente por este medio, conforme a lo preceptuado en los artículos 20° inc e) y 28° del Decreto N° 10.204/58, a los Sres. Elio Aldo Cornejo M.I. 5.542.085 con último domicilio conocido en la localidad de Alto Pencoso - Provincia de San Luis y Héctor Antulio Cornejo L.E. 8.144.684 con último domicilio conocido en calle J.P. Norton N° 464 de la localidad de Luján de Cuyo Provincia de Mendoza de lo establecido en la Resolución N° 1600 dictada el 5 de julio de 2006 por el Ing. Antonio Grbavac, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto... y Considerando... Resuelve.... Artículo 1°. Intimar al Sr. Cornejo Elio Aldo en carácter de conductor con domicilio en la localidad de Alto Pencoso, Provincia de San Luis, al transportista Sr. Cornejo Héctor Antulio, con domicilio en J.P. Norton 464 de la localidad de Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza y al cargador AGROVERAZ S.A., con domicilio en Sarmiento 938 de la localidad de Las Rosas, Provincia de Santa Fe, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente la suma de $ 3.530,56 (pesos tres mil quinientos treinta con 56/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Salta N° 2951 9° Piso Palacio Municipal de esta ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 2°. La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyos efectos se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Scania Modelo T 11 T H, Dominio Chasis TDC 938, Dominio Acoplado UWV 048, Sr. Cornejo Elio Aldo con domicilio en la localidad de Alto Pencoso, Provincia de San Luis, al transportista Sr. Cornejo Héctor Antulio, con domicilio en J.P. Norton 464 de la localidad de Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza y el cargador AGROVERAZ S.A., con domicilio en Sarmiento 938 de la localidad de Las Rosas, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 3.530,56, (pesos tres mil quinientos treinta con 56/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago.

Artículo 3°. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. Fdo. C.P.N. Rubén Regis Pirola - Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 5400 Mar. 20 Mar. 21

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En relación a los autos administrativos N° 16102-0018002-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 1109 del 28/12/05 se procede a notificar fehacientemente por este medio, conforme a lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto N° 10.204/58, al Sr. Gilberto Silva con último domicilio conocido en la localidad de Monte Quemado, Provincia de Santiago del Estero, de lo establecido en la Resolución N° 0901 dictada por el Ing. Antonio Grvabac, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto.. y Considerando... Resuelve... Artículo 1°.Intimar al Sr. Callegaris Carlos Norberto, en carácter de conductor, con domicilio en la localidad de General Baldissera, Provincia de Córdoba, a los transportistas Sr. Cappri Daniel Alberto, con domicilio en San Luis N° 470 de la localidad de Villa del Rosario, Provincia de Córdoba y la Sra. Callegari Vanina, con domicilio en Bernardino Rivadavia N° 838 de la localidad de General Baldissera, Provincia de Córdoba y el cargador Sr. Silva Gilberto, con domicilio en la localidad de Monte Quemado, Provincia de Santiago del Estero, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente la suma de $ 1.161,12, (pesos mil ciento sesenta y uno con 12/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Salta N° 2951 9° Piso Palacio Municipal de esta ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas.

Artículo 2°. La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyos efectos se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Fiat Modelo 190-33 N, Dominio Chasis VZX 366, Dominio Acoplado RMO 935, Sr. Callegaris Carlos Norberto, con domicilio en la localidad de General Baldissera, Provincia de Córdoba, los transportistas Sr. Cappri Daniel Alberto, con domicilio en San Luis N° 470 de la localidad de Villa del Rosario, Provincia de Córdoba y Sra. Callegari Vanina, con domicilio en Bernardino Rivadavia. N° 838 de la localidad de General Baldissera, Provincia de Córdoba y el cargador Sr. Silva Gilberto, con domicilio en la localidad de Monte Quemado, Provincia de Santiago del Estero, tendiente al cobro de la suma de $ 1.161,12, (pesos mil ciento sesenta y uno con 12/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago.

Artículo 3°. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. Fdo. C.P.N. Rubén Regis Pirola - Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 5399 Mar. 20 Mar. 21

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En relación a los autos administrativos N° 16102-0015885-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 1065 del 27/04/05 se procede a notificar fehacientemente por este medio, conforme a lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto N° 10.204/58, al Sr. Alsogaray Néstor con último domicilio conocido en calle Borge s/n° de la localidad de Quimili, Provincia de Santiago del Estero, de lo establecido en la Resolución N° 2326 dictada el 7 de noviembre de 2005 por el Ing. Antonio Grbavac, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto... y Considerando... Resuelve...,

Artículo 1°.Intimar al Sr. Pérez Juan Marcelo en carácter de conductor con domicilio en Avda. Roca s/n° de la localidad de Quimili, Provincia de Santiago del Estero, al transportista Herasimchuk Marcelo, con domicilio en Planta Urbana de la localidad de La Clotilde, Prov. de Chaco, y al cargador Alsogaray Nestor, con domicilio en Calle Borge s/n° de la localidad de Quimili, Prov. de Santiago del Estero, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente la suma de $ 1.127,13, (pesos mil ciento veintisiete con 13/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Salta N° 2951 9° Piso Palacio Municipal de esta ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9716/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas.

Artículo 2°. La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyos efectos se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Mercedes Benz Modelo 911, Dominio Chasis RDN 117, Dominio Acoplado RDN 118, Sr. Pérez Juan Marcelo con domicilio en Avda. Roca s/n° de la localidad de Quimili, Provincia de Santiago del Estero, al transportista Herasimchuk Marcelo, con domicilio en Planta Urbana de la localidad de La Clotilde, Prov. de Chaco, y al cargador Alsogaray Nestor, con domicilio en Calle Borge s/n° de la localidad de Quimili, Prov. de Santiago del Estero, tendiente al cobro de la suma de $ 1.127,13, (pesos mil ciento veintisiete con 13/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago.

Artículo 3°. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. Fdo. C.P.N. Rubén Regis Pirola - Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 5398 Mar. 20 Mar. 21

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