picture_as_pdf 2018-12-19

REGISTRADA BAJO EL Nº 13825


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Dispónese que la Comisión Comunal de Bella Italia, departamento Castellanos, quede constituida por cinco (5) miembros titulares y (5) miembros suplentes, en el marco del inciso b) del artículo 3 de la Ley N° 2.439 "Orgánica de Comunas".

ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo debe aplicar lo dispuesto en el artículo 1 de la presente, en la primera convocatoria a elecciones ordinarias que realice a efectos de ampliar el número de miembros de la Comisión Comunal de Bella Italia.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


DECRETO Nº 3744


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",

10 DIC 2018

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede N° 13825 efectuada por la H. Legislatura;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

LIFSCHITZ

Dr. Pablo Gustavo Farías

27307

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