REGISTRADA BAJO EL Nº 13825
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dispónese que la Comisión Comunal de Bella Italia, departamento Castellanos, quede constituida por cinco (5) miembros titulares y (5) miembros suplentes, en el marco del inciso b) del artículo 3 de la Ley N° 2.439 "Orgánica de Comunas".
ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo debe aplicar lo dispuesto en el artículo 1 de la presente, en la primera convocatoria a elecciones ordinarias que realice a efectos de ampliar el número de miembros de la Comisión Comunal de Bella Italia.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO Nº 3744
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",
10 DIC 2018
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13825 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
LIFSCHITZ
Dr. Pablo Gustavo Farías
27307
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