picture_as_pdf 2012-12-19

EL CONSEJO DE LA

MAGISTRATURA


ELEVACION DE PROPUESTA


Atento a lo establecido en el Art. 28 del Dcto. N° 2623/09 y la Resolución N° 066/2012 de la Presidencia del Consejo de la Magistratura, se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta para el cargo de Juez de Cámara de Apelación en lo Penal Sala II (1 vacante) y Sala IV ( 2 vacantes) de Santa Fe - Circunscripción Judicial Nº 1, integrada por: 1 - Dr. CARBONE, Carlos Alberto DNI N° 12.527.578; 2 -Dr. FERRER, Fernando Ignacio DNI Nº 11.467.844; 3 - Dra. FEIJOO, Martha María DNI Nº 14.631.624; 4 - Dra. BALANGIONE, Jaquelina Ana DNI Nº 17.222.453; 5 - Dr. CURTO, Juan Carlos DNI Nº 13.965.803; 6 - Dr. BURTNIK, Oscar José DNI Nº 16.563.712; 7 - Dr. FIZ, Cristian Pablo DNI Nº 22.674.063.

Dr. Roberto Joaquín Vicente

Presidente del Consejo de la Magistratura

Provincia de Santa Fe

S/C. 9632 Dic. 19

__________________________________________


COLEGIO PROFESIONAL DE MAESTROS MAYORES DE OBRAS Y TECNICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - LEY Nº 10.946


RESOLUCION D.G. N° 0032


Ref.: Actualización del Valor del Metro Cuadrado de Construcción.


VISTO:

Que le corresponde al Directorio General del Colegio según el Art. 34° inciso 10 del Estatuto (Dto. 2636/94) “proponer los aranceles de honorarios y retribuciones mínimas profesionales que estime justo y equitativas de conformidad a la normativa vigente, lo preceptuado por la Ley N° 4114 y normas complementarias, pudiendo contemplar las diferencias que puedan presentarse en las distintas zonas, estableciéndose que los aportes provisionales y asistenciales se rigen por las Leyes 4889 y 6729” ; y

CONSIDERANDO:

Que la realidad económica indica que el arancel profesional vigente (Dto. 4156/52 -Ley 6373) y aportes respectivos han quedado desvirtuados, por lo tanto resulta necesario que el Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos, actualice los valores del arancel sin sujetarse a las variaciones del Indice del Costo de la Construcción como criterio automático, pero aplicar las correcciones con la debida prudencia;

Que es opinión unánime de los integrantes del Directorio General “.....arbitrar los medios conducentes a unificar criterios y/o procedimientos” según lo establece el Art. 34° Inciso 2 del Estatuto del Colegio, respecto a referenciar y justipreciar los valores reales en vigencia, para el mercado Profesional, determinando un Honorario Mínimo acorde a la retribución del Matriculado, compensando los alcances y responsabilidades asumidas en la tarea encomendada, en concordancia a un valor referencial real de obra, a la fecha de la encomienda.

Que se han arbitrado los medios correspondientes para que las Autoridades de los Colegios Profesionales involucrados en la aplicación de los valores relacionados a la Construcción, unifiquen idéntico criterio en toda la provincia, en el valor de Pesos dos mil quinientos dieciocho con setenta y cinco centavos, el Valor del Metro Cuadrado de Construcción.

En mérito de lo expuesto;

EL DIRECTORIO GENERAL DEL

COLEGIO PROFESIONAL DE MAESTROS MAYORES DE OBRAS Y TECNICOS

RESUELVE:

Art. 1º.- Actualizar a partir del 01 de Marzo de 2013 el Valor del Metro Cuadrado de Construcción, calculado según lo dispuesto en el Art. 47 del Título V del Decreto 4156/52 y la Ley 6373 del Arancel Profesional, estableciéndose en $ 2.896,56.- (dos mil ochocientos noventa y seis con cincuenta y seis centavos), para la determinación del valor estimado de obra, Honorarios Básicos vigentes y los Aportes respectivos.

Art. 2º.- Modificar a partir del 01 de Marzo de 2013, los montos monetarios de los Cuadros de Arquitectura e Ingeniería establecidas por el Dto. 4156/52 y la Ley 6373 del Arancel Profesional, a disposición en las Oficinas Técnicas de cada Distrito.

Art. 3º.- El Directorio del Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de la Provincia de Santa Fe, podrá en forma periódica, establecer las correcciones y/o actualizaciones que el mismo estime oportuno realizar de acuerdo a la evolución de la estadística de precios relevadas en las distintas zonas de la Provincia.

Art. 4º.- Las situaciones o casos no previstos en la presente resolución, serán resueltos por el Directorio del Distrito que corresponda.

Art. 5°.- Dar a conocimiento de los Colegios de Distrito I y II, de los Matriculados, publíquese en las páginas web de ambos Colegios. Cumplido, archívese.-

Resuelto por el Directorio General en Reunión de fecha 30 de noviembre de 2012.

M.M.O. Miguel A. Rubbo, presidente.

$ 97 187992 Dic. 19

__________________________________________


EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS N° 16


Objeto: Solicitud de contratación de equipo de grua para utilizar en el ámbito de la Sucursal Rafaela.

Presupuesto: $ 121.000,00 (Pesos ciento veinte y un mil c/00/100) I.V.A. incluido.

Apertura de Propuestas: 4/01/2013 Hora: 10:00

Venta de Pliegos e Informes: Empresa Provincial de la Energía Avda. Santa Fe 1671 2300 Rafaela Santa Fe Tel. (03492) 438505/508/509.

S/C 9619 Dic. 19 Dic. 21

__________________________________________


PEDIDO DE COTIZACION


Objeto: Alquiler de un Inmueble para oficinas comerciales y administrativas, debe reunir como mínimo, las siguientes características:

Ubicación : En la Ciudad de Santa Fe, en un radio comprendido por las calles, J.J. Castelli (al Sur), Regimiento 12 de Infantería (al Norte), Av. Blas Parera (al Oeste), y Av. Angel Peñaloza (al Este).-

Descripción: Salón de aproximadamente 100 a 150 m2. con ingreso directo por frente/fachada. Un sector para oficinas independientes de aproximadamente 80 m2. Grupo sanitario para Damas y Caballeros. Sector de Office y Archivo. Todo desarrollado en una Planta o en P.B y P.A. Se requiere buen estado de conservación y mantenimiento de la propiedad.

Las propuestas deberán ser entregadas en calle Bv. Pellegrini 2626, Santa Fe, 1er. Piso-Of. Unidad de Administración, en el horario de 8,00 hs. a 13 hs., de Lunes a Viernes, hasta el día 27 de Diciembre del corriente año.-

Consultas e Informes: Empresa Provincial de la Energía Bv. Pellegrini 2626 - Piso 1 -Dpto. Serv. de Apoyo Tel: (0342) 4505679 - Santa Fe

S/C 9633 Dic. 19 Dic. 21

__________________________________________


CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


INFORMA ELEVACION DE PROPUESTAS


Atento a lo establecido en el Art. 28 del Dcto. N° 2623/09 y la Resolución N° 066/2012 de la Presidencia del Consejo de la Magistratura, se eleva al Poder Ejecutivo la siguiente propuesta para el cargo de Juez de Cámara de Apelación en lo Penal Sala II (1 vacante) y Sala IV (2 vacantes) de Santa Fe - Circunscripción Judicial N° 1, integrada por: 1 - Dr. Carbone, Carlos Alberto D.N.I. N° 12.527.578; 2 - Dr. Ferrer, Fernando Ignacio D.N.I. N° 11.467.844; 3 - Dra. Feijoo, Martha María D.N.I. N° 14.631.624; 4- Dra. Balangione, Jaquelina Ana D.N.I. Nº 17.222.453; 5- Dr. Curto, Juan Carlos D.N.I. Nº 13.965.803; 6- Dr. Burtnik, Oscar José D.N.I. N° 16.563.712; 7- Dr. Fiz, Cristian Pablo D.N.I. Nº 22.674.063.

Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 19 de Diciembre de 2012.

S/C 9626 Dic. 19

__________________________________________


DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACIONES


En relación a los autos administrativos Nº 16102-0029123-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 1933 de fecha 15/03/2012 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto N° 10.204/58 al infractor Sr. Pedro Luis Ferreyra, con último domicilio conocido en 2° Pje. S/N de la localidad de La Banda, Provincia de Santiago del Estero, de lo establecido en la Resolución Nº 900 dictada el 26 de Septiembre de 2012 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... y Considerando ... Resuelve ... ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 1933 de fecha 15/03/12, conforme legislación vigente. ARTICULO 2°.-Intimar al Sr. Pedro Luis Ferreyra, en carácter de conductor, con domicilio en 2º Pje. S/N de la localidad de La Banda, Provincia de Santiago del Estero, al transportista Raúl Cesar Butiler, con domicilio en Besares N° 2351 de la localidad de La Banda, Provincia de Santiago del Estero y al cargador La Rotonda, con domicilio en la localidad de Fortín Lavalle de la Provincia de Chaco, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 6.694,98 (Pesos Seis Mil Seiscientos Noventa y Cuatro con 98/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis N° 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión marca Mercedes Benz, Modelo LS-1633, Dominio Chasis BYR 315, Dominio Acoplado DQN 050, Sr. Pedro Luis Ferreyra, con domicilio en 2° Pje. S/N de la localidad de La Banda, Provincia de Santiago del Estero, el transportista Raúl César Butiler, con domicilio en Besares Nº 2351 de la localidad de La Banda, Provincia de Santiago del Estero y el cargador La Rotonda, con domicilio en la localidad de Fortín Lavalle de la Provincia de Chaco, tendiente al cobro de la suma de $ 6.694,98 (Pesos Seis Mil Seiscientos Noventa y Cuatro con 98/100), con más los intereses que correspondas desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 9629 Dic. 19 Dic. 20

__________________________________________


La relación a los autos administrativos Nº 16102-0026742-9 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1806 de fecha 04/08/2010 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en tos artículos 20º inc. e) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. Ontiveros, Jorge, con último domicilio conocido en Regimiento 11 -252-bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución N° 053 dictada el 20 de Enero de 2011 por el Téc. Juan Manuel Rafael De Córdoba, Sub-Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad -por ausencia del Sr. Administrador General y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... y Considerando ... Resuelve ...”ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción N° 1806 de fecha 04/08/10, conforme lo dispone la legislación vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al Sr. Maugeri, Fernando Gabriel, en carácter de conductor, con domicilio en Rosario 2168, de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, la transportista Sra. Todoni, Débora Betina, con domicilio en Etchemende Garay s/N°, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos y el cargador Sr. Ontiveros, Jorge, con domicilio en Regimiento 11-252-bis de la ciudad de Rosario, Provincia, de Santa Fe, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 13.264,52 (Pesos Trece Mil Doscientos Sesenta y Cuatro con 52/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de precederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis 880 de esta ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07°, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas.

ARTICULO 3°.-La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Scania, Modelo P94DB, Dominio Chasis ELO 434, Dominio Semirremolque VSV 564, Sr. Maugeri, Fernando Gabriel, con domicilio en Rosario 2168, de la localidad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, la transportista Sra. Todoni, Débora Betina, con domicilio en Etchemende Garay s/Nº, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos y el cargador Sr. Ontiveros, Jorge con domicilio en Regimiento 11-252-bis de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 13.264,52 (Pesos Trece Mil Doscientos Sesenta y Cuatro con 52/100), con más los intereses que correspondas desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 9630 Dic. 19 Dic. 20

__________________________________________


En relación a los autos administrativos Nº 16102-0028772-2 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 1729 de fecha 26/09/11 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28º del Decreto N° 10.204/58, a los infractores Sr. Montemaggi Luis Alberto, con último domicilio conocido en la localidad de Los Frontones, Provincia de Chaco y Sr. Fernando Mussi, con último domicilio conocido en Zona Rural de la localidad de Rivadavia, Provincia de Salta de lo establecido en la Resolución Nº 890 dictada el 25 de Septiembre de 2012 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... y Considerando ... Resuelve ... ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 1729 de fecha 26/09/11, modificando el exceso en la general, siendo el correcto 5.000 Kilos. ARTICULO 2º.- Intimar al Sr. Montemaggi Luis Alberto, en carácter de conductor y transportista, con domicilio en la localidad de Los Frontones, Provincia de Chaco y el cargador Fernando Mussi, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Rivadavia, Provincia de Salta, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 19.097.- (Pesos Diecinueve Mil Noventa y Siete), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de precederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincia de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. 9716/07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3°.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor y transportista del vehículo marca, Scania, Modelo T 113 H, Dominio Chasis UBW 725, Dominio Acoplado UBW 726, Sr. Montemaggi Luis Alberto, con domicilio en la localidad de Los Frontones, Provincia de Chaco y al cargador Fernando Mussi, con domicilio en Zona Rural de la localidad de Rivadavia, Provincia de Salta, tendiente al cobro de la suma de $ 19.097 (Pesos Diecinueve Mil Noventa y Siete), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción, y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 9631 Dic. 19 Dic. 20

__________________________________________


CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL-LOTERIA


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 199


Ref.: APROBANDO LA PROGRAMACION DE CONCURSOS DEL JUEGO DEL “QUINI-6” PARA EL MES DE ENERO DE 2013.-


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expte. N° 00302-0101288-3 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas el Departamento de Quini-6 eleva para su aprobación la Programación de Concursos del mes de ENERO de 2013.

Que dicha Programación se ajusta a pautas de comercialización oportunamente establecidas.

Que la misma prevé la realización de los Concursos de QUINI-6 en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” Nros. 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 a sortearse los días 03, 06, 09, 13, 16, 20, 23, 27 y 30 de Enero de 2013, respectivamente, a las 21,15 horas, excepto el día 03/01/12 que se realizará a las 09,45 horas.

Que el precio de venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para todos los Concursos del mes de Enero de 2013 se ha establecido en PESOS SEIS ($ 6,00), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS DOS ($ 2,00) para cada uno.

Que se estima importante establecer la condición que el Primer Premio de las modalidades Quina 6 Tradicional Primer Sorteo y La Segunda del Quini, otorgarán como minimo un premio de Tres millones quinientos mil ($ 3.500.000.-) y el Quini-6 Revancha de Pesos Tres millones ($ 3.000.000.-) cuando se registren ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes a la recaudación por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quina 6.

Que se considera conveniente seguir otorgando en todos los concursos del mes de Enero de 2013 un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000.-) de acuerdo a lo previsto en el artículo 30° del Reglamento del Juego.

Que en lo que respecta a la modalidad “BRINCO” se prevé la realización de los concursos Nros. 669, 670, 671 .y 672 cuyos sorteos se realizarán los días 06,13, 20 y 27 de Enero de 2013 a las 21,00 horas.

Que el precio de venta al público de cada apuesta para todos los Concursos del mes de Enero de 2013 se ha establecido en PESOS CINCO ($ 5.-).

Que a fin de mantener el interés de los apostadores en esta modalidad, se estima conveniente asegurar como mínimo la suma de Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-) para el Primer Premio, en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes correspondientes por venta de apuestas. Igual tratamiento seguirá el Premio Estímulo Agenciero. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6

Que además, en esta modalidad denominada BRINCO se ha dispuesto otorgar en cada concurso del mes de Enero de 2013, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES ESPECIALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual, en el que participarán todos los tickets del respectivo concurso.

Que en todos los concursos del mes de Enero de 2013 cada premio adicional especial será de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

Que los fondos necesarios para el pago de los cuarenta (40) premios mencionados anteriormente, más los importes que correspondan a los gravámenes antes referidos, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación.

Por ello y atento a lo dispuesto por la Ley N° 8269 y modificatorias, como así también la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 134/2001 y sus modificatorias Nros. 045/2003 y 350/2005 aprobatoria del Reglamento del juego;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar la Programación de Concursos de “QUINI-6” en sus modalidades “TRADICIONAL”, “REVANCHA” y “SIEMPRE SALE” correspondiente al mes de Enero de 2013, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015 a sortearse los días 03, 06, 09, 13, 16, 20, 23, 27 y 30 de Enero de 2013, respectivamente, a las 21,15 horas, excepto el día 03/01/13 que se realizará a las 09,45 horas.

ARTICULO 2º.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta del “QUINI-6 TRADICIONAL” para los todos los Concursos del mes de Enero de 2013 en PESOS SEIS ($ 6,00), mientras que los adicionales optativos para participar con la misma apuesta en el “QUINI-6 REVANCHA” y en el “QUINI-6 SIEMPRE SALE” se fija en PESOS DOS ($ 2,00) para cada uno.

ARTICULO 3°.- Otorgar en todos los concursos del mes de Enero de 2013, un PREMIO EXTRA cuyo importe ascienda a la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($1.200.000.-) de acuerdo a lo previsto en el Articulo 30° del Reglamento del Juego.

ARTICULO 4°.- Asegurar para el Primer Premio de cada una de las modalidades Quini-6 Tradicional Primer Sorteo y La Segunda del Quini, como mínimo Pesos Tres millones quinientos mil ($ 3.500.000.-) y de Pesos Tres millones ($ 3.000.000.-) para el Quini-6 Revancha. El Premio Estimulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento que el primer premio. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

ARTICULO 5°.- Aprobar la Programación de Concursos de la modalidad “BRINCO”, la que como ANEXO II forma parte integrante de la presente y que prevé la realización de los Concursos Nros. 669, 670, 671 y 672 cuyos sorteos se realizarán los días 06, 13, 20 y 27 de Enero de 2013 a las 21,00 horas.

ARTICULO 6°.- Establecer el precio de venta al público de cada apuesta para todos los Concursos del mes de Enero de 2013 en PESOS CINCO ($ 5.-) cada apuesta.

ARTICULO 7°.- Asegurar en todos los concursos de BRINCO del mes de Enero de 2013, como mínimo un Primer Premio de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-), sólo en el caso de registrarse ganador o ganadores con seis (6) aciertos, caso contrario, el Pozo para Premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas. El Premio Estímulo Agenciero seguirá el mismo tratamiento en cuanto al aseguramiento de Pozo para Premios.

ARTICULO 8°.-Otorgar en cada Concurso de BRINCO del mes de Enero de 2013, DIEZ (10) PREMIOS ADICIONALES, que serán asignados mediante un sorteo electrónico a realizarse a continuación del sorteo habitual y en el que participarán todos los tickets de apuestas del respectivo concurso.

ARTICULO 9°.- Que en todos los concursos del mes de Enero de 2013 cada premio adicional especial será de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-), los que serán abonados a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una, libre de los gravámenes establecidos por las Leyes Nros. 20.630, 23.351 y 24.800.

ARTICUL0 10.- La suma necesaria para alcanzar el mínimo para premios establecido en los artículos 4° y 7°, como los importes destinados para premios más gravámenes a que refieren los artículos 8° y 9°, serán tomados del Fondo de Reserva para Premios Especiales del Quini-6.

ARTICULO 11°.- El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, SAF 353- Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 07, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas Operativas -Premios.

ARTICULO 12°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

SANTA FE, 12 de Diciembre de 2012.


Dra. MONICA CALDERON

A/c Dirección General

Caja de Asistencia Social

Lotería de Santa Fe

ANEXO I


PROGRAMACION DE LAS MODALIDADES DE “QUINI-6” “TRADICIONAL”, “REVANCHA” Y “SIEMPRE SALE”

MES: ENERO DE 2013


CONCURSO FECHA FECHA DE PRECIO DE APUESTAS

NUMERO DE PRESCRIP. TRADIC. CON CON S. SALE

SORTEO REVANCHA

2007 03/01/13 18/01/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2008 06/01/13 21/01/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2009 09/01/13 24/01/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2010 13/01/13 28/01/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2011 16/01/13 31/01/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2012 20/01/13 04/02/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2013 23/01/13 07/02/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2014 27/01/13 13/02/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00

2015 30/01/13 14/02/13 $ 6,00 $ 8,00 $ 10,00


PREMIO EXTRA: En todos los concursos del mes de ENERO de 2013 se ha establecido otorgar un PREMIO EXTRA de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000.-).

HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE APUESTAS:

SORTEO DIAS MIERCOLES: MIERCOLES 19,30 horas.

SORTEO DIAS DOMINGO: SABADO 20,45 horas.

SORTEO DIA JUEVES 03/01/13: MIERCOLES 02/01/13 a las 20,45 horas.

SANTA FE, 12 de Diciembre de 2012.-


ANEXO II


PROGRAMACION DE CONCURSOS DE LA MODALIDAD DE QUINI-6 “BRINCO”

MES: ENERO DE 2013


CONCURSO FECHA DE FECHA DE PRECIO DE

NUMERO SORTEO PRESCRIP. APUESTA


669 06/01/13 21/01/13 $ 5,00

670 13/01/13 28/01/13 $ 5,00

671 20/01/13 04/02/13 $ 5,00

672 27/01/13 13/02/13 $ 5,00


En todos los Concursos del mes de Enero de 2013 se otorgarán diez (10) Premios Adicionales Especiales (Sueldos) de PESOS VEINTICUATRO MIL ($ 24.000.-) cada uno, los que se abonarán a los ganadores en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) cada una.

HORARIOS DE CIERRE DE RECEPCION DE APUESTAS:

SISTEMA ON LINE: SABADO 20,45 horas.

SANTA FE, 12 de Diciembre de 2012

S/C 9628 Dic. 19

__________________________________________