ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma FLOR DE LIS S.R.L., cuenta Nº 021-312693-5, con domicilio fiscal en calle Zeballos 101, de la ciudad de Rosario, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 1909-9/07 dictada en autos caratulados Expediente N° 13302-0289943-0 "FLOR DE LIS S.R.L."
Rosario, 05 de Noviembre de 2007.
Visto:... Considerando:... Resuelve:
Artículo 1º) Determinar los reajustes impositivos en concepto de Impuesto, Intereses y Multas correspondientes a Ingresos Brutos y Aportes Sociales (ley 5110), según lo prescripto en artículo 34 y 35 del Código Fiscal vigente T.O. 1997, practicadas a la firma FLOR DE LIS S.R.L., cuenta Nº 021-312693-5 con domicilio fiscal y legal en calle Zeballos 101 de la ciudad de Rosario, y/o JORGE ELIAS MASSOUD, DNI. Nº 20.923.293, en carácter de Socio Gerente, con domicilio en calle Mendoza Nº 99 de Rosario, según lo prescripto en el artículo 19 y 20 del Código Fiscal vigente, de acuerdo a las liquidaciones obrantes de fs. 393 a fs. 403, del referido Expte., y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación que constan de intereses conforme a lo enunciado por el Art. 43 del citado cuerpo legal y el Decreto Provincial Nº 1560/91, y multas según los preceptos emanados del Art. 45 del mismo instrumento y del Art. 5º de la Resolución Nº 04/98; todo esto de conformidad al siguiente detalle:
CONCEPTO Y PERIODOS DIFERENC. INTERESES MULTAS TOTALES
ADEUDADOS DE IMPUESTO
Ingresos Brutos 2002 01 a l2 1.340,17 1.659,53 1.038,63 4.038,33
Ingresos Brutos 2003 01 a 12 1.325,41 1.140,73 1.027,19 3.493,33
Ingresos Brutos 2004 01 a 12 5.654,63 2.586,29 4.382,34 12.623,26
Ingresos Brutos 2005 01 a 12 10.440,97 2.989,79 8.091,75 21.522,51
Ingresos Brutos 2006 01 a 05 4.436,30 799,15 3.438,13 8.673,58
Aportes Sociales Ley 5110 2002 01 a 03 6,33 9,00 4,26 19,59
Aportes Sociales Ley 5110 2004 10 a 12 278,60 115,03 187,30 580,93
Aportes Sociales Ley 5110 2005 01 a 12 1.775,44 503,61 1.193,63 3.472,68
Aportes Sociales Ley 5110 2006 01 a 05 880,62 157,86 592,04 1.630,52
TOTALES 26.138,47 9.960,99 19.955,27 56.054,73
Intereses calculados al 16/10/07
Artículo 2º: Requerir a la citada firma y/o a Jorge Elías Massoud, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del Código Fiscal vigente t.o. 1997, el ingreso de la suma de $ 56.054,73 (Pesos: Cincuenta y seis mil cincuenta y cuatro con 73/100) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los intereses por falta de pago en término; y déjase constancia que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo, y que si la determinación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.
Artículo 3º: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inc. 5º, del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y Control, sita en calle Tucumán Nº 1853 Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Artículo 4º: Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal Recurso de Reconsideración en los términos del artículo 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
Artículo 5º: Regístrese y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
LIC. RAUL D. WOLANSKI
Administrador Regional Rosario
Administración Provincial de Impuestos
S/C 19916 Dic. 19 Dic. 26
__________________________________________________________________________________________________
Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma BECKTON S.R.L., cuenta Nº 021-311922-5 con domicilio fiscal en calle José Hernández 2842 de la ciudad de Funes y domicilio legal en Córdoba 565 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez (a partir del 11/09/2006) y/o Mattos José María D.N.I. Nº 14.189.971 Socio Gerente por el período 01/01/2002 a 10/09/2006, con domicilio real en Av. Pellegrini 1839 de la ciudad de Rosario y/o Zuviría, Liliana Beatriz D.N.I. Nº 13.911.886, Socio Gerente por el período 11/09/2006 a 31/03/2007, con domicilio real en calle Córdoba 565 de Villa Gobernador Gálvez, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 1928-4/07 dictada en autos caratulados Expediente N° 13302-0253618-4 "BECKTON S.R.L." Rosario, 5 de Noviembre de 2007.
Visto:... Considerando: Resuelve:
Artículo 1º: Determinar los ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, practicados a la contribuyente BECKTON S.R.L., Cuenta Nº 021-311922-5 y/o MATTOS José María D.N.I. Nº 14.189.971 - Socio Gerente por el período 01/01/2002 a 10/09/2006, y/o ZUVIRIA Liliana Beatriz D.N.I. Nº 13.911.886, Socio Gerente por el período 11/09/2006 al 31/03/2007, responsables solidarios conforme a lo establecido en los Art. 19 y 20 del Código Fiscal (T.O. 1997 y modificatorias) de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 161, aplicar los intereses previstos por el Art. 43 del Código Fiscal (t.o. 1997 y modif.) y Dcto. Pcial. N° 1560/91 y las multas aconsejadas por la verificación de acuerdo al Art. 45 del Código Fiscal, de conformidad al Art. 5º de la Res. 04/98 y Art.44 del Código Fiscal vigente según Art. 1° inc. d) de la Res. 06/93, de conformidad al siguiente detalle:
CONCEPTO Y PERIODOS DIFERENC. INTERESES MULTAS TOTALES
ADEUDADOS DE IMPUESTO
Ingresos Brutos 01 a 07/2002 2.358,93 3.299,58 2.358,93 8.017,44
Ingresos Brutos 10 y 12/2006 2.970,07 328,22 2.970,07 6.268,36
Ingresos Brutos 01 a 03/2007 10.111,03 848,48 10.111,03 21.070,54
750,00 750,00
Multa p/Inf. Deb. Form. Res. 06/93 Art. 1º
TOTALES 15.440,03 4.476,28 16.190,03 36.106,34
Artículo 2º: Requerir a la citada contribuyente, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los artículos 49 y 54 del Código Fiscal (T.O. 1997 y modificatorias), el ingreso de la suma de $ 36.106,34 (Pesos: Treinta y Seis Mil Ciento Seis con 34/100) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término.
Artículo 3º: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inc. 5º del mencionado texto legal, se intima para que en el plazo de 5 días de efectuado el ingreso del pago para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba y remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, sita en calle Tucumán Nº 1853 Rosario, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales de apremio a promoverse en su contra por ante los tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Artículo 4º: Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Artículo 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente.
Artículo 5º: Regístrese y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa, a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
LIC. RAUL D. WOLANSKI
Administrador Regional Rosario
Administración Provincial de Impuestos
S/C 19918 Dic. 19 Dic. 26
__________________________________________________________________________________________________
Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente, SOONER PROMOTIONS S.R.L., Cuenta N° 021-282121-9 con domicilio fiscal en 27 de Febrero 1674 de la ciudad de Rosario Pcia. de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997.
La Intimación de pagos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a saber:
1) Sin Presentación de Declaración Jurada:
Períodos: 2004/10 a 12; 2005/01 a 12; 2006/01 a 12; 2007/01.
En consecuencia se lo Intima para que en el término de 15 (quince) días de recibida la presente, acredite el ingreso de dicha obligación impositiva en el Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes de este Organismo Fiscal, sito en calle Tucumán 1853 2000 Rosario, Santa Fe.
El cumplimiento de lo solicitado, se realiza conforme a lo dispuesto en el Art. 155 del Código Fiscal (t.o. 1997 y modif.); informándole que de no regularizar su situación ante la API, se estimará de oficio la base imponible para el cálculo del impuesto de acuerdo a lo previsto por el Art. 156 del cuerpo legal precitado; con más los intereses y multas previstos en el Código Fiscal vigente.
2) Con Presentación de Declaración Jurada:
Período Declaración Mensual
2004/01 $ 579,39
2004/02 $ 880,93
2004/03 $ 822,09
2004/04 $ 578,69
2004/05 $ 460,77
2004/06 $ 67,57
2004/07 $ 314,74
2004/08 $ 275,48
2004/09 $ 205,65
Por ende se intima a la citada firma, dentro del plazo de 15 (Quince) días de su notificación, ingrese el tributo exteriorizado con más los intereses correspondientes, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio.
LIC. RAUL D. WOLANSKI
Administrador Regional Rosario
Administración Provincial De Impuestos
S/C 19921 Dic. 19 Dic. 26
__________________________________________________________________________________________________
Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente, Martín Adrián Alberto, Cuenta N° 021-317536-0 con domicilio fiscal en Rioja 1595 de la ciudad de Rosario, Pcia., de Santa Fe, por Edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997. La Intimación de Pagos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a saber:
1) Sin Presentación de Declaración Jurada:
Períodos: 2006/11 - 12; 2007/01 A 10
En consecuencia se lo intima para que en el término de 15 (quince) días de recibida la presente, acredite el ingreso de dicha obligación impositiva en el Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes de este Organismo Fiscal, sito en calle Tucumán 1853 - 2000 Rosario - Santa Fe.
El cumplimiento de lo solicitado, se realiza conforme a lo dispuesto en el Art. 155 del Código Fiscal (t.o. 1997 y modif); informándole que de no regularizar su situación ante la API, se estimará de oficio la base imponible para el cálculo del impuesto de acuerdo a lo previsto por el Art. 156 del cuerpo legal precitado; con más los intereses y multas previstos en el Código Fiscal vigente.
2) Con Presentación de Declaración Jurada:
Período Declaración Mensual
2005/09 $ 993,52
2005/10 $ 903,85
2005/11 $ 969,64
2005/12 $ 1.384,98
2006/01 $ 949,38
2006/02 $ 997,32
2006/03 $ 1.149,65
2006/04 $ 768,00
2006/05 $ 1.366,00
2006/07 $ 1.828,00
2006/08 $ 1.519,75
2006/09 $ 1.708,58
2006/10 $ 1.599,16
Por ende se intima a la citada firma, dentro del plazo de 15 (Quince) días de su notificación, ingrese el tributo exteriorizado con más los intereses correspondientes, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio.
LIC. RAUL D. WOLANSKI
Administrador Regional Rosario
Administración Provincial De Impuestos
S/C 19922 Dic. 19 Dic. 26
__________________________________________________________________________________________________
Por disposición de la Señora Administradora Provincial de Impuestos, se notifica al contribuyente, TESSARO RUBEN DARIO Y CALVO MARIA ISABEL, cuenta N° 021-306428-0 con domicilio fiscal en San Martín 697 de la ciudad de Alvarez, Pcia. de Santa Fe, por edicto en el BOLETIN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Individual N° 444/07, dictada en autos caratulados: "Expediente N° 13302-0265294-3: Santa Fe, 3 de setiembre de 2007. Visto:... Considerando:... Resuelve.
Artículo 1º: Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 648-8/03 de Administración Regional Rosario, los Señores Rubén Darío Tessaro y María Isabel Calvo, integrantes Sociedad de Hecho Tessaro, Rubén D. y Calvo, María I., con domicilio fiscal en calle San Martín 697 de la ciudad de Alvarez, Pcia., de Santa Fe, cuenta N° 021-306428-0 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Artículo 2º: Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación y demás efectos.
C.P.N. SILVIA C. PACHECO
a/c Administración Provincial Impuestos
S/C 19919 Dic. 19 Dic. 26
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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL LOTERIA
RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N°: 167
Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA CHICA DE SANTA FE
Emisiones: 537, 538 Y 539
Mes: Enero 2008
VISTO:
Las actuaciones que obran en el Expediente Nº 00302-0068764-0 del Sistema de Información de Expedientes, y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la Sub Dirección de Comercialización eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería Chica de Santa Fe proyectados para el mes de Enero de 2008
Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de quince mil pesos ($ 15.000), al precio de cuatro pesos con cincuenta y cinco centavos ($ 4,55) cada billete, sin perjuicio del impuesto que fija la Ley de Sellos,
Que el total de premios programados asciende a la cantidad de veintisiete mil quinientos sesenta pesos ($ 27.560) por emisión, lo que representa el sesenta con cincuenta y siete por ciento (60,57%) sobre el total a emitirse de diez (10) millares, siendo su fraccionamiento de una sola parte;
Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento
Contabilidad y Finanzas de la Caja;
Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto N° 2688/78 y Decreto N° 1651/82,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE
Art. 1º) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 537,538 y 539 de Lotería Chica de Santa Fe, a realizarse los días 12, 19 y 26 de Enero de 2008 por medio de las extracciones de la Lotería Tradicional de Santa Fe en la fecha respectiva y que corno Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º) Disponer la impresión de las emisiones que se aprueban por el artículo anterior, y facultar a la Sub Dirección de Comercialización a emitir las mismas.
Art. 3º) Regístrese, comuníquese a la firma impresora de certificados sorteables y extractos, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.
Santa Fe, 13 de diciembre de 2007.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
ANEXO I
PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE ENERO de 2008
VALOR $ ENTERO
VALOR NOMINAL $ 4.55
PROV.STA.FE C/IMP. $ 5.00
OTRAS JURISDIC. C/IMP. $ 5.50
SORTEOS
NUMERO FECHA PRESCRIPCION
537 12-Ene-08 11-Feb-08
538 19-Ene-08 18-Feb-08
539 26-Ene-08 25-Feb-08
PREMIOS ENTERO TOTAL
A LAS 4 CIFRAS
1 premio de $ 15,000.00 $ 15,000.00
1 premio de $ 1,250.00 $ 1,250.00
1 premio de $ 750.00 $ 750.00
1 premio de $ 500.00 $ 500,00
1 premio de $ 250.00 $ 250.00
A LAS 3 ULTIMAS CIFRAS
9 del primer premio $ 50.00 $ 450.00
9 del segundo premio $ 30.00 $ 270.00
9 del tercer premio $ 25.00 $ 225.00
9 del cuarto premio $ 20.00 $ 180.00
9 del quinto premio $ 15.00 $ 135.00
A LAS 2 ULTIMAS CIFRAS
90 del primer premio $ 10.00 $ 900.00
90 del segundo premio $ 9.00 $ 810.00
90 del tercer premio $ 8.00 $ 720.00
90 del cuarto premio $ 7.00 $ 630.00
90 del quinto premio $ 6.00 $ 540.00
A LA ULTIMA CIFRA
900 del primer premio $ 5.50 $ 4,950.00
1400 premios por un total de: $ 27,560.00
EMISION
Fraccionamiento Millares Total emitido Premios
1 parte 10 $ 45,500 $ 27,560.00
% S/emisión: 60.57%
Santa Fe, 13 de diciembre de 2007.
S/C 835 Dic. 19
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RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 168
Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA TRADICIONAL DE SANTA FE
MES DE ENERO DE 2008
Emisión: 3241, 3242 y 3243
VISTO:
Las actuaciones que obran en el Expediente Nº 00302-0068763-9 del Sistema de Información de Expedientes, y,
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la Sub Dirección de Comercialización eleva para su aprobación la programación de sorteos de Lotería Tradicional de Santa Fe proyectado para el mes de Enero de 2008;
Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de Cuatrocientos Cincuenta Mil Pesos ($ 450.000), al precio de Treinta y seis Pesos ($ 36) cada billete entero, más el impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su &accionamiento en 2 partes,
Que el total de premios programados asciende a la cantidad de Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Doscientos Dieciseis Pesos Con Cuarenta Centavos ($ 859.216,40) por emisión, lo que representa el Sesenta y Dos con Ochenta y Uno por Ciento (62,81%) sobre el total a emitirse de treinta y ocho millares,
Que la Resolución de Dirección General N° 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios,
Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contabilidad y Finanzas de la Caja;
Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto Nº 2688/78 y Decreto Nº 1651/82;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE
Art. 1º) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 3241, 3242 y 3243 de Lotería Tradicional de Santa Fe, a realizarse los días 12,19 y 26 de Enero de 2008 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º) Disponer la impresión de las emisiones que se aprueban por el artículo anterior, y facultar a la Sub Dirección de Comercialización a emitir las mismas.
Art. 3º) Regístrese, comuníquese a la firma impresora de certificados sorteables y extractos, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista a señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.
Santa Fe, 13 de diciembre de 2007.
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
ANEXO I
PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE: ENERO de 2008
VALOR ENTERO UNA PARTE
VALOR NOMINAL $ 36.00 $ 18.00
PROV.STA.FE C/IMP. $ 39.60 $ 19.80
OTRAS JURISDIC. C/IMP. $ 43.20 $ 21.60
SORTEOS
NUMERO FECHA PRESCRIPCION
3,241 12-Ene-08 11-Feb-08
3,242 19-Ene-08 18-Feb-08
3,243 26-Ene-08 25-Feb-08
PREMIOS UNA PARTE ENTERO TOTAL
1 premio de $ 225,000.00 $ 450,000.00 $ 450,000.00
1 premio de $ 7,500.00 $ 15,000.00 $ 15,000.00
1 premio de $ 3,750.00 $ 7,500.00 $ 7,500.00
1 premio de $ 1,500.00 $ 3,000.00 $ 3,000.00
1 premio de $ 750.00 $ 1,500.00 $ 1,500.00
5 premios de $ 300.00 $ 600.00 $ 3,000.00
10 premios de $ 150.00 $ 300.00 $ 3,000.00
570 premios extrac. de 3 c. $ 25.00 $ 50.00 $ 28,500.00
37 premios term.3 c. 1°P. $ 25.00 $ 50.00 $ 1,850.00
342 premios term.2 c. 1° P. $ 23.00 $ 46.00 $ 15,732.00
3420 premios term. 1 c. 1º P $ 21.60 $ 43.20 $ 147,744.00
4222 premios prog. 9 en 9 $ 21.60 $ 43.20 $ 182,390.40
8611 premios por un total de $ 859,216.40
APROXIMACIONES
5% DEL PRIMER PREMIO PARA PREMIAR
2 aprox. Números anterior y posterior $ 1,800.00 $ 3,600.00
2 aprox. Nros. ant. y post. Subsiguientes $1,350.00 $ 2,700.00
2 aprox. Nros. ant. y post. Subsiguientes $ 900.00 $ 1,800.00
2 aprox. Nros. ant. y post. Subsiguientes $ 450.00 $ 900.00
Reserva para premios especiales $ 13,500.00
5% DEL SEGUNDO PREMIO PARA PREMIAR
2 aprox. Números anterior y posterior $ 225.00 $ 450.00
2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes $ 150.00 $ 300.00
5% DEL TERCER PREMIO PARA PREMIAR
2 aprox. Números anterior y posterior $ 112.50 $ 225.00
2 aprox. Nros. ant. y post. Subsiguientes $ 75.00 $ 150.00
EMISION
Fraccionamiento Millares Total emitido Premios
2 partes 38 $ 1,368,000 $ 859,216.40
% s/emisión: 62.81%
Si al billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 3 al 9 inclusive, el importe del premio por progresión se acumulará a la primera aproximación de aquél (50% a la anterior y 50% a la posterior).
Santa Fe, 13 de diciembre de 2007.
S/C 836 Dic. 19
__________________________________________________________________________________________________
SECRETARIA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESOLUCIÓN Nº 0001
SANTA FE, 10 de Diciembre de 2007.-
VISTO:
El Expediente Nº 02101-0009145-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 347/2007 del Ministerio de Economía y Producción de la Nación reglamenta la exportación de sábalo (Prochilodus lineatus) hasta el 31 de diciembre de 2007 y establece para ello un cupo total de 1800 Toneladas a compartir entre las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo consensuado en el seno de la Comisión de Pesca Continental del Consejo Federal Agropecuario, del cupo mencionado corresponden 800 toneladas para las provincias de Santa Fe y Entre Ríos respectivamente, y 200 toneladas para la provincia de Buenos Aires;
Que en su momento la Resolución Nº 0001/07 de la Subsecretaría de Recursos Naturales y Pesca, dictada a los efectos de distribuir el cupo de 4400 toneladas autorizado por las Resoluciones del Ministerio de Economía y Producción de la Nación Nº 365 y 399 de 2007, reservó 125 toneladas para ser distribuidas oportunamente;
Que esas 125 toneladas se suman a las 800 actualmente otorgadas y deben ser distribuidas siguiendo los mismos criterios;
Que las toneladas correspondientes a Santa Fe deben ser distribuidas entre los distintos acopiadores de pescado (Licencias Categoría "A") habilitados;
Que esta distribución debe realizarse equitativamente entre los establecimientos habilitados por el SENASA, pero siguiendo al mismo tiempo un criterio de proporcionalidad que respete lo históricamente exportado por cada empresa;
Que también se debe tener en cuenta el grado de cumplimiento del cupo otorgado por la Resolución Nº 01/07 emanada de esta Subsecretaría de Recursos Naturales y Pesca, tal como lo establece su Artículo 6º;
Que SENASA ha informado oportunamente los volúmenes comercializados en 2006 fuera de la provincia por cada uno de los establecimientos habilitados;
Que sólo se puede otorgar cupo a cada uno de los establecimientos habilitados que cuenten a la fecha con al menos una licencia de Acopiador categoría A registrada ante esta Secretaría de Estado y habilitada para operar;
Que las competencias en la materia surgen de lo establecido en la Ley Nº 12.212 y el artículo 1º inciso 2) de la Resolución Nº 0180/07, emanada de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar los siguientes cupos instransferibles de exportación a las empresas que a continuación se detallan:
El Timón 250 toneladas -Mendoza Roberto, Licencia Nº 256-
Don Quito 125 toneladas -Uleriche Roberto, Licencia Nº 279-
Ictícola Coronda 125 toneladas -Licencia Nº 234-
Pez Pez 120 toneladas -D´ Alleva Roque, Licencia Nº 275 y
Coelho Elbio, Licencia Nº 226-
Mario Fabrizzi 75 toneladas -Pescaderia Mauri de Mario Fabrizzi,
Licencia Nº 235 y Pesquera Santa Fe,
Licencia Nº 277-
Horacio N. Bruno 70 toneladas -Latitud Sur, Licencia Nº 230-
Pesquera Bruno 60 toneladas -Bruno Horacio Angel, Licencia Nº 2-
Barbara SRL 50 toneladas -Rodriguez Ramiro, Licencia Nº 258-
Mareasol 50 toneladas -Bruno Horacio José, Licencia Nº 274-
ARTÍCULO 2º.- Los establecimientos mencionados en el artículo anterior son los únicos autorizados a comercializar pescado de río fuera de la provincia de Santa Fe con destino a exportación.-
ARTÍCULO 3º.- El cupo mencionado para cada acopiador o establecimiento en el Artículo 1º del presente decisorio, no otorga ningún derecho especial en caso de períodos de veda, suspensiones, retiros de licencias u otras sanciones que pudieran corresponderle por haber violado la normativa pesquera vigente. Para poder hacer uso efectivo de dicho cupo, cada acopiador deberá cumplir con los requisitos que establece la Ley Nº 12.212, el Texto Reglamentario aprobado por Decreto Nº 2410/04 y demás normas complementarias.-
ARTÍCULO 4º.- Los cupos establecidos en el presente decisorio constituyen la cantidad máxima de pescado de la especie sábalo (Prochilodus lineatus) que cada acopiador está autorizado a exportar hasta el 31 de diciembre de 2007. El cumplimiento de los mismos será controlado en base a la documentación emitida por SENASA para salida de la provincia con destino a exportación.-
ARTÍCULO 5º.- La comunicación por parte de SENASA de los volúmenes comercializados por cada acopiador con destino a tránsito federal para exportación, será documento suficiente para constatar el cumplimiento al sistema de cupos por parte de cada acopiador.-
ARTÍCULO 6º.- Las infracciones al régimen de cupos establecido en el presente decisorio serán sancionadas según lo establecido en la Ley Nº 12.212 y su Texto Reglamentario aprobado por Decreto Nº 2410/04.-
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Dr. ORLANDO SABBADINI
Subsecretario de Recursos
Naturales y Pesca
S/C 837 Dic. 19
Ref. Expte. Nº 02101-0007671-3
///ta Fe, 23 de julio de 2007
A la Dirección General de Despacho
Conforme a lo solicitado se remiten las presentes actuaciones a esa Dirección General, adjuntando el soporte magnético correspondiente al Proyecto de Resolución obrante a fojas 2 a 5, para la continuidad del trámite.
Con atenta consideración.
__________________________________________________________________________________________________
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE
RESOLUCIÓN N° 087
SANTA FE, 29 de noviembre de 2007.-
VISTO:
El expediente N° 00701-0064434-1 del Sistema de Información de Expedientes referido a los controles de tránsito que la Comuna de Zavalla implementa mediante dispositivos de captura de imágenes;
CONSIDERANDO:
Que la Comuna de Zavalla ha manifestado su interés en continuar el control de tránsito sobre la Ruta Nacional N° 33, en el tramo que atraviesa su ejido urbano, correspondiente a la progresiva del km. 775;
Que dichos controles serán efectuados por medio de la utilización de dispositivos de captura de imágenes asociados a infracciones de tránsito vehicular, tales como la falta de las luces bajas encendidas, en un todo de acuerdo a la Resolución Nº 366/06;
Que con fecha 21 de diciembre de 2006 se procedió a la firma del convenio por el cual la Subsecretaria de Transporte delegó en la Comuna de Zavalla la facultad de efectuar el control de tránsito vehicular en cuestión;
Que mediante Resolución Nº 048/07, se extendió hasta el 30 de setiembre de 2007 el plazo establecido a los efectos de adecuar completamente los equipos al Anexo de la Resolución N° 366/06;
Que atento a lo especificado en el párrafo precedente, la Empresa que presta el servicio de control a la Comuna de Zavalla, ha presentado el correspondiente Informe de Aprobación de Modelo, como así también el Informe de Verificación Primitiva específico del equipo instalado en su jurisdicción, el cual fue realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) el día 19/11/07;
Que la Dirección General de Transporte de Pasajeros y Tránsito de la Subsecretaría de Transporte, por intermedio de su Area Tránsito y Seguridad Vial, ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución ST Nº 366/2006;
Que ha tomado intervención el Asesor Técnico Legal del Área de Tránsito y Seguridad Vial de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia, considerando factible esta gestión;
Que en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Tránsito Provincial N° 11.583, su Decreto Reglamentario N° 2311/99 y la Resolución ST Nº 366/2006 es autoridad de aplicación y comprobación la Subsecretaria de Transporte;
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Habilitar a la Comuna de Zavalla a efectuar controles de tránsito vehicular sobre la Ruta Nacional N° 33 dentro de su ejido urbano, precisamente en el km. 775.
ARTÍCULO 2°: Dichos controles consistirán en la constatación de infracciones por falta de luces bajas encendidas durante el día y serán efectuados exclusivamente mediante la utilización del siguiente dispositivo de captura de imágenes:
- Marca SERTRAN; Modelo L-2; Versión 1.0; Número de Serie 150; Resolución de Aprobación de Modelo Nº 038/07; emplazado para su funcionamiento sobre la Ruta Nacional N° 33 en el Km. 775; cuyas cámaras 1 y 3 controlan el tránsito en el sentido de circulación Pérez / Pujato y las cámaras 2 y 4 regulan el tránsito en el sentido de circulación Pujato / Pérez).
ARTÍCULO 3°: El período de habilitación para efectuar dichos controles será desde la fecha de dictado de la presente hasta el 9 de noviembre de 2008, fecha correspondiente al vencimiento de la Verificación Primitiva realizada por el INTI. Dicha habilitación quedará automáticamente renovada con la presentación de la nueva constancia de Verificación Periódica realizada por el INTI, siempre que la misma sea presentada antes del vencimiento de la Verificación anterior.
En caso de no presentar la documentación mencionada dentro del plazo establecido, la habilitación quedará automáticamente nula. A la fecha de presentación de la nueva Verificación Periódica correspondiente, la Subsecretaría dictará una Resolución de rehabilitación de los controles en cuestión por un determinado período. El mismo estará comprendido entre la fecha de realización de la nueva Verificación Periódica presentada y su vencimiento correspondiente, aún cuando la Resolución sea efectivamente dictada en una fecha posterior al comienzo de dicho período.
ARTÍCULO 4°: La Subsecretaría de Transporte se reserva la facultad de dejar sin efecto la presente en el/ los caso/ s de:
a) detectarse anomalías resultantes de auditorias técnicas realizadas al sistema;
b) incumplimientos en la aplicación del régimen de sanciones establecido en el Anexo II del Decreto 2311/99 y las Ordenanzas Comunales Nº 47/06 y 51/06;
c) incumplimientos en las obligaciones asumidas de destinar como mínimo el 10% del monto recaudado en concepto de multas a Educación Vial y/ o su justificación trimestral;
d) cuando la Comuna y/ o la empresa prestataria del servicio, imposibilite y/ o entorpezca el normal de desarrollo de auditorias y/ o indagaciones administrativas llevadas a cabo por la Subsecretaria de Transporte en forma directa o por terceros.
ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Ing. MIGUEL ANGEL LATORRE
Subsecretario de Transporte
S/C 833 Dic. 19 Dic. 21
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ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
(A.F.I.P.)
REMATE POR:
MIRTHA N. CARDINALETTI
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal Nº 1 A, de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaría Interina de la Dra. Mercedes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados: "FISCO NACIONAL (A.F.I.P.)
c/BUENA VISTA BENZADON S.A. s/Ejecución Fiscal", Exp. Nº 53.310-A, Boleta de Deuda Nº 40.665/06, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 28 de diciembre de 2007, a las 12 hs., la que se llevará a cabo en el Colegio de Martilleros, sito en calle Moreno Nº 1546 de Rosario, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Primero: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad en la calle Tucumán entre las de Cafferata e Iriondo, cuya ubicación empieza a los 34,51 m. de la esquina formada por las calles Cafferata y Tucumán hacia el Este y compuesto de 8,66 m. de frente al Norte por 40,26 m. de fondo; lindando al Norte con la calle Tucumán, al Oeste antes con don Alejandro Prioni, después la Sucesión de don José González y otro, actualmente Benzadon Sociedad Anónima Financiera e Inmobiliaria, al Este con Terrenos del Gobierno de la Provincia y al Sud con José Parera. Segundo: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situado en esta ciudad en la calle Tucumán entre las de Cafferata e Iriondo, cuya ubicación empieza a las 29 varas 32 cm. de otra, equivalentes a 25,391 m. de la esquina formada por la calle Cafferata y Tucumán en dirección al Este, y compuesto 8,66 m. de frente por 31,63 m. de fondo, lindando por el Norte con la calle Tucumán, por el Oeste con Antonio Massoica y Ramón Garmendia, por el Sud con Orfilia Battaris y por el Este con Ramón Lucero. Tercero: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situado en esta ciudad en la calle Tucumán cuya ubicación empieza a los 16,66 m. de la calle Cafferata hacia el Este, y compuesto de 8,73 m. de frente al Norte sobre calle Tucumán, por 22,95 m. de fondo, encerrando una superficie de 200,3535 m2., lindando por el Norte con calle Tucumán, por el Sud con don Ramón Lucero, por el Este también con don Ramón Lucero y por el Oeste con la Sucesión de don Antonio Massoica. Cuarto: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado situado en esta ciudad formando esquina a las calles Cafferata y Tucumán, compuesto de 13,59 m. de frente al Oeste sobre calle Cafferata, por 16,66 m. de fondo y frente al Norte sobre calle Tucumán, 14,23 m. en su contrafrente al Este, en línea normal a la anterior y paralela a la citada del Oeste, del extremo Sud de esta última línea, normal a la misma y en dirección de Este a Oeste, parte otra que mide 11,16 m., desde el extremo Oeste de esta ultima línea normal a la misma y en dirección de Sud a Norte, parte otra que mide 0,64 m. y finalmente del extremo Norte de esta última línea, normal a la misma y en dirección de Este a Oeste, parte otra que mide 5,50 m. hasta unirse con el extremo Sud de la primera línea citada del frente al Oeste, con el cual es normal, cerrando el polígono que linda por el Oeste con la calle Cafferata por el Norte con calle Tucumán, por el Este antes con Mario Milanesi, actualmente Benzadón Sociedad Anónima Financiera e Inmobiliaria y por el Sud antes con C. E. Kruger, actualmente también Benzadón Sociedad Anónima Financiera e Inmobiliaria. Quinto: Un lote de terreno con lo edificado, clavado y plantado situado en esta ciudad en la calle Cafferata Nº 415, entre las de Tucumán y Urquiza, ubicado según plano de mensura que cita su título, a los 13,59 m., de la esquina de la calle Tucumán hacia el Sud, siendo dicho arranque según los antelados del título a los 13,60 m. de la indicada esquina y hacia el mismo rumbo, compuesto de 9,35 m. de frente al Oeste, por 16,66 m. de fondo, teniendo un martillo en el costado Norte y en su fondo de 0,64 m. en los últimos 4,50 m., lindando por el Oeste con la calle Cafferata, por el Norte con don Claudio Guida, por el Sud con don Ramón Lucero y por el Este con terreno que fue de don Pedro Mario José Milanesi actualmente Benzadón Sociedad Anónima Financiera e Inmobiliaria. Sexto: Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad en la calle Cafferata entre las de Tucumán y Urquiza, ubicado a los 22,94 m. de la esquina de la calle Tucumán hacia el Sud, compuesto de 8,66 m. de frente al Oeste por 25,292 m. de fondo, lindando por el Oeste con la calle Cafferata por el Norte con don Antonio Massoica, y por el Este y Sud con Ramón Lucero, actualmente en estos 3 últimos rumbos con Benzadón Sociedad Anónima Financiera e Inmobiliaria. Todos Inscripción Dominio Tº 318 Fº 132, Nº 151.093 Dpto. Rosario. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre de la firma ejecutada, no registrándose Hipoteca, pero si lo siguiente: Embargos: Al Tº 116 E, Fº 1698, Nº 326.061; Tº 116 E, Fº 1694, Nº 326.057; Tº 116 E, Fº 1693, Nº 326.056; Tº 116 E, Fº 1697, Nº 326.060; Tº 116 E, Fº 1696, Nº 326.059 y Tº 116 E, Fº 1695 Nº 326.058 del 27/03/07 por $ 20.960,92 o/los presentes autos; Al Tº 115 E, Fº 5169, Nº 361.416; Tº 115 E, Fº 5165, Nº 361,412; Tº 115 E, Fº 5164, Nº 361.411; Tº 115 E, Fº 5168, Nº 361.415; Tº 115 E, Fº 5167, Nº 361.414 y Tº 115 E, Fº 5166, Nº 361.413, del 14/07/06 por $ 24.500 o/Juz. Distrito Nom. 5ª, autos Municipalidad de Rosario c/Buena Vista S.A. s/Apremio, Exp. Nº 1982/01; Al Tº 114 E, Fº 2725, Nº 331.265, Tº 114 E, Fº 2721, Nº 331.264; Tº 114 E, Fº 2720, Nº 331.267; Tº 114 E, Fº 2724, Nº 331.266; Tº 114 E, Fº 2723, Nº 331.269 y Tº 114 E, Fº 2722, Nº 331.268 del 28/04/05 por $ 444.474,57 o/Juz. Federal Nº 1 S, autos AFIP-DGI c/Buena Vista Benzadón S.A. s/Ejec. Fiscal, Exp. Nº 45.803/04; y Al Tº 111 E, Fº 8471, Nº 407.613; Tº 111 E, Fº 8476, Nº 407.618; Tº 111 E, Fº 8475, Nº 407.617; Tº 111 E, Fº 8472, Nº 407.614; Tº 111 E, Fº 8473, Nº 407.615 y Tº 111 E, Fº 8474, Nº 407.616; del 29/11/02 por $ 11.314,92 o/Juz. Federal Nº 1 - S, autos AFIP-DGI c/Buena Vista Benzadón S.A. s/Ejec. Fiscal, Exp. Nº 31.829/00; e Inhibición: Al Tº 118 I, Fº 4093, Nº 338.660 del 10/05/06 por $ 21.767,43 o/Juz. Distrito 8va. Nom., Exp. Nº 1250/00, autos Empresa Pcial. de la Energía de Sta. Fe c/Buena Vista Benzadón S.A. s/Juicio Ejecutivo. Los inmuebles salen a la venta con la condición de "Ocupados", con contrato de alquiler vigente hasta mayo de 2013, con la Base de $ 353.278. Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una 1° Retasa del 25% menos de la Base o sea $ 264.958 y de no haber oferentes por la 1° Retasa, con una 2° Retasa del 20% de la Base o sea $ 70.656 y de no haber postores por la 2° Retasa la subasta se declarará desierta. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio de compra como seña con más el 3% de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza, debiendo acreditar su condición ante la A.F.I.P., con fotocopia de la documentación pertinente. El saldo de precio de compra deberá ser depositado en el Banco de la Nación Argentina a la orden del Tribunal y para estos autos dentro de los 5 días de aprobada la subasta, bajo los apercibimientos del Art. 580 del C.P.C.C.N. Quedan a cargo del comprador las deudas que registran los inmuebles con las diferentes reparticiones e IVA si correspondiere como así también los gastos de transferencia y escrituración. Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de tres días para la ratificación por la persona indicada, en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y también deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P., con fotocopia de la documentación pertinente a entregar a la martillera. Se deja constancia que obran agregados en autos acta de constatación de los inmuebles, fotocopias del título de propiedad y del contrato de alquiler a disposición de los interesados y que luego de la subasta no se admitirán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizara al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Para la exhibición de los inmuebles deberán comunicarse con la Martillera al Tel. 440-2392 (de tarde). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el Nº de CUIT. de la firma ejecutada es 33-54048092-9 y de la Martillera CUIT. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 13 de Diciembre de 2007. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.
S/C 19927 Dic. 19 Dic. 20
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