REGISTRADA BAJO EL Nº 12693
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Dónase a la Comuna de Serodino, departamento Iriondo, una fracción de terreno de propiedad de la Dirección Provincial de Vialidad, ubicada en la zona rural de Serodino -Distrito Serodino - departamento Iriondo; la que es parte de un polígono de forma irregular A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N; según plano de mensura confeccionado por el Ingeniero Geógrafo Oscar A. Calderini en enero de 1979 e inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de esta Provincia bajo el N° 98.168: señalado como: Lote I - Polígono A.B.C.D.A. cuyas medidas, superficies y linderos son los siguientes: al Nor-Oeste, línea AB y al Sur-Este, línea CD, veinte metros; formando en los vértices B y D, ángulo de 99° 30'; al Nor-Este, línea BC y al Sur-Oeste, línea DA, veinticinco metros, formando en los vértices C y A, ángulo de 80° 30'; encerrando una superficie total de 5 áreas, lindando al Nor-Oeste con Avenida San Martín al Nor-Este, con propiedad de Enrique Colman y al Sur-Este y Sur-Oeste, con más terreno del mismo propietario; Partida de Impuesto Inmobiliario N° 14.06.00.1915200002, inscripto el dominio al Tomo 174, Folio 83, N° 125297 de fecha 15 de mayo de 1979
ARTÍCULO 2.- La donación del inmueble a que refiere el artículo primero de la presente ley, se efectuará con cargo de que la Comuna de Serodino lo destine a emprendimientos productivos locales.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 14 de diciembre de 2006
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
____________