picture_as_pdf 2005-12-19

REGISTRADA BAJO EL Nº 12493

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1º.- Desaféctese del dominio público una fracción de terreno de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicada en el Distrito Pueblo Andino, departamento Iriondo, inscripto al Tomo 47, Folio 261, 43309, identificado como Lote 1B del Plano 122963 del Departamento Topográfico de la Dirección de Catastro Rosario, Partida Impuesto Inmobiliario 14-05-00-189782/0000, con una superficie de 1.621,57 m2.

ARTICULO 2º.- Dónase el inmueble desafectado por el Artículo 1° al Arzobispado de Rosario, con cargo para ser destinado a la ampliación de la Capilla Nuestra Señora de Lourdes del mencionado distrito.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

María Eugenia Bielsa

Presidenta

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

DECRETO Nº 3183

 

SANTA FE, 12 DIC 2005

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.493 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

OBEID

Walter Alfredo Agosto

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