REGISTRADA BAJO EL Nº 12493
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º.- Desaféctese
del dominio público una fracción de terreno de propiedad del Superior Gobierno
de la Provincia, ubicada en el Distrito Pueblo Andino, departamento Iriondo, inscripto al Tomo 47, Folio 261, N° 43309, identificado como Lote 1B del Plano N° 122963 del Departamento Topográfico de la Dirección de
Catastro Rosario, Partida Impuesto Inmobiliario N°
14-05-00-189782/0000, con una superficie de 1.621,57 m2.
ARTICULO 2º.- Dónase
el inmueble desafectado por el Artículo 1° al Arzobispado de Rosario, con cargo
para ser destinado a la ampliación de la Capilla Nuestra Señora de Lourdes del
mencionado distrito.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL CINCO.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 3183
SANTA FE, 12 DIC 2005
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.493 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Walter Alfredo Agosto
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