DECRETO N°
2127
Santa Fe, 28 de Octubre de 2004.
VISTO:
El Expediente N° 00416-0012661-3 del registro del
Ministerio de Educación, en cuyas actuaciones su Servicio Provincial de
Enseñanza Privada gestiona la aprobación con carácter definitivo del Plan de
Estudios de la carrera de “Técnico Superior en Procesos Continuos” que se
aplicara en el Instituto Superior Particular Autorizado N°
4069 “Marketing Profesional” de Rosario; y
CONSIDERANDO:
Que el Plan de referencia fue aprobado con carácter experimental por
Disposición N° 0040/00 del Servicio Provincial
precitado, en orden al Artículo 9° - Inciso e) de la Ley N°
6427 y del Artículo 1° - Capítulo I - Título 1° - punto 8 del Decreto N° 2880/69 y se implementó para los alumnos que ingresaran
en el año 1997, en el aludido establecimiento;
Que para solicitar la aprobación definitiva, la Institución ha realizado
una exhaustiva evaluación del plan durante los años en que ha llevado a cabo la
experiencia;
Que debe señalarse que se trata de una carrera de Nivel Superior, modalidad
Técnica de tres (3) años y un (1) cuatrimestre de duración con una carga
horaria de 1.749 horas;
Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente - Decreto N° 5799/91 - Competencias e Incumbencias de Títulos -
aconsejando mediante Dictamen N° 62/03, la
competencia para el ejercicio de la docencia y la incumbencia profesional
sugerida por el Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de
la Provincia de Santa Fe - Distrito I - Ley N°
10.946, que corresponde asignarle al título respectivo;
Que si bien a la fecha ha dejado de aplicarse, corresponde el dictado del
acto administrativo que otorgue validez a los títulos obtenidos por los
egresados de la carrera;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes
aportados por los organismos actuantes, estima procedente resolver de
conformidad, en uso de las atribuciones propias conferidas por el Artículo 72°
- Inciso 5° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTICULO 1°: Dáse por aprobado el Plan de
Estudios de la Carrera de “Técnico Superior en Procesos Continuos” el que como
Anexo en trece (13) fojas, forma parte del presente decreto y por autorizada su
aplicación desde el ciclo lectivo 1997 hasta la finalización de estudios de los
alumnos ingresados a la misma en dicho ciclo lectivo, en el Instituto Superior
Particular Autorizado N° 4069 “Marketing Profesional”
de Rosario, dependiente del Servicio Provincial de Enseñanza Privada del
Ministerio de Educación.
ARTICULO 2°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
OBEID
Prof. Carola Nin
NOTA: Los anexos correspondientes podrán ser consultados, por los
interesados, en Despacho del Ministerio de Educación.
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