picture_as_pdf 2003-11-19

REGISTRADA BAJO EL Nº 12163

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1.- Apruébase en todos sus términos, el convenio suscripto el día 13 de Noviembre de 2002, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y el Consejo Federal de Inversiones, con el fin de promover y asistir técnicamente aquellas actividades orientadas especialmente hacia la exportación.

Dicho convenio fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 14-11-02, bajo el Nº 1662, Folio 33, Tomo IV, que se agrega como anexo y forma parte de esta ley.

ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Marcelo Muniagurria

Presidente

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 17 de noviembre de 2003

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

CARLOS ALBERTO REUTEMANN

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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