REGISTRADA BAJO EL Nº 12163
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1.- Apruébase en todos sus términos, el
convenio suscripto el día 13 de Noviembre de 2002, entre el Gobierno de la
Provincia de Santa Fe y el Consejo Federal de Inversiones, con el fin de
promover y asistir técnicamente aquellas actividades orientadas especialmente
hacia la exportación.
Dicho convenio fue inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y
Contratos Interjurisdiccionales el día 14-11-02, bajo
el Nº 1662, Folio 33, Tomo IV, que se agrega como anexo y forma parte de esta
ley.
ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Marcelo Muniagurria
Presidente
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 17 de noviembre de 2003
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
CARLOS ALBERTO REUTEMANN
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa
Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar
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