JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por estarlo así dispuesto en los autos caratulados: MARIANI, CARLOS HUMBERTO s/Sucesión (CUIJ 21-01973830-9) - Año 2016, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Quinta Nominación de Santa Fe, de conformidad con el Art. 2344 del C.C.C., se notifica a los herederos denunciados y se cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, por edicto que se publica por un día en el diario de publicaciones oficiales para que acrediten su derecho dentro de los treinta días, en relación a la Sucesión del señor Carlos Humberto Mariani, DNI Nº M6.322.394, fallecido en esta ciudad de Santa Fe el 01 de Abril de 2016, cuyo último domicilio radicaba en calle Alberti 2179 de la ciudad de Santa Fe. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 15 de Septiembre de 2016. Dra. Roteta, Secretaria.
$ 45 302611 Oct. 19
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 19 de la ciudad de Esperanza, Provincia de de Santa Fe, en autos caratulados Expte. Nº 275/2014, ERHARDT, MARIELA LILIANA Y ERHARDT, RICARDO RUBÉN s/Usucapión, se notifica a quien resulte propietario y/o titular registral del inmueble ubicado en la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe que se individualiza como lote número siete (7) de la manzana sesenta y ocho (68), partida impuesto inmobiliario 09-16-00-078800/0006-7, de las siguientes resoluciones: “Esperanza, 10 de Mayo de 2016. Autos y Vistos… Resulta… Considerando… Resuelvo: Hacer lugar a la demanda de usucapión declarando prescripta, en favor de Ricardo Rubén Erhardt y de Mariela Liliana Erhardt la propiedad del inmueble objeto descrito ut supra, individualizado, según surge del registro del API con partida Nº 09-16-00-078800/0006-7, e inscriptos como propietarios de derechos y acciones posesorias al dominio: T°061; F°0762; Nº 045766 bis de fecha 12/06/1984, el que se encuentra ubicado en zona urbana de esta ciudad de Esperanza. Imponer las costas a los accionantes. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se determine en autos el valor actual del bien usucapido. Agréguese copia. Resérvese el original y notifíquese. Fdo: Dra. Gabriela M. Torassa, Secretaria; Dr. Norberto A. Emi, Juez. Otro decreto: Esperanza, 27 de Mayo de 2016. Concédese, en relación y con efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la demandada, contra la sentencia recaída en autos. Téngase presente el domicilio constituido. Previa notificación de partes, elévense los autos al Superior con nota de estilo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Gabriela M. Torassa, Secretaria; Dr. Norberto A. Emi, Juez. Esperanza, 7 de Octubre de 2016. Dra. Torassa, Secretaria.
$ 52,50 305213 Oct. 19
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 18 de esta ciudad de San justo, Dra. Laura M. Alessio, en autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/CAMARGO, RAQUEL NORA s/Ejecutivo, Expte. Nº 591/2012, se notifica a la Señora Raquel Nora Camargo, D.N.I. Nº 14.744.648, que se ha dispuesto pasar los autos a resolución. Atento a lo dispuesto, se transcribe el decreto correspondiente San Justo, 25 de Julio de 2016. Agréguese. Atento al estado de las actuaciones, firme el presente, pasen los autos a resolución. Notifíquese. Fdo.: Dra. Maria Alejandra Gioda, Secretaria; Dra. Laura M. Alessio, Jueza. San Justo, 19 de Agosto de 2016. Dr. Buzzani, Prosecretario.
$ 33 305223 Oct. 19 Oct. 21
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 18 de la ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe, en autos: VIGANO, JOSÉ ATILIO s/Sucesorio; (Expte. N° 615 - Año 2016), se notifica, cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores del causante, don José Atilio Vigano, L.E. N° 6.340.752, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. San Justo, 5 de Octubre de 2016. Dr. Gioda, Secretaria.
$ 45 305231 Oct. 19 Oct. 25
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 11 con asiento en la ciudad de San Jorge (SF), se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Laino, Hugo Daniel, D.N.I. N° 14.435.030, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, y en los autos caratulados: LAINO, HUGO DANIEL s/Sucesorio - Expte. N° 1534 año 2015. Lo que se publica a sus efectos en los Estrados del Juzgado y BOLETIN OFICIAL. San Jorge, 28 de Marzo de 2016. Dra. Piazzo, Secretaria.
$ 107,10 305198 Oct. 19 Oct. 25
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Por disposición del Juez de Primera Instancia Civil, Comercial, Laboral y Distrito Judicial 11 San Jorge (SF), llámese, cítese, emplácese a herederos, acreedores, legatarios de Artemio José Gabriel Seveso, DI M6.269.853, en autos: “SEVESO, ARTEMIO JOSÉ GABRIEL s/Sucesorio” (1025 - 2016), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Publicase a sus efectos por el período de 5 días en BOLETÍN OFICIAL. San Jorge, 12 de Octubre de 2016. Dr. Tristán Martínez (Juez) - Dra. Daniela Piazzo (Secretaria).
$ 45 305276 Oct. 19 Oct. 25
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Por disposición del señor Juez de primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nro. 11 de la ciudad de San Jorge, Dr. Tristán R. Martínez, en los autos caratulados: GALETTO, EDUARDO JESUS s/Sucesorio; Expte. Nº 891/2016, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes de la herencia de Eduardo Jesús Galetto, D.N.I. Nº 12.955.598, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en el Tribunal, por el término de ley. San Jorge, 12 de Octubre de 2016. Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria.
$ 112 305304 Oct. 19 Oct. 25
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia, Dist. Jud. Nº 11, Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge, en los autos: GARELLO, JUAN ITALO s/Sucesorio; (Expte. Nº 1061/2016) se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por fallecimiento de Juan Italo Garello, D.N.I. Nº M 6.291.718, para que dentro del término y bajo apercibimientos de Ley, comparezcan a hacerlos valer, lo que se publica a sus efectos legales. San Jorge, 12 de Octubre de 2016. Dr. Piazzo, Secretaria.
$ 45 305209 Oct. 19 Oct. 25
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito 13 Civil Comercial y Laboral de Vera, Segunda Nominación, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: SPONTON HÉCTOR ANTONIO s/Sucesorio; (Expte. Nº 394 Año 2016), Juzgado de Primera Instancia de Distrito 13 Civil Comercial y Laboral de Vera, Segunda Nominación, Pcia. de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren herederos y/o con derechos a los bienes dejados por el causante Sr. Héctor Antonio Sponton, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales. Vera, 1 de Octubre de 2016. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.
$ 45 305245 Oct. 19 Oct. 25
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RAFAELA
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JUZGADO EN LO PENAL
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Sentencia de la ciudad de Rafaela (SF), Dr. Javier Carlos Bottero, Secretaría a cargo de la Dra. Mariela Sereno, se ha ordenado la publicación de la parte dispositiva de la sentencia que dice Rafaela, 27 de febrero de 2014. Resulta:(...); Considerando:(...); Fallo: 1°) Rechazar la nulidad del allanamiento solicitado por los defensores de confianza de los imputados Oscar Ramón Rojas, Sergio Daniel Rojas, Jesús Gabriel Rojas y Miguel Ángel Rojas, en mérito a los argumentos expuestos. 2°) Condenando a Oscar Ramón Rojas (prontuario N° 114.113, sección I. G. de la U.R. V, D.N.I. Nº 20.191.976), como coautor de los delitos de Robo calificado atenuado y Privación ilegal de la libertad agravada en concurso real (Arts. 166 Inc. 2°, tercer párrafo, primer supuesto, 142 Inc. 1° y 55 del Código Penal), a la pena de siete años de prisión, accesorias legales y costas del proceso (arts. 12, 29 inc. 3° y cc. del C. Penal), unificando dicha pena con la de doce años de prisión referida precedentemente, estableciendo la pena única de dieciocho años de prisión, accesorias legales y las costas del proceso (arts. 12, 29 inc. 3° y 58, primer supuesto del C.P.). 3°) Condenando a Jesús Gabriel Rojas (prontuario Nº 133.500, sección I.G. de la U. R. V, D.N.I. N° 28.331.781), como coautor de los delitos de Robo calificado atenuado y Privación ilegal de la libertad agravada en concurso real (arts. 166 inc. 2°, tercer párrafo, primer supuesto, 142 inc. 1° y 55 del Código Penal), a la pena de seis años de prisión, accesorias legales y costas del proceso (arts. 12, 29 inc. 3° y cc. del C. Penal), estableciendo que la pena impuesta vence el 04.03.2018, fecha en que el nombrado recuperará su libertad siempre que no estuviere a disposición de otra autoridad competente. 4°) Condenando a Miguel Ángel Rojas (prontuario N° 100.973, sección I. G. de la U. R. V., D.N.I. N° 20.191.721), como coautor de los delitos de Robo calificado atenuado y Privación ilegal de la libertad agravada en concurso real y Robo calificado, todo en concurso real entre sí (arts. 166 inc. 2°, tercer párrafo, primer supuesto, 142 inc. 1°, 55, 167 inc. la y 55 del Código Penal), a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas del proceso (arts. 12, 29 inc. 3° y cc. del C. Penal), unificando dicha pena con la de nueve años y ocho meses de prisión referida precedentemente, estableciendo la pena única de diecisiete años de prisión, accesorias legales y las costas del proceso (arts. 12, 29 inc. 3° y 58, primer supuesto del C.P.). 5°) Condenando a Sergio Daniel Rojas (prontuario N° 156.450, sección I. G. de la U. R. V., D.N.I. N° 24.655.970), como coautor de los delitos de Robo calificado atenuado y Privación ilegal de la libertad agravada en concurso real y Robo calificado reiterado en dos oportunidades, todo en concurso real entre sí (arts. 166 inc. 2°, tercer párrafo, primer supuesto, 142 inc. 1°, 55, 167 Inc. 1°, 55 y 55 del Código Penal), a la pena de nueve años de prisión, accesorias legales y costas del proceso (arts. 12, 29 inc. 3° y cc. del C. Penal), estableciendo que la pena impuesta vence el 04.03.2021, fecha en que el nombrado recuperará su libertad siempre que no estuviere a disposición de otra autoridad competente. 6°) Declarar reincidentes por primera vez a Oscar Ramón Rojas y a Miguel Ángel Rojas ya filiados, en los términos del Art. 50 del Cód. Penal. 7°) Remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Ejecución Penal de Las Flores a fin de que efectúe un nuevo cómputo de pena en orden a Oscar Ramón Rojas y Miguel Ángel Rojas. 8°) Condenando a Estela Mariela Barreta (prontuario N° 143.126, sección I.G. de la U. R. V., D.N.I. Nº 26.322.154), como partícipe principal de Robo calificado atenuado (arts. 166 inc. 2°, tercer párrafo, primer supuesto y 45 del C.P.) a la pena de cuatro años de prisión, accesorias legales y costas del proceso (arts. 12, 29 incs. 3° y cc. del C. P.), estableciendo que la pena impuesta vence el 04.03.2016, fecha en que la nombrada recuperará su libertad siempre que no estuviere a disposición de otra autoridad competente. 9°) Declarar la nulidad parcial del auto de procesamiento, de la requisitoria de elevación de la causa a juicio y de las conclusiones del Fiscal, en relación al delito de Portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización (art. 189 bis, inc. 2°, cuarto párrafo del C.P.), y por ende disponer la absolución de Oscar Ramón Rojas, Miguel Ángel Rojas, Jesús Gabriel Rojas y Sergio Daniel Rojas, en mérito a los fundamentos expuestos en el considerando precedente. 10°) Absolver a Estela Mariela Barreta de la imputación por el delito de Privación ilegal de la libertad agravada (art. 142 Inc. 1 ° del C.P.), que también se le atribuyera en esta causa, por imperio del Art. 5 del C.P.P. 11°) Absolver a Oscar Ramón Rojas, Sergio Daniel Rojas, Jesús Gabriel Rojas y Miguel Ángel Rojas, de la imputación por el delito de Robo calificado (art. 167 inc. 1° del C.P.), en perjuicio de Leonilda Onelia Hilgert de Zurbriggen, que también se les atribuyera en esta causa, por imperio del art. 5 del C.P.P. 12°) Absolver a Oscar Ramón Rojas y Jesús Gabriel Rojas, de la imputación por el delito de Robo calificado (art. 167 inc. 1° del C.P.), en perjuicio de David Mauro Camusso, que también se les atribuyera en esta causa, por imperio del art. 5 del C.P.P. 13°) Absolver a Oscar Ramón Rojas, Jesús Gabriel Rojas y Miguel Ángel Rojas, de la imputación por el delito de Robo calificado (art. 167 inc. 1° del C.P.), en perjuicio de Ramón José Manfredi, que también se les atribuyera en esta causa, por imperio del art. 5 del C.P.P. 14°) Disponer que los efectos secuestrados queden reservados conforme lo normado por el Art. 574 del C.P.P. Asimismo disponer que el dinero secuestrado y depositado (fs. 272) se entregue a quien acredite su titularidad. Fdo: Dr. Javier Carlos Bottero - Juez. Dr. Eduardo Bernacchia-Secretario”. Otra resolución: “En la ciudad de Rafaela a los veintidós días del mes de Junio de dos mil dieciséis, se reúne el Tribunal para conocer y resolver el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha 27/02/14 (...) Resuelve: 1) Confirmar la sentencia apelada en todo cuanto ha sido materia de recurso, con costas (...). Insértese (...) Fdo: Dr. Sebastián Creus - Juez de Cámara; Dr. Roberto Oscar Reyes- Juez de Cámara; Dr. Oscar Josef Burtnik - Juez de Cámara; Dra. Susana Giraudo - Secretaria de Cámara. Firme: 09 de Agosto de 2016. Certifico: que el presente testimonio es copia fiel de la parte dispositiva de las Sentencias de Primera y Segunda Instancia recaídas en los (Expte. N° 191/2012) ROJAS, OSCAR RAMÓN y Otros s/Robo Agravado, etc.” Dra. Sereno, Secretaria Subr.
S/C 305230 Oct. 19
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En autos: “Exp. N° 991 - Año 2015. BETELLO, GRACIELA B. y Otros c/MARCELINO, DANIEL ELIDO y/u Otros s/Declaratoria de Pobreza, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los herederos de Don Elido Vicente Juan Marcelino, DNI Nº 6.270.493, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos previstos en el Art. 597 del C.P.C.C.. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rafaela, 21 de Setiembre de 2016. Dr. García, Prosecretario.
S/C 305264 Oct. 19 Oct. 21
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Por disposición del Señor Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de Rafaela Pcia. de Santa Fe, Secretaria a cargo de la Dra. Natalia Carinelli, Juez - Dr. Duilio M. Francisco Hail, en los autos caratulados: MONTAGNA, LAURINO SALVADOR s/Sucesorio (Expte. N° 356 Año 2016), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Lauriano Salvador Montagna DNI 6.283.321, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Sucesorio iniciado por la Dra. Iris Paula Remondino. Rafaela, 30 de Septiembre de 2016. Dra. Carinelli, Secretaria.
$ 45 305164 Oct. 19 Oct. 25
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Por disposición del juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial 1° Nominación de Rafaela, en los autos caratulados Expte 798 Año 2016 BALLARIO JUAN CARLOS s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se crean con derecho a los bienes declarados por el causante de don Ballario Juan Carlos, DNI 10.154.407, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. Rafaela, 23 de Setiembre de 2016. Fdo. Dr. Elido Ercole Juez); Dra. Sandra Cerliani (secretaria). Dr. Pasero, Prosecretario Subr.
$ 45 305330 Oct. 19 Nov. 1
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, Santa Fe, en expediente Nº 919 año 2016, DESTEFANIS NIDIA CARMEN s/Sucesorio, se cita y emplaza por el termino y bajo apercibimientos de ley a los herederos, acreedores y legatarios de Destefanis Nidia Carmen, D.N.I. Nro: F 4.833.196; a efectos de que comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio iniciado por la Dra. Lorena R. Belmonte Baronetti. Publicación en BOLETÍN OFICIAL y sede judicial. Firmado: Dra. Carina Gerbaldo, abogada Secretaria - Dra. María José Alvarez Tremea, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° Nominación de Rafaela, 12 de Octubre de 2016. Dra. Silvestre, Prosecretaria.
$ 45 305279 Oct. 19 Nov. 1
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RECONQUISTA
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juez de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de: Gerardo Natalio Ramírez, D.N.I. Nº 11.029.510, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, en autos caratulados: RAMÍREZ GERARDO NATALIO s/Sucesorio; Expte. Nº 174/201,6; lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de Santa Fe y en las puertas de los Tribunales de Reconquista, por el término de ley (cinco veces en diez días). En la ciudad de Reconquista, 7 de Octubre de 2016. Dra. Ballario, Secretaria.
$ 45 305297 Oct. 19 Nov. 1
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