REGISTRADA BAJO EL Nº 12621
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Apruébase
el Convenio de fecha 13 de junio de 2003, aprobado por Resolución Nacional N° 38, suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social
de la Nación y la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria de la Provincia
de Santa Fe, para ser destinado a la financiación del desarrollo de iniciativas
económicas, asociativas o comunitarias, en el marco del Programa Provincial
"Recuperar lo Nuestro", registrado en el Registro de Tratados,
Convenios y Contratos Interjurisdiccionales con el N° 1782 en fecha 22 de julio de 2003, al Folio 93 del Tomo
IV, el que se adjunta y forma parte integrante de la presente, en un todo de
acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 3246 de
fecha 8 de octubre de 2003.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE
SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2691
SANTA FE, 13 10 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.621 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por
todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
OBEID
Silvia Rosa Simoncini
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
__________________________________________