picture_as_pdf 2006-10-19

REGISTRADA BAJO EL Nº 12619

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTÍCULO 1º.- Créanse tres (3) cargos de Secretario de Primera Instancia de Distrito en la planta de personal permanente del Poder Judicial, a los fines de desarrollar las tareas propias de los Registros Públicos de Comercio de las Circunscripciones Judiciales Nros. 3- Venado Tuerto, 4- Reconquista y 5- Rafaela, según el detalle obrante en planilla anexa que forma parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2º- Las creaciones netas autorizadas por esta ley, se incorporarán a la Planta de Personal prevista para el Presupuesto 2006.

ARTÍCULO 3º- El costo que demande los cargos que se crean por la presente ley será atendido con los créditos de las respectivas partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 5- Poder Judicial.

ARTÍCULO 4º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

Edmundo Carlos Barrera

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Diego A. Giuliano

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 17 OCT 2006

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Jorge Alberto Obeid

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar

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