REGISTRADA BAJO EL Nº 12619
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Créanse tres (3) cargos
de Secretario de Primera Instancia de Distrito en la planta de personal
permanente del Poder Judicial, a los fines de desarrollar las tareas propias de
los Registros Públicos de Comercio de las Circunscripciones Judiciales Nros. 3- Venado Tuerto, 4- Reconquista y 5- Rafaela, según
el detalle obrante en planilla anexa que forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2º- Las creaciones netas
autorizadas por esta ley, se incorporarán a la Planta de Personal prevista para
el Presupuesto 2006.
ARTÍCULO 3º- El costo que demande los
cargos que se crean por la presente ley será atendido con los créditos de las
respectivas partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 5-
Poder Judicial.
ARTÍCULO 4º- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 17 OCT 2006
De conformidad a lo prescripto en el
Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado,
insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en
el Boletín Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
La presente Ley se publica sin la
documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección
General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3
de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel.
0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet. com.ar
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