DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos Nº 16102-0030038-8 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2226 de fecha 26/09/2012 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20º inc. c) y 28º del Decreto Nº 10.204/58, al infractor Sr. WIRTH RUBEN ENRIQUE, con último domicilio conocido en Paraje Km. 28 Cañada Ombú, de la localidad de Cañada Ombú, Provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución Nº 066 dictada, el 15 de Febrero de 2013 por el Ing. Juan José Bertero.- Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... y Considerando ... Resuelve ... “ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2226 de fecha 26/09/12, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al Sr. Aquino González Nicolás Alberto, en carácter de conductor, con domicilio en Zona Urbana s/nº de la localidad de La Gallareta, Provincia de Santa Fe, al transportista Sr. CARRERAS OSBILGIO ROBERTO con domicilio en San Martín s/nº de la localidad de La Gallareta (Vera), Provincia de Santa Fe y al cargador WIRTH RUBEN ENRIQUE, con domicilio en Paraje Km. 28 Cañada Ombú, de la localidad de Cañada Ombú, Provincia de Santa Fe, para que abonen en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente la suma de $ 15.227,54 (Pesos Quince Mil Doscientos Veintisiete con 54/100), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, Bv. Muttis Nº 880 de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9716/07, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del Juicio Ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehículo marca Mercedes Benz, Modelo L 1526/48, Dominio Chasis UGH 863, Dominio Acoplado KGA 453, Dr. AQUINO GONZALEZ NICOLAS ALBERTO, con domicilio en Zona Urbana s/nº de la localidad de La Gallareta, Provincia de Santa Fe, el transportista Sr. Carreras Osbilgio Roberto con domicilio en San Martín s/nº de la localidad de La Gallareta (Vera), Provincia de Santa Fe y el cargador WIRTH RUBEN ENRIQUE, con domicilio en Paraje Km. 28 de Cañada Ombú, de la localidad de Cañada Ombú, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 15.227,54 (Pesos Quince Mil Doscientos Veintisiete con 54/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
S/C 10074 Set. 19 Set. 20
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DIRECCION PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y GESTION
DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 357
Santa Fe, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 10/09/2013
V I S T O:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES
Y GESTIÓN DE BIENES
D I S P O N E:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “FC GROUP” DE CUPPARI FRANCISCO CUIT Nº 20-93539032-0; SAVORGNANO PABLO JOSE CUIT Nº 20-23427772-4.
ARTÍCULO 2: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: COMPAÑÍA FARMACEUTICA S.R.L. CUIT Nº 30-68471893-9; GRAN BAI CATERING S.A. CUIT Nº 30-70783508-3; GRUPO INBIO S.A. CUIT Nº 30-71164257-5; INNOVATIO S.A. CUIT Nº 30-70962725-9; PETTINARI METAL S.A. CUIT Nº 30-50145780-5; TADEO CZERWENY S.A. CUIT Nº 30-50373873-9; “ORTOPEDIA SAN JUSTO” DE VALTCHEFF MARINOFF JUAN MARTIN CUIT Nº 20-26159340-9; VITALI MARIA ALEJANDRA CUIT Nº 27-16022257-9.
ARTÍCULO 3: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: I2T S.A. CUIT Nº 30-70904148-3.
ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 10076 Set. 19 Set. 20
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