picture_as_pdf 2003-09-19

REGISTRADA BAJO EL Nº 12128

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º - Apruébase en todos sus términos el Decreto 0600/00, mediante el cual se designa en el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, en carácter de personal transferido a los agentes del Banco Santafesino de Inversión y Desarrollo S.A., que se agrega y forma parte de esta ley.

ARTÍCULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.-

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

 

SANTA FE, 16 de setiembre 2003

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Carlos Alberto Reutemann

Gobernador de Santa Fe

La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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