COMUNA DE MONJE
ORDENANZA 20/2015
VISTO:
La necesidad de ordenar el tránsito en la localidad de Monje. Y;
CONSIDERANDO:
Que es función del gobierno comunal velar por el bienestar general de su población, buscando un ordenado crecimiento de las urbanizaciones áreas industriales, depósitos etc.
Por todo ello.
LA COMISIÓN COMUNAL DE
MONJE SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1) Acatando las Ordenanzas Nº 05/2015 y 09/2015 de ampliación de la Zona Urbana de la localidad de Monje, El nuevo ejido urbano queda comprendido por el límite este de la calle Mitre hasta el límite sur de calle sin nombre hasta Pablo Fondevila, por el límite este de Pablo Fondevila hasta el límite sur de calle Juan Manuel de Rosas. Desde Juan Manuel de Rosas hasta Av. Facundo Caminos y por el eje de Av. Facundo Caminos hasta calle sin nombre (km 376/800 RN Nº 11).
Desde Av. Facundo caminos, por calle sin nombre hasta calle sin nombre. Por el límite oeste de Calle sin nombre hasta calle Rivadavia, Por el limite Sur de calle - Rivadavia hasta calle Córdoba.
Desde el límite Oeste de calle Córdoba hasta calle Santa Fe, por el límite de las parcelas ubicadas en la cara sur de calle santa fe desde calle Córdoba hasta calle Sin Nombre. Desde el limite Oeste desde de calle Sin Nombre hasta calle Lisandro de la Torre, Por el límite Sur de calle Lisandro de la Torre, hasta el km 0/970 de Ruta Provincial Nº 65. Desde el límite de las parcelas ubicadas sobre la cara norte de la calle Lisandro de la Torre hasta Av. Facundo Caminos, Por Av. Facundo caminos hasta al Km 378/420 de la Ruta Nacional N°11. Desde el Km 378/420 de RN n°l 1 Hasta las parcelas ubicadas sobre la cara Este de Av. Facundo Caminos hasta calle Dr. Elena, Por calle Dr. Elena y todas Las parcelas ubicadas en su cara Norte hasta calle Mitre y todas su parcelas ubicadas en su cara Este.
Artículo 2) Comuníquese, regístrese, y archívese.
$ 52,50 268337 Ag. 19
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CEMENTERIO DE RECREO
EXHUMACION PARA REDUCCION Y TRASLADO DE EXTINTO
Habiendo sido solicitada la exhumación para reducción de quien en vida fuera MOCHIUTTI, CATALINA, fallecida el 18 de Diciembre de 1960, inhumada en Bóveda 309110 del Cementerio de Recreo, se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios por el plazo de diez (10) días, para presentarse ante la Municipalidad sita en Av. Mitre 1211 de Recreo, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a lo solicitado, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.”
Recreo, 4 de Agosto de 2015
$ 135 268642 Ag. 19 Ag. 21
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EXHUMACION PARA REDUCCION Y TRASLADO DE EXTINTO
Habiendo sido solicitada la exhumación para reducción de quien en vida fuera VILLALBA TIMOTEO, fallecido el 13 de Enero de 1984, inhumado en Nicho B.25 F3CAT107 del Cementerio de Recreo, se cita y emplaza a sus herederos y/o legatarios por el plazo de diez (10) días, para presentarse ante la Municipalidad sita en Av. Mitre 1211 de Recreo, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a lo solicitado, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.”
Recreo, 30 de Julio de 2015
$ 135 268646 Ag. 19 Ag. 21
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MUNICIPALIDAD DE
VILLA CAÑAS
CEMENTERIO: CREMACIONES
Habiendo sido solicitada la autorización para llevar a cabo la Cremación de los restos de quien en vida fuera NUÑEZ, MARTA ROSA, fallecida el 20/07/2015, sepultada en el Cementerio Municipal de Villa Cañas, se cita y emplaza a sus herederos y legatarios, por el plazo de 10 días, para presentarse ante la Municipalidad sita en calle 53 N° 456 de Villa Cañas, Santa Fe, a los fines de manifestar oposición a la autorización solicitada, de lo contrario se considerará que prestan su conformidad y se procederá según lo requerido.
$ 66 268665 Ag. 19 Ag. 20
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