picture_as_pdf 2002-07-19

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

INTIMACION

DAVID ESSAYA, en su carácter de ADMINISTRADOR PROVINCIAL de la ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS, INTIMA por el término de QUINCE (15) DIAS, al contribuyente NUEVA POMPEYA S.R.L. al pago del IMPUESTO INMOBILIARIO por las partidas, cuotas y montos detallados a continuación, al que se notifica por EDICTOS que se publican en el BOLETIN OFICIAL, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 97 del Código Fiscal (t.o. 1997), todo ello bajo apercibimiento de promover las actuaciones judiciales pertinentes con inmediata traba de medidas cautelares y la consiguiente carga de costas y honorarios emergentes. Expte. 13301-0069703-5 y agregados Exptes. 13301-0069704-6, 13301-0069705-7, 13301-0069706-8.-

NUEVA POMPEYA S.R.L.

3066 - ESTEBAN RAMS

PARTIDA N° AÑO CUOTAS IMPUESTO ACCESORIOS IMPORTES PARC.

LIQUIDADOS

010700-002632/0001-4 1995 T 932.00 2.376.95 3.308.95

1996 T 934.00 2.041.80 2.975.80

1997 T 934.00 1.700.05 2.634.05

1998 T 932.00 1.347.55 2.279.55

1999 T 932.00 1.026.70 1.958.70

2000 T 932.00 689.55 1.621.55

2001 T 932.00 355.70 1.287.70

IMPORTE TOTAL 16.066.30

PARTIDA N° AÑO CUOTAS IMPUESTO ACCESORIOS IMPORTES PARC.

LIQUIDADOS

010700-002566/0001-8 1995 T 752.00 1.917.90 2.669.90

1996 T 751.00 1.642.10 2.393.10

1997 T 752.00 1.368.90 2.120.90

1998 T 752.00 1.087.30 1.839.30

1999 T 752.00 828.45 1.580.45

2000 T 752.00 556.40 1.308.40

2001 T 752.00 287.00 1.039.00

IMPORTE TOTA 12.951.05

PARTIDA N° AÑO CUOTAS IMPUESTO ACCESORIOS IMPORTES PARC.

LIQUIDADOS

010700-002632/0002-3 1995 T 932.00 2.376.95 3.308.95

1996 T 934.00 2.041.80 2.975.80

1997 T 934.00 1.700.05 2.634.05

1998 T 932.00 1.347.55 2.279.55

1999 T 932.00 1.026.70 1.958.70

2000 T 932.00 689.55 1.621.55

2001 T 932.00 355.701 1.287.70

IMPORTE TOTAL 16.066.30

PARTIDA N° AÑO CUOTAS IMPUESTO ACCESORIOS IMPORTES PARC.

LIQUIDADOS

010700-002574/0003-5 1995 T 920.00 2.346.35 3.266.35

1996 T 919.00 2.009.40 2.928.40

1997 T 920.00 1.674.70 2.594.70

1998 T 920.00 1.330.20 2.250.20

1999 T 920.00 1.013.50 1.933.50

2000 T 920.00 680.70 1.600.70

2001 T 920.00 351.10 1.271.10

IMPORTE TOTAL 15.844.95

Lo que totaliza la suma de $ 60.928.60 (pesos sesenta mil novecientos veintiocho con 60 centavos) y cuyo vencimiento de pago opera el 31-07-2002.

S/C 11499 Jul. 19 Jul. 25

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Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma ASOCIACIÓN MUTUAL DEL PERSONAL DEL B.I.D. COOPERATIVO LIMITADO , Cuenta Nº 032-019538-5 con domicilio fiscal en calle SAN MARTÍN 573, y/o BAIGUERA, ANGEL ALBERTO, con domiciliado en calle Moreno 60 y/o GONZALEZ, ROLANDO, con domicilio en calle Uruguay 312, todos de la ciudad de Venado Tuerto - PROVINCIA DE SANTA FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días , de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución N° 1002-9/02 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0088168-6 "ASOC. MUT. DEL PERS. B.I.D. COOP. "

Rosario, 24 de Mayo de 2002.-

V I S T O: ……………. CONSIDERANDO: …………….

RESUELVE:

ART. 1°: Determinar , los reajustes en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110 practicados a la contribuyente ¨ASOCIACIÓN MUTUAL DEL PERSONAL DEL B.I.D. COOPERATIVO LIMITADO¨ , con domicilio fiscal en calle San Martín 573 y/O BAIGUERA, ANGEL ALBERTO; con domicilio en calle Moreno 60, y/o GONZALEZ, ROLANDO, con domicilio en calle Uruguay 312 todos de la ciudad de Venado Tuerto, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 101 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de conformidad al siguiente detalle:

CONCEPTOS Y PERIODOS DIF. DE RECARGOS MULTAS TOTALES

ADEUDADOS IMPUESTO E INTERESES

Ing. Brutos 01 a 12/95 22.731,71 56.362,92 17.964,87 97.059,50

Ing. Brutos 01 a 12/96 50.887,40 107.891,14 40.216,31 198.994,85

Ing. Brutos 01 a 06/97 27.855,45 50.781,93 22.014,15 100.651,53

Ley 5110 - 03 a 12/96 4.087,60 7.896,91 3.320,77 15.305,28

Ley 5110 - 01 a 06/97 1.268,04 2.331,97 1.030,16 4.630,17

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art.1º inc.

TOTAL GENERAL 106.830,20 225.264,87 84.546,26 416.641,33

ART. 2°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 416.641,33 (Pesos: CUATROCIENTOS DISCIESIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 33/100.-) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal , en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.-

ART. 3°: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL, sita en calle Tucumán N° 1853 - ROSARIO, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4°: Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

$ S/C. 11451 Jul. 19 Jul. 25

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Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma CASA CHUMPY S.RL., Cuenta Nº 021-210327-4 con domicilio fiscal en calle SAN LUIS 1882, y/o JORGE DANIEL SAUAN ; DNI. 11.126.646, domiciliado en calle Córdoba 1835, 5º Piso de Rosario - PROVINCIA DE SANTA FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días , de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución N° 996-4/02 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0136943-1 "CASA CHUMPY S.R.L. "

Rosario, 23 de Mayo de 2002.-

V I S T O: ……………. CONSIDERANDO: …………….

RESUELVE:

ART. 1°: Determinar de oficio, sobre base cierta, periodos 03-05-08-09-10 y 12/94, 01 y 02/1995; sobre base presunta posiciones 03 a 12/95; 01 y 02/96; los reajustes en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales - Ley 5110 , períodos 01-03 y 06/94, 02/96 practicados a la firma CASA CHUMPY S.R.L., Cuenta. Nº 021-210324-7, y/o JORGE DANIEL SAUAN; de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 183 a 188 y 196 a 198 y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación de conformidad al siguiente detalle:

CONCEPTOS Y PERIODOS DIF. DE RECARGOS MULTAS TOTALES

ADEUDADOS IMPUESTO E INTERESES

Ing. Brutos 03-05-08 a 10 y 12/94 22.793,60 61.788,66 12.509,13 97.091,39

Ing. Brutos 01 a 12/95 47.440,01 116.750,68 26.035,09 190.225,78

Ing. Brutos 01 y 02/96 9.231,30 20.801,33 5.066,14 35.098,77

Ley 5110, 01-03 y 06/94 646,79 1.877,81 128,90 2.653,50

Ley 5110, 02/96 28,80 64,48 5,73 99,01

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art.1º inc.d) 1.050,00 1.050,00

TOTAL GENERAL 80.140,50 201.282,96 44.794,99 326.218,45

ART. 2°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 326.218,45 (Pesos: TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 45/100.-) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal , en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.-

ART. 3°: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL, sita en calle Tucumán N° 1853 - ROSARIO, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4°: Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

$ S/C. 11452 Jul. 19 Jul. 25

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Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma BAZAN, OSMAR CRISANTO , Cuenta Nº 091-020297-2 con domicilio fiscal en calle LAPRIDA 539 de Capitán Bermúdez - PROVINCIA DE SANTA FE, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días , de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución N° 971-5/02 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0140611-2 "BAZAN OSMAR CRISANTO "

Rosario, 21 de Mayo de 2002.-

V I S T O: ……………. CONSIDERANDO: …………….

RESUELVE:

ART. 1°: Determinar de oficio, sobre base cierta para los periodos 01/1998 a 05/2000 y sobre base presunta para el resto de los períodos adeudados, los reajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales - Ley 5110 , practicados a la firma BAZAN OSMAR CRISANTO, Cta. Nº 091-020297-2, de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 81 a 91, y 94 a 107 del referido Expte. y aplicar las penalidades aconsejadas por la verificación, de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Art. 45 del Código Fiscal T.O. 1997 y sus modificatorias conforme al Artículo 5º de la Resolución General Nº 04/98 de conformidad al siguiente detalle:

CONCEPTOS Y PERIODOS DIF. DE RECARGOS MULTAS TOTALES

ADEUDADOS IMPUESTO E INTERESES

Ing. Brutos 1995 (03 a 12) 9.976,26 24.116,78 9.925,38 44.018,42

Ing. Brutos 1996 (01 a 06, 08 a 12) 11.243,59 23.485,23 11.186,25 45.915,07

Ing. Brutos 1997 (01 a 09, 11 y 12) 9.201,29 16.089,30 9.154,36 34.444,95

Ing. Brutos 1998 (01 a 12) 18.504,60 24.955,64 18.410,23 61.870,47

Ing. Brutos 1999 (01 a 12) 16.999,48 16.409,00 16.912,78 50.321,26

Ing. Brutos 2000 (01 a 12) 8.949,00 5.428,14 8.903,36 23.280,50

Ing. Brutos 2001 (01 a 10) 9.751,57 3.095,85 9.701,84 22.549,26

Ing. Brutos 97-08 y 09 PFT 3,93 3,93

Ley 5110 1995 (01 a 12) 1.778,02 4.342,48 1.209,59 7.330,09

Ley 5110 1996 (01 a 06) 889,01 1.931,35 604,79 3.425,15

Ley 5110 1998 (01 a 03, 06 a 12) 615,47 759,55 418,70 1.793,72

Ley 5110 1999 (01 a 12) 1.641,25 1.620,05 1.116,54 4.377,84

Ley 5110 2000 (01 a 12) 1.778,02 1.139,70 1.209,59 4.127,31

Ley 5110 2001 (01 a 10) 1.436,09 453,59 976,97 2.866,65

Ley 5110 1997-08, 09, 11 y 12 PFT 6,46 6.46

Ley 5110 1998-01 a 03, 06 a 08 PFT 22,32 22,32

Ley 5110 1999-01 PFT 0,55 0,55

Infracción a los Deberes Formales

Resol. 06/93 - Art.1º inc. 300,00 300,00

TOTAL GENERAL 92.763,65 123.859,92 90.030,38 306.653,95

ART. 2°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el artículo 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 306.653,95 (Pesos: TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 95/100.-) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término y de lo establecido por el art. 156 del citado cuerpo legal , en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.-

ART. 3°: De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5 del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 (quince) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL, sita en calle Tucumán N° 1853 - ROSARIO, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.-

ART. 4°: Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCIÓN Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.-

C.P.N. CARLOS A. DIDESIDERO

Administración Regional Rosario

Administración Provincial de Impuestos

$ S/C. 11453 Jul. 19 Jul. 25

 

ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESOLUCION N° 014/02 GRAL.

SANTA FE, 08 de Julio de 2002.

VISTO:

El expediente N° 13402-0306947-1 y agregado 13401-0281376-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que en reiteradas oportunidades se ha podido observar la existencia de sellados fiscales, expedidos en blanco, que carecen de la debida imputación de pago de los conceptos impositivos que los mismos cubren;

Que tal circunstancia podría dar lugar a que no se le dé a dicho pago la correcta afectación al acto o contrato que en principio hubiera correspondido;

Que tal circunstancia hace necesario reglamentar debidamente el procedimiento al que deberán ajustarse los contribuyentes y responsables de la obligación tributaria;

Que, según surge de las disposiciones legales vigentes, si bien el pago en término del gravamen se justificará con el sello fechador de las oficinas expendedoras (artículo 212 del Código Fiscal), también corresponde su inutilización (artículo 245 del mismo cuerpo legal);

POR ELLO,

EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Establecer que en el caso de que el pago del Impuesto de Sellos por los actos, contratos y operaciones onerosas sujetos a gravamen, no se realice en los mismos instrumentos o documentos, la respectiva reposición deberá efectuarse según el procedimiento que prevé el artículo 212 inciso d) del Código Fiscal (t.o. 1997 y modificatorias).

ARTICULO 2°- Cuando la reposición fiscal se expida en blanco por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. deberá ser obliterada dentro de los cinco (5) días hábiles de la fecha de expedición. En caso contrario, pasado ese plazo el tenedor del valor fiscal sin tal requisito se hará pasible de la multa determinada por el artículo 44 del Código Fiscal en su regulación máxima, sin perjuicio de las sanciones que le pudieran corresponder si se constata la existencia de maniobras o procedimientos destinados a lograr la evasión del tributo.

ARTICULO 3°- Dicha multa deberá ser satisfecha dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de notificación, bajo apercibimiento de requerir su cobro por vía de apremio fiscal.

ARTICULO 4°- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

C.P.N. DAVID ESSAYA

Administrador Pcial. De Impuestos

S/C 11501 Jul. 19

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NOTIFICACION

Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos se NOTIFICA a la firma PARQUE AUTOMOTORES S.A. y/o KOHAN GUILLERMO y/o ONDO MISI LIDIA, Cuenta Nro. 908-353820-7 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Convenio Multilateral, con domicilio en calle Enrique Carbo N° 701 de la ciudad de Paraná C.P. 3100, Provincia de Entre Ríos, por EDICTO en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 407-5/02 de Administración Regional Santa Fe, dictada en autos caratulados: "Expediente Nro. 13301-0085137-8, PARQUE AUTOMOTORES S.A. s/Inspección - cargo S2 - 2001 - 00086 - TE - 3100 - 11.- ": "SANTA FE, 15 de Mayo de 2002.- VISTO: ... CONSIDERANDO ... RESUELVE: Artículo 1ro.: Determinar reajustes impositivos a la firma PARQUE AUTOMOTORES S.A. y/o KOHAN, Guillermo y/o ONDO MISI, Lidia, por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Cuenta Nro. 908-353820-7, por los períodos de enero a diciembre de 1995, enero a diciembre de 1996, enero a diciembre de 1997, enero a diciembre de 1998 y enero a marzo y mayo de 1999 y Pagos Fuera de Términos de las posiciones de febrero y octubre de 1995; abril de 1996; marzo de 1997 y, marzo y abril de 1998, cuyos montos de Impuesto más la aplicación de Intereses y Multas, ascienden a la suma de $ 395.569,08 (Pesos trescientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y nueve con 08/100) discriminados en Impuesto $ 107.599,29 (Pesos ciento siete mil quinientos noventa y nueve con 29/100), Intereses $ 185.008,03 (Pesos ciento ochenta y cinco mil ocho con 03/100) y Multa $ 102.961,76 (Pesos ciento dos mil novecientos sesenta y uno con 76/100), de acuerdo a las liquidaciones que se adjuntan a la presente Resolución.- Artículo 2do.: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el art. 54 del Código Fiscal vigente el ingreso de la suma de $ 395.569,08 (Pesos trescientos noventa y cinco mil quinientos sesenta y nueve con 08/100), conforme lo detallado en el artículo anterior sin perjuicio de la actualización, correspondiente por la falta de pago en término.- Artículo 3ero.: De acuerdo a las facultades conferidas por el Art. 23 inc. 5to. del mencionado texto legal, se intima para que en el plazo de 15 (Quince) días de efectuado el ingreso por pago contado o formalización de convenio de pago para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la Subdirección de Planificación Selección y Control de Fiscalización Externa, sita en calle Arturo Illia 1151 Entrepiso -C.P. 3000- SANTA FE, bajo apercibimiento de confeccionarse sin más trámite, el Título Ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.- Artículo 4to.: Regístrese y pase a la Subdirección de Planificación, Selección y Control de Fiscalización Externa a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.

S/C 11500 Jul. 19 Jul. 25