JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA en lo Civil y Comercial
REMATE POR
JORGE A. GONZALEZ CAJAL
Por disposición Sr. Juez de Dto C. y C. de la 6ta. Nom. de Rosario, en autos “FIDEICOMISO JUAN J. PASO 757 S/ACUERDO PREV. EXTRAJ. Y CONCURSO PREVENTIVO” ( CUIJ 21-02844989-2) la Secretaria quien suscribe hace saber que el martillero Jorge A. Gonzalez Cajal Mat Nº 1816-G-157 , DNI Nº 12381720 subastará el día 26 de Junio de 2018 a las 8 hs. o primer día hábil posterior de resultar inhábil el primero o por fuerza mayor no pudiera realizarse; en la Sala de Audiencias del Juzgado actuante lo siguiente: Dos inmuebles que unidos conforman una sola unidad, Juan José Paso 757 Rosario; los que deslindados, se identifican así: 1) Un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado la finca está señalada con el número 757 municipal, designado, con el número UNO ubicado a los 12,99 m. del ángulo que forman las calles Juan José Paso y y Las Rosas en dirección al E., mide 8,66 metros de frente al N., por 18,88 metros de fondo, sup. 164 m2. Inscripto al Tº 1089, Fº 177, Nº 395542, Escritura del 03/10/11, Nro. 609, Folio 1764, Registra embargo al Tº122 E, Fº2469, Nº354281 del10/07/13, por un monto de $49.343,13; al Tº 123 E, Fº 1476, Nº 336670 del 14/05/14, por un monto de $325.000; Inhibición del Titular de Dominio Aforo 387412 de fecha 23/10/2015 al Tº 127, Letra I, Fº 7090 sin monto autos que se ejecutan. y 2) Un lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, la finca está señalada con el número 751 municipal, según el plano 71.510 señalado con el Nº UNO ubicado en calle Juan J. Paso, a los 21,68 m. de esta hacia el E. y mide 8,22 m. de frente al N., sobre calle Juan J. Paso, 15,27 en su lado E.; su contrafrente es una linea quebrada compuesta de 3 tramos, el primero partiendo del extremo S. de su costado E., va hacia el O. y mide 3,42 metros de la terminación de este y hacia el N., parte el segundo tramo de 0,67 m. y a la terminación de este hacia el Este, parte el tercer tramo que mide 4,80 m., y su costado Oeste, mide 14,60 m. sup. total de 122,30 m2. Escritura del 13/10/11, Nro. 633, Folio 1822, inscripta al Tº 1089, Fº 178 Nº 395543, Depto. Rosario en fecha 08/11/2011 ; registra embargos al Tº 122 E, Fº 3679, Nº 384082 del 11/102013 monto $104.000; al Tº 123 E, Fº 1475, Nº 336669 del 14/05/2014 monto $325.000; Inhibición del Titular de Dominio Aforo 387412 de fecha 23/10/2015 al Tº 127, Letra I, Fº 7090 sin monto autos que se ejecutan. Sobre los mismos se encuentra en etapa de ejecución un edificio de P.H. resuelto en pta. baja y 5 pisos con proyección de ampliación sobre su espacio aéreo, los que saldrán a la venta por el 100 % de su patrimonio, en el estado de ocupación obrante en autos (desocupado), con la Unica Base de $ 7.500.000, de no haber postores se declara desierta la misma. Quién resulte comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero en efectivo y/o cheque certificado el 10% del precio de compra a cuenta con más el 3% de comisión al martillero, siendo las posturas mínimas de $10.000. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $30.000.-, no podrá realizarse en efectivo, pudiendo optar por cheque certificado o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicho monto en el Banco Municipal sucursal Colegio de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicado por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 CPCC. En el caso de darse este supuesto se considerará automáticamente como adquirente al que hubiese resultado segundo en la puja. Las deudas que los inmuebles posean en concepto de tasas e impuestos, serán a cargo del comprador, juntamente con contribuciones de mejoras, honorarios profesionales, contribuciones especiales (nacionales, provinciales, municipales) si correspondiere, además los gastos, sellados y honorarios notariales que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, serán exclusivamente a cargo del comprador, a tal fin deberá acudir a escribano público, como así también los gastos que puedan resultar por nuevas mensuras y/o medianerías en su caso. Tambien serán a cargo del adquirente de existir juicios contra terceros, y/o ante organismos públicos. De comprarse en comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto del remate haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra, quien deberá además aceptar la misma en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta, bajo apercibimiento de tener al comprador en comisión como adjudicataria definitivo Se deja aclarado que los materiales de construcción que se encuentran en el interior y terraza de los mencionados inmuebles, como así los que se encuentran adheridos al mismo, son parte integrante de esta venta. Los compradores adquieren cuerpo cierto, habiendo verificado que todas las condiciones de la construcción son lo querido por ellos; manifestando ser conscientes de que el inmueble objeto de esta venta, se encuentra parcialmente construido y sin final de obra, asumiendo las consecuencias aparejadas a esta circunstancia, sin que tengan que reclamar por ningún concepto relativo al estado del inmueble, condiciones de lo construido, vicios redhibitorios, considerándose tales los defectos que hacen a la cosa impropia para su destino por razones estructurales o funcionales, o disminuyen su utilidad a tal extremo que, de haberlos conocido, el adquirente no la habría adquirido, o su contraprestación hubiese sido significativamente menor; ni por cualquier otro concepto relativo a lo en él edificado. Asimismo el comprador asume y toma bajo su total responsabilidad todo lo concerniente a expedientes, la regularización de obras, permisos municipales, multas e infracciones si las hubiere, por faltas municipales u de otros organismos. Autos en Secretaría a disposición de interesados a los fines de los arts. 494 y 495 del C.P.C. no admitiéndose reclamos ni fácticos ni jurídicos durante y posteriores al acto de subasta. Edictos “BOLETÍN OFICIAL” , “Hall de Tribunales, diario “EL FISCAL” publicidad adicional, volantes y diario “La Capital” , Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Secretaría, 14 de Junio de 2018 . Fdo. Dra. maria belen baclini (Secretaria).-
$ 1300 359986 Jun.19 Jun.22
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