picture_as_pdf 2017-06-19

DECRETO N° 1555


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

06 JUN 2017

VISTO:

El expediente N° 00101-0267945-9 del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado- mediante el cual se propicia la creación del Programa “NUESTRA ESCUELA A TECNOPOLIS SANTA FE”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 2110 de fecha 29 de diciembre de 2010, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó la ejecución del proyecto “TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TENCOLOGIA Y ARTE”, como parque temático interactivo de actividades permanentes en el ámbito de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, cuya misión principal es la organización de eventos, promoción, difusión, desarrollo e innovación de la ciencia, el arte y la tecnología;

Que el citado proyecto, conocido como TECNOPOLIS, comporta un parque temático interactivo de gran envergadura, destinado a la organización de eventos promotores del desarrollo e innovación de la ciencia, la tecnología y el arte, como contribución y apoyo al conocimiento, procurando llegar a toda la sociedad;

Que el parque aludido pretende constituir una plataforma donde la sociedad pueda llevar adelante sus proyectos, acciones, exhibiciones, espectáculos, muestras, charlas, jornadas relacionadas con la ciencia, el arte, y la tecnología, reuniendo las principales tendencias, creaciones e innovación;

Que en el mismo rumbo, esta gestión de gobierno viene desarrollando numerosos programas participativos vinculados a la educación y la cultura, con articulación formativa y de participación ciudadana, de apropiación y disfrute del conocimiento, con el impulso de eventos educativos y de debate cultural, como así también la implementación de programas de encuentro regionales con la consecuente creación de nuevos espacios para que tales actividades cumplan en mejor medida con su finalidad.

Que, días atrás, el Gobierno Nacional anuncia que el mega evento itinerante tendrá sede en nuestra provincia, concretamente en la ciudad de Santa Fe, desarrollándose entre los días 8 y 24 de junio del corriente en la Estación Belgrano, y contará con espacios relacionados con matemáticas, física, química, cuerpo humano, paleontología y arqueología, entre otros;

Que en este contexto, e impuesta , la necesidad de poner en funcionamiento en nuestra provincia con inmediatez un Proyecto del calibre del parque temático TECNOPOLIS, es que deviene necesario procurar celeridad en las diversas y múltiples contrataciones, o adquisiciones, que inexorablemente conlleva la ejecución del aludido evento;

Que por ello, en atención a la inminente realización de esta muestra, y la necesidad de ejecutar las acciones necesarias atinentes al programa con la debida premura a fin de superar esta objetiva circunstancia cuya solución no admite dilación, con el objeto de evitar la frustración del interés público comprometido, resulta necesario arbitrar medidas excepcionales como las que se propician mediante el presente decisorio;

Que en dicho marco, anudado al espíritu de este Poder Ejecutivo comprometido con el desarrollo educativo y cultural, se entiende oportuno y conveniente concretar la creación del programa “NUESTRA ESCUELA A TECNOPOLIS SANTA FE”, que se traducirá en un accionar interjurisdiccional encaminado directa y únicamente a garantizar un eficaz desarrollo del evento;

Que en consecuencia, en razón de la verdadera urgencia plasmada en los presentes con motivo de la insuficiencia temporal que impide acudir a los procedimientos corrientes de contratación o adquisición, por cuanto el volumen de necesidad definitiva, como así también la determinación específica de los rubros, no se cristalizará sino hasta momentos antes de acto de apertura del parque;

Que para dichas gestiones entonces, resulta necesario y razonable autorizar a los Ministerios involucrados a impulsar las acciones necesarias para la concreción del programa en el marco de lo estatuido por los puntos 2 y 8 del inc. c) del Artículo 116 de la Ley N° 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, y pertinentes del Decreto 1104/16, que resultan aplicable como excepción a la regla general del artículo 116 de la Ley 12.510 que prevé como regla de procedimiento para la compra, o venta por cuenta de la provincia, como todo contrato sobre locaciones, arrendamientos, trabajo o suministros la licitación o concurso público y/o la licitación o concurso privado (Art. 116 inciso a) o subasta o remate público (Art. 116 inciso b);

Que han tomado debida intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, y Fiscalía de Estado, mediante Dictámenes N° 39/17 y 0241/17 respectivamente sin oponer reparos a la presente gestión;

Que cabe señalar por último lo expresado entre otros puntos por Fiscalía de Estado en el dictamen premencionado, cuando advierte la razonabilidad de encuadrar una gestión que la Provincia debe asumir de manera insoslayable en un lapso de tiempo que a juzgar por lo actuado, difícilmente podría resolverse en los términos de los procedimientos normales de contratación;

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 72 inciso 1° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°: Créase, en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, el “PROGRAMA NUESTRA ESCUELA A TECNÓPOLIS SANTA FE; el que tiene por objeto garantizar la eficaz concreción y desarrollo del proyecto “TECNOPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TENCOLOGIA Y ARTE”, que tendrá lugar en la ciudad de Santa Fe, entre los días 8 y 24 de junio del corriente.

ARTICULO 2°: Autorízase a los Ministerios de Gobierno y Reforma del Estado, Educación; Innovación y Cultura; Infraestructura y Transporte; Seguridad; Producción y Economía a la implementación conjunta de todas aquellas acciones requeridas para la ejecución del programa creado por el artículo precedente, entre ellas, las adecuaciones presupuestarias necesarias destinadas para dotarlo de operatividad.

ARTICULO 3°: Autorízase a los Ministerios de Gobierno y Reforma del Estado, Educación; Innovación y Cultura; Infraestructura y Transporte; Seguridad; Producción y Economía a llevar adelante toda tramitación relacionada con actos de adjudicación y/o contrataciones efectuadas con destino a la ejecución, concreción y desarrollo de todas las actividades vinculadas al “PROGRAMA NUESTRA ESCUELA A TECNOPOLIS SANTA FE”, en tanto superen los montos establecidos para dichos funcionarios como de competencia individual o conjunta con el Ministerio de Economía, y que correspondan a este Poder Ejecutivo, enmarcándose lo estatuido mediante los puntos 2 y 8 del inciso c) del Art. 116 de la ley 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.

ARTICULO 4°: Refréndese por los Señores Ministros de Gobierno y Reforma del Estado, Educación; Innovación y Cultura; Infraestructura y Transporte; Seguridad; Producción y Economía

ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LIFSCHITZ

Lic. Pablo Gustavo Farias

Bioq. Claudia Elisabeht Balagué

Dra. María de los Angeles González

Ing. José León Garibay

Lic. Maximiliano Nicolás Pullaro

Luis Gustavo Contigiani

Lic. Gonzalo Miguel Saglione

19796

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