picture_as_pdf 2017-06-19

GRUPO UNIÓN S.A.


NOTIFICACIÓN


Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”), Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual (“Siempre Joven”), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”), Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”) y Asociación Mutual del Personal del PAMI (“AMUPPI”) que se identifican con los números: 263827,282182,284147,284805,284841,285452,285566,285826,286146,286386,286419,286524,286557,286602,286605,286612,286618,286636,286668,286694,286696,286697,286698,286711,286725,286733,286735,286737,286744,286748,286755,286761,286764,286773,286775,286776,286782,286783,286794,286796,286797,286803,286804,286805,286808,286810,286812,286816,286819,286821,286824,286826,286830,286833,286836,286838,286842,286847,286849,286853,286856,286864,286868,286871,286872,286874,286876,286877,286881,286884,286885,286887,286888,286889,286890,286893,286896,286900,286909,286916,286920,286921,286924,286930,286933,286946,286955,286972,286974,286984,286998,287000,287001,287002,287003,287004,287006,287008,287010,287018,287025,287028,287036,287038,287046,287047,287054,287058,287060,287079,287084,287086,287087,287088,287108,287111,287113,287117,287122,287128,287129,287135,287144,287161,287176,287177,287199,287207,287236 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto, de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados y (x) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMUPPI el 6 de marzo de 2017, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.

$ 350 326401 Jun. 19

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MUNICIPALIDAD DE ROSARIO


Repartición Licitante:

Hospital de Emergencias “Clemente Alvarez”


Concurso de Precios

Nro. de Expediente:

18077/2017 C Decreto 49260

Objeto:

PROVISION DE UN TOMOGRAFO Y UNA ESTACION MULTIUSUARIO CON SOFTWARE CON SU CIRCULAR SIN CONSULTA,PARA EL HOSPITAL DE EMERGENCIAS “CLEMENTE ALVAREZ” DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SALUD PUBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO

Presupuesto oficial:

$5.845.000,00

Lugar de Consulta y venta del pliego:

Lugar: Secretaria de Salud Pública, Oficina de Licitaciones Públicas.San Luis 2020, 1er. Piso.

Plazo: el pliego podrá adquirirse hasta una hora antes de la fecha de apertura.

Costo de Adquisición del Pliego:

$0.-

Costo de Adquisición del sellado:

Forma y Lugar de Pago del Sellado:

Via web: www.rosario.gob.ar/licitaciones o;

Timbrado Tradicional: Abonar en cajas habilitadas del Banco Municipal de Rosario.

Recepción de ofertas:

Lugar: Secretaría de Salud Pública, Oficina de Licitaciones Públicas San Luis 2020 1er. piso

Plazo: hasta el momento de la apertura.

Fecha, Hora y Lugar de Apertura:

Fecha y hora: el día 23 de Junio de 2017 a las 10 hs. o el posterior hábil si el indicado no lo fuere.

Lugar: Secretaria de Salud Pública,Oficina de Licitaciones Públicas.

$ 90 326739 Jun. 19 Jun. 21

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