picture_as_pdf 2012-06-19

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

CARINA RIBBA


Por disposición Juez 1ra Instancia Circuito 4ta Nom. Rosario Secretaria suscripta hace saber autos: BID CL (Quiebra) c/OTRA s/Apremio, (Expte. CUIJ 21-00136287-6) Martillero Público Carina Ribba (Matricula 2013-R-174), rematará 27 Junio 2012; a las 17 hs. en la Asoc. Martilleros de Rosario, (E. Ríos. 238), o el siguiente hábil posterior, en el mismo lugar, hora y condiciones si el designado fuere feriado o afectado por medidas o acciones fuerza mayor, el siguiente inmueble: Descripción: La Mitad Indivisa: “La unidad sometida al Régimen de Propiedad Horizontal que denominada como: Unidad 15-Parcela 15-01 que forma parte del Edificio Gran Garage Apolo ubicado en Sarmiento Nro. 555, ubicada en el 15to Piso destinada a Cochera con una Superficie Exclusiva de: 11,59 mts2; Superficie de Bienes Comunes: 21,54 mts2 y un valor proporcional con relación al conjunto del inmueble del 0.43668%. Inscripción de Dominio: Tº 854-F° 133-Nro. 241872-PH- Dpto. Rosario-Consta dominio a nombre de la ejecutada (50%-D.N.I. 16.306.618). Embargos; 1) T° 120 E-F° 371-Nro. 311353-Fecha 11/02/11 - $ 11.801,63- Orden: Este Juzgado.- Autos: BID CL (Quiebra) c/Demandada s/Demandada Sumaria (Exp. 2224/1994).- 2) T° 120 E-Fº 431-Nro. 312562-Fecha 16/02/11-$ 6.728,28- Orden: Juzg Distrito 3era Nom. Rosario- Autos: Cons. Gran Garage c/Otros s/C Expensas (Expte. 556/09). Inhibiciones: 1) T° 119 I- F° 11291- Nro. 415626- Fecha 19/12/07- $ 4.059,81- Orden: Este Juzgado.- Autos: BID CL (Quiebra) c/Otra s/Dem. Sumaria (Expte. 2224/1994).- Hipoteca; Otras afectaciones al dominio: No se registran. El bien saldrá a la venta con la base de $ 16.510 (el 50% de la valuación fiscal, quintuplicado de acuerdo a la Resolución 024/10 de API) En caso de no haber postores se ofrecerá nuevamente con una retasa del 25% sobre el avaluó y de persistir la falta de postores sin base.- Hágase saber que los títulos de propiedad se encuentran a disposición de los interesados para ser examinados y que los licitadores deberán conformarse con los mismos y las constancias de autos y que después del remate no se admitirá reclamación alguna con relación a los mismos. La subasta del bien se hará en las condiciones de ocupación que constan en autos.- El adjudicatario deberá abonar en el acto de subasta en efectivo o con cheque certificada el diez por ciento (10%) del precio de venta y la comisión del tres por ciento (3%) al martillero actuante. El saldo de precio será abonado una vez aprobadas las operaciones de subasta. En caso que la compra se efectúa en comisión, deberá el adjudicatario denunciar en el acto los datos identificatorios del comitente, debiendo este aceptar formalmente la compra en autos en el termino de diez (10) días bajo apercibimiento de tenerse al adjudicatario como adquirente.- Hágase saber que el comprador deberá hacerse cargo de los tributos y demás cargas inherentes al inmueble que se adeuden al día de la subasta, así como los posteriores y las costas relativo al proceso de perfeccionamiento de la adquisición del dominio por parte del adjudicatario del bien en el remate. Anúnciese el remate mediante edictos a publicar en el término del art. 67 del Código de Procedimientos Civiles y Comerciales, por tres veces en cinco días en el BOLETIN OFICIAL. Exhibición: Día 26 de Junio de 2012 en el Horario 16 a 19 horas. Se hace saber a sus efectos. Secretaria, 7 Junio de 2012.- Fdo. Dra. Marcela M. Barro, secretaria.

S/C 170438 Jun. 19 Jun. 22

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POR

BENITEZ OSMAR ISDAL


Por orden Juzg. de 1ra. Inst. en lo C. y C. de Dist. de la 11ra. Nom. de Rosario, Secretaria suscripta hace saber que en autos COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/OTRO s/APREMIO (Expte. 546/09), se ha dispuesto que el Martillero Benítez Osmar Isdal Mat. 981-B-88, CUIT 20-06044372-7 subaste el día 5 de Julio del 2012 a las 11hs. en las puertas del Juzg. Comunal de la Localidad de Pueblo Esther y de resultar el día fijado inhábil o afectado por medidas de fuerza mayor se realizará el día hábil siguiente en igual hora y lugar el siguiente bien: un lote de terreno, el cual según planilla de loteo obrante a fs.19 de autos esta compuesto de una Sup. Total de 504mts2 señalado como Lote n° 8 de la Manzana “M” del Loteo “Country 16” s/plano nº 64.129/70, inscripto al dominio T° 321 B F° 1004 N° 128069 Dpto. Rosario, el Lote de referencia esta comprendido dentro de una mayor área formada por una fracción de terreno de campo que comprende al Lote n° 116 y parte del Lote n° 117 del plano, que cita su título, siendo señalada con la letra “A” en el plano n° 53.967/68, mide 450mts de frente al Norte, en línea inclinada, lindando con la Ruta Pcial. n°16 en medio, con Segundo Giovacchini, en el costado Oeste mide 556,50mts, lindando con Carlos Victorio Soressi, en el lado Este mide 506,12mts, lindando con el Lote “B” del mismo plano y su contrafrente Sur es de 441mts, por donde linda con camino público en medio con Ángel Giovacchini. Sup. Total: 23has, 60as, 12cas y91dm2 libre de ensanche de camino. Registro Gral. Informa: inmueble descripto en el dominio indicado a nombre de los demandados, se registra Embargo: T° 120 E F° 2407 N° 342806 fecha 03/06/2011 orden Juzg. Dist. 11ra. Nom. Rosario autos Comuna de Pueblo Esther c/Martínez Víctor y Otro s/Apremio (Expte. 546/09) por un monto de $ 6.416,89.- Inhibición 1°) T° 120 I F° 8315 N° 380133 de fecha 28/08/2008, orden Juzg. C. C. y Laboral 5ta. Nom. de Rafaela (Pcia. de Sta. Fe) autos Balbina Angel F. c/Martínez Miñón Luis s/Laboral (Expte. 756/1998) por $ 22.500. 2°) T° 123 I F° 7611 N° 393946 de fecha 04/11/2011, orden Juzg. Dist. 7ma. Nom. Rosario, autos Taverna Andrea G. c/Martínez Víctor F. s/Apremio (Expte. 244/2011).- Por $ 11.000. 3°) T° 10 IC F° 844 N° 368568 orden Tribunal Colegiado de Familia 3ra. Nom. Rosario sin monto autos Martínez Luis Jacinto s/Insania (Expte. 75/2000). Hipoteca no registra. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación de acuerdo a las constancias en autos, con una Base igual a 5 veces el (A.F.) $ 975.- Seguidamente en caso de no haber postores con una Retasa del 25% y de persistir las falta de interesados a continuación el 20% del (A.F.), retirándose de la venta en caso de reticencia. La venta se efectuará al mejor postor, debiendo abonar quien resulte comprador, el 20% del precio de compra en el acto de subasta, con mas el 3% de comisión al Martillero actuante o el honorario mínimo que fija la ley 7547 del Colegio de Martilleros, en efectivo y/o cheque certificado o cheque cancelatorio. Para el caso que dicha suma supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo (comunicación “A” 5147 B.C.R.A.) optando por los medios de pago mencionados o en su defecto acreditar en el acto de subasta la transferencia bancaria del monto en la cuenta judicial que, previamente, deberá abrir el Martillero en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados, para estos autos y a nombre del Juzgado. Se deja aclarado que no integran a los fines de determinar el porcentaje de comisión del Martillero los importes de las deudas que posea el inmueble, con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de (5) días de conformidad con el art. 499 del C.P.C.C. S.F. y si intimado no efectuare el pago se dejará sin efecto la misma de conformidad con lo previsto por el art. 497 del C.P.C.C. S.F., debiendo ser dicho saldo depositado en el Banco Municipal de Rosario Sucursal Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos, en caso que dicho monto supere el importe de $ 30.000 y a tenor de lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. deberá realizarse por transferencia intercambiaría. Si se incumpliese con dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción será comunicada por el Tribunal y/o el Martillero actuante al A.F.I.P. Impuestos, tasas y/o contribuciones (nacionales, provinciales, municipales o comunales) I.V.A. y gastos centrales si correspondiere, como así cualquier gravamen que pese sobre el inmueble serán a cargo del adquirente, como así también los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyase, entre otros que correspondan, los siguientes: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (Ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. “f Código Fiscal). El adquirente deberá recurrir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, excluyéndose la opción prevista en el art. 505 segundo párrafo del C.P.C.C. S.F. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta, a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.) como así mismo la comunicación al A.F.I.P. si no se cumple con lo dispuesto por el B.C.R.A. al respecto. Asimismo se fija como condición, que en casó, de comprarse el inmueble en comisión, deberá denunciarse el nombre y domicilio del comitente en el término de tres días bajo apercibimiento de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones por la que deberá oblarse el impuesto de sello establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate. Efectúense las comunicaciones del art. 506 y art. 488 del C.P.C.C. S.F. librándose los despachos pertinentes con la debida antelación, a fin de que se tome conocimiento en las causas respectivas de la realización de la subasta con la debida antelación, debiendo acompañarse constancias del diligenciamiento antes del acto de subasta, bajo apercibimiento de suspenderse la misma a costa del Martillero, ello sin perjuicio de lo normado por el art. 503 del C.P.C.C. SF. El Expediente deberá ser entregado al Juzgado cinco días antes de la subasta a los fines de los art. 494 y 495 del C.P.C.C. S.F. y permanecerá en Secretaria. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales en el transparente habilitado a tal efecto en la forma proscripta por al art. 67 del C.P.C.C. SF reformado por la ley Provincial 11.287 por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula a las partes en el domicilio legal y real, al titular del dominio e interesados, sin perjuicio de la publicidad adicional que se propone y que se autoriza. Se fijan los dos días hábiles previos a la subasta en el horario de 10hs. a 12hs. a los fines de exhibición. Ofíciese a la Sra. Juez Comunal de la Localidad de Pueblo Esther a los fines solicitados. Expte. 546/09, todo lo cual se hace saber a los fines de que por derecho hubiere lugar, firmado. y Dr. Sergio A. González Secretario en Rosario a los días del mes de Junio del 2012.-

S/C 170406 Jun. 19 Jun. 22

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