DECRETO N°
0841
Santa Fe, 10 de Mayo de 2005.
VISTO:
La gestión N°
00201-0100527-4, del registro del Sistema de información de Expedientes
(Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto), relacionada con la rehabilitación
funcional de las instalaciones donde antiguamente funcionara el ex albergue de
menores de Recreo, dependiente del Servicio Penitenciario Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que se pretende la creación y puesta en
funcionamiento de la COLONIA PENAL DE RECREO -U IX-, la que representaría un
gran avance en el Tratamiento Penitenciario, que posibilita la culminación del
mismo, brindando a quienes transitan por el período de Prueba, un Instituto
abierto o semiabierto, tal como lo señala la Ley N°
24660, de Ejecución de Penas Privativas de Libertad, en sus artículos 6° y
182°;
Que las condiciones que ofrece el lugar
son más que apropiadas, dado que cuenta con un amplio predio para el desarrollo
de actividades laborales, tales como huerta cría de animales, tareas de
apicultura, trabajos con frutales y otros;
Que asimismo su habilitación permitiría
la redistribución de internos, produciendo las necesarias vacantes en las
Unidades cerradas, receptoras de los detenidos procedentes del ámbito policial,
institución colapsada por la actual superpoblación;
Que es intención del Superior Gobierno
de la Provincia asegurar la infraestructura funcional, tendiendo al desarrollo
de un proceso educativo, reeducativo y reflexivo profundo, integral e
individualizado, que permita remover los factores negativos que han coadyuvado
al agravamiento de conductas ilícitas y antisociales;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1. - Créase
la COLONIA PENAL DE RECREO -U IX-, dependiente del Servicio Penitenciario
Provincial, destinada al alojamiento de internos condenados mayores, y
funcionará en la localidad de Recreo - Departamento La Capital.
ARTICULO 2. - Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
OBEID
Dr. Roberto Arnaldo Rosúa
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