picture_as_pdf 2014-03-19

DECRETO N° 0581


SANTA FE "Cuna de la Constitución

Nacional" 06 MAR 2014


VISTO:

El Expediente N° 00701-0092730-3 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Subdirección General de Ecología del Ministerio de la Producción, solicita establecer el arancel para el ejercicio de la Pesca Comercial; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 12212 establece la obligatoriedad de la obtención de licencia o permiso para el ejercicio de la pesca comercial y en su artículo 21 determina que éste deberá renovarse anualmente;

Que la Ley N° 12482 en su artículo 1°, entre otras cuestiones, modifica el artículo 21 de la Ley N° 12212, estableciendo como arancel máximo para la obtención de la Licencia de Pesca Comercial 1.666 MT;

Que por razones de inclusión y con el objeto de lograr la mayor registración de los trabajadores del río es imprescindible que el arancel no sea una causal de exclusión;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Establécese en 1 MT (UN MODULO TRIBUTARIO) el arancel correspondiente para la obtención de la Licencia de Pesca Comercial.

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

Carlos Fascendini

11136

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