MINISTERIO DE GOBIERNO
Y REFORMA DEL ESTADO
SECRETARIA DE TECNOLOGIAS
PARA LA GESTION
RESOLUCION N° 0004
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
12 de marzo de 2014
VISTO:
El Expediente N° 00108-0004444-9 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado gestiona autorización para utilizar software propietario; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° “La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....”, atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;
Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;
Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;
Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la autorización solicitada por la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado esta relacionada a la adquisición de dos (2) licencias de Ms Windows Server DataCenter última versión en español (no OEM) que incluya uno (1) kit de instalación de medios originales y uno (1) paquete de documentación, que se gestiona su adquisición por este mismo expediente;
Que el motivo de la excepción está contemplado por el Decreto 1820/2005, Artículo 4°, a) “Para el caso de proyectos nuevos, cuando se trate de sistemas de misión crítica, es decir aquellos que por su trascendencia o impacto en la operación diaria de la organización no admiten pérdidas temporarias de información, ni demoras en el tiempo de recuperación de fallas y no existan en el mercado alternativas de software que se ajusten a la presente Ley que permitan asegurar el nivel de servio requerido. O aún cuando se haya podido encontrar un software en los términos del Artículo 1° de la Ley, no sea posible adquirir el necesario soporte y/o respaldo técnico por parte del fabricante o de un tercero equivalente, de forma de garantizar el adecuado mantenimiento, guarda y conservación de los datos involucrados y/o no sea posible determinar la continuidad y permanencia del desarrollo, mantenimiento y soporte del software en un horizonte de tiempo razonable”;
Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración.
Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;
Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;
Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;
Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Secretaría del Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;
Por ello;
EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION
RESUELVE
ARTICULO 1° - Autorizar a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:
MS WINDOWS Server DataCenter última versión en español (no OEM), dos (2) Licencias
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. JAVIER ECHANIZ
Secretario de Tecnologías
para la Gestión
S/C 11135 Mar. 19
__________________________________________
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y GESTIÓN DE BIENES
DISPOSICIÓN Nº 096
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 12/03/2014
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y GESTIÓN
DE BIENES
DISPONE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “ORTOPEDIA LA NUEVA ARGENTINA” de ANTUNE LUIS Y ANTESANA JAVIER S.H. CUIT Nº 33-71170595-9.
ARTÍCULO 2: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “INDUSTRIA PLASTICA BERGAMINI” de BERGAMINI CESAR LUIS CUIT Nº 20-93255322-9; CATERING GOURMET S.R.L. CUIT Nº 30-70923839-2; CIRUGIA ARGENTINA S.A. CUIT Nº 33-70868187-9; CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. CUIT Nº 30-61878318-5; GRUPO BOSCH S.C. CUIT Nº 33-69541513-9; PAÑALES LIBERY S.A. CUIT Nº 30-69404016-7; SOTIC S.A. CUIT Nº 30-56759086-7.
ARTÍCULO 3: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: NOVACORP S.A. CUIT Nº 30-70708688-9; QUIMICA CORDOBA S.A. CUIT Nº 33-57611332-9.
ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
__________________________________________
DISPOSICIÓN Nº 103
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 13-03-2014
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de tres (03) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS Nº 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 5100/55 y 2479/09;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
CONTRATACIONES Y GESTIÓN
DE BIENES
DISPONE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “VETAK” de BILHERE RAUL GASTON CUIT Nº 20-23326580-3.
ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de nueve (09) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CAMPAGNARO HERNAN OMAR CUIT Nº 20-25524931-3; TISSERA IVAN PABLO CUIT Nº 20-26761660-5.
ARTÍCULO 3: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DROGUERIA NEW DROG S.R.L. CUIT Nº 30-70723663-5; VOLPE HNOS. S.R.L. CUIT Nº 30-55465818-7.
ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.
__________________________________________
DIRECCION PROVINCIAL
DE VIALIDAD
NOTIFICACION
En relación a los autos administrativos Nº 16102-0028733-1 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 1953 de fecha 05/10/2011 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 2º inc. e) y 28 del Decreto Nº 10.204/58, al infractor FEDERICO IGNACIO AGRASO con último domicilio conocido en calle Villarino 246 de la Localidad de Vedia, Provincia de Buenos Aires, de lo establecido en la Resolución N° 428 dictada el 28 de Junio de 2013 por el Ing. Juan José Bertero, Administrador General de Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto...: y Considerando:... Resuelva... “ARTICULO 1º - Aprobar el Acta de Infracción Nº 1953 de fecha 05/10/2011, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2° - Intimar al conductor Sr. Federico Ignacio Agraso, con domicilio en calle Villarino 246 de la Localidad de Vedia, Provincia de Buenos Aires, al Transportista Sr. Javier Alejandro Guagnini, con domicilio en calle Lavalle 235, de la Localidad de Vedia, L. N. Alem, Provincia de Buenos Aires, y al cargador, Arenera Rivadavia S.R.L. con domicilio en Pto. Villa Constitución de la Localidad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, al pago de la multa la cual asciende a la suma de $ 27.993,51 (Pesos Veintisiete mil novecientos noventa y tres con 51/199), con más el 1% de interés mensual desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Bv. Muttis 880, de esta ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso “para ser depositado en la Cta. 9715/ 07”, pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º - La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del Camión marca Volkswagen, modelo 15-160, Dominio Chasis DBF 885, Dominio Acoplado CAG 818, Sr. Federico Ignacio Agraso, con domicilio en calle Villarino 246 de la Localidad de Vedia, Provincia de Buenos Aires, al transportista Sr. Javier Alejandro Guagnini, con domicilio en calle Lavalle 235 de la Localidad de Vedia, L. N. Alem, Provincia de Buenos Aires, y cargador. Arenera Rivadavia S.R.L., con domicilio en Pto. Villa Constitución, de la Localidad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 27.993,5l (Pesos Veintisiete mil novecientos noventa y tres con 51/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 4º - Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.
Ing. JUAN JOSE BERTERO
Administrador General
Dirección Gral. de Vialidad
S/C 11132 Mar. 19 Mar. 20
__________________________________________
ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
FELIX RICARDO CLAVERIE
Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos y en ejercicio de las facultades otorgadas por el art. 95 último párrafo de la Ley Nº 11.683 (t.o. en 1998 y sus modifs.) texto según la Ley 25.239, hace saber que en autos: “FISCO NACIONAL (D.G.I.) c/COOPERATIVA J. V. VILLARINO A. G. LTDA s/Ejecución Fiscal”, Expte. Nº 47242 (B.D.: 870/40179/04/2005), radicado ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de Rosario, Secretaría A, se ha dispuesto que el Martillero Félix Ricardo Claverie (C.U.I.T. Nº 20/13077561/7) venda en pública subasta el día 28 de Marzo del 2014 o el día hábil posterior siguiente si el designado fuere inhábil a las 11:00 hs. en el Colegio de Martilleros de Rosario, sito en la calle Moreno 1546 de esta ciudad el siguiente inmueble: “Dos fracciones de terreno ubicadas en el Pueblo Coronel Arnold, (antes Pueblo en formación de la Estación Kilómetro treinta y cuatro del Ferrocarril de Rosario a Mendoza), Distrito Zavalla, Dto. San Lorenzo (hoy Rosario) de esta Provincia, señaladas con los números Veintidós y Veintitrés, de la manzana “B”, del plano de mensura y sub-división confeccionado por el Ag. Nacional Ángel R. Noseda, con fecha Septiembre de 1964, cuyo plano de mensura se encuentra archivado en la Dirección Gral. de Catastro, Dto. Topográfico de la Provincia bajo el N° 39.328, año 1964, una copia del cual está agregada a la escritura de fecha 25 de Enero de 1965, y cuvas fracciones de terreno tienen las siguientes medidas, superficies y linderos a saber: Primero: Fracción número Veintidós: Está ubicada dicha fracción de terreno en la calle Belgrano esquina Calle San Martín, compuesta de catorce metros de frente al Nor-Oeste sobre calle Belgrano teniendo igual contrafrente al Sud-Este por treinta metros de fondo y frente al Sud-Oeste sobre calle San Martín, teniendo igual contrafrente al Nor-Este, encierra una superficie total de 420 m2, lindando: por su frente al Nor-Oeste la calle Belgrano, al Sud- Oeste la calle San Martín, al Sud-Este parte del lote número veintiuno y al Nor-Este lote número veintitrés, todos del mismo plano y manzana citados. Inscripto el dominio al Tomo: 354B; Folio: 1079; Número: 104100; Dpto.: San Lorenzo (hoy Rosario). Informe del Registro General de Propiedades: Consta el dominio; Hipotecas: No Constan; Embargos: Tomo: 121 E; Folio: 3947; Número: 388658; Fecha: 17/10/2012; Monto: 4.000,00; Autos: “A.F.I.P. (DGI) c/Coop. José V. Villarino A. G. Ltda. s/Ejecución Fiscal” Expte. Nº 39405/2002, Juzgado Federal Nº 1, Secretaría A, Rosario; Tomo: 121 E; Folio: 3949; Número: 388660; Fecha: 17/10/2012; Monto: 149.397,09; el de autos. Y Segundo: Fracción número Veintitrés: Está ubicada dicha fracción de terreno en la calle Belgrano entre la calle San Martín v una calle pública sin nombre, a los catorce metros de la esquina de la calle San Martín hacia el Nor-Este, compuesta de trece metros diez y seis centímetros de frente al Nor-Oeste teniendo igual contrafrente al Sud-Este por treinta metros de fondo en cada uno de sus costados Sud-Oeste y Nor-Este encierra una superficie total de: 394,80 m2, lindando: por su frente a! Nor-Oeste la calle Belgrano, al Sud-Oeste lote Nº 22, al Sud-Este con fondos del lote Nº 21 y al Nor-Este lote Nº 1, todos de la misma manzana.- Inscripto el dominio al Tomo: 354 B; Folio: 1079; Número: 104100; Dpto.: San Lorenzo. Informe del Registro General de Propiedades: Consta el dominio Hipotecas: No Constan; Embargos: Tomo: 121 E; Folio: 3946; Número: 388657; Fecha; 17/10/2012; Monto: 312,500; Autos: “A.F.I.P. (DGI) c/Coop. José V. Villarino A. G. Ltda. s/Ejecución Fiscal” Expte. Nº 39405/2002, Juzgado Federal Nº 1, Secretaria A, Rosario; Tomo: 121 E; Folio: 3948; Número: 388659; Fecha: 17/10/2012; Monto: 149.397,09; el de autos. Inhibiciones: No Constan. El mismo sale a la venta en las condiciones de ocupación según Acta de constatación obrante en actuaciones con la Base $ 441.600. Si por la Base no hubiere postores inmediatamente se ofrecerá con una Retasa del 25%, o sea $ $ 331.200 y si tampoco hubiere oferentes el inmueble saldrá a la venta por la última base de $ 248.400. De persistir la falta de ofertas la subasta se declarará desierta. El adquirente deberá abonar en el acto de remate el 10% en concepto de seña y a cuenta de precio más el 3% de comisión de Ley al Martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado. El saldo de precio deberá depositarlo judicialmente dentro de los cinco días una vez notificado el auto aprobatorio. Impuestos, tasas, contribuciones v demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble e I.V.A. y cualquier otro impuesto, si correspondiere, serán exclusivamente a cargo del adquirente, como así también los importes que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Copias de títulos obran agregados en actuaciones que se encuentran en las Oficinas de la Sra. Agente Fiscal sitas en la calle Tucumán 1445 - 5to. “A” de la ciudad de Rosario a disposición de los interesados, no admitiéndose luego de la subasta reclamos de ninguna naturaleza por falta o insuficiencia en los mismos. El inmueble será exhibido los días 26 y 27 de Marzo de 11:00 hs. a 12:00 hs. Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar. - Rosario, 10 de Marzo de 2014. Firmado: Dra. Nélida C. Piriz, Agente Fiscal A.F.I.P..
S/C 224382 Mar. 19 Mar. 21
__________________________________________
REMATE POR
MIRTA ALICIA SCALCO
Por disposición de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS AFIP- DGI, con intervención del Juzgado Federal Nº 1; Secretaría de Ejecuciones Fiscales “A” de Rosario, Ley 25.239, y decreto 65/2005, se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL A.F.I.P. - D.G.I. c/ MONZON ABEL ANTONIO (CUIT N° 20-11259458-3) s/ Ejecución Fiscal (Expte. N° 80504 - B.D. N° 6672/11/870), se ha dispuesto que el martillero Mirta Alicia Scalco, con Matricula Nº 1585-S-109 - CUIT Nº 27-5.910.407-7, proceda a Vender en pública subasta el día 31 de Marzo de 2014 a las 10. Hs. o el día siguiente hábil a la misma hora, lugar y condiciones, si aquel resultare inhábil, en la Sala del Colegio de Martilleros, sito en calle Moreno Nº 1546, de la ciudad de Rosario, La Mitad Indivisa (50%) del inmueble que a continuación se describe Departamento: Rosario; Distrito: Rosario; Zona: Urbana; Localidad: Rosario; Plano (N° y año): 77671/1974; Lote: 10; Manzana: “I”; y esta ubicado entre Calles Nº 2 y Pasaje N° 4. Superficie: 201,39 m2; Medidas y Linderos: Mide: 10,27 m. de frente al Este. 19,60 m. de Fondo y Frente en el lado Sud Este. Contrafrente al Oeste de 10,28 m. y Linda al Este con el Pasaje Nº 4. Al Sud con Calle N° 2. Al Sud con Calle Nº 2. Al Oeste con parte del Lote 11 y al Norte con el Lote Nº 9.- Inscripto al Tomo: 407 A Folio: 358 Nº 142172 Dto. Rosario.- Informa el Servicio de Catastro e Informe Territorial que el inmueble se encuentra ubicado en calle Pasaje Mossi 2570- de esta ciudad.- De informes registrables consta el dominio esta nombre del demandado en un 50% y no registra inhibiciones y sobre el dominio los siguientes: Embargos: 1°) T°120 E F° 3359 N° 363511- 08/08/2011 Monto: $ 18.403.44; Autos: FISCO NACIONAL c/ MONZON ABEL ANTONIO s/ Ejecución Fiscal (Expte. 57634/2010); Juzgado Federal Nº 2 de Rosario.- 2°) Tº 120E F° 4297 N° 380592-27/09/2011; Monto: $ 15.377.65 Autos: FISCO NACIONAL c/MONZON ABEL ANTONIO, s/Ejecución Fiscal (Expte. 78.283/2011); Juzgado Federal Nº 1 de Rosario.- 3°) T° 121E F° 356 N° 314688- 22/02/2012: Monto: $ 30.065,13; Autos: FISCO NACIONAL c/ MONZON ABEL ANTONIO s/ Ejecución Fiscal (Expte. 81612/2011 Juzgado Federal N° 1, de Rosario.- 4º) Tº 121 E F° 1069 N° 328627-11/04/2012; Monto: $ 16.582.52; Autos: FISCO NACIONAL c/ MONZON ABEL ANTONIO s/ Ejecución Fiscal (Expte. 57624/2010); Juzgado Federal N° 2, de Rosario.- 5°)121E F° 2182 N° 350285- 19/06/2012: Monto: $ 13.150.27; Autos: FISCO NACIONAL c/ MONZON ABEL ANTONIO, s/ Ejecución Fiscal (Expte. 80504/2011); Juzgado Federal N° 1, de Rosario. El que Ejecuta. 6°) T° 121E F° 3648 N° 381387 -25/09/2012 Monto: $ 14.156.97; Autos: FISCO NACIONAL c/MONZON ABEL ANTONIO s/Ejecución Fiscal (Expte. 85866/2012); Juzgado Federal Nº 1, de Rosario.- 7°) T° 121E F° 4121 N° 391650 - 24/10/2012; Monto: $ 16.543.55; Autos: FISCO NACIONAL c/ MONZON ABEL ANTONIO s/Ejecución Fiscal (Expte. 62140/2011); Juzgado Federal N° 2, de Rosario.- 8°) T° 121E F° 4714 N° 404225 - 30/11/2012 Monto: $25.252.25 Autos: AFIP c/MONZÓN ABEL ANTONIO s/Ejecución Fiscal (Expte. 58699/2011); Juzgado Federal Nº 2, de Rosario.- 9°) T° 122E F° 1278 N° 328042 - 18/04/2013 Monto: $ 12.617.65; Autos: AFIP c/ MONZON ABEL ANTONIO s/Ejecución Fiscal (Expte. 88406/2012); Juzgado Federal N° 1, de Rosario. 10°) T° 122E F° 4013 N° 391903- 06/11/2013; Monto: $ 61.691.12 Autos: FISCO NACIONAL c/MONZON ABEL ANTONIO s/Ejecución Fiscal (Expte. 97088/2013); Juzgado Federal N° 1, de Rosario. 11º) T° 122E F° 4014 N° 391904 - 06/11/2013 monto $ 126.702.54 Juz. Federal Nº 1 Expte. 99443/2013 autos AFIP c/ MONZON ABEL ANTONIO s/Ejec. Fiscal. Hipoteca: No registra. El inmueble saldrá a la venta con la Base de $ 275.000.- conforme art. 578 CPCCN ultimo párrafo) de no haber postores por dicha Base seguidamente en una segunda Subasta con la Retasa del 25% menos de $ 206.250 y de persistir la ausencia de los mismos, la misma se declara desierta. En el acto del remate el comprador deberá pagar el 10% del precio en efectivo o cheque certificado únicamente, con más el 3% de comisión de ley al martillero. Con relación al saldo de precio, deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta Judicial del Bco. Nación Argentina, Agencia Tribunales, si no lo hiciere y no invocare motivos fundados, para obtener la suspensión del plazo, se ordenará una nueva subasta conforme art. 584- CPC/V.- Se hace saber que son a cargo del adquirente impuestos, tasas y/o contribuciones (nacionales, provinciales, municipales o comunales) IVA si correspondiere, como así cualquier gravamen que pese sobre el inmueble, como así también los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia de dominio. También serán a cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyase, en otros que correspondan, los siguientes; impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F Código Fiscal). Todo esto una vez aprobado el remate, abonado el saldo de precio y obtenida la posesión del mismo, conforme al art. 586 y 587 del CPCCN. El bien a subastar se vende en las condiciones de ocupación según acta de constatación Ocupado.- Para el caso que la compra se efectué en comisión, el comprador deberá dentro del tercer día de realizada la subasta, indicar el nombre del comitente, en escrito firmado por ambos art. 571 CPCN.- Hágase saber a los ocupantes del inmueble que días hábiles, anteriores a la subasta y en las horas hábiles, deberán permitir al martillero actuante mostrar el inmueble a Interesados.- Copias de títulos, acta de constatación e informes de deuda, se encuentran en el expediente administrativo presentado en la oficina del Agente Fiscal, sito en calle San Lorenzo Nº 1629 1° Piso, cinco días antes a la realización de la Subasta para ser revisado por posibles interesados, haciéndose saber que no se aceptará reclamo alguno después de realizada la subasta por insuficiencia, deficiencia, falta de títulos o información correspondiente- El inmueble será exhibido los días 26 y 27 de Marzo de 2014, en horarios de 15 a 17 hs. Mayores informes dirigirse a la Martillera Mirta Alicia Scalco, con Tel. (0341) 447-6115- Cel.: 155-647255, con domicilio legal en calle Pje. Rosales Nº 85 de esta ciudad.- Todo lo que se hace saber en cuanto por derecho hubiere lugar- Rosario, 24 de febrero de 2014. Fdo. Dr. Jorge Enrique Gaztañaga ejecutor fiscal de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
S/C 224349 Mar. 19 Mar. 21
__________________________________________