DECRETO N° 0405
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 11 MAR 2013
VISTO:
El actual período de Sesiones Extraordinarias de la H. Legislatura de la Provincia, convocado mediante Decreto N° 3591 de fecha 03 de diciembre de 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que este Poder Ejecutivo considera necesario el tratamiento de los asuntos referidos en el Artículo 1° del presente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º:Inclúyense en el temario de Sesiones Extraordinarias de la H. Legislatura de la Provincia, para su tratamiento, los siguientes asuntos:
- Expte. 26152 – CD. Adhesión de la Provincia a Ley Nacional Nº 26485 - Ley de Proteccion Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ambitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
- Expte. 26402 E.S.F. – C.D. y 26038 C.D. – C.S.: Prohíbe la Instalación y funcionamiento de los locales llamados whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites, locales de alterne o cualquier otra denominación análoga, a efectos de erradicar el delito de Trata de Personas.
- Expte. 25201 – CD. Medidas destinadas a prevenir, detectar y combatir el delito de trata de personas.
ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BONFATTI
Ruben Darío Galassi
8943
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