picture_as_pdf 2012-12-18

MINISTERIO DE SALUD


RESOLUCION Nº.2476


V I S T O :

El expediente Nº 15601-0000514-9 del S.I.E. mediante el cual la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria eleva a conocimiento y homologación por parte de este Ministerio, la Disposición N° 036 emitida por ese organismo en fecha 13 de noviembre de 2012; y

CONSIDERANDO:

Que por dicho acto administrativo se estableció un aumento del 18,57% del módulo bromatológico (MB), fijando el valor del mismo en $ 1,50 (PESOS UNO CON CINCUENTA CENTAVOS);

Que tal decisión se fundamentó en el informe de fecha 13/11/12 elaborado por el responsable del Servicio de Gestión y Administración de la citada Agencia, quien sugiere el referido incremento en base a la variación habida en el Indice de Precios al Consumidor de la Provincia de Santa Fe, según lo manifestado por el Instituto Provincial de Estadística y Censos –IPEC-;

Que los fondos recaudados se vuelcan de manera exclusiva al sistema alimentario provincial y se coparticipan en un 60% con las áreas de alimentos municipales/comunales, por lo que todo lo recaudado vuelve al sector, generando equidad en el sistema;

Que el aumento de los recursos económicos permitirá garantizar el sistema de seguridad de los alimentos y mejorarlo en los cinco pilares que lo componen: Capacitación y Epidemiología, Gestión, Laboratorio, Legislación y Auditoría;

Que la Ley Nº 10.745 de Tasas y Aranceles faculta a este Ministerio a la actualización de dicho módulo a solicitud del responsable de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria; señalándose que la última actualización del mismo se realizó en el mes de diciembre de 2011 (Disposición Nº 23/11, homologada por Resolución Nº 077/11);

Que se han pronunciado en sentido favorable la Asesoría Letrada de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Dictamen Nº 16/12, fs. 5/6) y la Dirección General de Asuntos Jurídicos (Dictamen Nº 87656/12, fs. 9/10);

Que compartiendo los fundamentos de la medida adoptada, se estima procedente su homologación de conformidad con lo establecido en los artículos 2º de la Ley Nº 10.745 y 2º del Decreto Reglamentario Nº 1276/95;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE SALUD

R e s u e l v e :

ARTICULO 1°.- Homológase la Disposición N° 036 emitida en fecha 13 de noviembre de 2012 por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria.-

ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

MIGUEL ANGEL CAPIELLO

Ministro de Salud


DISPOSICION Nº 036


Santa Fe, 13 de Noviembre de 2012.

VISTO:

La necesidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 2° de la Ley N° 10.745/91 y Artículo 2º del Decreto Nº 1276/95

CONSIDERANDO:

Que el valor del módulo bromatológico (M.B) ha sido actualizado en fecha 26/12/2011 por medio de la Resolución Ministerial Nº 077.

Que el valor actual del mismo ha sufrido un aumento del 18,57% de acuerdo al informe de fecha 13/11/2012 emitido por el responsable del Servicio de Gestión y Administración de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria en base a los últimos informes emitidos por el Indice de Precios al Consumidor de la Provincia de Santa Fe, lo que resultaría en un valor del M.B. de $ 1,50.- son pesos uno con 50/100.

Que la ley de tasas y aranceles faculta en el artículo segundo al Ministro de Salud a la actualización de dicho módulo a solicitud del responsable de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria.

Que por Dictamen N° 79.845 del 21/10/08 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud se recomienda que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria, siendo un organismo descentralizado, emita la Disposición respectiva, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 2° de la Ley Nº 10.745/91 y eleve al Ministro de Salud para su posterior homologación.

Que es responsabilidad del Ministro de Salud para su actualización permanente para dotar de los recursos económicos necesarios para garantizar un sistema de seguridad de los alimentos.

Que una actualización paulatina del mismo permitirá establecer el valor del módulo al nivel necesario para llevar adelante el sistema de seguridad de los alimentos de manera eficiente.

Que los fondos recaudados se vuelcan de manera exclusiva al sistema alimentario provincial y se comparticipan en un 60% con las áreas de alimentos Municipales/Comunales, por lo que todo lo recaudado vuelve a sector generando equidad en el sistema.

Que el aumento de los recursos disponibles permitirá mejorar el sistema en los cinco pilares que lo componen: Capacitación y Epidemiología, Gestión, Laboratorio, Legislación y Auditoria.

Que de no producirse una readecuación después del período transcurrido desde su aprobación e implementación no se estaría dando cumplimiento a dicho espíritu normativo.

POR ELLO:

El Secretario de la Agencia Santafesina

de Seguridad Alimentaria en uso

de sus facultades

DISPONE:

Artículo 1°: Establecer un aumento del 18,57% del módulo bromatológico.

Artículo 2°: Establecer el valor del módulo bromatológico (MB) en pesos Uno con 50/100 ($1,50).

Artículo 3°: Elevar al Ministro de Salud la presente Disposición para su homologación.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese y archívese.

Ing. RAUL SAMITIER

Director

Agencia Santafesina de

Seguridad Alimentaria


S/C. 9625 Dic. 18 Dic. 19

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MINISTERIO DE ECONOMIA


RESOLUCION Nº 662


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 5 de Diciembre de 2012.

VISTO:

El expediente Nº 00322-0010617-0, del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona la autorización para realizar una convocatoria para un procedimiento de selección de personal a los fines de posibilitar el ingreso de 1 (uno) agente a planta permanente y con carácter provisional - Art. 4° de la Ley N° 8525 -en la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia dependiente de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública de este Ministerio; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia informa que atento a una designación por derecho de concurso y ascenso, se ha producido la vacante de un cargo ingresante del Agrupamiento Administrativo en el Departamento de Asignaciones Familiares;

Que a tal efecto, se solicita la cobertura de 1 (uno) cargo Categoría 1 - Agrupamiento Administrativo del Escalafón General Decreto Acuerdo N° 2695/83, de la mencionada repartición;

Que por lo expuesto, resulta necesario realizar procedimiento de selección de personal para tales fines, de acuerdo al perfil del puesto a cubrir especificado en el Anexo I de esta Resolución;

Que concomitantemente se deberá resolver la aprobación el procedimiento de selección a seguir, en lo que a condiciones y plazos se refiere para posteriormente propiciar por ante el Poder Ejecutivo Provincial el dictado del Acto Administrativo que designe al personal aspirante promovido en la selección;

Que la presente gestión encuadra en la normativa establecida por el Decreto Nº 291/09;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Aprobar el perfil del puesto a cubrir y el Procedimiento de Selección de Personal, descriptos como Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° - Autorizar un Procedimiento de Selección de Personal, conforme las pautas explicitadas en los Anexos I y II, para cubrir 1 (uno) cargo de personal de Planta Permanente, con carácter provisional -Art. Nº 4 de la Ley Nº 8525-.en la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia de este Ministerio.

ARTICULO 3° - Regístrese, comuníquese, remítase copia de las actuaciones a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, comuníquese a la U.P.C.N. - Seccional Santa Fe y A.T.E. – Consejo Directivo Provincial Santa Fe, y archívese.

ANEXO I


PERFIL DE PUESTO


JURISDICCION 36 - MINISTERIO DE ECONOMIA

Puesto a cubrir: Agrupamiento Administrativo - Categoría 1

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno)

Sector: Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia.

Descripción de las funciones esenciales del puesto:

Entender en la recepción, control y procesamiento de solicitudes de Asignaciones Familiares requeridas por los agentes provinciales.

Atender los requerimientos vinculados a la atención al público.

Analizar los pedidos de Asignaciones Familiares, y proceder a dar curso a los mismos según Ley Provincial Nº 9290 y modificatorias, utilizando el Sistema de Administración de Recursos Humanos - SARH.

Realizar gestiones administrativas varias.

Realizar aquellas funciones relacionadas con el desempeño de su puesto que han sido encomendadas por el superior jerárquico para contribuir al buen funcionamiento de la Dependencia a la que pertenece.

Conocimientos:

Conocimientos de herramientas informáticas de oficina (Word, Excel)

Conocimientos generales sobre:

- Ley Provincial de Asignaciones Familiares N° 9290 y modificatorias.

- Ley N° 12.510 de Administración. Eficiencia y Control del Estado.

- Decreto 10.204 - Reglamentación para el Trámite de Actuaciones Administrativas.

- Ley N° 12.817 de Ministerios

- Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios - Escalafón del Personal Civil de la administración Pública Provincial.

- Ley N° 8525 - Estatuto del Personal de la Administración Pública.

Requisitos de estudios y/o experiencia:

. Estudios Secundarios completos (excluyente). Se valorará estudios en curso a nivel terciario y/o universitario.

. Se requiere, experiencia laboral en la Administración Pública o Actividad Privada de 1 (un) año como mínimo, en funciones administrativas contables y otras.

Cursos vinculados al perfil.

Características personales;

. Capacidad para el autoaprendizaje y predisposición para la formación y capacitación permanente.

Capacidad para integrarse armónicamente en grupos de trabajo.

. Trato amable, buena presencia y predisposición para el trabajo en equipo.

ANEXO II


PROCESO DE SELECCION DE PERSONAL

1 - Alcance

El presente instructivo establece las pautas generales que rigen el proceso de selección de personal para la incorporación de 1 (uno) Categoría 1 - Agrupamiento Administrativo, regulado por el Escalafón General Decreto Acuerdo N° 2695/83 en la Planta de Personal Permanente de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia del Ministerio de Economía, con carácter provisional -Art. 4° de la Ley N° 8525- y según los perfiles establecidos en el Anexo I.

2 - Comité de Selección

El proceso de selección estará a cargo de un Comité de Selección -Art. 7° del Decreto N° 0291/09- compuesto por:

a) El señor Subsecretario de Administración y de Coordinación Económica Territorial, C.P. Emiliano Ignacio Arzuaga.

b) El señor Director Provincial de Recursos Humanos y Función Pública, Dr. Juan Pablo Gutiérrez, o en su reemplazo y en carácter de suplente, el señor Director General de la Función Pública, Dr. Francisco Berráz Montyn.

c) La señora Directora General de Recursos Humanos de la Provincia, C.P.N. Mónica Tribolo de Battistella, o en su reemplazo y en carácter de suplente, la señora Subdirectora General de Proyectos y Asesoramiento de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, Dra. Angela María Ripoll.

d) El señor Coordinador General de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia, Leonardo Castro, o en su reemplazo y en carácter de suplente, la señora Coordinadora General Administrativa de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial, Ana Cristina Coronel.

e) La señora Directora General de Administración, C.P.N. Ivanna Arce de Fassino, o en su reemplazo y en carácter de suplente, la señora Subdirectora General de Administración, C.P.N. Ana María Giandomenico.

Integran el Comité como veedores del Proceso de Selección tres (3) representantes de la UPCN - Seccional Santa Fe (con sus respectivos suplentes) y un (1) representante de la ATE - Consejo Directivo Provincial Santa Fe (con su respectivo suplente).

En caso de configurarse la hipótesis prevista en el Art. 7° - inc. 2 - acápite b) del Decreto N° 0291/09, integrará también el comité como veedor, un representante de la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud. Cualquier miembro del Comité de Selección podrá excusarse o ser recusado para intervenir, cuando mediaren las causales establecidas en el Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia o existiere motivación atendible de orden personal.

3 - Factores de evaluación y su ponderación

Se asignará la siguiente ponderación porcentual relativa a cada una de las Etapas:

Tipo de puesto Agrupamiento Administrativo

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación de Personalidad 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%

La Evaluación constará de 4 (cuatro) Etapas que recibirán un puntaje de 100 puntos cada una.

Etapa I: Evaluación de antecedentes (incluye educación formal y experiencia).

Etapa II: Evaluación Técnica.

Etapa III: Evaluación de Personalidad.

Etapa IV: Entrevista Personal.

Las Etapas se superarán con un mínimo del 70% (setenta por ciento) de los puntos, son consecutivas y eliminatorias.

La evaluación de personalidad comprenderá una prueba cognitiva, cuya calificación no podrá estar por debajo del Término Medio y otra evaluación que analizará las competencias comportamentales relacionadas con el perfil del puesto.

En la entrevista personal, el Comité de Selección podrá plantear a los postulantes todo tipo de preguntas relacionadas con su formación, experiencia, conocimientos técnicos, personalidad u otros aspectos que permitan evaluar más profundamente la calidad profesional y los atributos personales de los entrevistados.

Obtención del puntaje ponderado por Etapa y Elaboración del Orden de Mérito.

Se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida al inicio del proceso de selección. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

Al finalizar cada etapa del proceso, se labrará un acta en la que se listarán los candidatos que pasarán a la etapa siguiente en vista del puntaje obtenido en las diversas instancias, así como cualquier otra circunstancia que el Comité de Selección considere pertinente. Asimismo, dichos resultados serán publicados en la cartelería de la Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia. En caso de que los dictámenes no sean unánimes, constarán las opiniones por mayoría y minoría en forma explícita y fundada.

Criterios de Evaluación de Antecedentes.

AGRUPAMIENTO: Administrativo - Personal Ingresante - Categoría 01

a) Educación Formal

Criterio Puntaje

Estudios Secundarios Completo 60 puntos

Estudios de carreras Terciarias (mayor o igual al 50% de materias aprobadas) 62 puntos

Estudios de carreras Universitarias (mayor o igual al 50% de materias aprobadas) 65 puntos

b) Experiencia

Criterio Puntaje

Experiencia laboral en el ámbito de la Administración Pública en materia de empleo a fin mayor a 3 (tres) años 25 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Administración Pública en materia de empleo a fin mínimo 1 (un) año y hasta 3 (tres) años 22 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Administración Pública – mayor a 3 (tres) años 21 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Administración Pública – mínima 1 (un) año y hasta 3 (tres) años 18 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Actividad Privada en materia de empleo a fin mayor a 3 (tres) años. 17 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Actividad Privada en materia de empleo a fin mínimo 1 (un) año y hasta 3 (tres) años 14 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Actividad Privada mayor a (tres) años 13 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Actividad Privada mínimo 1 (un) año y hasta 3 (tres) años 10 puntos

c) Cursos: vinculados al perfil (1 punto por cada certificado hasta un máximo de 10 puntos).

4. Planificación y pautas de aplicación

4.1 - Convocatoria pública: mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, en cartelería instalada en la sede del Organismo, en la Página Web Oficial, en el sitio destacado para tal fin, durante de 3 días hábiles (como mínimo). Dicha publicación deberá contener lugar, día y horario de recepción de las solicitudes así como también los cargos a cubrir; esto es, perfiles, sector, categoría y número de puestos.

Esta Jurisdicción tendrá la facultad de dejar sin efecto el llamado en cualquier estado del trámite o de declararlo desierto para todos o cualquiera de los cargos comprendidos, si a su exclusivo criterio ninguno de los aspirantes reuniese los requisitos y perfiles exigidos; sin que ello de lugar a ninguna reclamación por los mismos, derivada de esas circunstancias.

4.2 - Inscripción: Se deberá publicar el Formulario de inscripción en la Página Web Oficial, y podrán ser retirados en la Dirección General de Administración - Coordinación General de Personal del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Arturo Illía N° .1151 - 6° Piso- Centro Cívico Gubernamental - Santa Fe. Los formularios de inscripción serán recibidos en la citada repartición, a partir de la iniciación del llamado y hasta 5 días hábiles como mínimo después de su finalización, en el horario de 8 a 12 hs.

Los postulantes deberán acompañar al Formulario de inscripción, una copia impresa de su Curriculum Vítae, una fotocopia de las dos primeras hojas del DNI o su equivalente y último cambio de domicilio, y de todos los antecedentes -relativos a los datos consignados en el referido formulario (ej.: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes).

Toda fotocopia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada por la institución emisora, por la oficina de certificaciones de los tribunales provinciales o por escribano público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda “Proceso de Selección”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de DNI del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación (por ejemplo, 1 de 10 o 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompaña documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen hasta tanto se comunique fehacientemente su modificación.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por la Dirección General de Administración - Coordinación General de Personal, en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de declaración jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del proceso de selección, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del Órgano de Selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente y siempre que se mantenga lo establecido en punto 2.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

4.3 - Evaluación de Antecedentes. El Comité de Selección deberá realizar esta evaluación a quienes se hayan inscripto conforme las pautas establecidas en el punto 2°.

4.4 - Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelería a instalarse en Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia dependiente del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Arturo Illía N° 1151 -1° Piso- Centro Cívico Gubernamental - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de postulantes admitidos, con determinación del lugar, fecha y hora por grupo (si el número de postulantes así lo requiera) de la realización de la Evaluación Técnica (prueba de oposición) que realizará el Comité de Selección.

4.5 - Evaluación técnica: El Comité de selección evaluará a los postulantes preseleccionados, debiendo llevarse a cabo según los grupos (si existieren) y en las fechas previamente notificadas.

4.6 - Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelería a instalarse en Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia dependiente del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Arturo Illía N° 1151 -1° Piso- Centro Cívico Gubernamental - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de los resultados de la evaluación técnica de todos los postulantes, con determinación de los admitidos, y del lugar, fecha y hora por grupo (si existiere) de la realización de la Evaluación de Personalidad que realizará el profesional designado conforme el Artículo 11° del decreto N° 291/2009.

4.7 - Evaluación de personalidad: Se llevará a cabo a través de exámenes psicotécnicos a los postulantes seleccionados según el punto anterior.

4.8 - Notificación de los resultados: Se deberá publicar en cartelería a instalarse en Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia dependiente del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Arturo Illia N° 1151 -1° Piso- Centro Cívico Gubernamental - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de aquellos postulantes que en la Evaluación de Personalidad hayan alcanzado o superado el nivel de ajuste mínimo entre sus competencias personales y las competencias del perfil del puesto. Éstos serán citados a la entrevista personal, debiéndose determinar el lugar, fecha y hora por grupo (si existieren) de la realización de la misma.

4.9 - Entrevista personal: Deberá ser realizada por el Comité de Selección, en el lugar y fecha establecida en el punto anterior.

4.10 - Dictamen final: El Comité de Selección deberá emitir un dictamen final, el que deberá ser explícito y fundado, y constará en un acta que firmarán todos sus integrantes.

Deberá contener una valoración de los diferentes factores considerados en el procedimiento de selección para cada uno de los aspirantes, donde el puntaje total obtenido determinará el orden de méritos para cada uno de los cargos comprendidos en la convocatoria. Quedarán seleccionados para su designación en carácter permanente los que hayan alcanzado el mayor puntaje final y conforme a las vacantes existentes en cada caso en esta Jurisdicción.

El orden de méritos tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que lo actuado por el Comité quede firme en sede administrativa.

Dentro de su vigencia, podrán ofrecerse a los postulantes ubicados en el respectivo listado, en estricto orden de precedencia, las vacantes que se produzcan en cualquiera de los cargos comprendidos en el presente procedimiento de selección con posterioridad a la cobertura dispuesta por la misma. Lo mismo procederá con los que por cualquier circunstancia se produzcan en la Jurisdicción involucrada, a condición en este caso que correspondan a idéntica categoría presupuestaria, requieran conocimientos y perfiles análogos y desarrollen funciones similares a los comprendidos en el presente llamado.

En las tres últimas etapas del proceso de selección, los postulantes deberán, de manera excluyente, presentarse con Documento Nacional de Identidad o documento personal equivalente.

4.11 - Notificación del Orden de méritos: Se deberá publicar, mediante cartelería a instalarse en Dirección General de Recursos Humanos de la Provincia dependiente del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Arturo Illía N° 1151 -1° Piso- Centro Cívico Gubernamental - Santa Fe y en la Página Web Oficial, el listado de los resultados de la entrevista personal de todos los postulantes, el puntaje total obtenido y el orden de méritos resultante para cada uno de los cargos comprendidos en la convocatoria.

4.12 - Notificaciones: la publicación en la página Web Oficial de la Provincia de Santa Fe y en la cartelería correspondiente a la Jurisdicción convocante, de los resultados de las etapas, del lugar y fecha de la realización de las evaluaciones y entrevistas y del Orden de Mérito final, será notificación fehaciente.

NOTA: Se publica sin el formulario de Inscripción donde puede ser consultado en el Ministerio.

CPN ANGEL JOSE SCIARA

Ministro de Economía

S/C 9622 Dic. 18

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CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA


RECURSOS DE ORIGEN PROVINCIAL

MES OCTUBRE 2012

- TRIBUTARIOS -


RUBRO RECAUDACION

($)


11.2.0.00. Sobre el Patrimonio 88.012.030,14

11.2.3.00. Impuesto Inmobiliario 85.131.870,02

11.2.4.00. Patente Unica s/Vehículos 2.880.160,12

11.3.0.00. Sobre Producción, consumo y transacciones 671.308.031,75

11.3.5.00. Imp. de Sellos y tasas Ret. de Servicios 90.904.751,09

11.3.6.00. Impuesto s/los Ingresos Brutos 580.403.280,66

11.5.0.00. Otros Tributos 1.886.071,84

TOTALES 761.206.133,73


NOTAS:

PATENTE UNICA S/VEHICULOS: Corresponde al 10% de la recaudación conforme al mecanismo previsto en la Ley de Presupuesto vigente.

IMPUESTO INMOBILIARIO: Corresponde al 100% de la recaudación conforme al mecanismo previsto en la Ley de Presupuesto vigente.

IMPUESTO DE SELLOS: Total de Sellos Octubre $ 90.954.526,09. Se deduce el importe de $ 49.775,00 correspondiente al mes de Octubre - Reintegro Registro Civil por matrimonio fuera del Asiento - Ley Nro. 12.229 -Decreto Nro. 1.659 del 13 de Julio de 2006

La Coparticipación de Ingresos Brutos e Impuestos Nacionales a las Municipalidades de la Provincia, fue realizada con los índices de Distribución, aprobados por decreto N° 1722/2012, publicados en el BOLETÍN OFICIAL Nº 24.636 del 04/07/2012, aplicables como coeficientes definitivos del ejercicio 2011 y provisorios para el ejercicio 2012.

La Coparticipación de Ingresos Brutos e Impuestos Nacionales a las Comunas de la provincia, fue realizada con los índices definitivos de Distribución, aprobados por decreto Nº 1.869/2012, para los Ejercicios 2012, 2013 y 2014.

Para la distribución del Impuesto Inmobiliario y Patente Única sobre Vehículos los índices de distribución fueron comunicados al Nuevo Banco de Santa Fe por Expediente Nro. 00304-0007413-8 de fecha 19 de Abril de 2012 que son aplicados a partir del 1ro. de Junio del año 2012.

FUENTE: Ejecución de Recursos - Clasificación por Rubro Octubre de 2012.-


REGIMENES DE COPARTICIPACION DE IMPUESTOS NACIONALES

MES: OCTUBRE 2012


CONCEPTO IMPORTES


A - COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS LEY N° 23.548

I - COPARTICIPACION FEDERAL 1.088.328.940,97

II – AFECTACIONES -113.440.002,58

III - RECAUDACION NETA DE AFECTACIONES (I-II) 974.888.938,39

B - OTROS REGIMENES DE COPARTICIPACION 278.583.485,76


Nota:

La Coparticipación de Ingresos Brutos e Impuestos Nacionales a las Municipalidad de la Provincia, fue realizada con los índices de Distribución, aprobados por decreto N° 1722/2012, publicados en el BOLETÍN OFICIAL N° 24.636 del 04/07/2012, aplicables como coeficientes definitivos del ejercicio 2011 y provisorios para el ejercicio 2012.


TRANSFERENCIAS

MES: OCTUBRE 2012


RUBRO RECAUDACION


17.0.0.00. Transferencias Corrientes 61.029.569,61

17.1.0.00. Del Sector Privado 0,00

17.1.2.00. De Instituciones Privadas sin Fines de Lucro 0,00

17.1.3.00. De Empresas Privadas 0,00

17.2.0.00. De la Administración Nacional 61.029.569,61

17.2.1.00. De Administración Central Nacional 60.291.461,61

17.2.2.00. Inst. Desc. Nacionales 688.508,00

17.2.4.00. de Ot. Inst. Pcas. Nac. 49.600,00

17.2.6.00. Del Sector Externo 0,00

17.4.0.00. De Empresas Públicas Nacionales 0,00

17.4.1.00. De Empresas Públicas Nacionales no financieras 0,00

17.5.0.00. De Gobierno, Empresas e Instituciones Pcas. Pciales. 0,00

17.5.1.00. De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales 0,00

17.5.3.00. De Empresas Públicas no Financieras 0,00

17.6.0.00. Del Sector Externo 0,00

17.6.1.00. De Gob. Extranjeros 0,00

17.6.2.00. De Org. Internacionales 0,00

22.0.0.00. Transferencias De Capital 55.860.551,08

22.2.0.00. De La Administración Nacional 54.182.812,67

22.2.1.00. De La Administración Central Nacional 54.182.812,67

22.2.2.00. De Inst. Desc. Nac. 0,00

22.6.0.00. Del Sector Externo 1.677.738,41

22.6.2.00. De Organismos Internacionales 1.677.738,41

TOTALES 116.890.120,69


Fuente: Ejecución de Recursos Clasificación por Rubro Octubre 2012.

CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA, Santa Fe, 30 de Noviembre de 2012.

C.P.N. MARIA CRISTINA GONNET

Contadora General de la Provincia a/c


S/C 9621 Dic. 18

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