picture_as_pdf 2008-12-18

MINISTERIO DE LA PRODUCCION


RESOLUCION N° 512


Santa Fe, 1° de Diciembre de 2008.

Visto el Expediente del 00701-00722.89-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de la Ley de Ministerios Nº 12817 se dictó el Decreto Nº 0095/07 que aprobó una nueva organización básica del Ministerio de la Producción, en la que se encuentran representados todos los sistemas productivos con sus respectivos servicios de apoyo al desarrollo de la provincia;

Que dicho esquema se debe completar con espacios que permitan la participación ordenada de los diversos sectores públicos y privados interesados en la construcción participativa de políticas públicas a partir del reconocimiento y fortalecimiento de las diferentes cadenas de valor existentes en la estructura productiva provincial.

Que por Decreto Nº 1170 de fecha 05/05/08 se ha creado el Consejo Económico Provincial como ámbito institucional para el asesoramiento y colaboración en la órbita del Ministerio de la Producción de los representantes de organizaciones públicas o privadas, federaciones empresariales, universidades, sindicatos, entidades financieras, legisladores, entre otros;

Que siendo de suma importancia que las políticas públicas vinculadas a la producción y el desarrollo se encuentran articuladas y consensuadas con todos los actores intervinientes, a efectos de lograr una adecuada inserción local y regional; resulta necesario propiciar la creación de distintos Consejos Económicos específicos por cada cadena de valor de los Sistemas Productivos existentes en el Ministerio de la Producción, para que colaboren y cooperen en la formulación de los distintos planes estratégicos vinculados a la producción, así como en su implementación.

Que el artículo 4º del Decreto del 1170/08 facultó al Ministro, de la Producción a crear los Consejos Económicos de los Sistemas Productivos, que constituyen las distintas “Cadenas de Valor”,

Por ello, y atento a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos,

EL MINISTRO DE LA PRODUCCION

RESUELVE

ARTICULO 1º - Crear el “Consejo Económico de la Cadena de Valor Láctea”, que tendrá como funciones las de asesorar y colaborar en la órbita de la Secretaría del Sistema Agropecuario, Agroalimentos y Biocombustibles, en las áreas de su competencia, y estará presidido por el Secretario del Sistema Agropecuario, Agroalimentos y Biocombustible, quien podrá en caso de ausencia delegar su representación en otros funcionarios del Ministerio.

ARTICULO 2º - Invitar a integrar el “Consejo Económico de la Cadena de Valor Láctea” a las instituciones, organismos, asociaciones y sectores, que se encuentran detallados en el Anexo Unico que forma parte de la presente resolución, como así también a cada uno de ellos a proponer un representante.

ARTICULO 3º - Autorizar al Secretario del Sistema Agropecuario, Agroalimentos y Biocombustible a dictar todos los actos administrativos que sean necesarios para la integración y puesta en funcionamiento del “Consejo Económico de la Cadena de Valor Láctea”, así como la aprobación de su reglamentación de funcionamiento, y disponer la incorporación de nuevos miembros integrantes.

ARTICULO 4º - La designación de los integrantes del “Consejo Económico de la Cadena de Valor Láctea” revestirá carácter de “Ad honorem”.

ARTICULO 5º - Regístrese, comuníquese archívese.

Ing. JUAN JOSE BERTERO


ANEXO UNICO


* CENTRO DE LA INDUSTRIA LECHERA

* JUNTA INTERCOOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE

* MESA PROVINCIAL DE PRODUCTORES LECHEROS

* ASOCIACION DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS INDUSTRIAS LACTEAS (SANTA FE)

* CENTRO REGIONAL INTA SANTA FE

* FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS - UNL

* FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS - UNL

* ADELCO

* INTI

* FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS - UNR

* FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS - UNR

* CAMARA DE SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS DE SANTA FE

* ASOCIACION TRANSPORTISTAS RECOLECTORES UNIDOS DE LECHE (ATRUL).

* COLEGIO DE MEDICOS VETERINARIOS DE SANTA FE

* COLEGIO DE INGENIEROS AGRONOMOS DE SANTA FE

* SENASA REGIONAL SANTA FE

* ASSAL

S/C 2409 Dic. 18 Dic. 19

__________________________________________


DIRECCION PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y

SUMINISTROS



DISPOSICION N° 343


Santa Fe, 3 de Diciembre de 2008.

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cuatro firmas y la renovación de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Acuerdo Nº 5100/55 y Disposición 065/05, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que la Subdirección General de Gestión y la Coordinación de Asuntos Legales de esta Dirección Provincial, han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular,

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 5100/55,

POR ELLO,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPONE:

1) Inscribir en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, dentro de los términos que establece el punto 8 de la Disposición 065/05, a las siguientes firmas:

(2.526) “BRILLO SERVICIO DE LIMPIEZA” de BORGNA, MARIA CRISTINA; (2.527) DISTRIBUIDORA BELLOTTI S.R.L.; (2.528) “FORRAJERIA LALO” de MARQUEZ, LEANDRO JOSE; (2.529) “VERTICAL CENTER” de PRINA, LILIANA DEL VALLE.

2) Renovar la inscripción en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de 18 meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a las siguientes firmas: (391) PRODUCTOS ROCHE S.A.Q. e I.; (447) MORANT, ALEJANDRO RAMON; (1.148) INFORMAX de BALDASARRE, ESTEBAN; (1.156) ARROYO, CLAUDIA MARIA, (1.366) ORTOPEDIA INTEGRAL S.R.L.; (1.468) “DROGUERIA MILENIUM 2000” de ALVAREZ, DANIEL ALBERTO; (1.477) TELECOM ARGENTINA S.A.; (2.012) DATATEC S.R.L. - (2.080) - KONI PRINT S.H. de LATTANZI EMILIO SERGIO, NICANOVICH JUAN CARLOS y FERNANDEZ, LUIS GUILLERMO; (2.138) KARL STORZ ENDOSCOPIA ARGENTINA S.A.; (2.217) KURZ S.R.L., (2.325) FUSION SAN LUIS S.A. - (2.327) SOLUCIONES OSA S.A.; (2.344) ZINGERLING, DANIEL HORACIO.

3) Otorgar a las firmas proveedoras la certificación que las acredité como tales en su inscripción bajo los números y validez mencionados precedentemente.

4) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. EMILIANO ARZUAGA

Director Provincial de

Contrataciones y Suministros

S/C 2406 Dic. 18 Dic. 19

__________________________________________


LA SEGUNDA SEGUROS DE RETIRO S.A.


FE DE ERRATAS


En el BOLETIN OFICIAL de fecha 28 de Noviembre de 2008 en pág. 13 donde se publicara el Balance Sintetizado de esta aseguradora se han detectado errores que salvamos en la presente fe de erratas:

1) en el renglón Reserva Legal de la columna Aporte de los Propietarios del Estado de Evolución del Patrimonio Neto figura la suma $ 96.257 donde no debería consignarse ningún importe, en la misma fila de la columna Ganancias Reservadas se consigna la suma de $(96.257) donde debería decir $ 96.257, en la misma fila de la columna Resultados no Asignados no figura importe alguno donde debe decir $ (96.257).

2) en el renglón Resultado del Ejercicio de la columna Ganancias Reservadas del Estado de Evolución del Patrimonio Neto figura la suma $ (1.322.684) donde no debería consignarse ningún importe, en la misma fila de la columna Total Patrimonio Neto se consigna la suma de $ 1.925.146 donde debería decir $ (1.322.684), en la misma fila de la columna Patrimonio Neto al 30/06/2007 no figura importe alguno donde debe decir $ 1.925.146.

S/c 2407 Dic. 18

__________________________________________


LA SEGUNDA


FE DE ERRATAS


En el BOLETIN OFICIAL de fecha 28 de Noviembre de 2008 - en pág. 12 - donde se publicara el Balance Sintetizado de esta Aseguradora, se han detectado errores que salvamos en la presente fe de erratas:

1) Deudas con Reaseguradores del Pasivo y Patrimonio Neto del ejercicio finalizado al 30/06/2008 figura la suma de $ 962.145 siendo la correcta $ 9.621.450.

2) Resultado Técnico del Estado de Resultados del ejercicio finalizado al 30/06/2007 figura la suma $ (53.914.109) siendo la correcta $ (53.941.109).

3) En el renglón Asamblea Gral. Ordinaria del 19/10/2007, columna Aporte de los propietarios se consigna el importe de $ 3.853.384 donde no debería figurar suma alguna, en la misma fila de la columna Ganancias Reservadas figura la suma de $ (3.853.384) donde debería decir $ 3.853.384 y en misma fila columna Resultados no asignados no se consiga suma alguna cuando debería decir $ (3.853.384).

S/c 2408 Dic. 18

__________________________________________