RAFAELA ALIMENTOS S.A.
ESTATUTO
CAPITULO I
Nombre, domicilio, objeto y duración de la sociedad.
Artículo 1: Bajo la denominación de Rafaela Alimentos Sociedad Anónima que fuera originalmente Frigorífico Rafaela S.A., a su vez continuadora del establecimiento de Luis Fasoli, inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe, bajo el n° 280 al folio 264 del libro 1° de Estatutos con fecha 15 de junio de 1953 queda constituida una sociedad anónimo que continuará con los negocios de aquélla con la nueva denominación.
Artículo 2: La sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, sin perjuicio de las sucursales, agencias, fábricas y domicilios especiales que el Directorio resuelva establecer en el interior o exterior de la República, fijándoles o no un capital determinado.
Artículo 3: La sociedad toma a su cargo el activo y pasivo del Frigorífico Rafaela de propiedad del señor Luis Fasoli, establecido en las calles Paraná y Luis Fasoli, de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, de acuerdo con el inventario y balance general practicado el día 30 de septiembre de 1.952, como así también con las operaciones posteriores que dicha firma haya realizado y realice, todo conforme a las constancias y asientos de los libros comerciales de la misma.
Artículo 4: La sociedad tiene por objeto: a- Continuar bajo la nueva denominación los negocios de FRIGORIFICO RAFAELA S.A. en la industrialización y comercialización de los productos animales y vegetales en general, explotación de establecimientos frigoríficos y cualesquiera de las industrias y comercio auxiliares y derivados, importación y exportación. b- Efectuar todas las operaciones que se relacionen con los ramos expresados, instalar fábricas, frigoríficos, depósitos, talleres, agencias y todo clase de establecimientos industriales y comerciales vinculados con el objeto de la sociedad, pudiendo asimismo ampliar, modificar y clausurar los existentes. c- Realizar operaciones agropecuarias. A tal fin la sociedad tiene pleno capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Artículo 5: La duración de la sociedad será de 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.
CAPITULO II
Capital Social.
Artículo 6: El capital social es de quinientos mil pesos ($ 500.000.-) representado por 500.000 acciones de valor nominal un peso ($ 1) cada una nominativa no endosable, ordinaria o preferida. El capital podrá ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el artículo 188 de la Ley 19.550.
Artículo 7: las acciones estarán numeradas, podrán dividirse en series, llevarán la firma del Presidente y los demás requisitos legales. Un título puede representar más de una acción. Cada acción confiere derecho a un voto. En caso de mora en la integración del capital el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 la ley 19.550.
Artículo 8: Si existiera copropiedad de las acciones se aplicarán las reglas del condominio, pero los copropietarios deberán unificar la representación ante la sociedad para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones sociales.
CAPITULO III
Administración y fiscalización.
Artículo 9: La sociedad será dirigida y administrada por un directorio compuesto por un número de miembros entre uno y diez según resuelva la Asamblea, la que fijará también el número de suplentes.
Artículo 10: Cada uno de los directores debe prestar cualquiera de las siguientes garantías: a - depositar en efectivo en la Caja de la Sociedad la suma de cien pesos ($ 100) b- depositar en la Caja de la Sociedad acciones que no sean emitidas por la sociedad por valor nominal de cien pesos ($ 100).
Artículo 11: Los directores durarán dos ejercicios en sus funciones y podrán ser reelectos. La Asamblea elegirá los miembros que deben componer el directorio. Habrá un Presidente y un Vicepresidente y los demás cargos que determine el Directorio, fijando las funciones que corresponden a los mismos. En la primera reunión que realice el Directorio elegirá entre sus miembros a las personas que desempeñarán los cargos mencionados. Los directores durarán en sus funciones hasta que los reemplazantes asuman sus cargos. La remuneración de los directores será determinada por la Asamblea.
Artículo 12: El directorio se reunirá por lo menos una vez cada tres meses y siempre que sea convocado por el presidente o cuando lo requiera cualquiera de los directores. Las resoluciones del directorio se adoptarán con el voto de la mayoría absoluta de los directores presentes, correspondiendo al presidente doble voto en caso de empate.
Artículo 13: No podrá ser miembro del directorio, y en su caso, cesará en sus funciones, la persona que se halle comprendida dentro de las incompatibilidades establecidas en el artículo 264 de la Ley 19.550.
Articulo 14: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme a los artículos 1881 del Código Civil y 9 del Decreto Ley 5865/63. Pueden, en consecuencia celebrar en nombre de la Sociedad todo clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos, operar con el Banco de la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, Hipotecario Nacional, Provincial de Santa Fe, Santafesino de Inversión y Desarrollo, y demás banco o instituciones de créditos sociales, mixtos o privados, establecer agencias, sucursales y otra especie de representación dentro o fuera del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales -inclusive para querellar criminalmente- o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la Sociedad corresponde al presidente del directorio.
Artículo 15: La sociedad prescinde de sindicatura, conforme faculta el artículo 284 de la Ley de Sociedades.
CAPITULO IV
Del Presidente.
Artículo 16: El presidente ejercerá la representación de la sociedad y será el jefe superior de la administración, teniendo los siguientes deberes y atribuciones: a- cumplir y hacer cumplir estos estatutos y las resoluciones de las asambleas y el directorio; b- presidir las asambleas y las sesiones de directorio, con voz y voto y doble voto en caso de empate, c- ejercer superintendencia sobre todo el personal, proponer al directorio su nombramiento, suspender, trasladar y remover empleados y obreros, toda vez que lo considere necesario, dando cuenta oportunamente al Directorio, proponer al mismo los sueldos del personal y las gratificaciones extraordinaria que crea convenientes; d- otorgar y firmar por sí solo todos los documentos públicos y privados de cualquier clase que fueren necesarios a los fines de la sociedad; e- resolver por sí solo los casos que considere urgentes, dando cuenta al directorio.
Artículo 17: En caso de renuncia, ausencia o cualquier otro impedimento, el presidente será reemplazado en sus funciones por el vicepresidente. En los mismos casos, el vicepresidente será reemplazado por el director que designe el directorio.
CAPITULO V
Las asambleas.
Artículo 18: Toda asamblea debe ser citado simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida para la primera por el artículo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día una hora después de la fijada para la primera.
Artículo 19: Regirán el quórum y mayoría determinadas por los artículos 243 y 244 de la Ley 19.550 según la clase de asamblea, convocatoria y materia que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considerará constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto.
Artículo 20: Los accionistas para poder asistir a las asambleas deberán cumplir con la exigencia establecido en el tercer párrafo del artículo 238 de la ley 19.550.
Artículo 21: Los accionistas pueden hacerse representar en las asambleas, con las limitaciones establecidas en el artículo 239 de la Ley 19.550. Es suficiente el otorgamiento del mandato en instrumento privado con la firma certificada en forma judicial, notarial o bancaria.
Artículo 22: Las resoluciones de la asamblea serán registradas en un libro de actas, las que se firmarán por el presidente y por dos accionistas designados por la asamblea.
Artículo 23: Corresponde exclusivamente a la asamblea capitalizar o distribuir las reservas facultativas y resolver si la distribución de los dividendos entre los accionistas se efectuará en dinero efectivo o en acciones.
CAPITULO VI
Estados contables y distribución de ganancias.
Artículo 24: El ejercicio social cierra el 30, de septiembre de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a los disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándola a la autoridad de control. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a- cinco por ciento hasta alcanzar el 20% del capital suscripto para el fondo de reserva legal; b- a remuneración del directorio; c- el saldo, todo o en parte, a dividendos de acciones ordinarias, o a fondos de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine, la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción.
CAPITULO VII
Disolución y liquidación.
Artículo 25: En caso de disolución de la sociedad por cualquier causa, la liquidación estará a cargo del directorio o de las personas que designe la asamblea. La asamblea podrá fijar el tiempo de duración, retribuciones, facultades y demás condiciones que estime necesarias a dicho efecto.
CAPITULO VIII
Disposiciones generales.
Artículo 26: La interpretación de estos estatutos corresponde al directorio, salvo que se trate de casos sometidos a la resolución de la asamblea.
Artículo 27: Las cuestiones no previstas en estos estatutos se regirán por las disposiciones del Código de Comercio y demás leyes vigentes.
Rafaela, 10 de Diciembre de 2007. Celia G. Bornia, secretaria.
$ 83,30 19784 Dic. 18
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TALLERES TROVERO S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio, Dr. Marcelo Ferraro, Secretaría a cargo de Federico Bertram, Según resolución de fecha 27 de Noviembre de 2007, se ordena la siguiente publicación de edictos.
l) Integrantes de la sociedad: Diego Luis Trovero, nacido el dieciocho de enero de mil novecientos setenta y ocho, DNI. Nº 26.220.228, soltero, argentino, de profesión técnico mecánico, domiciliado en Pueyrredón 47 de la localidad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; y Franco Luis Trovero, nacido el veintidós de julio del mil novecientos ochenta y cinco, DNI. Nº 31.707.574, soltero, argentino, de profesión técnico mecánico, domiciliado en Pueyrredón 47 de la localidad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.
2) Fecha de Constitución: 25 de Octubre de 2007.
3) Razón Social: TALLERES TROVERO Sociedad de Responsabilidad Limitada.
4) Domicilio de la sociedad: Santa Fe Nº 2972 de la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada con otras personas o entidades o tomando participación en otra empresa que se dedique a ellas, operaciones relacionadas con las siguientes actividades comerciales: compra, venta e importación de repuestos y accesorios para automotores, servicios de mantenimiento, mediante la explotación de un taller de mecánica del automotor. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todas las operaciones, actos y contratos permitidos por las leyes, y que se relacionen directamente con su objeto social.
6) Plazo de duración: Veinticinco (25) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: Pesos: mil ($ 70.000,00), dividido en 7.000 cuotas de Diez Pesos ($ 10,00), valor nominal, cada una y que los socios suscriben e integran según el siguiente detalle: El socio Diego Luis Trovero suscribe Tres Mil Quinientas (3.500) cuotas de capital, de valor nominal $ 10,00 cada una, es decir la suma de pesos Treinta y Cinco Mil ($ 35.000,00), lo cual representa el cincuenta por ciento del capital social (50%), integración 25% y el 75% restante en un plazo de dos años; el socio Franco Luis Trovero, suscribe Tres Mil Quinientas (3.500) cuotas de capital, de valor nominal $ 10,00 cada una, es decir la suma de pesos Treinta y Cinco Mil ($ 35.000,00), lo cual representa el cincuenta por ciento del capital social (50%) integración 25% y el 75% restante en un plazo de dos años.
8) Designación de Gerentes: Se designa como socio gerente al Sr. Diego Luis Trovero, quien constituye domicilio legal en Pueyrredón 47, de la localidad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.
9) Fiscalización: La fiscalización está a cargo de todos los socios.
10) Fecha de Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año. Federico Bertram, secretario.
$ 63,22 19757 Dic. 18
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PAMPA AGROSERVICIOS S.A.
ESTATUTO
Denominación: "PAMPA AGROSERVICIOS Sociedad Anónima".
Socios: Presidente: Daniel Natalio Crosta, argentino, nacido el 07 de Febrero de 1966, Médico, casado, DNI. Nº 17.590.538, CUIT Nº 20-17590538-4; con domicilio en Avellaneda Nº 2319 de la ciudad de Cañada de Gómez. Vicepresidente: Sergio Ariel Duré, argentino, nacido el 22 de Septiembre de 1971, Productor Agropecuario, casado, DNI. Nº 22.356.651, CUIT Nº 20-22356651-1, con domicilio en Sarmiento Nº 312 de la ciudad de Montes de Oca. Director Suplente: Alejandro Gabriel Paz, argentino, nacido el 04 de Febrero de 1970, Abogado, casado, DNI. Nº 21.417.393, CUIT Nº 20-21417393-0, con domicilio en calle Derqui Nº 1440 de la ciudad de Cañada de Gómez.
Instrumento: privado del 28/03/2007.
Domicilio: Avellaneda Nº 2319 de la ciudad de Cañada de Gómez.
Objeto: Servicios de siembra, pulverizaciones terrestres, fumigaciones aéreas y otras labores culturales de la tierra, realizadas con bienes propios y de terceros.
Duración: 50 años.
Capital Social: $ 45.000.-
Cierre de ejercicio: 31/12 de cada año.
$ 17 19778 Dic. 18
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ROBERTO FREYRE E HIJOS S.A.
ESTATUTO
Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio, Dr. Marcelo Ferraro, Secretaría a cargo de Federico Bertram, Según resolución de fecha 28 de Noviembre de 2007 se ordena la siguiente publicación de edictos.
1) Integrantes de la sociedad: Freyre, Roberto José D.N.I. Nº 07.822.712, argentino, comerciante, nacido el 17 de Octubre de 1949, casado en primeras nupcias con Piancatelli, Griselda Beatriz, con domicilio en Maipú 1367 de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; Piancatelli, Griselda Beatriz D.N.I. Nº 10.064.621, argentina, comerciante, nacida el 29 de Noviembre de 1951, casada en primeras nupcias con Freyre, Roberto José, con domicilio en Maipú 1367 de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; Freyre, Gustavo Daniel D.N.I Nº 23.807.249, argentino, comerciante, nacido el 02 de Abril de 1974, casado en primeras nupcias con Ayarza, Mariana, con domicilio en Pueyrredón 485 de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe; Freyre, Carolina Isabel D.N.I. Nº 26.649.012, argentina, contadora pública, nacida el 4 de Julio de 1978, casada en primeras nupcias con Tassello, Marcos Rubén, con domicilio en Saavedra 1105 de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe y Freyre, Micaela Margarita D.N.I. Nº 29.113.257, argentina, comerciante, nacida el 5 de Enero de 1982, soltera, con domicilio en Maipú 1367 de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe.
2) Fecha de Constitución: 29 de Mayo de 2007.
3) Razón Social: ROBERTO FREYRE E HIJOS Sociedad Anónima.
4) Domicilio de la sociedad: López 2084 de la ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Comerciales: compraventa, industrialización, fabricación, representación, permuta, colocación y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo de inmueble y todo otro artículo o material vinculado directa o implícitamente con la decoración. b) Constructora: construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles. Podrá dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo de obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones. c) Financieras: conceder créditos para la financiación de la compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término, préstamos personales con garantía o sin ella; realizar operaciones de crédito hipotecario, mediante recursos propios, inversiones o aportes de capital a sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para operaciones realizadas, en curso de realización o a realizarse; préstamos a intereses y financiaciones, y créditos en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, con fondos propios, comprar, vender y todo tipo de operaciones con títulos, acciones, obligaciones, debentures y cualquier otro valor mobiliario en general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de terceros. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. La sociedad no realizará actividades de las previstas en el artículo 299 inc. 4º) L.S.
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer, obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
6) Plazo de duración: Noventa y nueve (99) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) Capital Social: Pesos: Ciento ochenta mil ($ 180.000) representado por acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un peso ($ 1) valor nominal cada una. El socio Roberto José Freyre suscribe 63.000 acciones de un peso de valor nominal cada una, lo que equivale a $ 63.000, integración 25% y el 75% restante en un plazo de dos años, la socia Griselda Beatriz Piancatelli suscribe 63.000 acciones de un peso de valor nominal cada una, lo que equivale a $ 63.000, integración 25% y el 75% restante en un plazo de dos años, el socio Gustavo Daniel Freyre suscribe 18.000 acciones de un peso de valor nominal cada una, lo que equivale a $ 18.000, integración 25% y el 75% restante en un plazo de dos años, la socia Carolina Isabel Freyre suscribe 18.000 acciones de un peso de valor nominal cada una, lo que equivale a $ 18.000, integración 25% y el 75% restante en un plazo de dos años y la socia Micaela Margarita Freyre suscribe 18.000, acciones de un peso de valor nominal cada una, lo que equivale a $ 18.000 integración 25% y el 75% restante en un plazo de dos años.
7) Representación y administración: La administración estará a cargo de un directorio compuesto por un director titular y un director suplente, quienes durarán tres (3) ejercicios en sus funciones.
8) Fiscalización: Se resuelve prescindir de la sindicatura.
9) Fecha de Cierre de ejercicio: 30 de Junio de cada año.
10) Composición del Primer Directorio: Se designa como Director Titular al señor Freyre, Roberto José quién fija domicilio legal en Maipú 1367 de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe y como Director Suplente, a la señorita Freyre, Micaela Margarita quién fija domicilio legal en Maipú 1367 de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe.
$ 111,80 19.755 Dic.18
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FSN OBRAS S.R.L.
CONTRATO
1) FSN OBRAS S.R.L
2) Contrato constitutivo del 06-12-2007.
3) Aldo Mansilla, argentino, L.E. 6.177.457, nacido el 10-04-1941, comerciante, casado en primeras nupcias con Leopoldina Beatriz Alvarez, L.C. Nº 4.104.622, con domicilio en Calle Amado Nervo Nº 1675 de Rosario, Santa Fe; y Valeria Edit Mansilla, argentina, D.N.I. 26.750.200, nacida el 07-11-1978, comerciante, soltera, con domicilio en Amado Nervo Nº 1675 de Rosario, Santa Fe.
4) Duración: 5 años contados a partir de su inscripción.
5) La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o a través de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: Ejecución de trabajos de reparación, impermeabilización y aislaciones sobre todo tipo de inmuebles. Ejecución de trabajos de pintura sobre todo tipo de inmuebles. Reparación y mantenimiento de inmuebles
6) Capital: $ 24.000.
7) Administración: a cargo de uno o varios gerentes, socios o no, en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos.
8) Cierre de ejercicio: 31-08 de cada año.
9) Sede social: Amado Nervo Nº 1675 de Rosario, Santa Fe.
Se designa gerente a: Valeria Edit Mansilla, autorizada en Acta de fecha 06-12-2007.
$ 15 10791 Dic. 18
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AGROCICLON S.A.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto Dr. Marcelo S. Ferraro, Secretaría a cargo del Dr. Federico Bertram y por resolución de fecha 06/12/2007 se ordenó la siguiente publicación de las modificaciones del contrato constitutivo de AGROCICLON S.A.:
Según Asamblea Extraordinaria de fecha 18 de octubre de 2007, los accionistas de AGROCICLON S.A. resuelven las siguientes modificaciones sobre el estatuto:
1) Objeto Social: La sociedad se dedicará por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades:
Servicios Agrícolas: la prestación de servicios relacionados con la agricultura como: siembra, roturación de tierra; fumigación y fertilización; aspersión, cosecha, embolsado y extracción; multiplicación y producción de semillas para terceros; asesoramiento técnico con profesionales de la matrícula.
Agrícola: Explotación agrícola, mediante el cultivo de cereales y oleaginosas,
sea en campos propios y/o de terceros. Otros Servicios: Administración de explotaciones agrícolas.
2) Capital Social: El capital social se aumenta hasta llegar a la suma de pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000), divididos en mil cuatrocientas (1400) acciones de un valor nominal de cien pesos ($ 100) cada una.
3) Facultades del Directorio: Ampliación: El Directorio tiene todas las atribuciones para la administración y disposición de los bienes sociales, incluso de aquellos para los cuales se requiera poder especial, conforme al artículo 1881 del Código Civil y artículo 9 del Decreto Ley 5.965. Puede celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre otros, operar con todos los bancos y demás instituciones de crédito ya sean oficiales, privadas o mixtas, establecer agencias, sucursales u otras especiales de representación en cualquier lugar del país, otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, con el objeto y extensión que juzgue conveniente. También podrá participar en la administración de fideicomisos en calidad de fiduciarios. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio y/o al vicepresidente; quienes actuarán en forma conjunta, cuyas firmas obligan a la sociedad sin ejercicios de los poderes generales o especiales que el Directorio resuelva otorgar.
$ 47,52 19777 Dic. 18
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PERTEX INFORMÁTICA S.R.L.
DESIGNACION DE GERENTE
En la ciudad de Rosario, a los 12 días del mes de diciembre de 2007, se reúnen los únicos socios de PERTEX INFORMÁTICA S.R.L., inscripta en Contratos al Tomo 150, Folio 8484 y Nº 952, Sres. Germán Alberto Tasca, argentino, soltero, nacido el 14 de octubre de 1971, comerciante, con domicilio en calle Bordabhere 3811 de esta ciudad, DNI 22.215.584, Alejandro Tasca, argentino, casado, nacido el 18 de diciembre de 1976, comerciante, con domicilio en Bordabhere 3811 de esta ciudad, D.N.I. 25.459.643, Fernando Tasca, argentino, soltero, nacido el 15 de julio de 1980, comerciante, con domicilio en calle Bordabhere 3811 de esta ciudad, D.N.I. 28.217.283, quienes resuelven que se prorrogue el mandato otorgado al Señor Germán Alberto Tasca, para que continúe desempeñando el cargo de gerente de la empresa por un nuevo período de dos años, de acuerdo a lo dispuesto por la cláusula tercera del Contrato Social.
$ 15 19665 Dic. 18
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SANTA FE CONSULTORA S.R.L.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Se hace saber que en fecha, 26 de octubre de 2007, en "SANTA FE CONSULTORA S.R.L." se ha resuelto lo siguiente: "Designar socio gerente de, la sociedad al señor Oscar Raúl Gioiosa, argentino, D.N.I. Nº 14.781.872, con domicilio en calle Cochabamba Nº 1357, de Rosario, Provincia de Santa Fe, de profesión maestro mayor de obras, quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del Contrato Social y durará en sus funciones hasta cumplido el término del Contrato Social. "
$ 15 19762 Dic. 18
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NATURALEZA URBANA S.R.L.
CONTRATO
1) Socios: Mario Lisandro Cornaglia, argentino, nacido el 25 de julio de 1.978, soltero, empleado, domiciliado en Larrechea 456 de la ciudad de Rosario, titular del DNI. 26.681.869 y Liliana Rosa Carpi, argentina nacida el 26 de enero de 1.954, casada en primeras nupcias con Mario Juan Cornaglia, comerciante, domiciliada en Larrechea 456 de la ciudad de Rosario, titular del DNI. 11.004.843.
2) Fecha del Contrato Social: 13/12/2007.
3) Denominación de la Sociedad: Naturaleza Urbana SRL.
4) Domicilio: Aráoz 726 - Rosario.
5) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto, la explotación comercial de restaurantes, comedor, bar, heladería y proveedurías.
6) Duración: El término de duración se fija en Diez Años a contar de su Inscripción en el Registro Público de Comercio.
7) El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos sesenta mil pesos ($ 260.000,00).
8) Administración, dirección y representación: Estará a cargo de los socios quienes lo harán en carácter de Socios Gerentes pudiendo actuar en forma individual, indistinta o alternativamente cualesquiera de ellos. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de "socio gerente" precedida de la denominación social. Se designa como Gerente al Sr. Mario Lisandro Cornaglia.
9) Fecha de Cierre: 31/12 de cada año.
10) Fiscalización: Reunión de Socios: la fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la Sociedad, detallando los puntos considerados. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la ley 19550 y sus modificatorias.
$ 28 19789 Dic. 18
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TRANSPORTES DEPEGO S.R.L.
RENUNCIA DE GERENTE
MODIFICACION DE CONTRATO
Se comunica la renuncia de la señora Ivonne Graciela Depego de España a la Gerencia Comercial de Transportes Depego S.R.L. y la designación para cubrir ese cargo de la señora Andrea Monserrat de Torres, D.N.I. Nº 14.729.677.
Por acuerdo de las socias de TRANSPORTES DEPEGO S.R.L. se dispuso la modificación de las cláusulas novena y décima del contrato social, que quedan así redactadas:
"Cláusula Novena: Quedan designados Gerente Comercial, la Sra. Andrea Monserrat de Torres y Gerente de Tráfico la socia Sra. Luisa Lidia Depego de Monserrat".
"Cláusula Décima: Para la representación legal de la sociedad se utilizará la firma indistinta de cualesquiera de los gerentes, sean socios o no".
Fecha de modificación del contrato: 6/12/2007.
$ 15 19752 Dic. 18
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IMPLEMENTOS ROGRIV S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto Dr. Marcelo Ferraro, a cargo del Secretario Dr. Federico Bertram, según resolución de fecha 06 de diciembre de 2007, se ordena la siguiente publicación de edictos:
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, se hace saber de la constitución social de "IMPLEMENTOS ROGRIV" S.R.L. de acuerdo al siguiente detalle:
1) Datos personales socios: Rodolfo Morenico, argentino, D.N.I. N° 12.766.061, nacido el 31 de enero de 1957, casado en primeras nupcias con Graciela Cristina Romero, de profesión comerciante, domiciliado en calle Domingo Ferrari N° 364 de Rufino; y Graciela Cristina Romero, argentina, D.N.I. N° 10.789.162, nacida el 30 de octubre 1953, estado civil casada en primeras nupcias con Rodolfo Morenico, de profesión comerciante, domiciliada en calle Domingo Ferrari N° 364 de Rufino.
2) Fecha del instrumento de constitución: 26/10/2007.
3) Denominación social: IMPLEMENTOS ROGRIV S.R.L.
4) Domicilio y sede social: Ruta 7, Km. 424,5, de Rufino.
5) Objeto social: a) Fabricación y servicios: a.1.- Fabricación y reparación de casillas rurales rodantes o no, para ser utilizadas como cabinas dormitorios, así como también, el trabajo de armado y montaje de instalación de dichas cabinas en los predios rurales; a.2.- Fabricación, reparación y/o armado y ensamblado de maquinarias agrícolas e implementos, accesorios y repuestos para dichas maquinarias agrícolas; a.3. corte y plegado de chapa, fabricación de los productos vinculados a la industria metalúrgica, montajes en obra de tales productos y todo tipo de trabajos de carpintería y herrería de obra; b) Comercialización nacional e internacional: mediante la compraventa, importación, exportación y distribución de todo tipo de materiales y productos relacionados con el inciso anterior y maquinarias, partes y repuestos relacionados a su fabricación e instalación.
6) Plazo de duración: 20 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.
7) Capital social: es de $ 180.000.-, dividido en 18.000 cuotas sociales de $ 10.- cada una, suscriptas e integradas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Rodolfo Morenico suscribe 15.300 cuotas sociales que representan $ 153.000.- que integra totalmente en bienes; y Graciela Cristina Romero 2.700 cuotas sociales que representan $ 27.000.- que integra en efectivo, 25% en el acto constitutivo quedando pendiente el 75% para integrar en el término máximo de dos años.
8) Administración y fiscalización: La administración social estará a cargo de Rodolfo Morenico y a Iván Rodolfo Morenico, argentino, D.N.I. N° 29.562.053, nacido el 23 de julio de 1982, casado en primeras nupcias con Cecilia Alejandra Alanis, de profesión comerciante, domiciliado en calle América N° 310 de Rufino, que hará uso de la firma social en forma individual e indistinta. La fiscalización queda a cargo de los señores socios de acuerdo a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 19.550.
9) Representación legal: Corresponde a los socios gerentes, con uso de la firma social en forma indistinta cualesquiera de ellos. 10) Fecha de cierre del ejercicio: el 30 de junio de cada año.
$58 19788 Dic. 18
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WALSAN S.R.L.
CESION DE CUOTAS
1- Entre Walter Jesús Costa, argentino, casado en primeras nupcias con Iana Esparrica, nacido el 24 de diciembre de 1955, DNI. 11.803.902, domiciliado en Entre Ríos 311 piso 5° "A" de la ciudad de Villa Constitución, de profesión comerciante; Edgardo Santos Costa, argentino, casado en primeras nupcias con Stella Maris Llull, nacido el 27 de diciembre de 1947, LE. 6.144.937, domiciliado en Rivadavia 759 de la ciudad de Villa Constitución, de profesión comerciante y José Luis Costa, argentino, casado en primeras nupcias con Graciela Belloni, nacido el 30 de junio de 1949, LE 6.080.176, domiciliado en Moreno 1469 de la ciudad de Villa Constitución, de profesión comerciante.
2.- Fecha instrumento: 19 de octubre de 2007.
3.- Razón social: WALSAN S.R.L..
4.- Datos de inscripción: inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en Sección Contratos el 5 de diciembre de 2003, al Tomo 154, Folio 23924, N° 1970.
5.- Cesión de cuotas: Los señores Walter Jesús Costa y Edgardo Santos Costa, ceden y transfieren cada uno de ellos, en plena propiedad conjuntamente con sus derechos de dividendos que tienen y les corresponden en la sociedad "WALSAN S.R.L.": al señor José Luis Costa, 500 (quinientas) cuotas de capital de $ 10,00 (diez pesos) cada una; lo que hace un total de 1.000 (un mil) cuotas de capital de $ 10.= cada una.
6.- Participación en el capital: En consecuencia la participación en el capital será en lo sucesivo: Walter Jesús Costa 1.000 (un mil) cuotas de capital de $ 10.= cada una, lo que hace un total de $ 10.000.= (pesos diez mil); Edgardo Santos Costa 1.000 (un mil) cuotas de capital de $ 10.= cada una, lo que hace un total de $10.000.= (pesos diez mil) y José Luis Costa 1.000 (un mil) cuotas de capital de $ 10.= cada una, lo que hace un total de $ 10.000.= (pesos diez mil).
$33 19765 Dic. 18
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GILETUR S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, provincia de Santa Fe, se ordena la publicación del siguiente edicto, referido a la constitución de: "GILETUR S.R.L."
Integrantes: Leyes, Aurora, argentina, nacida el 30 de septiembre de 1955, DNI. 12.110.624, de profesión Comerciante, casada con Horacio Daniel Turcutto, con domicilio en calle Wheelwright 1727, piso 16, departamento 01 de la ciudad de Rosario; Giaccaglia, Norma Beatriz, argentina, nacida el 20 de noviembre de 1952, DNI. 10.242.991, de profesión comerciante, soltera, con domicilio en la calle Fray Luis Beltran 232 de la ciudad de Roldán; Giaccaglia, Eugenio Nazareno, argentino, nacido el 15 de diciembre de 1925, LE. 6.157.601, de profesión comerciante, casado con Otilia Asunta Menna, con domicilio en calle Fray Luis Beltran 232 de la ciudad de Roldan. Constitución: por instrumento privado de fecha 19 de noviembre de 2007.
Denominación: "GILETUR S.R.L."
Domicilio: Fray Luis Beltran 232 de la ciudad de Roldan, provincia de Santa Fe.
Objeto Social: explotación integral de establecimientos agrícola - ganaderos: explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, invernación, mestización, venta, cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de campos y cultivos.
Plazo de duración: 10 (diez) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 60.000.- (pesos sesenta mil), representado por 6.000 (seis mil) cuotas de $ 10,- (pesos diez) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: el socio Leyes, Aurora suscribe 3.000 (tres mil) cuotas de capital, o sea la suma de $ 30.000.- (treinta mil pesos). El socio Giaccaglia, Norma Beatriz, suscribe 900, (novecientas) cuotas de capital, o sea la suma de $ 9.000.- (pesos nueve mil) y el socio Giaccaglia, Eugenio Nazareno suscribe 2.100 (dos mil cien) cuotas de capital, o sea la suma de $ 21.000 (veintiún mil pesos). Los socios integran del capital social el 25% (veinticinco por ciento) en efectivo en este acto, conforme boleta de depósito del Banco de Santa Fe S.A. y el 75% (setenta y cinco por ciento) restante, también en efectivo en el término de doce meses de la fecha del presente instrumento.
Administración dirección y representación: estará a cargo de un Gerente, socio o no, cuya función se extenderá por el término de un ejercicio social y podrá ser reelegido. Se designa como Gerente de la sociedad a la Sra. Norma Beatriz Giaccaglia, socia de la sociedad, DNI. 10.242.991.
Fiscalización: a cargo de todos los socios.
Fecha de cierre de ejercicio: 31 de octubre de cada año.
$ 50 19769 Dic. 18
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LINEA EMPRENDIMIENTOS S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Fecha: 7 de noviembre de 2007.
Socios: Arnoldo Hugo Beltramino, Eduardo Norberto Gentile, Norma Solari, Graciela Solari, Carlos Jorge Krasniansky, Graciela Cristina Yacono, Roberto Volpatti, Susana Graciela Marzetti, Esteban Mario Cayetano Peyrano, Gladys Stella Ducant, Juan Bautista Santulian, y Raúl Orlando Santulian, Fe, deciden lo siguiente:
1) Roberto Volpatti vende, cede y transfiere a Arnoldo Hugo Beltramino, ciento veinticinco (125) cuotas de capital representativas de Pesos Mil Doscientos Cincuenta ($ 1.250.-); y a la señora Norma Solari ciento veinticinco (125) cuotas de capital representativas de Pesos Mil Doscientos Cincuenta ($ 1.250.-), y Graciela Solari vende, cede y transfiere a la señora Norma Solari ciento cincuenta (150) cuotas de capital representativas de Pesos Mil Quinientos ($ 1.500.-).
2) Capital: Arnoldo Hugo Beltramino, Pesos Seis mil doscientos cincuenta ($ 6.250.-); Eduardo Norberto Gentile Pesos Siete mil quinientos ($ 7.500); Norma Solari Pesos Ocho mil setecientos cincuenta ($ 8.750.-); Carlos Jorge Krasniansky Pesos Siete mil quinientos ($ 7.500); Graciela Cristina Yacono Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500); Susana Graciela Marzetti Pesos Siete mil quinientos ($ 7.500); Esteban Mario Cayetano Peyrano Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500); Gladys Stella Ducant Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500), Juan Bautista Santulian Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500); Raúl Orlando Santulian Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500).
Se ratifican las demás cláusulas del contrato social, que no hayan sido modificadas por el presente.
$ 17 19761 Dic. 18
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PROMAPLA S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Socio Cedente: Gustavo Ricardo Pierson, argentino, nacido el 21/04/1978, apellido materno Patrocini, D.N.I: 26.538.900, domiciliado en Vieytes 801 Rosario, empresario, casado con Valeria Beatriz Cerra con el consentimiento de los demás socios, vende, cede y transfiere Seiscientas (600) cuotas de capital de Un Peso cada una representativas de seiscientos pesos ($ 600,00) que tiene integradas y le corresponden en el capital social de PROMAPLA S.R.L. Cesionario: Víctor Antonio Censi, argentino, nacido el 01/03/1955, apellido materno Cia, D.N.I. 11.448.458, empresario, domiciliado en Bv. Rondeau 1650 Rosario. Precio de la Cesión: Seiscientos pesos. Integración del Capital: Víctor Antonio Censi, ocho mil cuatrocientas (8.400) cuotas de capital de Un Peso cada una que representan ocho mil cuatrocientos pesos; Armando Eduardo Jardón, un mil ochocientas (1.800) cuotas de capital de UN PESO cada una que representan un mil ochocientos pesos y Griselda Beatriz Marín, un mil ochocientas (1.800) cuotas de capital de Un Peso cada una que representan un mil ochocientos pesos que en su conjunto componen el capital social de doce mil cuotas (12.000) de Un Peso ($ 1,00) cada una que representan doce mil pesos ($ 12.000,00).
Quedan ratificadas las demás cláusulas del contrato original no modificadas por el presente. Previa lectura y ratificación se firman tres copias de un mismo tenor y a un solo efecto en Rosario, provincia de Santa Fe a los seis días de noviembre de 2007.
$ 17 19763 Dic. 18
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FLYING TIME S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Fecha: 16 de octubre de 2007,
Miguel Angel Gómez, Diego Pablo Garriguez y Javier Darío Cassini, como únicos socios de FLYING TIME S.R.L., y Antonio Pablo Emilio Arfelli, argentino, D.N.I. Nro. 24.957.278, nacido el 13 de noviembre de 1975, comerciante, soltero, domiciliado en Jorge Newbery y ruta 9 de Funes, deciden lo siguiente:
1. Diego Pablo Garrigues, vende, cede y transfiere ciento veinte (120) cuotas de capital, representativas de Pesos mil doscientos ($ 1.200) a Antonio Pablo Emilio Arfelli y Javier Dario Cassini, ochenta y cuatro (84) cuotas de capital que equivalen a Pesos ochocientos cuarenta ($ 840) al señor Miguel Angel Gómez.
2. Se modifica la cláusula quinta: Capital: Miguel Angel Gómez, Pesos diez mil ochocientos ($ 10.800) y Antonio Pablo Emilio Arfelli, Pesos mil doscientos ($ 1.200).
Se ratifican las demás cláusulas del contrato social, que no hayan sido modificadas por el presente.
$ 15 19760 Dic. 18
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SALTO GRANDE CEREALES S.R.L.
CONTRATO
1) Socios: María Eugenia Seghesso, argentina, nacida el 05/01/1984, de profesión Estudiante, soltera, con domicilio en Jujuy 1389 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con DNI N° 30.548.485, Juan José Mascetti, argentino, nacido el 23/03/1958, de profesión Ingeniero Agrónomo, casado en la nupcias con María Carolina Bressan DNI N° 17.152.257, con domicilio en Bv. Argentino 8.867 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con DNI N° 12.522.092.
2) Fecha de constitución: 22/11/07.
3) Denominación: SALTO GRANDE CEREALES S.R.L.
4) Domicilio: Alvear N° 265 de Salto Grande (Provincia de Santa Fe).
5) Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: a) Acopio, acondicionamiento y limpieza de cereales, oleaginosas y de todo otro producto o subproducto proveniente de la actividad agropecuaria; b) Comercialización de granos por su cuenta y/o en consignación, así como la realización de canjes de bienes y/o servicios por granos; c) compra-venta, representación y distribución de productos químicos para el agro, nutrientes, fertilizantes, semillas y sus subproductos y derivados; y d) Realizar inversiones o aportes de capital en sociedades constituidas o a constituirse, cualquiera sea su objeto, en forma accidental o continuada, así como en fideicomisos y celebrar contratos de colaboración empresaria, todo dentro de los marcos legales respectivos. A tales fines la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Se excluyen las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera el concurso público de dinero.
6) Plazo de duración: 5 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario.
7) Capital: El capital social se fija en la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000.-) divididos en cincuenta mil (50.000) cuotas de pesos uno ($ 1.-), que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: María Eugenia Seghesso, suscribe cinco mil (5.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos cinco mil ($ 5.000.-) que integra.- la suma de pesos un mil doscientos cincuenta ($ 1.250) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de pesos tres mil setecientos cincuenta ($3.750), también en dinero en efectivo dentro de los dieciocho (18) meses de la fecha. Juan José Mascetti, suscribe cuarenta y cinco mil (45.000) cuotas de capital, o sea la suma de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000.-) que integra: la suma de pesos once mil doscientos cincuenta ($ 11.250.-) en este acto en dinero en efectivo y el saldo o sea la suma de pesos treinta y tres mil setecientos cincuenta ($ 33.750.-) también en dinero en efectivo dentro de los dieciocho (18) meses de la fecha.
8) Organos de Administración y Representación: La administración, dirección y representación estará a cargo estará a cargo de uno o más Gerentes socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de "Socio-Gerente" o "Gerente" según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualesquiera de ellos. Se designan como Gerentes a: María Eugenia Seghesso y Juan José Mascetti, cuyos datos de identidad están detallados en el apartado 1).
9) Fiscalización: La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de todos los socios.
10) Cierre de Ejercicio: 31 de octubre de cada año, cerrando el primero de ellos el 31 de octubre de 2.008.
$54 19783 Dic. 18
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PROTEGER PROPIEDADES S.A.
ESTATUTO
Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se hace saber lo siguiente: Accionistas: Ernesto Grabenvarter, argentino, nacido el 29/09/29, L.E. N° 6.273.008, comerciante, casado, domiciliado en calle Pueyrredón N° 395 de Rafaela, Pcia. de Santa Fe y Natalia del Valle Geder, argentina, nacida el 27/08/77, D.N.I. N° 26.058.859, comerciante, casada, domiciliada en calle Soldano N° 93 de Rafaela, Pcia. de Santa Fe.
Fecha del instrumento: 15 de Marzo de 2.007.
Denominación: PROTEGER PROPIEDADES S.A..
Domicilio: calle Belgrano N° 882 de Rafaela, Dpto. Castellanos, Pcia. de Santa Fe.-
Duración: 50 años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital: $ 40.000.- (Pesos: cuarenta mil).
Objeto Social: Dedicarse en el país o en el extranjero a la compra, venta, permuta, administración, arrendamiento y urbanización de lotes inmuebles, incluso los comprendidos en el régimen de prehorizontalidad y arrendar y enajenar lotes y edificios en propiedad horizontal. Están excluidas las operaciones comprendidas en el artículo 299, inciso 4° de la ley 19550.-
Administración y representación: estará a cargo de un Directorio compuesto por uno a cinco miembros y durarán sus en sus funciones tres ejercicios. Presidente: Ernesto Grabenvarter LE. N° 6.273.00 y Director Suplente: Natalia Del Valle Geder, D.N.I. N° 26.058.859.-
Cierre del ejercicio: 30 de Setiembre de cada año.-
Rafaela, 7 de Diciembre de 2.007. Celia G. Bornia, secretaria.
$15 19745 Dic. 18
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EL CRISOL S.A.
ESTATUTO
Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se hace saber la siguiente publicación de constitución de la entidad "EL CRISOL S.A.".
Accionistas: Rosalía Elvira Quiroga, argentina, nacida el 29/08/1959, casada, comerciante, domiciliada en calle 58 Nº 608 de Villa Cañás, Pcia. de Santa Fe, D.N.I. Nº 13.676.284; Nora Liliana Quiroga, argentina, nacida el 30/01/1956, viuda, comerciante, domiciliada en calle Balcarce Nº 1447 de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, D.N.I. Nº 11.903.703; Alberto Gustavo Quiroga, argentino, nacido el: 29/12/66, soltero, comerciante, domiciliado en calle Balcarce Nº 1443 de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, D.N.I. Nº 18.163.533 y Javier Carlos Quiroga, argentino, nacido el: 05/05/68, casado, comerciante, domiciliado en calle Avellaneda Nº 926 de Sunchales, Pcia. de Santa Fe, D.N.I. Nº 20.149.700.
Fecha del Acta de Regularización de sociedad, 16 de Marzo de 2007.
Denominación: "EL CRISOL S.A.", continuadora de "Quiroga, Alberto Gustavo; Quiroga, Javier Carlos; Quiroga, Rosalía Elvira y Quiroga Nora Liliana S.H.", por regularización de Sociedad de Hecho.
Domicilio: Calle Avellaneda Nº 926 de la ciudad de Sunchales, Pela. de Santa Fe.
Duración: 50 años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital: $ 100.000 (Pesos: Cien mil).
Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o del extranjero, a las siguientes actividades: Agropecuarias: mediante la explotación en todas sus formas de establecimientos agrícolas, ganaderos, cultivos forestales y explotaciones granjeras, así como la compra, venta, permuta, representaciones, comisiones, comisiones, importaciones y exportaciones de los productos obtenidos, Inmobiliarias: mediante la adquisición, venta y permuta de toda clase de bienes inmuebles urbanos, suburbanos y rurales, la compraventa de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierra, urbanizaciones, con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal y otros sistemas que permitan las leyes en vigencia o las que en adelante se dicten, exceptuándose las actividades que incorporen a la sociedad a las corporaciones de control permanente, y
Financieras: mediante préstamos en general, con garantía real o personal o sin garantía, a corto, mediano y largo plazo, para financiar operaciones realizadas o a realizarse que deriven de su giro comercial, así como la compra-venta de acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, de cualquiera de los sistemas creados o a crearse, exceptuándose las operaciones e prendidas e la Ley de Entidades Financieras o cualesquiera otras en las que se requiera el concurso público.
Administración y Representación: estará a cargo de un Directorio compuesto por uno a diez miembros y durarán en sus funciones hasta tres ejercicios. Presidente: Alberto Gustavo Quiroga, D.N.I. Nº 18.163.533 - Vicepresidente: Javier Carlos Quiroga, D.N.I. Nº 20.149.700; y Directora Suplente: Nora Liliana Quiroga, D.N.I. Nº 11.903.703. Cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
$ 50 19747 Dic. 18
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TRUCKPORTER S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha dispuesto ordenar la publicación por el término de ley del siguiente Edicto que en autos caratulados: TRUCKPORTER SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA s/Contrato (Expte. Nº 1098/2007) se constituye una Sociedad Responsabilidad Limitado cuyo contrato en lo principal y pertinente reza:
1) Lugar y fecha: 31/10/2007 - Santa Fe - Provincia de Santa Fe.
2) Socios: Marisa Boeri, D.N.I. 26.152.738, argentina, apellido materno Richini, nacida el 19 de enero de 1978, comerciante, casado en primeras nupcias con Mariano Soto Payva, con domicilio en calle San Lorenzo 1499 Piso 2º de la ciudad de Santa Fe y Lucas Tadeo Soto Payva, D.N.I. 29.560.516, argentino, apellido materno Gómez, nacido el 2 de julio de 1982, comerciante, estado civil soltero, con domicilio en calle Primera Junto 2948 Piso 7º de la ciudad de Santa Fe.
3) Razón Social: TRUCKPORTER SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA.
4) Domicilio: En la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, República Argentina.
5) Plazo de duración: 10 (diez) años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
6) Objeto Social: La realización de transporte de cargas por rutas provinciales, nacionales e internacionales. Exportación e Importación.
7) Capital Social: $ 100.000,00 (Pesos cien mil) dividido en 1.000 (mil) cuotas de $ 100,00 (Pesos cien) valor nominal cada una, que los accionistas suscriben e integran de la siguiente manera: Marisa Boeri suscribe e integra 500 (quinientas) cuotas cada una de $ 100,00 (Pesos cien), o sea $ 50.000,00 (Pesos cincuenta mil) y Lucas Tadeo Soto Payva suscribe e integra 500 (quinientas) cuotas cada una de $ 100,00 (Pesos cien), o sea $ 50.000,00 (Pesos cincuenta mil).
8) Administración y Representación: La administración será ejercida por una o más personas, socios o no, que revestirán el carácter de gerente durando en sus funciones dos ejercicios pudiendo ser reelegibles.
9) Fiscalización: Estará a cargo de los socios o de quienes designen.
10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de octubre de cada año.
11) Designación de autoridades: Se designa como socio gerente a la señora Marisa Boeri, D.N.I. 26.152.738.
12) Fijación sede social: Por unanimidad se fijo la sede social en calle San Lorenzo 1499 Piso 2º de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, República Argentina.
Santa Fe, 4 de Diciembre de 2007. Jorge Gómez, secretario.
$ 40 10695 Dic. 18
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LITORAL CONSTRUCCIONES S.R.L.
CONTRATO
Contrato social constitutivo: Fechado el 10/9/2007 y firmado el 20/10/2007 por los socios: Sr. Román Paulo Giordana, argentino, casado, empresario, nacido en Tacural, departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe el 01/12/1965, con domicilio en calle Joaquín V. González 315 de Libertador San Martín Entre Ríos, con D.N.I. N° 17.712.976 (C.U.I.T. N° 20-17712976-4; y la Sra. Elsa Anita Pascuala Dacci, argentina, viuda, empresaria, nacida en Tacural, departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, el 09-04-39, con domicilio en calle Joaquín V. González 315 de Libertador San Martín Entre Ríos, con D.N.I. N° 1.227.901 (C.U.I.T. N° 27-01227901-4); deciden celebrar este contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada con las siguientes cláusulas:
1- Denominación: LITORAL CONSTRUCCIONES S.R.L., con domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, Capital.
2- Duración: diez años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
3- Su objeto es dedicarse a las siguientes actividades: a) Construcción, reciclado, remodelación y refacción de obras civiles o públicas, proyectando, dirigiéndolas y/o interviniendo, conjuntamente o por separado, asociadas a terceros o no, en el país o en el extranjero, por cuenta propia o de terceros. b) Venta, alquiler o comodato de inmuebles, derivados del punto a), pudiendo en su caso financiar la venta. c) Compra y venta de materiales de construcción de inmuebles. d) Mandatarias: mediante el ejercicio de representaciones, mandatos y comisiones en asuntos conexos, derivados y/o afines al objeto social, dando o recibiéndolas; así como de locación de obras y/o servicios.
4- Capital Social: cien mil pesos ($ 100.000), divididos en cien cuotas de un mil pesos valor nominal cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios y en la siguiente proporción: Román Paulo Giordana, 90 cuotas y Elsa Anita Pascuala Dacci, 10 cuotas.
5- La administración, representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de gerente/s, que como tal/es pueda/n actuar en forma individual e indistinta.
6- Se consideran facultades de dirección y administración, entre otras y sin perjuicio de las que establecen las disposiciones legales y/o las que se crean convenientes para el cumplimiento del objeto social, a las siguientes: comprar, vender, hipotecar, caucionar, garantizar, prendar, gravar, subcontratar o recibir en pago bienes muebles, inmuebles, créditos, títulos o valores de cualquier naturaleza, aceptar o suscribir cancelaciones, obtener u otorgar licencias para usufructuar su explotación, firmar contratos; otorgar o suscribir poderes especiales o generales, operar con cuentas bancarias; tomar participación en fábricas, establecimientos comerciales, agencias de servicios, de empresas existentes o promover la constitución de ellas; comparecer en juicios.
7- Las resoluciones sociales se adoptan en la forma dispuesta por el artículo 159 primera parte párrafo segundo de la Ley 19.550 ordenada por las leyes 22.903 y 22.985. Rigen las mayorías previstas en el artículo 160 de la misma ley. Toda comunicación o citación a los socios se efectúa según lo dispuesto por el artículo 159 último párrafo de la Ley 19.550 citada.
8- El valor de cada cuota que los socios transfieran por cualquier título dentro de las limitaciones establecidas en este contrato, se determinará así: Se dividirá el importe del patrimonio neto (capital, reservas y resultados) a la fecha del último balance general por la cantidad de cuotas suscriptas a idéntico momento.
9- El socio que se proponga transferir sus cuotas debe previamente ofrecerlas a los otros socios. La oferta debe comunicarse fehacientemente al domicilio social. Los socios deben comunicar fehacientemente la aceptación en el domicilio del socio oferente. El plazo para esta notificación no podrá exceder de quince días hábiles. Lo deciden los socios por el voto favorable de más de la mitad del capital. Si los socios ni la sociedad ejercen la preferencia en el plazo previsto o le notifican su desinterés, el socio puede transferir las cuotas libremente.
10- Los herederos del socio mayoritario se incorporan a la sociedad del modo previsto por el artículo 155 de Ley 19550 modificada por las Leyes 22.903 y 22985. El/los heredero/s del socio minoritario no podrá/n incorporarse a la sociedad y deberá/n proponer transferir sus cuotas sociales en los términos de la cláusula novena (art. 1195 Código Civil).
11- Los herederos del socio incorporados a la sociedad y los adquirentes de cuotas sociales que no hubieran integrado el contrato social constitutivo podrán ser administradores y gerentes.
12- El ejercicio social cierra el día 31 de Agosto de cada año.
13- De las utilidades líquidas y realizadas se destinará: a) el cinco por ciento al fondo de reserva legal, b) el importe que se establezca en reunión de socios para retribución de gerentes y c) El remanente, se distribuirá entre los mismos.
14- Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 de la ley 19.550 ordenado por la Leyes 22.903 y 22.985, la liquidación estará a cargo de los gerentes o quienes los socios designen.
Fdo. Dra. Mercedes Kolev, Secretaria. Santa Fe, 10 de Diciembre de 2007. Mercedes Kolev, secretaria.
$70 19711 Dic. 18
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SAN JERONIMO SALUD S.R.L.
CAMBIO DE DOMICILIO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio en los autos caratulados SAN JERÓNIMO SALUD SRL S/CAMBIO DE DOMICILIO Expte. N° 1123 F° 243 Año 2007 se hace saber que la mencionada sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe al T° 894 F° 244 del Libro 15 en fecha 07/07/2003 por Acta Acuerdo de fecha 22 de octubre de 2007 ha constituido nuevo domicilio en calle San Martín 1421 de la Ciudad de Coronda, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe.
Dr. Daniel Celli, Juez - Dra. Kolev, Secretaria. Santa Fe, 7 de diciembre de 2007.Jorge Gómez, secretario a cargo.
$15 19721 Dic. 18
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LA CORRENTINA
AGROPECUARIA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial Dr. J. M. Zarza a/c Registro Público de Comercio Reconquista, en los autos caratulados "LA CORRENTINA AGROPECUARIA S.A." s/ Designación de Autoridades, Expte. 194 Fº 59, año 2007, hace saber;
Que mediante acta de asamblea ordinaria de fecha 30 de julio de 2007 se ha dispuesto, entre otros puntos del orden día, y tal como lo anticipara el Director Titular Dr. Darío Zunini, en nota enviada a la Sociedad en fecha 26/01/2007, permanecería en su cargo hasta la celebración de la próxima asamblea ordinaria, y debido a estrictas razones operativas, renuncia a su cargo. Asimismo, y como la designada en Estatuto Social Directora Suplente Dra. Graciela Solís, se encuentra en la idéntica situación, ambos socios, de común acuerdo, por unanimidad, y en virtud de las condiciones, idoneidad y relaciones humanas que posee para el cumplimiento del objeto social, resuelven designar como Director Titular al Sr. Rubén Pascual Zunini, argentino, mayor de edad, L.E. 6.306.149, con domicilio en calle E. López 1875 de la ciudad de Vera, provincia de Santa Fe, quien cabe aclarar ya contaba con Poder General de Administración y Disposición de Bienes otorgado por la Sociedad, inscripto ante el Registro Público de Comercio Reconquista bajo el Nº 3 al Fº 303 del libro I de poderes, legajo Nº 32, en fecha 10/09/2004. Quien a ese fin tendrá todas las facultades y derechos estipulados en el Artículo Sexto del Estatuto Social. En este acto también se resuelve designar como Director Suplente al Dr Darío Zunini, D.N.I. 20.594.149, domiciliado en calle Pbro. Houriet 2309 de la ciudad de Vera, quien ocupará el cargo en caso de vacancia del titular, con el alcance previsto en el mencionado artículo. Reconquista, 6 de diciembre de 2007. Duilio Francisco Hail, secretario.
$ 15 19742 Dic. 18
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CREACIONES NORA DASSIE S.R.L.
CONTRATO
Las señoras Gisela Soledad Chazarreta, argentina, nacida el 13 de Febrero de 1.982, D.N.I. Nro. 29.197.983, casada en primeras nupcias con Martín Oscar Angera, de profesión comerciante, domiciliada en Hipólito Irigoyen 2200, de la localidad de Pérez, Provincia de Santa Fe; y Marta Antonia Dassie, argentina, nacida el 27 de Octubre de 1.944, D.N.I. Nro. 4.790.362, viuda del Sr. Remigio Chazarreta, de profesión comerciante, domiciliada en Hipólito Irigoyen 2200, de la localidad de Pérez, Provincia de Santa Fe; constituyeron el 27 de Noviembre de 2007 la Sociedad de Responsabilidad Limitada "CREACIONES NORA DASSIE", con domicilio legal en calle Hipólito Irigoyen 2200 de la ciudad de Pérez, la cual tendrá por objeto la realización por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades en el país o en el extranjero: Industrial: Fabricación de indumentaria para bebés y niños. Comercial: la distribución, representación, comercialización y venta de indumentaria. El plazo de duración será de 7 años. El capital social inicial es de $ 75.000.- La administración estará a cargo de Gisela Soledad Chazarreta como socio - gerente, así también como la representación legal, la fiscalización la realizarán los dos socios. La sociedad cerrará sus ejercicios todos los 31 de Diciembre.
$ 22 19735 Dic. 18
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FINCAS DEL ROSARIO S.R.L.
CAMBIO DE GERENTE
El Sr. Andrés Eduardo Lowcewicz renuncia a su cargo de socio gerente y se designa al Sr. Alejandro Lowcewicz, de nacionalidad argentino, nacido el 27 de Diciembre de 1981, de Profesión estudiante, de estado civil soltero, con domicilio en la calle Mendoza 1557 5to. Piso de la ciudad de Rosario, con Documento de Identidad DNI. Nº 29.140.731, según acta Nº 3 de fecha 31 de octubre de 2006.
$ 15 19764 Dic. 18
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