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DECRETO Nº 4207

 

Santa Fe, 3 de diciembre de 2003.

VISTO:

Las actuaciones obrantes en expediente Nº 13301-0105897-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.), las facultades conferidas por el artículo 62 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias); y

CONSIDERANDO:

Que la aludida disposición legal faculta al Poder Ejecutivo a aplicar, con relación al Impuesto Inmobiliario, anticipos a cuenta del gravamen que se establezca para cada ejercicio fiscal;

Que no habiéndose determinado el Impuesto Inmobiliario correspondiente al año fiscal 2004, resulta procedente apelar a la autorización conferida por la ley, a fin de determinar el ingreso a cuenta del tributo, mediante el establecimiento de cuotas de anticipos, de modo tal de no afectar el flujo de fondos necesario para el normal funcionamiento de la Provincia y de los Municipios y Comunas;

Que las fechas de vencimientos de dichas cuotas de anticipos deben fijarse en consonancia con el Calendario de Vencimientos de gravámenes provinciales, tramitado por expediente Nro. 13301-0105185-6;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º - Dispónese la emisión de dos anticipos para el Impuesto Inmobiliario, equivalentes cada uno de ellos al 25% (veinticinco por ciento) del impuesto correspondiente al año fiscal 2003, a cuenta del gravamen que se establezca para el año fiscal 2004.

ARTICULO 2º - Las fechas de vencimientos de los anticipos dispuestos por el artículo anterior, serán las siguientes:

 

1. IMPUESTO INMOBILIARIO URBANO Y SUBURBANO

 

1.1.         Cuota Anticipo 1

1.1.1.      Dígito de Control terminado en 0 y 1: 16 de febrero de 2003

1.1.2.      Dígito de Control terminado en 2 y 3: 17 de febrero de 2003

1.1.3.      Dígito de Control terminado en 4 y 5: 18 de febrero de 2003

1.1.4.      Dígito de Control terminado en 6 y 7: 19 de febrero de 2003

1.1.5.      Dígito de Control terminado en 8 y 9: 20 de febrero de 2003

 

1.2.         Cuota Anticipo 2:

1.2.1.      Dígito de Control terminado en 0 y 1: 17 de mayo de 2003

1.2.2.      Dígito de Control terminado en 2 y 3: 18 de mayo de 2003

1.2.3.      Dígito de Control terminado en 4 y 5: 19 de mayo de 2003

1.2.4.      Dígito de Control terminado en 6 y 7: 20 de mayo de 2003

1.2.5.      Dígito de Control terminado en 8 y 9: 21 de mayo de 2003

 

2. IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

 

2.3.         Cuota Anticipo 1:

2.3.1.      Dígito de Control terminado en 0 y 1- 15 de marzo de 2003

2.3.2.     Dígito de Control terminado en 2 y 3: 16 de marzo de 2003

2.3.3.      Dígito de Control terminado en 4 y 5: 17 de marzo de 2003

2.3.4.      Dígito de Control terminado en 6 y 7: 18 de marzo de 2003

2.3.5.      Dígito de Control terminado en 8 y 9: 19 de marzo de 2003

 

2.4.         Cuota Anticipo 2:

2.4.1.      Dígito de Control terminado en 0 y 1: 14 de junio de 2003

2.4.2.      Dígito de Control terminado en 2 y 3: 15 de junio de 2003

2.4.3.      Dígito de Control terminado en 4 y 5: 16 de junio de 2003

2.4.4.      Dígito de Control terminado en 6 y 7- 17 de junio de 2003

2.4.5.      Dígito de Control tetminado en 8 y 9: 18 de junio de 2003

 

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

REUTEMANN

Ing. Miguel Angel Asensio

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