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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del señor Juez a cargo del Tribunal Colegiado de Familia N° 2 de la ciudad de Santa Fe, Dr. Rubén Angel Cottet, se notifica a través de este medio al Sr. Marcos Andrés Quiroga D.N.I. N° 27.761.129, lo dispuesto en los autos caratulados: Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia c/CAMARGO, CARINA RAMONA y QUIROGA, MARCOS ANDRES s/Medida de Protección Excepcional; (CUIJ 21-00282698-1), y su acumulado 21-00285813-1; Santa Fe, 06 de Julio de 2016. Y Visto: Considerando: Resuelve: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional adoptada mediante Disposición N° 000089, de fecha 26 de Junio de 2015, respecto de Yazmín Antonela Quiroga D.N.I. N° 40959170; Erika Andrea Quiroga, D.N.I. N° 42613058; Brisa Caren Quiroga, D.N.I. N° 43957012; Florencia Delfina Noemí Quiroga, D.N.I. N° 45410933; Xiomara Anahir Quiroga, D.N.I. 49636725; y Marcos Andrés Quiroga, D.N.I. N° 46998082; y en consecuencia, ratificar la misma. 2) Hágase saber que, la medida de protección excepcional tiene vigencia desde el 30 de Junio de 2015. Intímese a la autoridad de aplicación a regularizar la situación conforme a los plazos previstos en la ley. 3) Comuníquese a la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del Art. 38 de la Ley 12967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese al Sr. Defensor General N° 1. Notifíquese oportunamente archívese. Fdo. Dr. Rubén Angel Cottet (Juez); Pablo Mariano Lazzeri (Secretario). Otro Decreto: Santa Fe, 27 de Junio de 2016. Por recibido. Atento la integración subjetiva de este Tribunal, desígnase Juez de Trámite al suscripto (Art. 543 C.P.C.C.). Proveyendo escrito cargo Nº 3829: Al punto 1°): Por presentada; domiciliada, y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Al punto 2°): Téngase por iniciada Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, en relación a la Resolución de la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptada por la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe mediante Disposición N° 000068, de fecha 03-05-16, respecto de los niños Erika Andrea Quiroga, D.N.I. N° 42613058; Brisa Caren Quiroga, D.N.I. N° 43957012; Florencia Delfina Noemí Quiroga, D.N.I. Nº 45410933; Marcos Andrés Quiroga, D.N.I. N° 46998082; y Xiomara Anahir Quiroga, D.N.I. N° 49636725. Cítese a Carina Ramona Camargo, y a Marcos Andrés Quiroga, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de (10) diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto 3°): Téngase presente lo peticionado. Oportunamente, y en caso de corresponder, se proveerá. Al punto 4°): Téngase presente la autorización efectuada a los Dres. Daniela Balzano, y/o Paula Condrac, y/o Victoria Pignata, y/o Verónica Juri, y/o Cintia Pfeiffer, y/o Gisela MODINA, y/o Leandro Alberto, y/o Diego Romano, y/o Karina Del Pozo, y/o Lucas Lebrand, y/o Ricardo Leno, y/o Carolina EPELMAN, y/o Alejandro Medina, a fin de la procuración y retiro de las presentes actuaciones en los casos que corresponda. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del art. 65 ley 12.967 (ref. por ley 13.237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Al punto 5°): Atento la conexidad invocada en la foja 0, y en el punto IV) de la demanda, procédase a la acumulación material de las presentes actuaciones a los autos caratulados “Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia c/ Camargo, Carina Ramona y Quiroga, Marcos Andrés s/Medida de Protección Excepcional” (CUIJ 21-00282698-1). Agréguese la documental acompañada que se encuentra detallada en el cargo actuarial de fs. 232. Atento el número de fojas alcanzada, procédase a formar segundo cuerpo de las presentes actuaciones a partir de fs. 206, en virtud de lo dispuesto en el artículo 174, inciso 5° de la Ley Provincial N° 10160. Adviértase a la actora que aún no se ha resuelto el control de legalidad de las medidas de protección excepcional dispuestas en los autos a los que se acumula el presente identificados con CUIJ 21-00282698-1. Atento las constancias de autos, córrase vista a la Defensoría General Civil Nº 1 a fin de que se expida en relación a las medidas de protección excepcional y definitivas adoptadas por la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe. Asimismo, atento lo peticionado a fs. 70 por el organismo compareciente, lo dictaminado por el Sr. Defensor General Civil N° 1 a fs. 72, y demás constancias de autos, por el presente se dispone el Cese de la Medida de Protección Excepcional de Derechos oportunamente adoptada por el organismo administrativo en favor de la joven Yasmín Antonela Quiroga, D.N.I. N° 40959170, por haber adquirido la mayoría de edad. Notifíquese. Fdo.: Dr. Rubén Angel Cottet (Juez) - Pablo Mariano Lazzeri (Secretario). Dra. Novello, Prosecretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de la ciudad de Santa Fe se cita, llama y emplaza a los herederos de Aurelia Lencina, D.N.I. N° 1.537.269 para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: Expte, N° 21-00963856-0 ALMADA MARÍA CRISTINA c/LENCINA AURELIA y Otros s/Usucapión que se tramitan por ante e! Juzgado de la referencia bajo apercibimientos de decretarse su rebeldía. Lo que se publica a sus efectos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y planta baja del Tribunal de conformidad a lo prescripto por la Ley N° 11.287 y el Acuerdo Ordinario de fecha 07-02-1.996 Acta N° 3. Santa Fe, Noviembre de 2.016.- Fdo.: Dr. Pagliano (Juez) - Dr. Gómez, Secretario.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe (San Jerónimo Nº 1551 - Planta Baja) en autos “AIDAR RUBÉN DARÍO s/Pedido de quiebra” (CUIJ: 21-01976490-4), se hace saber, que en fecha 26 de Octubre de 2016 se resolvió: Declarar la quiebra de Rubén Darío Aidar de apellido materno Ojeda, DNI Nº 32.370.906, (CUIL/CUIT: 20-32370906-9)- argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en calle Servando Bayo Nº 7273 y legalmente en calle 25 de Mayo Nº 2423, ambos de la ciudad de Santa Fe. Decretar la inhibición general del fallido para disponer y gravar bienes, oficiándose a sus efectos. Orden al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél para que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. Asimismo, en su caso, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimientos de ser ineficaces. Se fija el 29/11/16 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Se designó el 17/02/17 cono fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 31/03/17, para que presente el informe general. El Síndico designado C.P.N Julio Alberto Esposito ha aceptado el cargo, constituyendo domicilio en Avda. Gral. Paz Nº 5730 de esta ciudad de Santa Fe, fijando durante el período de verificación tempestiva de los créditos y hasta la presentación (17/02/17) de los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley 24.522), el horario de 13 hs. a 19 hs. en días hábiles judiciales para la atención al público. Lo que se publica a los fines establecidos en el Art. 89 de la Ley Nº 24.522. Santa Fe, 10 Noviembre de 2.016. Sin Cargo, Cinco días. Dr. Salzman, Prosecretario.

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza, a Maillier Nelly Lucia, para que oponga excepciones legitimas en el término de ley, a contar desde la última publicación, y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/MAILLIER NELLY LUCIA s/Apremios fiscales municipales (CUIJ 21-01970333-6). Se publicará sin cargo. Santa Fe, 22 de Septiembre de 2016. Santa Fe, 22 de Septiembre de 2016. Fdo. Dra. Mariana Nelli, Secretaria. Dra. Mántaras, Prosecretaria.

S/C 308491 Nov. 18 Nov. 22

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7° Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza, por el término de ley, a los herederos de Serruya Moises y de Serruya José, para que comparezcan a estar a derecho en la causa MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/SERRUYA MOISES y Otros s/Apremios Fiscales Municipales (CUIJ 21-01972126-1), en el plazo de 5 días contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de rebeldía. Se publicará sin cargo. Santa Fe, 18 de Octubre de 2016. Fdo. Dr. Jorge Gómez. Lisandro Salzman, prosecretario.

S/C 308488 Nov. 18 Nov. 22

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados BERTONA SUSANA MATILDE s/Quiebra; CUIJ Nº 21-00011285-9 (879/2003), atento que en el día de la fecha se ha procedido al sorteo de nuevo Síndico, se hace saber que: Se ha designado Sindica a la CPN María Lucila Claus, con domicilio en calle 4 de Enero N° 1742, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín, Jueza; Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (Art. 89 ley 24522). Santa Fe, 10 de Noviembre de 2016. Daniel Maurutto, secretario.

S/C 308387 Nov. 18 Nov. 24

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados AYALA, GUSTAVO CATALINO s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-01976347-9), atento lo ordenado en fecha 20 de Octubre de 2016, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°)- Se ha declarado la quiebra de Gustavo Catalino Ayala, D.N.I. N° 30.995.918, de apellido materno Leguizamón. 2°)- Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 22 de Diciembre de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°)- Se ha designado síndico al CPN Natán Kurganoff, con domicilio en calle Hernandarias Nº 477, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marin, Jueza; Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 10 de Noviembre de 2016. Daniel Maurutto, secretario.

S/C 308389 Nov. 18 Nov. 24

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados EICHEMBERGER, CARLOS MIGUEL s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-01976712-1), atento lo ordenado en fecha 21 de Octubre de 2016, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º) Se ha declarado la quiebra de Carlos Miguel Eichemberger, D.N.I. N° 20.820.379, de apellido materno Vega. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 22 de Diciembre de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°)- Se ha designado síndico a la CPN Gloria Catalina Barroso, con domicilio en calle Necochea N° 5383, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín, Jueza; Dr. Daniel R. Maurutto, secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 10 de Noviembre de 2016. Daniel Maurutto, secretario.

S/C 308390 Nov. 18 Nov. 24

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: CARDOZO, OMAR ORFILIO s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-01977823-9), se ha dispuesto: 1°) Declarar la quiebra de Omar Orfilio Cardozo, argentino, mayor de edad, D.N.I. 12.042.529, domiciliado realmente en calle Pje. Las Rosas N° 10368 de esta ciudad de Santa Fe, y con domicilio procesal en calle Juan de Garay Nº 2448 de esta ciudad. 3°) Ordenar a el fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de el primero. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8°) Fijar hasta el día 27 de Diciembre de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días, 13 de Febrero de 2017 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 16 de Marzo de 2017 para la presentación de los informes individuales; y el 5 de Mayo de 2017 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao, Juez; Alicia Roteta, Secretaria. Santa Fe, 11 de Noviembre de 2.016.

S/C 308429 Nov. 18 Nov. 24

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: KIVERLING, IGNACIO DANIEL s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-01977067-9), se ha dispuesto: 1°) Declarar la quiebra de Ignacio Daniel Kiverling, argentino, mayor de edad, D.N.I. 32.733.389, domiciliada realmente en calle Bolivia Nº 3851 de esta ciudad de Santa Fe, y con domicilio procesal en calle La Rioja N° 3159 Planta Alta de esta ciudad. 3°) Ordenar a el fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de el primero. Intimar al deudor para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8°) Fijar hasta el día 27 de Diciembre de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 13 de Febrero de 2017 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones, el 16 de Marzo de 2017 para la presentación de los informes individuales; y el 5 de Mayo de 2017 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao, Juez; Alicia Roteta, Secretaria. Santa Fe, 11 de Noviembre de 2.016.

S/C 308431 Nov. 18 Nov. 24

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados SANSO, MONICA CLAUDIA s/Quiebra; (Expte. CUIJ 21-01975600-6), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Noviembre 04 de 2016. Autos y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Mónica Claudia Sansó, argentina, mayor de edad, DNI 18.071.311, empleada, domiciliada realmente en calle Mendoza 331 y constituyendo domicilio legal en calle 1ra Junta 2507 piso 3 oficina 4 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el Art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del Art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 09.11.16 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 02.02.17 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 ley 24.522). 12- Señalar el día 20.03.17 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (Art. 35 Ley 24.522) y designar el día 04.05.17 como fecha para que el Síndico presente el informe general (Art. 39 de la Ley Concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del Art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el Art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta Fe, Noviembre 09 de 2016 Habiéndose realizado...sorteo...un síndico...bolilla correspondiente al CPN Ariel Raúl Plerella...con domicilio en cale Saavedra 2015...Comparezca a aceptar el cargo...Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez); Dra. Alfonsina Pacor Alonso, (Secretaria).

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: CANO, SILVINA ANDREA s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-01977314-8), se ha dispuesto: 1°) Declarar la quiebra de Silvina Andrea Cano, argentina, mayor de edad, D.N.I. 21.768.444, domiciliada realmente en calle Azopardo Nº 7297 de esta ciudad de Santa Fe, y con domicilio procesal en calle Lisandro de la Torre N° 2906 de esta ciudad. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 8°) Fijar hasta el día 27 de Diciembre de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 13 de Febrero de 2017 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 16 de Marzo de 2017 para la presentación de los informes individuales; y el 5 de Mayo de 2017 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo: Diego Raúl Aldao, Juez; Alicia Roteta, Secretaria. Santa Fe, 11 de Noviembre de 2.016.

S/C 308432 Nov. 18 Nov. 24

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados CARABAJAL MATEO NICOLAS s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-01976357-6), tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 04 de Noviembre de 2016. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Carabajal Mateo Nicolás, argentino, apellido materno Carabajal, DNI Nº 33.296.899, CUIL 20-33.296.899-9 mayor de edad, casado, empleado de la Policía de la Provincia de Santa Fe, domiciliada realmente en calle Av. Peñaloza Nº 8600 casa 69 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Obispo Gelabert Nº 2574 oficina N° 1 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos; reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el Art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del Art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 09/04/16 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 08/02/2017 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 01/03/2017 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 31/03/2017 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (Art. 35 Ley 24.522) y designar el día 02/05/2017 como fecha para que el Síndico presente el informe general (Art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del Art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el Art. 89 de la LCQ. 16- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Bermúdez (Juez); Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 09 de Noviembre de 2016, Habiéndose realizado en el día de la fecha el sorteo correspondiente a un Síndico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Síndico CPN González Héctor, domiciliado en calle 25 de Mayo Nº 3407 a quien se designa en tai carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez); Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 308394 Nov. 18 Nov. 24

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Por encontrarse dispuesto, en los autos caratulados REY, SILVIA AGUSTINA GUADALUPE s/Quiebra; (C.U.I.J. N° 21-01976337-1), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Sr. Juez, Dr. Luciano F. Pagliano, y Secretaría del Dr. Jorge A. Gómez, se hace saber por cinco (05) días, publicándose en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que ha sido designado como síndico en autos el C.P.N. Víctor Hugo Fabrizio, con domicilio en calle Angel Cassanello N° 680 de Santa Fe, con atención al público de lunes a viernes en el horario de 14 hs. a 20 hs. Fdo. Dr. Jorge A. Gómez, secretario. Santa Fe, 9 de Noviembre de 2016. Lisandro Salzman, prosecretario.

S/C 308408 Nov. 18 Nov. 24

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Por haberlo dispuesto el Sr. Juez del Juzgado Primera Instancia de Distrito en lo civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se notifica a Sr. Luis Pascual Botto y/o a sus herederos y/o sucesores, que en los autos: (Expte. N° 155 Año 2009) - BARBERIS, OSVALDO RAUL c/BOTTO, LUIS PASCUAL s/Usucapión, de trámite por ante dicho Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 05 de Septiembre de 2016. Y Vistos:... Considerando:... Resuelve: 1°) Rechazar los recursos de nulidad y apelación interpuestos por el Defensor de Ausentes contra la sentencia a qua de fojas 256/258 vto. de autos. 2) Disponer, de acuerdo a lo estipulado por el Art. 1905 del Código Civil y Comercial de la Nación, que la señora jueza de Primera Instancia cumplimente el recaudo legal fijando la fecha en la cual, cumplido el plazo de prescripción, se produjo la adquisición del derecho real, de acuerdo a las constancias de autos. 3) Costas en ambas instancias a la parte actora, entre las que se cuentan los honorarios del Defensor de Ausentes. 4) Los honorarios de Alzada se liquidarán en la proporción establecida en el artículo 19 de la Ley 6.767, modificada por la Ley 12.851, oportunidad en que se correrá vista a la Caja Forense. 5) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, en la forma prevista por el Art. 77, de conformidad con lo estipulado por el Art. 81 del CPCyC. Concluido el acuerdo, firmaron los Señores Jueces de Cámara por ante mí que certifico. Insértese, hágase saber, bajen. Fdo.: Dres. Fabiano (Juez de Cámara) Drago (Juez de Cámara) Dellamonica (Juez de Cámara). Santa Fe, 21 de Octubre de 2016. Viviana Naveda Marcó, secretaria.

$ 72 308459 Nov. 18 Nov. 22

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El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, a cargo del Dr. Carlos Marcolín, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Daniela de Lourdes Fuentes, sito en San Jerónimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados MAFFEI SERGIO ADRIAN c/COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA PRODUCTORES RURALES CAMPO SUR LTDA. y Otra s/Ejecutivo; CUIJ 21-01956749-1, haciendo efectivos los apercibimientos de ley declara rebeldes a los accionados Coop. de provisión de servicios para productores rurales Campo Sur Ltda, y Estancia La Sofía S.A. Santa Fe, 21 de ... de 2016. Daniela de Lourdes Fuentes, Secretaria.

$ 33 308381 Nov. 18 Nov. 22

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Por encontrarse dispuesto autos caratulados BORGEATTINO CARINA ALEJANDRA s/Quiebra; Expte. Nº 738/2013, que tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 18 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, secretaria a cargo de la Dra. Alejandra Gioda se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer conocer la presentación del informe final y proyecto de distribución y su reformulación, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 218 de la LCQ; como así también la regulación de los honorarios practicada a la Sindicatura por la suma de $ 30.615,45 y a la apoderada de la fallida en el monto de $ 13.120.90. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que ordena y autoriza el presente expresa: San Justo, 19 de Agosto de 2016. Agréguese. Téngase presente. En la cantidad de 22,12 Jus, lo que a la fecha equivale a Pesos Treinta Mil Seiscientos Quince con 45/100 ($ 30.615,45), regúlense los honorarios profesionales del CPN -Síndico- Mario Eduardo Di Lucca; por su actuación en los presentes autos, vista al consejo profesional de ciencias económicas. En la cantidad de 9,48 lus, lo que a la fecha equivale a Pesos Trece Mil Ciento Veinte con 90/100 ($ 13.120,90), regúlese los honorarios profesionales de la Dra. Lorena María Itatí Góngora, por su actuación en los presentes autos. Vista a la caja forense. Hágase saber que en caso de incumplimiento los intereses de los honorarios adeudados, se otorgaran a la tasa del 12% anual desde la mora hasta el efectivo pago. Notifíquese. Firmado: Dra. Laura M. Alessió, Juez; Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria. Otro decreto: San Justo, 1 de Septiembre de 2016. Téngase presente lo manifestado. Proveyendo escrito cargo N°1734 (fsl03). Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término y bajo apercibimiento de ley. Cumplimentadas las vistas ordenadas mediante proveído de fecha 19 de Agosto de 2016 (fs. 110), publíquense los edictos conforme a lo establecido en el Art. 218 de Ley de Concursal. Notifíquese. Firmado: Dra. Laura M. Alessio, Juez; Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria. Tercer Decreto: San Justo 17 de Octubre de 2016. Proveyendo escrito cargo Nº 7564: Por evacuada la vista en la forma que expresa. Proveyendo escrito cargo Nº 7562: Agréguese, advirtiendo en este estado de autos las divergencias existentes en el proyecto de distribución obrante a fs. 102vta, reformule el mismo en debida forma. Fecho, publíquese nuevamente edictos de conformidad a lo establecido por el Art. 218 de la ley Concursal. Notifíquese. Firmado: Dra. Laura M. Alessio, Juez; Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria. Otro Decreto: San Justo 31 de Octubre de 2016. Por Presentado reformulación del proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término de ley. Estese a la última parte del proveído de fecha 17 de Octubre de 2016 (fs 117). Notifíquese. San Justo, 10 de Noviembre de dos mil dieciséis. Dra. Gioda, Secretaria.

S/C 308379 Nov. 18 Nov. 21

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 28 de la ciudad de Santo Tomé, se cita y emplaza a Tarnoski Dario Fabián, para que oponga excepciones legítimas en el término de ley, a contar desde la última publicación, y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/TARNOSKI DARIO FABIAN y/o Q.R.J.R. s/Apremio; (Expte. 558/2016). Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 14 de Septiembre de 2016. Fdo. Dra. Laura Botbol, Secretaria.

S/C 308493 Nov. 18 Nov. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 20 de la ciudad de Gálvez, provincia de Santa Fe, se notifica a Norberto Ricardo Lencina que en los autos Expte. N° 561/2013 - ASOC. MUTUAL DEL CLUB ATLETICO ARGENTINO c/LENCINA, NORBERTO RICARDO y BARRAZA, VICTOR EDUARDO s/Ejecutivo, de trámite ante dicho Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: Gálvez, 21 de Junio de 2016. Y Vistos:...; Resulta:...; Considerando:...; Resuelvo: Hacer lugar a la demanda y en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución hasta que el acreedor perciba totalmente el capital reclamado de pesos Tres Mil Treinta ($ 3.030,00), sus intereses conforme el considerando precedente y costas. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se practique liquidación provisoria de capital e intereses. Hágase saber, agréguese copia y archívese el original. Fdo. Dra. Candela Powell (Jueza); Dra. Barbara Ilera (Secretaria). Gálvez, 21 de Octubre de 2016. Dra. Saliva, Secretaria.

$ 33 308462 Nov. 18 Nov. 22

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11a. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos CLUB ATLETICO COLON s/Continuación del Concurso Preventivo con Opción de la Ley Nº 25.284; Expte. Nº 601 Año 2014 CUIJ 21-01071572-2, se hace saber que se han presentado el plan de cancelación de deuda y el proyecto de distribución (período 2016/2017), y se han regulado los honorarios de los funcionarios y profesionales intervinientes. Lo que se publica a sus efectos legales. Santa Fe, 11 de Noviembre de 2016. Fdo. Dr. Walter E. Hrycuk, Secretario.

S/C 308476 Nov. 18 Nov. 21

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En autos caratulados; HILBE, OSCAR GUSTAVO s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21/01974456-3), por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera (3ra.) Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del extinto Oscar Gustavo Hilbe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 1 de Noviembre de 2016. Viviana Naveda Marcó, secretaria.

$ 45 308497 Nov. 18 Dic. 2

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos BAUMGARTNER IGNACIO LUIS s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nº 21-01975706/1, se cita, llama y emplaza a los acreedores y a todos quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Ignacio Luis Baumgartner (DNI 08.501.125), para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y con los apercibimientos de ley en los autos mencionados. Fdo.: Dr. Pagliano, Juez; Dr. Gómez, Secretario. Santa Fe, 31 de Octubre de 2016. Lisandro Salzman, prosecretario.

$ 45 308427 Nov. 18 Dic. 2

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, en los autos caratulados GERARDUZZI, JOSE MARIA s/Declaratoria de Herederos; (Expte. Nº 21-00841495-2 Año 1995 y su acumulado GERARDUZZI, JOSE MARIA y Otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-019622991-8 y TONELLI, TERESA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-01959005-1, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Teresa Tonelli DI N° 5.910.514, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 10 de Noviembre de 2016. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.

$ 45 308449 Nov. 18 Dic. 2

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 15, en lo Civil, Comercial y Laboral, secretaría única, de Tostado, en autos NUEVO BCO. DE SANTA FE S.A. c/AYALA, MIGUEL H. s/Ordinario; Expte. N° 508 Año 2014, se cita, llama y emplaza al Sr. Ayala Miguel Héctor, D.N.I. N° 11.616.321, para que comparezca a este juzgado dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a estar a derechos. Lo que se publicara en el BOLETIN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo. Hayde M. Regonat (Jueza); Marcela Barrera (Secretaria). Tostado, 4 de Noviembre de 2016. Marcela A. Barrera, secretaria.

$ 33 308407 Nov. 18 Nov. 22

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SAN CRISTÓBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de 1° Instancia de Distrito Judicial N° 10 Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, en los autos caratulados: DIAZ, NOELIA DANIELA c/LEGUIZAMON, ADOLFO GERARDO y Otros s/Filiación; (Expte. N° 853 Año 2014), se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a la sucesión de Lucas Luciano Leguizamón, D.N.I. N° 28.015.906, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Se publica a efectos legales. San Cristóbal, 24 de Octubre de 2016. Dr. Ricardo Ruiz Díaz, secretario.

S/C 308444 Nov. 18 Nov. 22

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia del Distrito Judicial N° X Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal en los autos caratulados: HERRERA, RICARDO ABEL s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 187 Año 2016, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por fallecimiento de: Ricardo Abel Herrera, D.N.I. N° 32.430.268, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Se publica a efectos legales. San Cristóbal, 2 de Septiembre de 2016. Dr. Ricardo Ruiz Díaz, Secretario.

S/C 308447 Nov. 18 Dic. 2

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4, Civil y Comercial, de la Segunda Nominación, de la ciudad de Reconquista (SF), cita, llama y emplaza a los Herederos y/o Acreedores y/o Legatarios de la Sra. Irma Argentina Leguizamón, D.N.I. N° 1.438.948, y a todos aquellos que se crean con derechos sobre los bienes dejados por los causantes a comparecer en el término y bajo apercibimiento de ley en autos: LEGUIZAMON, IRMA ARGENTINA s/Sucesorio; Expte. N° 108 Año 2016. Publíquese por el término de cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y en el lugar destinado a tal fin en estos Tribunales. (Art. 592 C.P.C.C.S.F.). Reconquista, 27 de Octubre de 2016. Fdo. Dr. Nicolás Mosconi, Secretario.

$ 45 308436 Nov. 18 Nov. 24

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