DECRETO N° 3001
SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,
09 OCT 2017
VISTO:
El expediente N° 02001-0031815-5 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, en virtud del cual tramita la aprobación del proyecto de reforma del Estatuto del Colegio de Ingenieros Agrónomos — 1ra, 2da, 3ra y 4ta Circunscripción de la Provincia de Santa Fe — Ley N° 10.780; y
CONSIDERANDO:
Que, los presidentes de la 1ra 2da, 3ra y 4ta Circunscripción del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Santa Fe — Ley N° 10.780, elevan nota solicitando la aprobación de la reforma del Estatuto que rige su vida social;
Que, acompaña copia del Estatuto vigente, Acta N° 27 del día 29/07/16 de la Asamblea Extraordinaria en virtud de la cual se propugna la modificación del Estatuto y copias simples de Actas de Asambleas Extraordinarias;
Que, la Inspección General de Personas Jurídicas dependiente de Fiscalía de Estado se ha expedido en oportunidad de tratar cuestiones relativas al régimen de los Colegios Profesionales — por medio de Dictámenes N° 4771/07 y 1108/08, entre otros- indicando que conforme el régimen de la Ley Provincial N° 6926 " carece de competencia para entender en materia de constitución, funcionamiento y extinción de Colegio y Cajas Profesionales, cometido reservado al Poder Ejecutivo que, en principio ejerce a través del Ministerio de Gobierno";
Que, ha manifestado además que "... para legitimar la actividad de esta Inspección General en la cuestión, es menester que un acuerdo explícito de ese Ministerio delegue facultades a esta dependencia";
Que, tal requerimiento de habilitación registra entre otros antecedentes análogos el Dictamen N° 3060/05 de la citada I.G.P.J. (expediente N° 00201-0109404-9 s/Aprob. Reforma Parcial Estatuto Colegio de Dietista-Nutricionista de la Provincia de Santa Fe), en el que se reiteran los términos vertidos, solicitando se autorice a "...esta Inspección General para dar trámite a la presentación y elevar posterior opinión para resolver en consecuencia, ello sin perjuicio de la intervención de Fiscalía de Estado en su oportunidad";
Que, por Resolución N° 0007 de fecha 2 de febrero de 2017 el Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, resolvió habilitar a la Inspección General de Personas Jurídicas a la toma de razón y aprobación del Proyecto del Colegio de Profesionales de Asistentes Sociales de la Provincia de Santa Fe Primera Circunscripción;
Que, las funciones han sido delegadas al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y se describen en el artículo 18° , punto 15), de la Ley de Ministerios N° 12.817, correspondiéndole a esta jurisdicción "entender en la reglamentación y fiscalización del ejercicio de las profesiones";
Que, del mismo modo, intervienen el Subsecretario Legal y Técnico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sin observaciones que formular al texto propuesto por la entidad;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Apruébese la reforma del Estatuto Ingenieros Agrónomos - 1°, 2°, 3° y 4° Circunscripción de la Provincia de Santa Fe — Ley N° 10.780, que como Anexo Único se adjunta al presente
ARTÍCULO 2°: Regístrese, publíquese, comuníquese, y archívese.-
LIFSCHITZ
Dr. Ricardo Isidoro Silberstein
Nota:Se publica sin el anexo, pudiéndose consultar en la página web de la Provincia de Santa Fe.
20704
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