picture_as_pdf 2017-08-18

CONSEJO SUPERIOR DEL

CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE

LA PROVINCIA DE SANTA FE


RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR

Nº 15/2017


RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN MESA

DIRECTIVA FACPCE N° 879/17

AJUSTE POR INFLACIÓN


VISTO

Las facultades del Consejo Superior derivadas de la ley 8738 (t.o.), artículo 33 inciso f);

La Resolución 879/2017 emanada de la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas -FACPCE- dictada ad referéndum de la Junta de Gobierno y,

CONSIDERANDO

Que la Mesa Directiva de la FACPCE en sesión de 28 de abril de 2017 celebrada en Corrientes resolvió despachar ad referéndum de la Junta de Gobierno la Resolución 879/17 sobre aplicación de la Sección 3.1 de la Resolución Técnica 17 (Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general) y de la Sección 2.6 de la Resolución Técnica 41 (Normas Contables Profesionales. Desarrollo de cuestiones de aplicación general: aspectos de reconocimiento y medición para entes pequeños y entes medianos).

Que la resolución de la Mesa Directiva dispuso que las respectivas secciones de las Resoluciones Técnicas evocadas se apliquen a los estados contables correspondientes a períodos anuales cerrados a partir del 1 de diciembre de 2017 inclusive y al de los períodos intermedios posteriores a dicho ejercicio, evaluándose las condiciones de dichas secciones a partir de esa misma fecha. Por consiguiente, dispone que no se aplicara la reexpresión a moneda homogénea prevista en la Resolución Técnica 6 a los estados contables correspondientes a períodos anuales e intermedios cerrados con anterioridad al 1 de diciembre de 2017.

Que la medida, si bien dictada el pasado 28 de abril y sin explícita referencia a la época de vigencia debe, a nuestro juicio, considerarse en vigor a partir del 31 de marzo de 2017 pues, de este modo, se evitan periodos anómicos que crean dificultades interpretativas sobre el valor intertemporal de la norma. La materia objeto de la resolución en tratamiento es de relevancia para la labor profesional aplicada a la calidad de la expresión monetaria, razón por la que ha de preverse que sus disposiciones no excluyan tramos temporales originando incertidumbre en la reexpresión de los valores de los estados contables a moneda homogénea.

Que confirma lo expuesto que este Consejo tuvo participación en la elaboración del documento a través de sus delegados en los órganos técnicos de la FACPCE que le permitió un conocimiento de los postulados de origen y alcances y el implícito propósito que las nuevas reglas abarquen la integra temporalidad del año en curso. En fin la fecha de vigencia proyectada no afecta situaciones consolidadas ni compromete derechos subjetivos de sus destinatarios.

Por ello,

EL CONSEJO SUPERIOR DEL CONSEJO

PROFESIONALDE CIENCIAS

ECONÓMICAS DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE

Artículo 1°: Disponer la aplicación en el ámbito territorial de competencia de este Consejo de la Resolución MD 879/17 dictada ad referéndum de la Junta de Gobierno de la FACPCE y tener a su texto íntegro como parte inescindible de la presente bajo el título Anexo “A”, para ver el texto completo de la Resolución de Consejo Superior Nº 15/2017 Ratificación Resolución Mesa Directiva FACPCE Nº 879/17-Ajuste por Inflación, ingresar a: www.cpcesfe2.org.ar

Artículo 2°: La resolución federativa objeto de la presente rige a partir del 31 de marzo de 2017.

Artículo 3°: Regístrese, comuniqúese a las Cámaras y a la FACPCE, hágase saber a los matriculados, publíquese por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y en los medios de difusión habituales en ambas Cámaras y archívese.

Rosario, 21 de julio de 2017.

Dra. Ana M.Fiol

Contadora Pública

Presidenta

Dra. Georgina Chiaramonte

Contadora Pública

Secretaria

$ 113 331521 Ag. 18

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RESOLUCIÓN DE CONSEJO SUPERIOR

N° 12/2017


REGLAMENTO DE INVERSIONES DE LA

CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL

VISTO

Lo dispuesto por el artículo 16, incisos a) y g), y el artículo 33 de la Ley Nº 11.085, y la Resolución de Consejo Superior Nº 28/2016 y

CONSIDERANDO

Que la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que el artículo 86 de la Ley N° 11.085 otorga al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.

Que se ha recibido del Consejo de Administración Provincial de Caja una propuesta de modificación del Reglamento de Inversiones vigente según la experiencia obtenida en su aplicación para poder retribuir las tareas especiales que puedan quedar a cargo del Secretario Técnico de una Cámara de la Caja en caso de ausencia del Analista de Inversiones.

Por ello:

EL CONSEJO SUPERIOR DEL

CONSEJO PROFESIONAL

DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE

LA PROVINCIA DE SANTA FE

RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar el Reglamento de Inversiones que, como Anexo “A”,para ver el texto completo de la Resolución de Consejo Superior Nº 12/2017 Reglamento de inversiones de la Caja de Seguridad Social, ingresar a:www.cpcesfe2.org.ar,forma parte de la presente, sustituyendo el aprobado por la Resolución de Consejo Superior N° 28/2016.

Artículo 2°: Regístrese, comuniqúese a las Cámaras, al Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, a los matriculados; publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y archívese.

Santa Fe, 19 de mayo de 2017.

Dra. Ana M.Fiol

Contadora Pública

Presidenta

Dra. Georgina Chiaramonte

Contadora Pública

Secretaria

$ 64 331520 Ag. 18

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