picture_as_pdf 2016-08-18

JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Inst. Laboral de la 3ra. Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “NAVARRO VIRGINIA SOLEDAD c/SUPERTINO MIRIAM s/Cobro de pesos laborales, Expte. N° 102 Año 2011” se cita, a la demandada Sra. SUPERTINO Miriam, DNI: 23.882.825, para que tome intervención en estos autos, bajo apercibimientos de ley, lo que a sus efectos se publica en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el hall de este tribunal. Para mayor recaudo, se transcribe el decreto que lo ordena: “Santa Fe, 12 de Noviembre de 2015. Agréguense las cédulas acompañadas. Atento constancias de autos, cítese a la demandada por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, tres veces, venciendo el término cinco días después de su última publicación. Las notificaciones que se practiquen por edictos deberán ser fijadas en el espacio habitual habilitado a tales efectos dentro del Tribunal, conforme lo determine la Corte Suprema de Justicia, bajo apercibimientos de ley. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Dra. Helver, Prosecretaria.

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: “NIETO FLORINDA c/APRILE CONCEPCIÓN ANA s/C.P.L.” Expte. 52, año 2004, se hace saber a los herederos de doña Concepción Ana Aprile, DNI Nº 2.835.673, que en estos autos se han hecho efectivos los apercibimientos decretados, declarándoselos rebeldes. Asimismo se ha fijado fecha de audiencia para que tenga lugar el sorteo de un Defensor Ad-hoc (Art. 45 Ley 7945), para el día 18/05/16 a las 11.00 horas, lo que se publica conforme el Art. 45 del C.P.L. (Art. 597 CPCC) en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por el término de ley. Santa Fe, 26 de Abril de 2016. Fdo.: Dra. Melchiori -Secretaria.

S/C 298785 Ago. 18 Ago. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito del Trabajo, Primera Nominación, Santa Fe; se ha dispuesto lo siguiente en los autos caratulados: Expte. 502 – Fº 67 - Año: 1993- QUIROGA, MARCOS c/SAÑUDO, RAMÓN ALBERTO s/C.P.L, Santa Fe, 28 de Julio de 2016. Cítese por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL, a los herederos de Marcos Quiroga DNI M-2.490.852, para que comparezcan a tomar intervención en el término de tres días bajo apercibimientos de rebeldía. Notifíquese. Fdo.: Delia C. Biroccesi, Jueza. Aníbal M. López, Secretario.

S/C 298728 Ago. 18 Ago. 22

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación, Santa Fe, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. Gino Bailo (DNI N° 93.248.725), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días, bajo los apercibimientos legales en los autos caratulados: “BAILO, GINO s/Sucesorio” (CUIJ: 21-01972436-8). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 17 de Mayo de 2016. Dra. Mántaras, Prosecretaria.

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Por así estar dispuesto en los autos “VERTONE, GABRIEL ALEJANDRO s/Quiebra” (CUIJ N° 21-01971734-5) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 9 de Agosto de 2016 - Y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Gabriel Alejandro Vertone, apellido materno Vázquez, argentino, D.N.I. N° 20.725.618, CUIL Nº 20-20725618-9, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle J. P. López 989 y legal en calle Av. Gral. López 2618, P1 Of. 3, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.Q. 5) Intimar al deudor para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 10 de Agosto del corriente año, a las 10.00 hs. 12) Disponer la inmediata incautación de los bienes de fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunitario correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio al MINISTERIO DE EDUCACIÓN a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 13) Fijar el día 16/09/16, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 14) Fijar el día 30/09/2016 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 31/10/2016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 14/12/2016 para la presentación del Informe General. 16) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos. 19) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 Inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en la audiencia realizada el día 10/08/16 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó desinsaculado a los fines de actuar como tal la bolilla perteneciente a la C.P.N. Prono, Lucía Inés con domicilio en calle Facundo Zuviría 3675 de esta ciudad. Dra. Marcó, secretaria.

S/C 298677 Ago. 18 Ago. 24

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Por así estar dispuesto en los autos “RÍOS, LEANDRO RENE s/Quiebra”; (CUIJ N° 21-01974364-8) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 9 de Agosto de 2016 - Y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Leandro Rene Ríos, apellido materno Wuethrich, argentino, D.N.I. Nº 21.905.363, CUIL Nº 20-21905363-1, mayor de edad, empleado, con domicilio real en calle Las Flores I Monoblock 13 Departamento 21 y legal en calle Obispo Gelabert 3191, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C.Q. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 10 de Agosto del corriente año, a las 10.00 hs. 12) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunitario correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Educación a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 13) Fijar el día 16/09/16, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 14) Fijar el día 30/09/2016 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 31/10/2016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 14/12/2016 para la presentación del Informe General. 16) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 17) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 18) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos. 19) Encomendar al Sindico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Conste: Que en la audiencia realizada el día 10/08/16 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó desinsaculado -a los fines de actuar como tal- la bolilla perteneciente a la C.P.N. Adur, María Lucia con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Naveda Marcó, Secretaria.

S/C 298681 Abr. 18 Abr. 24

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “BOSCH, IGNACIO EZEQUIEL c/SEDLACEK, ALICIA EDELMIRA y Otros s/Ordinario” (Expte. Nº 1149 - Año 2012), se cita y emplaza a los Sres. Flavia Hebe Caprio; Livia Lorena Caprio; Bruno Hernán Caprio y Fabio Guillermo Caprio, a quienes se cita y emplaza a estar a derecho, a los dos primeros, por el término de diez (10), y a los restantes por el término de tres (03) días, bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley (Art. 67 del C.P.C.C. modificado por Ley 11.287) y se exhibe en el hall de planta baja de los Tribunales de esta ciudad. Santa Fe, 27 de Julio de 2016. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

$ 33 298698 Ago. 18 Ago. 22

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “BLANCHE, CYNTHIA CAROLINA DEL CARMEN s/Quiebra” CUIJ N° 21-01972216-0, se ha dispuesto: ...Santa Fe, 9 de agosto de 2016. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Cynthia Carolina del Carmen Blanche, argentina, mayor de edad, D.N.I. N° 28.332.097, con domicilio real en La Rioja 5864 de la localidad de Recreo Sur, y legal en Junín 2612 P.A. de la ciudad de Santa Fe, ambos de la Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. Sin previo pago (Art. 89 - 3er. párrafo Ley Nº 24.522). Fdo. Dra. Daniela De Lourdes Fuentes (secretaria) - Dr. Carlos F. Marcolin (Juez). Santa Fe, 10 de Agosto de 2016.

S/C 298714 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: PAYES, VICTORIA GUILLERMINA s/Quiebra, CUIJ 21-01973566-1, la siguiente resolución: “Santa Fe, Visto:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Payes Victoria Guillermina, DNI 26.256.517, con domicilio real en Planta Urbana, de la localidad de Saladero Cabal, Provincia de Santa Fe, y domicilio ad litem constituido en calle 4 de Enero 1753, oficina PB, de la ciudad de Santa Fe. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al síndico. 6- Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionamiento falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (Art. 117 Inc. 2° LCQ). 7- Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría “B” para el día 17 de Agosto de 2016 a las 10.00 horas. 11- Fijar el día 06 de octubre de 2016 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley 24.522). 12- Fijar el día 24 de Octubre de 2016 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 23 de Noviembre de 2.016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (Art. 35 Ley Nº 24.522) y el 03 de Febrero de 2017 para la presentación del Informe General (Art. 39 Ley Nº 24.522). 17- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el Art. 89 de la Ley Nº 24.522.” Fdo: Dr. Gabriel O. Abad (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria). Santa Fe, 11 de Agosto de 2016.

S/C 298729 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “ARCE, MIRIAM NOELIA s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ N° 21-01973466-5), atento lo ordenado en fecha 03 de Agosto de 2016 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Miriam Noelia Arce, D.N.I. N° 25.157.408, de apellido materno García. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al sindico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 16 de Septiembre de 2016 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al CPN Cristian Guillermo Cuello, con domicilio en calle Monseñor Zaspe N° 2770, Planta Baja, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley Nº 24.522). Santa Fe, 10 de Agosto de 2016. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 298688 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “MARTÍNEZ, DANIEL ANTONIO s/Quiebra” - CUIJ Nº 21-01972916-5, se ha dispuesto: ...Santa Fe, 9 de Agosto de 2016... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Daniel Antonio Martínez, argentino, mayor de edad, de apellido materno Bianchi DNI N° 12.399.186, con domicilio real en Fonavi San Jerónimo - Manzana 5 Escalera N° 10 2do Piso Dpto. 88, y legal en 25 de mayo 2126 Piso 2° Dpto. B, ambos de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces.- ..... Sin previo pago (Art. 89 - 3er. párrafo Ley Nº 24.522). Fdo. Dra. Daniela De Lourdes Fuentes (Secretaria). Dr. Carlos F. Marcolin (Juez). Santa Fe, 10 de Agosto de 2016.

S/C 298713 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición de la Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Mediante Resolución de fecha 3 de Agosto de 2016 se ha resuelto declarar abierto el concurso preventivo de INNOVA INGENIERÍA S.A. CUIT. 30-71092663-4, con domicilio fiscal en Avenida Primera Junta 4631, de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe, y legal en calle 9 de Julio 1284 2° Piso ambos de la ciudad de Santa fe. Por resolución de fecha 3 de agosto de 2016, fíjase el 29 de Setiembre de 2016 inclusive o el día hábil inmediato posterior si resultar feriado para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes en el domicilio del Sr. Sindico CPN Edgardo Américo Mangiameli, domiciliado en calle San Jerónimo 2542, oficina 3 de esta ciudad de Santa Fe. Señalar el 18 de Octubre de 2016 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. Fijar el día 21 de Noviembre de 2016, para que la Sindicatura presente su informe individual; y hasta el 6 de Febrero de 2017 como fecha para que la Sindicatura presente el informe general. Fijar el día 20 de Junio de 2017 para la formulación dé observaciones al In forme General. Determinar que el período de exclusividad previsto en el Art. 43 de la L.C.Q. vencerá el día 07 de Agosto de 2017 y en consecuencia, dijar el día 31 de Julio de 2017, a las 10:00 hs la audiencia informativa (Art. 45 L.C.Q.) en la Sala del despacho de VS. Con la prevención de realizarse con los acreedores que concurrieren. Dicha audiencia deberá ser notificada a los trabajadores de la deudora en la forma dispuesta en el inc. 10 del Art. 14 de la LCQ.- Fdo. Gabriel O. Abad - Juez - Mariana Nelli - Secretaria. Dra. Prieu Mántaras, Prosecretaria.

S/C 298787 Ago. 18

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos “MERZ, JORGELINA JIMENA s/Quiebra” (Expte. Nro.21-01973620-9 - Año 2016) se ha dispuesto: 1.- Declarar la quiebra de Jorgelina Jimena Merz, argentina, mayor de edad, D.N.I. N° 29.142.089, apellido materno González, con domicilio real en La Rioja N° 2464, Depto. 3 B de la ciudad de Santa Fe, y legal en 25 de Mayo 2423 de esta ciudad de Santa Fe .2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez) - Dra. Daniel de Lourdes Fuentes (Secretaria). Secretaría, 10 de Agosto de 2016.

S/C 298699 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Tercera Nominación Segunda Secretaria con asiento en la ciudad de Santa Fe, Dr. Héctor S.A. Canteros (Juez), Dra. Ileana A. Díaz (Secretaria), en los autos caratulados: “Expte. Nro. 243, Año 2015. RUBÉN BOSCO PROPIEDADES c/MEHAUDY, DIEGO MARTÍN; GIARDINI, ADRIÁN MARCELO; GOGORZA, MARÍA CLELIA; VICI, JUAN LUIS y SUAREZ, GREGORIA s/Cobro de pesos”, por el presente se notifica el siguiente decreto: Santa Fe, 24 de Mayo de 2016. Téngase presente y agréguese. Citase por edictos a los herederos del codemandado Juan Luis Vici por el término y bajo apercibimiento de ley, para que comparezcan por sí o por apoderado a tomar intervención en la presente causa.///“. Fdo.: Dr. Héctor S.A. Canteros. (Juez) - Dra. Ileana A. Díaz (Secretaria).

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Santa Fe, en autos caratulados “HSBC Bank Argentina S.A. c/GAMARRA CINTIA ANABEL s/Ejecutivo” (Expte. 21-00958187-9), ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 27 de Julio de 2016. Vistos:... ...Considerando:... ...Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más sus intereses, de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes, y las costas del pleito. Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación. Regístrese y hágase saber.” Fdo.: Dr. Jorge Gómez (Secretario). Dr. Luciano Pagliano (Juez). Dr. Salzman, Prosecretario. Santa Fe, 5 de Agosto de 2.016.

$ 33 298708 Ago. 18 Ago. 22

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación, Santa Fe, se hace saber que en autos “AGUIRRES, IVAN MIGUEL JESÚS s/Solicitud de propia quiebra”, que tramitan por expediente No 50 Año 2.014 ante el mismo Juzgado, se ha presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución. Lo que se publica por dos días a sus efectos legales. Santa Fe, 3 de Agosto de 2.016. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

S/C 298779 Ago. 18 Ago. 19

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, Santa Fe, se hace saber que en autos “MARTÍNEZ CARLOS WENCESLAO s/Quiebra” que tramitan por expediente CUIJ 21-00027455-8 ante el mismo Juzgado, se ha presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución. Lo que se publica por dos días a sus efectos legales. Santa Fe, 5 de Agosto de 2.016. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 298780 Ago. 18 Ago. 19

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Por estar así dispuesto en autos caratulados “NAHS JUANA ELENA c/NAHS FEDERICO GUILLERMO s/ Prescripción Adquisitiva” Expte. N° 21-00903247-6, que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe, se ha dispuesto la publicación de edictos a los fines de que se cite y emplace a los herederos y sucesores de Federico Guillermo Nahs, a comparecer a los autos de referencia, en el término y bajo apercibimientos de ley. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto de V.S., que así lo ordena: Santa Fe, 11 de Junio de 2015.///Se tendrá por iniciada la presente contra sus sucesores, a quienes se citará a comparecer a estos autos en el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Dr. Diego Raúl Aldao (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 30 de Julio de 2015. A los fines solicitados, publíquense edictos. Fdo: Dra. Alicia Isabel Roteta (Secretaria) - Dr. Diego Raúl Aldao (Juez). Santa Fe, 5 de Agosto de 2015.

$ 33 298750 Ago. 18 Ago. 22

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Resolución de fecha 29 de Julio de 2016 recaída en autos: “BIELER, SERGIO FABIÁN s/Concurso Preventivo “(CUIJ Nº21-01970939-3), DNI 21.689.179, se ha dispuesto la apertura del Concurso Preventivo del señor Sergio Fabián Bieler, con domicilio en calle Pasaje Falucho 1045 de la localidad San Jerónimo Norte, provincia de Santa Fe. Se intima a los acreedores a que formulen sus pedidos de verificación de créditos hasta el día 3/09/2016 inclusive ante el Síndico C.P.N Pirola Silvina Teresa de Jesús, con domicilio en calle Ruperto Pérez 1944 de la ciudad de Santa Fe. Lo que se publica a los efectos legales por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y en el diario El Litoral de la ciudad. Santa Fe, de Agosto de 2016. Dr. Tosolini, Secretario.

S/C 298734 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 1, C. y C. de la 2da. Nom. de Sta. Fe, se hace saber que en autos caratulados: DOELLO LILIAN BEATRIZ s/Quiebra, CUIJ: 21-00729276-4, se ha presentado reformulación del proyecto de distribución final. Fdo. Dra. Daniela de Lourdes Fuentes (Secretaria) - Dr. Carlos F. Marcolin (Juez). Santa Fe, 10 de Agosto de 2016.

S/C 298752 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición de la Sra. Jueza de primera instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 18 de la Ciudad de San Justo, Prov. De Santa Fe en los autos caratulados “RODARO CELSO OSVALDO s/Sucesorio Expte. N° 475 Año 2016”, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores de don Rodaro Celso Osvaldo, DNI: M 6.331.635, para que comparezcan a hacer valer sus derechos a la herencia bajo apercibimientos de ley, lo que a sus efectos se publica en el BOLETIN OFICIAL y se exhibe en el hall de este tribunal. Dra. Gioda, Secretaria. San Justo, 8 de Agosto de 2.016.

$ 45 298706 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2° Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “BIANCO, FRANCISCO s/Sucesorio” CUIJ: 21-01974291-9 - Año 2016, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don: Blanco, Francisco DNI: M 6.213.950, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Se publican a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, y en el hall de Tribunales. Dr. Carlos Marcolin Juez - Dra. Daniela De Lourdes Fuentes. Secretaria. Santa Fe, 5 de Agosto de 2016.

$ 45 298643 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición de la Señora Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “FABIANI, JOSÉ FAUSTINO y FRUTOS, ANA MARÍA s/Sucesorio” (CUIJ 21-01966632-5), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de José Faustino Fabiani, D.N.I. N° 6.245.612 y Ana María Frutos, D.N.I. Nº F 5.622.594 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley Nº 11.827, en el lugar habilitado por la C.S.J.P. en el Palacio de Tribunales. Dra. Viviana Elisabeth Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 20 de Mayo de 2016.

$ 45 298680 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la 10MA Nominación, en los autos “FAZIO FRANCISCO s/Sucesorio” expte. CUIJ 21-01964262-0, y en cumplimiento del art. 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación, se transcribe lo pertinente”...Justificado el fallecimiento, se notifica a los herederos denunciados en el expediente, y se dispone la citación de herederos, acreedores y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, por edicto publicado por un día en el diario de publicaciones oficiales, para que lo acrediten dentro de los treinta días.” Por Ello: se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Don Francisco Fazio - L.E. M. 8.501.272, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 3 de Mayo de 2016. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

$ 45 298790 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Distrito Nº 1, en lo Civil y Comercial y de la 10ma. Nominación - Secretaría Única de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “ZEBALLOS, DORA SERBILIANA y don MENDOZA TELÉSFORO s/Sucesorio” (Expte. CUIJ. 21-01973226-3, año 2016), se cita, llama y emplaza a lo herederos, acreedores o legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante doña Zeballos, Dora Serbiliana, DNI. 3.802.075, fallecida el día 24 de Octubre del año 2012 y Don Mendoza, Telésforo, L.E. Nº 2.394.523, fallecido el día 17 de Agosto de 2014, para que comparezcan a los presentes actuados a hacer valer sus derechos lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL de conformidad a la Ley Nº 11.287 y acuerdo del 7/2/96 acta Nº 3. Santa Fe, 9 de Agosto de 2016. Dra. María Ester Noé de Ferro - Secretaria.

$ 45 298774 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Doña Mercedes Crisanta Palacios, D.N.I. N° F. 4.873.861, en autos: caratulados “PALACIOS, MERCEDES CRISANTA s/Declaratoria de herederos” -CUIJ. N° 21-01969478-7, tramitados por ante este Juzgado para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: “Santa Fe, 31 de Marzo de 2016. ...Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (Arts. 2340 CC y C)... Firmado: Dr. Aldao: Juez - Dra. Roteta: Secretaria. Santa Fe, 27 de Julio de 2016.

$ 45 298712 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, en autos caratulados “PÉREZ, JUAN ALBERTO s/Sucesorio” CUIJ 21-01973088-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Juan Alberto Pérez, DNI 16.178.072, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de conformidad al art. 67 del C.P.C. y C. Santa Fe, 28 de Junio de 2016. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

$ 45 298724 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Celso Felipe Gamba (D.N.I. Nº M. 6.249.193) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Todo de acuerdo a lo dispuesto en los autos caratulados: “GAMBA, CELSO FELIPE s/Sucesorio” (CUIJ Nº 21-01974398-2). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Palacio de Tribunales (Art. 592 y 67 Mod. Ley 11.287 C.P.C.C.). Santa Fe, 9 de Agosto de 2016. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

$ 45 298778 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: “RAMÓN NILDA ANA s/Declaratoria de Herederos” Expte. 21-01973504-1, año 2016 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Nilda Ana Ramón, DNI N° 2.413.349, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por el término de ley. Santa Fe, 5 de Agosto de 2016. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

$ 45 298783 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante don Rufino Julian Yossen, L.E. Nº 2.379.700, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en autos caratulados: “YOSSEN, RUFINO JULIÁN s/Sucesorio” (CUIJ 21-01973637-4) tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe. Lo que a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 4 de Agosto de 2016. Dr. Maurutto, Secretario.

$ 45 298789 Ago. 18 Ago. 31

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En autos caratulados: “OJALVO, DAMIÁN AUGUSTO s/Declaratoria de herederos” Expte. Nº CUIJ 21-01971897-9, que se sustancian por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe , el señor Juez ha dispuesto lo siguiente: Citar, llamar y emplazar a herederos, legatarios y acreedores de don Damián Augusto Ojalvo, DNI. 20.806.705, quien fallecida en la ciudad de Santa Fe el día 27 de Febrero de.2016, para que en el plazo legal y bajo apercibimientos de Ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a los efectos légales en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall del palacio de Tribunales. Santa Fe, 9 Agosto de 2016. Fdo. Daniela Lourdes Fuentes, Secretaria.

$ 45 298732 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del Sra. Jueza, Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretario Walter Eduardo Hrycuk, a cargo del Juzgado Instancia Civil y Comercial Undécima Nominación, Sec. Única Comercial, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados QUISPE ALVAREZ, SANTOS s/Declaratoria de herederos se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios de don Santos Quispe Alvarez, D.N.I. 95.015.170, para que dentro del termino y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a derecho y hacer valer sus derechos. Fdo. Sra. Jueza, Dra. Ana Rosa Alvarez, Secretario. Walter Eduardo Hrycuk. Santa Fe, 8 de Agosto de 2016. Dr. Hrycuk, Secretario.

$ 45 298710 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de esta ciudad, en autos “VANRRELL, LAURA CRISTINA s/Sucesorio”, CUIJ. 21-01966862-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Laura Cristina Vanrrell (DNI. 10.935.387), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 1 de Abril de 2016. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

$ 45 298786 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “BAÑEZ, ALBERTO RUBÉN s/Declaratoria de herederos” (CUIJ 21-019746669-8), se cita, llama y emplaza a los Herederos, acreedores y legatarios de don Alberto Rubén Bañez, D.N.I. Nro. 6.239.652, fallecido en ésta ciudad el día 4 de Junio de 2016 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 10 de Agosto de 2016. Fdo. Dra. Roteta (Secretaria).

$ 45 298725 Ago. 18

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “FLORES, JADER y Otro s/Sucesorio” (CUIJ 21-01974668-9), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Jader Flores, Matrícula Nro. 6.191.821, fallecido en esta ciudad el 13 de Octubre de 2012 y doña Lilia Antonia Previale, Libreta Cívica Nro. 1.533.475, fallecida en fecha 24 de Noviembre de 1.995, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 9 de Agosto de 2016. Fdo: Dra. Naveda Marcó (Secretaria).

$ 45 298722 Ago. 18

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaria Única, de la ciudad de San Cristóbal, de esta provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza Herederos y/o Sucesores y/o Legatarios y/o a todos los que se consideren con derecho a los bienes relictos dejados por la causante: Emerico Díaz, argentino, DNI Nº 10243451, apellido materno González, fecha de nacimiento 25.06.1951, fecha de fallecimiento 21.10.2002 en la ciudad de Ceres, con último domicilio en calle Avenida Milano N° 451 de la ciudad de Ceres, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley. El presente se publicará 5 veces en 10 días (conf. Art. 592 CPCyC), en autos: “DÍAZ, EMÉRICO s/Declaratoria de Herederos” (Expte. N° 237/2016). San Cristóbal, 22 de Junio de 2016. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 298765 Ago. 18 Ago. 31

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil Y laboral nº 10 de la ciudad de San Cristóbal, Pcia. De Santa Fe, secretaria Única, en los autos caratulados: Expte. 143 año 2016 FEDOROVICH, PEDRO TEODORO s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los acreedores, herederos y legatarios del causante Pedro Teodoro Fedorovich, DNI. M5.068.978 para que en el término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley Fdo: Dr. Graciela Gutscher. Juez Dr. Ricardo Ruiz Díaz Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el Sede Judicial y BOLETÍN OFICIAL. San Cristóbal, 10 de Junio de 2016. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 298723 Ago. 18 Ago. 31

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de la ciudad de Vera, Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Beatriz Deiber y conforme lo dispuesto en autos: BRUSCOLI, LILIA ROSANA c/DAVALLE, MIGUEL ANGEL s/Divorcio vinculare; Expte. Nº 476/15, se ha dispuesto lo siguiente: Vera, 09 de Septiembre de 2015. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, con patrocinio letrado, désele la intervención legal correspondiente. Por adecuada a la normativa vigente. Por interpuesta petición de divorcio y efectuada propuesta a los fines del mismo. De la petición de divorcio. Hágase saber. De lo expuesto sobre los efectos del divorcio; traslado por diez días. Dése intervención al Ministerio Pupilar conforme lo dispuesto por el Art. 103 CPCYC. Notifíquese por cédula con transcripción del art. 438 del C.C. y C. De no ser habido el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Notifíquese. Fdo. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez, Dra. Beatriz Deiber, Secretaria. A sus efectos se transcribe el art. 438 del C.C.C.: Requisitos y procedimientos del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste, la omisión de la propuesta impide el trámite de petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estimen pertinentes. Las propuestas deber ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos de divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deber ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria. Vera, 31 de Mayo de 2016.

S/C 298705 Ago. 18 Ago. 22

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Por disposición del Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nominación de la ciudad de Vera, Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Beatriz Deiber y conforme lo dispuesto en autos: ROMERO, NILDA LUISA c/GODOY, LEANDRO ORESTES s/Divorcio Vincular, Expte. Nº 117/15, se ha dispuesto lo siguiente Vera, 11 de Marzo de 2015. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado en mérito al poder acompañado, désele la intervención legal correspondiente. Por iniciada la demanda de divorcio vincular contra Leandro Orestes Godoy, domiciliado donde se indica. Cítese y emplácese al demandado para que en el término de diez días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Agréguese la documental acompañada. A lo demás oportunamente. Notifiquen Tourn, Louteiro, Chapero, y/o Gómez Cabral. Notifíquese. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber, Secretaria. Otro: Vera, 20 de Octubre de 2015. Téngase por adecuada la presente demanda a disposiciones del Código Civil y Comercial (Ley 26.994) vigente. 2. Por interpuesta petición de divorcio. Téngase presente lo expuesto respecto a los efectos del divorcio. 3 De la petición de divorcio. Hágase saber. 4. De lo expuesto sobre los efectos del divorcio; traslado por diez días. 5. Dése intervención al Defensor Genera (Art. 103 inc. a) del C.C.C.).6. Notifiques e por cédula con trascripción del Art. 438 del C.C. y C. De no ser habido el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. 7. Del convenio regulador: vista al Defensor General. 8. Previo y a todo ulterior trámite y de conformidad con la dispuesto por el Art. 480 del C.CyC denuncia fecha exacta de la separación de hecho. Notifíquese. Fdo. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez, Dra. Beatriz Deiber, Secretaría. A sus efectos se transcribe el Art. 438 del C.C.C.: Requisitos y procedimientos del divorcio. Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste, la omisión de la propuesta impide el trámite de petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estimen pertinentes. Las propuestas deber ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos de divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deber ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber, Secretaria. Vera, 16 de Junio de 2016. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.

S/C 298702 Ago. 18 Ago. 22

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera (S. Fe), 2da. Nominación, en autos: IBARRA, MARIO ENRIQUE c/ECHEVARRÍA, ANGELA SUSANA s/Disolución Sociedad Conyugal; Expte. N° 48/2015, ha recaído la providencia del tenor siguiente: Vera, 06 de Julio de 2016. Agréguese copia acompañada, previa certificación por actuaría. A lo demás, oportunamente y si correspondiere. Previamente, cítese por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y en Puertas del Juzgado, a los herederos de Mario Enrique Ibarra, para que comparezcan en autos por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez; Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria. Vera (SF), 29 de Julio de 2.016.

$ 33 298717 Ago. 18 Ago. 24

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de la Primera Nominación en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Judicial N° 13 de la ciudad de Vera (SF); en el expediente caratulado: GIMÉNEZ, EMA RAMONA LEONOR c/Suc., de Cuñe, Roberto Héctor s/Filiación, Expte. N° 62/2010; se ha dispuesto citar y emplazar a los Sucesores de Roberto Héctor Cuñe, DNI. N° 6.350.044, para que dentro del término de diez días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Vera, 9 de Agosto de 2016. Dra. Savant, Secretaria.

$ 33 298741 Ago. 18 Ago. 24

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, se ha dictado lo siguiente dentro de los autos caratulados Expte. Nº 537 Año 2013; CANDO S.A. s/Usucapión: Rafaela, 05 de Julio de 2013. Por presentados, domiciliados, en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado, acuérdesele participación de ley; Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria) - Dra. María José Alvarez Tremea (Juez). Otro Decreto: Rafaela, 1 de Abril de 2014. Al punto A) Téngase presente el nuevo domicilio procesal constituido, sito en calle Sarmiento 210 Planta Alta Of. 1, a los efectos de las notificaciones correspondientes. Al punto b) Resérvese en Secretaría la documental original acompañada: un (1) plano de mensura. AL punto c) Agréguese a autos el informe de dominio acompañado. Al punto d) Por iniciada la presente demanda ordinaria de adquisición de dominio por usurpación, contra el Sr. Antonio Bruno. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de 10 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley. Asimismo cítese y emplácese por edictos a publicarse en los Estrados de estos Tribunales y BOLETÍN OFICIAL (Art. 67 del C.P.C.), a los que se consideren con derecho al inmueble indicado, para que hagan valer los mismos, por el término y bajo apercibimientos de rebeldía. Dése intervención a la Comuna de Santa Clara de Saguier y a la Provincia de Santa Fe para que si hubiere interés fiscal comprometido, tomen la participación que por derecho corresponda. A lo demás, oportunamente. Notifíquese. Fdo.: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria). Dra. Ornar Amado Saleh (Secretario a/c).” Otro Decreto: Rafaela, 02 de Mayo de 2016. Al punto I - Téngase presente el nuevo domicilio legal constituido a los efectos de las notificaciones correspondientes. Al punto II - y punto III- Agréguese el informe acompañado. Téngase presente lo manifestado y a los fines de evitar futuras nulidades, y de conformidad con lo dispuesto por el art. 597 y 67 del C.P.C., emplácese por edictos a los herederos de Antonio Bruno, en la forma ordinaria para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho. FDO: Dra. Carina Gerbaldo (Secretaria) - Dra. María José Alvarez Tremea (Juez)“. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y en Sede Judicial. Rafaela, 19 de Mayo de 2016. Dra. Carina Gerbaldo, Secretario.

$ 321 298747 Ago. 18 Ago. 22

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “Expte. Nº 564 Año 2.010 - CÓRDOBA ÓSCAR ALBERTO c/EKART JUAN ERNESTO y Otro s/Escrituración”, iniciado por la Dra. Melisa L. Morra, comunica la declaración de rebeldía de la Sra. BERTSCHI MARÍA ANGÉLICA, DNI 12.883.502, por falta de comparendo en juicio. Se transcribe decreto: Rafaela, 07 de Marzo de 2016. Proveyendo escrito cargo N° 1407/16: No habiendo comparecido la demandada - María Angélica Bertschi - pese a estar debidamente notificada, decláresela rebelde. Fdo: Dr. Elido Ercole (Juez), Dr. Nicolás Pasero (Prosecretario). Rafaela, 27 de Mayo de 2016. Dra. Cerliani, Secretaria.

$ 33 298769 Ago. 18

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Quinto, en lo Civil y Comercial, de la Primera Nominación, de la de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Sta. Fe, a cargo del Dr. Elido G. Ercole, Juez; Secretaría a cargo de la Dra. Carolina Castellano, se cita, se llama y emplaza a los herederos y/o sucesores de la Sra. Ángela Lucia Bosio, D.I.F. N° 6.314.728, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho, ante éste Juzgado, en los autos caratulados: “Expte. N° 216 - Año 2014. BOSIO, ANGELA LUCIA s/Sucesorio.” Lo que se publica a sus efectos. Rafaela, 26 de Mayo de 2016. Dra. Cerliani, Secretaria.

$ 45 298720 Ago. 18 Ago. 31

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial (1ra. Nominación) de la ciudad de Rafaela (Pcia. de Santa Fe), Dr. Elido G. Ercole, Secretaría a cargo de la Dra. Sandra Cerliani, emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Delfino Pedro Garrone (D.N.I. Nº 2.441.739 y/o de doña Elida Margarita Bogino ó Boggino (D.N.I. Nº 6.321.187), para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos legales en los autos caratulados: “Expte. Nº 1399 - Año 2015 - GARRONE DELFINO PEDRO, BOGINO ó BOGGINO, ELIDA Margarita s/Sucesorio”. Juicio iniciado por la abogada Andrea C. Berger. Rafaela, 29 de Julio de 2016. Dra. Cerliani, Secretaria.

$ 45 298636 Ago. 18 Ago. 31

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 5 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “Expte. N° 440 Año 2.016 -GILABERT FRANCISCO JOSÉ s/Sucesorio”, iniciado por la Dra. Melisa L. Morra, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Gilabert Francisco José, D.N.I. 10.062.005, para que dentro del término de que comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos legales. Dra. Natalia Carinelli, Secretaria; Dr. Dulio M. Francisco Hail, Jueza. Rafaela, 22 de Junio de 2016. Dr. García, Prosecretario.

$ 45 298768 Ago. 18 Ago. 31

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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: Expte. Nº 215 Año 2.016 - ACOSTA HERNAN CARLOS s/Sucesorio, iniciado por la Dra. Melisa L. Morra, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Agosta Hernán Carlos, D.N.I. 22.292.122, para que dentro del término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos legales. Dra. Carina Gerbaldo, Secretaria; Dra. Ma. José Alvarez Tremea, Jueza. Rafaela, 15 de Junio de 2016. Dra. Gerbaldo, Secretaria.

$ 45 298767 Ago. 18 Ago. 31

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RECONQUISTA

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CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, sito en San Martín N° 1060 de Reconquista, Santa Fe, hace saber que los autos: GONZÁLEZ DARRE, ALEJANDRA RUTH C/FERRERO, HORACIO OSCAR y Otros s/J.O. Indem. Daños y Perj. y/o LUCRO CESANTE y/o Daño Emergente, Expte. Nº 133, año 2009, se cita a los herederos (Art. 597 C.P.C.C.) del Sr. Horacio Oscar Perrero, LE. Nº 7.708.738, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Se publica por el término de tres días. Reconquista, 10 de Agosto de 2016. Dr. Weiss, Secretario.

S/C 298707 Ago. 18 Ago. 22

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito N° 4 en lo Laboral de Reconquista, en el Expediente 15.4/1995; JARA, JORGE RENE c/EGGER, RAÚL JOSÉ y COPETTI, GLORIA BEATRIZ s/Laboral (Accidente), se cita y emplaza a todos los herederos de la causante Gloria Beatriz Copetti, L.C. 6.449.450, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a estar a derecho en los autos mencionados. Reconquista, 5 de Agosto de 2016. Dra. Serricchio, Secretaria.

S/C 298760 Ago. 28 Ago. 22

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El Juzgado de Primera Instancia Distrito 4 de Familia Reconquista (SF), a cargo de la Dra. Ileana Judit Sinchez - Jueza, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Mirta Pighin, sito en San Martín 1153 - P.B. de esta ciudad, en autos caratulados: “SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DELEGACIÓN RECONQUISTA y Otros s/Resolución definitiva de adoptabilidad” (Expte. Nº 774/2016) de trámite por ante este Juzgado, cita y emplaza por el término de 10 días a comparecer a los presentes autos al Sr. Raúl Secundino Ruiz Díaz D.N.I. 24.050.385, a los fines de hacer valer sus derechos y a audiencia personal art.609 CCC, para el día 20-09-2016 a las 10,30 por ante este Juzgado. Reconquista, 09 de Agosto de 2016. Dra. Pighin, Secretaria.

S/C 298704 Ago. 18 Ago. 22

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia, de Distrito Nº 4, de Familia de Reconquista (S.F.), en autos: SALINAS RAMÓN c/SALINAS JUAN PEDRO s/Declaratoria de Pobreza; Expte. Nº 679/13, se hace saber que se ha dictado sentencia de declaratoria de pobreza habiendo resuelto lo siguiente: “Reconquista, 03 de Diciembre de 2015. Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar pobre para litigar al Sr. Ramón Darío Salinas (D.N.I. Nº 37.077.170), con relación al futuro juicio de Impugnación de reconocimiento de paternidad extramatrimonial contra el Sr. Juan Pedro Salinas (D.N.I. Nº 11.765.119). Fdo. Dra. Ileana Sinchez, Juez - Dra. Mirta Pighin, Secretaria. Reconquista, 2 de Agosto de 2016.

S/C 298727 Ago. 18 Ago. 31

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