ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
CITACION
La ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS cita por diez (10) días a parientes de la agente fallecida SILVIA ELENA NADER alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 142 del Convenio Colectivo de Trabajo Nro. 56/92 E, para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Alvear 149 2° Piso -Oficina Administrativa.
2082
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HOSPITAL "SAYAGO"
LLAMADO A INSCRIPCION DE
PROFESIONALES
La Dirección Médica y el Consejo de Administración del Hospital Provincial "Dr. Gumersindo Sayago" de la ciudad de Santa Fe, llama a inscripción de profesionales médicos para desempeñarse en el Servicio de Guardia de dicho nosocomio.
Los interesados deberán concurrir a la oficina de Personal del hospital, Blas Parera 8260, de lunes a viernes en el horario de 08 a 12, con documentos de identidad y curriculum vitae.
Para mayor información, comunicarse a los teléfonos (0342) 4579237 - 4579240.
S/C 00104 Jul. 18 Jul. 19
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DIRECCION GENERAL DE
AUDITORIA MEDICA
De conformidad con lo previsto por el Decreto Acuerdo Nº 3321/93, y a fin de dar cumplimiento a las disposiciones reglamentarias contenidas en el mismo, se publica en el Boletín Oficial de lo dispuesto por el Sr. Director de la Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, ordenando en el marco de la Ley Nº 9.847 y su reglamentación en el expediente Nº 00501-0060258-9 caratulado "s/ Nota Nº 265/04-SOL. Acta inspección Ley Nº 9.847 establecimiento calle Benito Juárez Nº 1150 - Rosario" la clausura administrativa temporaria y total del establecimiento geriátrico sito en calle Benito Juárez Nº 1150 de la ciudad de Rosario por Orden Nº 10/05 que expresamente dice: 1º) Clausurar forma temporaria y total el establecimiento de salud sito en calle Benito Juárez Nº 1150 de la ciudad de Rosario, Dpto. Rosario, Provincia de Santa Fe, por no encontrarse adecuado a la ley de habilitación aplicable y funcionar sin contar con autorización expresa para ello, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 3, 4, 7, 16 inc. c) de la Ley 9847; 36.1.3 de la reglamentación y demás concordantes aplicables. 2º) Establecer que a los fines de efectivizar la clausura de la institución, se proceda conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 324/97. 3°) Previa tramitación de estilo, archívese.", lo cual es notificado por este medio a los familiares de los internos allí alojados: Roberto Borruel o Rubén Borruel - domiciliado en Anchorena Nº 858 de Rosario (responsable de la interno Herminia Calvo); Juan Carlos Burani - domiciliado en Sarmiento Nº 5252 de Rosario (responsable de la interno Onilda Burani); Rubén Lloverás domiciliado en Mitre Nº 4400 de Rosario (responsable de la interno Clotilde Menosi de Lloverás); Silvia Destéfano - domiciliada en 27 de Febrero Nº 2539 Dpto. "B" de Rosario (responsable de la interno Carmen Vizzi); Oscar Viola - domiciliado en Laprida Nº 6206 de Rosario (responsable de la interno María Luisa Urquía); Dolores Carrizo (responsable de la interno Faustina Carrizo); Cristina Caballero (responsable de la interno Nieves Caballero); Reynaldo Flores (responsable de la interno Sara Parrella), por lo que deberán proceder al retiro de los mismos en el término perentorio e improrrogable de 5 (cinco) días. Dr. JORGE A. PRIETO, Director General de Auditoría Médica a/c. Ministerio de Salud Santa Fe.
S/C 00101 Jul. 18 Jul. 19
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De conformidad con lo previsto por el Decreto Acuerdo Nº 3321/93, y a fin de dar cumplimiento a las disposiciones reglamentarias contenidas en el mismo, se publica en el Boletín Oficial de lo dispuesto por el Sr. Director de la Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, ordenando en el marco de la Ley Nº 9.847 y su reglamentación en el expediente Nº 01501-0034204-4 caratulado: "Geriátrico San Pedro" la clausura administrativa temporaria y total del establecimiento geriátrico sito en calle Rivadavia Nº 165 de la ciudad Granadero Baigorria por Orden Nº 33/06 que expresamente dice: "1º) Clausurar en forma temporaria y total el establecimiento de salud "GERIATRICO SAN PEDRO" de calle Rivadavia Nº 165, de la ciudad de Granadero Baigorria, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, por no encontrarse adecuado a la ley de habilitación aplicable y funcionar sin contar con autorización expresa para ello, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 3, 4, 7, 16 inc. c) de la Ley 9847; 36.1.3 de la reglamentación y demás concordantes aplicables. 2º) Establecer que a los fines de efectivizar la clausura de la institución, se proceda conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 324/97. 3º) Previa tramitación de estilo, archívese.", lo cual es notificado por este medio a los familiares de los internos allí alojados: Elena Díaz - domiciliada en Valle Hermoso Nº 1830 de la ciudad de Rosario (responsable del interno Domingo Mario Díaz); Mónica Moyano - domiciliada en Vieytes Nº 2930 de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Dora Luna), Luisa de Dinolfo domiciliada en Pedro Lino Funes s/n de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Antonia Rodríguez)- Mercedes Marcos - domiciliada en Paraná Nº 92 de la localidad de Capitán Bermúdez (responsable de la interno Socia Encarnación Marcos); Alicia Díaz - domiciliada en Visaro Nº 952 de la localidad de Capitán Bermúdez (responsable de la interno Angela Elvira Leiva), Gaspar Valenti domiciliado en Barrio Rucci Monoblock 55 de la ciudad de Rosario (responsable del interno Ernesto Valenti); Patricia Tossi - domiciliada en Casiano Casas Nº 1854 de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Rosa Cáceres); Ramona Rodríguez domiciliada en Remanso Valerio s/n de la localidad de Granadero Baigorría (responsable del interno Demetrio Rodríguez); Juan Carlos Maldi domiciliado en San Lorenzo Nº 1015 de la localidad de Granadero Baigorria (responsable de la interno Antonia Gallardo Pérez), Fernando Fernández - domiciliado en Agrelo Nº 877 de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Elva Bernardis); Ana Brandolin - domiciliada en Buenos Aires Nº 878 (responsable del interno Luis Atilio Brandolín); Natalio Dovio domiciliado en Pintor Musto Nº 570 7mo. C de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Alfonsina Dovio); María del Carmen Lenarduzzi - domiciliada en Florida Nº 46 de la localidad de Capitán Bermúdez (responsable del interno Américo Callone); Juan Carlos Brolia (responsable de la interno Rosa Asunta Príncipe); Luis Zárate - domiciliado en Puerto Madryn, provincia de Chubut (responsable del interno Angel Ramón García); Claudia Palavecino (responsable de la interno Sara Palavecino), por lo que deberán proceder al retiro de los mismos en el término perentorio e improrrogable de 5 (cinco) días. Dr. JORGE A. PRIETO, Director General de Auditoría Médica a/c. Ministerio de Salud Santa Fe.
S/C 00102 Jul. 18 Jul. 19
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De conformidad con lo previsto por el Decreto Acuerdo Nº 3321/93, y a fin de dar cumplimiento a las disposiciones reglamentarias contenidas en el mismo, se publica en el Boletín Oficial de lo dispuesto por el Sr. Director de la Dirección General de Auditoría Médica del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, ordenando en el marco de la Ley Nº 9.847 y su reglamentación en el expediente Nº 00501-0060261-5 caratulado: "Nota Nº 268/04-SOL, Acta de Inspección Ley Nº 9.847 - Establecimiento calle España Nº 1753 - Rosario" la clausura administrativa temporaria y total del establecimiento geriátrico sito en calle España Nº 1753 de la ciudad Rosario por Orden Nº 05/06 que expresamente dice- "1º) Clausurar en forma temporaria y total el establecimiento de salud sito en calle España Nº 1753, de la ciudad de Rosario, Dpto. Rosario, Provincia de Santa Fe, por no encontrarse adecuado a la ley de habilitación aplicable y funcionar sin contar con autorización expresa para ello, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 3, 4, 7, 16 inc, e) de la Ley 9847; 36.1.3 de la reglamentación y demás concordantes aplicables. 2º). Establecer que a los fines de efectivizar la clausura de la institución, se proceda conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 324/97. 3º) Previa tramitación de estilo, archívese.", lo cual es notificado por este medio a los familiares de los internos allí alojados: Felipe Mascarella domiciliado en Dorrego Nº 5858 de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Rosalía Venegas); Milo Vairolatti - domiciliado en Entre Ríos Nº 1288 2do. B de la ciudad de Rosario (responsable de la interna Angela María Vairolatti); Arnaldo Castelli - domiciliado en Pellegrini Nº 1753 de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Salvadora García); María Bonifacio - domiciliada en Italia Nº 1651 de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Elvira Cartabia); Carlos Aliseri - domiciliado en Salta Nº 1371 7mo. C de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Margarita Viola); Elsa Anahí Peralta, domiciliada en Ocampo Nº 1946 Dpto. 3 de la ciudad de Rosario (responsable de la interno Molina Sire Armonía), por lo que deberán proceder al retiro de los mismos en el término perentorio e improrrogable de 5 (cinco) días, notificándose también por este medio al Dr. José Simbler domiciliado en Ovidio Lagos Nº 2986 de la ciudad de Rosario (médico responsable). Dr. JORGE A. PRIETO, Director General de Auditoría Médica a/c. Ministerio de Salud Santa Fe
S/C 00103 Jul. 18 Jul. 19
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS
NOTIFICACION
Por disposición de la Señor Administrador Regional Rosario, se notifica al contribuyente, CARULLO REMO FELIPE cuenta N° 101-011327-8 con domicilio fiscal en Belgrano 1906 de la ciudad de Villa Constitución Provincia de Santa Fe, por Edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 827-1/07- dictada en autos caratulados: "Expediente N° 13302-0208397-0:
Rosario - 05 de Junio de 2007 - VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:
Artículo 1°: Establecer de oficio, sobre base presunta, los importes adeudados en concepto de Impuestos sobre los Ingresos Brutos, por parte del contribuyente Carullo Remo Felipe cuenta N° 101-011327-8, con domicilio fiscal en Belgrano 1906 - 2919- Villa Constitución -Pcia. Santa Fe, de acuerdo al procedimiento y liquidaciones obrantes en fojas 25 a 37 de conformidad al siguiente detalle:
Impuesto Recargo Multa Omisión
Período Determinado e Intereses (Res.04/98) Totales
2002/01A12 456,00 567,00 182,40 1.205,44
2003/01A12 456,00 372,08 182,40 1.010,48
2004/01A12 456,00 220,13 182,40 858,53
2005/01A12 456,00 116,38 182,40 754,78
2006/01A12 456,00 49,89 182,40 688,29
2007/01 38,00 1,69 15,20 54,89
Suma Parciales 4.572,41
Multa Infracc.a los deberes formales (Res. 06/93) 100.00
Total General 4.672,41
Artículo 2°: Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días de su notificación, bajo apercibimiento de cobro judicial por vía de apremio, el ingreso de la suma de pesos Cuatro Mil Seiscientos Setenta y Dos Con 41/100.- ($ 4.672,41), conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los accesorios que procedan por falta de pago en término y de lo establecido por el Art. 156 del citado instrumento legal, en cuanto instituye que se trata de un pago provisorio y a cuenta de la obligación que en definitiva resulte y sin que ello implique enervar de modo alguno las facultades conferidas a este Organismo de aplicación, y que si la estimación resultare inferior a la realidad, queda subsistente la obligación de así denunciarlo y satisfacer la diferencia resultante.
Artículo 3°: Intimar para que en el plazo de 5 (cinco) días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba la constancia respectiva en Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes sito en calle Tucumán 1853 - Rosario- Santa Fe.
Artículo 4°: Conforme lo dispuesto en la Ley 12.071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del art. 63 del Código Fiscal vigente T.O. 1997 y modificaciones, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
Artículo 5°: Regístrese. Notifíquese a la responsable. Con las constancias y comprobantes, dése intervención a Departamento Pequeños y Medianos Contribuyentes para verificar el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Líbrese, en su caso, el respectivo título ejecutivo para el cobro por vía judicial, de apremio. Procédase. Cumplimentado, archívese.-
LIC. RAUL D. WOLANSKI
ADMINISTRADOR REGIONAL ROSARIO
ADMINISTRACION PROVINCIAL
de IMPUESTOS
S/C 2068 Jul. 18 Jul. 24
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NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a la firma ELE S.R.L., cuenta N° 021-314318-7, con domicilio fiscal en Av. San Martín 5968 y a la Sra. VIALE LUCIA GABRIELA, D.N.I. N° 16.267.409 en su carácter de Socia Gerente, con domicilio en calle Buenos Aires 1931 3° "A", todos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 215/07 IND, dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0444527-9 "ELE S.R.L.":
Santa Fe, 07 de Mayo de 2007.- V I S T O:... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:
ARTICULO 1° - Hacer lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 2168-9/06 de Administración Regional Rosario, por el Sr. ALDO DANIEL HEREÑU, DNI. N° 14.631.300, en su carácter de socio de la firma ELE S.R.L. con domicilio fiscal en Av. San Martín 5968 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, cuenta N° 021-314318-7 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales - Ley 5110, de conformidad a los considerandos precedentes.
ARTICULO 2° - Requerir a la firma ELE S.R.L. y/o a la Sra. VIALE LUCIA GABRIELA y/o al Sr. HEREÑU ALDO DANIEL, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por el art. 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 168.969,96 (Pesos ciento sesenta y ocho mil novecientos sesenta y nueve con noventa y seis ctvs.) en concepto de impuestos, intereses y multas por defraudación, correspondiente a los anticipos 09 a 12/01 y 01 a 12/02 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo al Cuadro Resumen de Reajuste confeccionado por la Subdirección de Fiscalización Externa N° 1 de Administración Regional Rosario, obrante a fs. 169 y que forma parte de la presente.
ARTICULO 3° - De acuerdo a las facultades conferidas por el art. 23 inc. 5) del citado texto legal se intima para que en el término de 15 (quince) días de notificada la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas ante las dependencias de la Administración Regional Rosario - Subdirección de Fiscalización Externa N° 1, sitas en calle Tucumán 1853 de la ciudad de Rosario, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y las costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
Además se hace saber, que conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación en los términos del art. 64 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación en los domicilios fiscal y en los domicilios de la Sra. Viale y el Sr. Hereñú y demás efectos.
C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE
ADMINISTRADOR PROVINCIAL
ADMINIST. PROVINCIAL de IMPUESTOS
CUADRO RESUMEN DE REAJUSTE
CONTRIBUYENTE: Domicilio: San Martín 5968 - Rosario Cta. N° 021-314318-7
ELE S.R.L. Expte.13302-0444527-9
Concepto Diferencias de
Impuestos Multas
liquidadas al
15/06/07 Calificación Monto Intereses Totales
Ingresos Brutos 2001 09 a 12 12.784,00 ART. 46 1,00 12.784,00 19.168,33 44.736,33
Ingresos Brutos 2002 01 a 12 38.352,00 ART. 46 1,00 38.352,00 47.529,63 124.233,63
SUB-TOTALES 51.136,00 51.136,00 66.697,96 168.969,96
SON PESOS: CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 96/100 OBSERVACIONES: Corresponde 1 vez multa ART. 46
RESOLUCION INDIVIDUAL N° 215
FECHA: 07/05/07
C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE
ADMINISTRADOR PROVINCIAL
ADMINISTRACION PROVINCIAL
de IMPUESTOS
S/C 2066 Jul. 18 Jul. 24
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NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador Regional Rosario, se notifica a la firma IGUANA S.A., cuenta Nº 021-316330-1 y a la Sra. OLGA BEATRIZ DIVINA en su carácter de Presidenta del Directorio de la firma, ambos con domicilio en calle Vélez Sarsfield 891 Dpto. 1º de la ciudad de Rosario, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nº 837-8/07 dictada en autos caratulados Expediente Nro. 13302-0292806-4 IGUANA S.A.
Rosario, 07 de Junio de 2007.
VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE:
ARTICULO 1º) Determinar los reajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110 practicados a la firma IGUANA S.A., Cuenta Nº 021-316330-1-6 con domicilio fiscal en calle Vélez Sarsfield Nº 891 - Dpto. 1º de la ciudad de Rosario y/o OLGA BEATRIZ DIVINA (Presidenta del Directorio) D.N.I. Nº 5.308.440 con domicilio particular en calle Vélez Sarsfield Nº 891 Dpto. 1º de la ciudad de Rosario, responsable solidaria de conformidad a lo establecido en los Artículos 19 y 20 del Código Fiscal (T.O. 1997 y sus modificatorias), de acuerdo a las liquidaciones obrantes a fs. 274 a 281 y 283 a 291 del referido Expediente y aplicar los intereses, las penalidades aconsejadas por la verificación y las sanciones por infracción a los Deberes Formales, de acuerdo a las disposiciones establecidas por los Artículos 43, 45 y 44 del Código Fiscal (T.O. 1997 y sus modificatorias) conforme al Decreto Nº 1560/91 y normas complementarias, al Artículo 5º de la Resolución General Nº 04/98 y al Artículo 1º inc. d) de la Resolución General Nº 06/93 respectivamente, de conformidad al siguiente detalle:
CONCEPTO Y PERIODOS DIFERENC. INTERESES MULTAS TOTALES
ADEUDADOS DE IMPUESTO
Ingresos Brutos 2002 10 y 12 3,80 4,10 1.368,09 1.375,99
Ingresos Brutos 2003 05 al 12 6.170,61 4.723,45 1.584,54 12.478,60
Ingresos Brutos 2004 01 al 04 788,08 441,90 128,77 1.358,75
Ingresos Brutos 2005 05 238,33 63,00 38,94 340,27 Ingresos Brutos 2006 08 al 12 1.727.58 106,23 282,29 2.116,10
Pago Fuera de Termino IB año 2003 (05 13,56 13,56
y 08) y Año 2004 (01, 02, 03 y 06)
Ap. Sociales Ley 5110 2002 03 al 12 809,20 954,18 678,81 2.442,19
Ap. Sociales Ley 5110 2003 02, 04, 11 y 12 28,34 23,09 60,57 112,00
Ap. Sociales Ley 5110 2004 01 al 10 81,50 41,93 24,13 147,56
Ap. Sociales Ley 5110 2005 01 al 12 2.135,17 503,55 632,22 3.270,94
Ap. Sociales Ley 5110 2006 01 al 12 2.985,84 271,50 884,11 4.141,45
Pago fuera de Término Ley 5110 Año 2003 10,54 10,54
(02, 03, 04, 08 y 10) Año 2004 (01, 02 y 06)
Año 2005 (05) y Año 2006 (11)
Inf. Deb. Formales Resol. 6/93 Art. 1º Inc. d 300,00, 300,00
TOTAL GENERAL 14.968,45 7.157,03 5.982,47 28.107,95
ARTICULO 2º) Requerir a la citada firma, dentro del plazo de 15 (quince) días establecidos por los arts. 49 y 54 del Código Fiscal vigente, el ingreso de la suma de $ 28.107,95 (Pesos: Veintiocho Mil Ciento Siete con 95/100) conforme a lo detallado en el artículo anterior, sin perjuicio de los recargos e intereses por falta de pago en término.
ARTICULO 3º) De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 23 inciso 5º del mencionado texto legal, se intima para que dentro del plazo de 15 días de efectuado el ingreso para cancelar la deuda fiscal exigida en el artículo que antecede, exhiba o remita las constancias respectivas a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL, sita en calle Tucumán Nº 1853 - ROSARIO, bajo apercibimiento de confeccionar sin más trámite el título ejecutivo respectivo, debiendo en consecuencia soportar la carga de los costos y costas judiciales que se irroguen en el juicio de apremio a promoverse en su contra por ante los Tribunales locales que por turno y/o competencia correspondan.
ARTICULO 4º) Conforme a lo dispuesto en la Ley 12071, se le hace saber que le asiste el derecho de interponer formal recurso de reconsideración en los términos del Art. 63 del Código Fiscal vigente, todo dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
ARTICULO 5º) Regístrese y pase a la SUBDIRECCION DE PLANIFICACION, SELECCION Y CONTROL a los fines de su conocimiento, notificación y demás efectos pertinentes.
Lic. RAUL D. WOLANSKI
Administración Regional Rosario
Administración Provincial de Impuestos
A.P.I.
S/C 2065 Jul. 18 Jul. 24
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NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica al Sr. Escribano HERMAN JUAN BECK, con domicilio fiscal y legal en calle Santiago 495 de la ciudad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t.o. 1997, la Resolución Nro. 179/07 IND, dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0416356-0 "BECK HERNAN JUAN C.:
Santa Fe, 25 de Abril de 2007. VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE:
ARTICULO 1º) Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Nº 1669-2/06 de Administración Regional Rosario, por el Escribano HERMAN JUAN BECK, titular del Registro de Contratos Públicos Nº 380, con domicilio fiscal y legal en calle Santiago 495 de la ciudad de Capitán Bermúdez, Prov. de Santa Fe, de conformidad a los considerandos precedentes.
ARTICULO 4º) Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación y demás efectos.
C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE
Administrador Provincial
Administ. Provincial de Impuestos
S/C 2062 Jul. 18 Jun. 24
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NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica al Sr. Escribano HERMAN JUAN BECK, con domicilio fiscal y legal en calle Santiago 495 de la ciudad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por cinco días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t. o. 1997, la Resolución Nro. 178/07 IND, dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0416356-0 "BECK HERNAN JUAN C.":
Santa Fe, 25 de Abril de 2007.-
V I S T O: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:
ARTICULO 1° - Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 1668-3/06 de Administración Regional Rosario, por el Escribano Herman Juan Beck, titular del Registro de Contratos Públicos N° 380, con domicilio fiscal y legal en calle Santiago 495 de la ciudad de Capitan Bermudez, Prov. de Santa Fe, de conformidad a los considerandos precedentes.
ARTICULO 4° - Regístrese, comuníquese y pase a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación y demás efectos.
C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE
Administrador Provincial
Administ. Provincial de Impuestos
S/C 2060 Jul. 18 Jul. 24
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NOTIFICACION
Por disposición del Señor Administrador Provincial de Impuestos, se notifica a la firma TOP EXPRESS S.A. con domicilio fiscal en calle Santa Fe 1373 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, por Edicto en el Boletín Oficial que se publica a sus efectos por cinco días, de confonnidad a lo dispuesto en el Art. 97 del Código Fiscal t. o. 1997, la Resolución Nro. 233/07 IND, dictada en autos caratulados: Expediente Nro. 13302-0500865-7 "TOP EXPRESS S.A.":
Santa Fe, 17 de Mayo de 2007.- VISTO: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE:
ARTICULO 1° - Rechazar por inadmisible, el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Individual N° 074/07 de Administración Provincial de Impuestos, por el señor Tomás José Nocera, D.N.I. N° 11.672.681, en su caracter de Presidente del Directorio de la firma TOP EXPRESS S.A., con domicilio en calle Santa Fe 1373 y domicilio legal constituido en calle Mendoza 2353, ambos de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, cuenta N° 921-754332-1 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Aportes Sociales Ley 5110.
Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso de apelación, en los términos del art. 66 -último párrafo- del Código Fiscal vigente, todo dentro de los 15 (quince) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente.
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, cúrsese a Administración Regional Rosario para su conocimiento, notificación en los domicilios fiscal y legal constituido y demás efectos.
C.P.N. SILVIA C. PACHECO
a/c Admin. Prov. de Impuestos
S/C 2061 Jul. 18 Jul. 24
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RESOLUCION N° 016/07 - GRAL.
Santa Fe, 5 de Julio de 2007.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 13302-0410379-7 del Sistema de información de Expedientes y las disposiciones de la Resolución General N° 15/97 - API - (t.o. por Resolución General N° 19/02 - API y sus modificatorias), que estableció el Régimen de Retenciones y Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos; y,
CONSIDERANDO:
Que oportunamente, una asociación que nuclea a los acopiadores de granos planteó la situación que se presenta con relación a aquellos acopiadores que actúan en calidad de consignatarios de aquellos productos, por cuanto en tal intermediación sólo perciben una comisión;
Que dicha situación no está contemplada específicamente en el Régimen de Retenciones y Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por escapar a la conceptualización del inciso a) del artículo 6° de la Resolución General N° 15/97 API., al tratarse de una actividad encuadrada en el artículo 142 del Código Fiscal (t.o. 1997 y sus modificatorias);
Que, como consecuencia de ello, se plantean algunas situaciones en las que se retiene el tributo en exceso, implicando ello un perjuicio para los sujetos retenidos, lo que corresponde evitar;
Que, atento a ello y a fin de facilitar tanto la administración tributaria como la aplicación de la citada resolución, se estima conveniente incorporar a la misma la operatoria en cuestión;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR PROVINCIAL
DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°- Sustitúyese el artículo 6° de la Resolución General, N° 015/97-API (t.o. por Resolución General N° 19/02 - API y sus modificatorias), por el siguiente:
"ARTICULO 6°- En los casos que se indican a continuación, el importe a retener será el que resulte de aplicar la alícuota o por ciento de retención según el artículo anterior -salvo para el caso contemplado en el quinto párrafo del mismo- sobre el porcentaje del importe del pago que se establece a continuación:
a) Operaciones contempladas en los incisos d) y e) del artículo 138 y el inciso e) del artículo 139 del Código Fiscal (t.o.1997 y sus modificatorias): 5% (cinco por ciento);
b) Comercialización de leche (excepto usinas y productores): 5% (cinco por ciento);
c) Contratación de servicios publicitarios, cuando no se discrimine el servicio de agencias: 15% (quince por ciento);
d) Operaciones de consignación realizadas por los acopiadores - consignatarios de granos no destinados a la siembra: 5% (cinco por ciento). En razón de que las características de su operatoria escapa al concepto de acopiador, este tratamiento diferencia¡ no alcanza a los sujetos que reciban granos en canje por la venta de bienes o la prestación de servicios."
ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
C.P.N. HECTOR S. SERRAVALLE
Administrador Provincial
Administ.Provincial de Impuestos
S/C 99 Jul. 18