picture_as_pdf 2009-06-18

MUNICIPALIDAD DE

CAÑADA DE GOMEZ


EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA:


Art. 1º.- Autorizar al D.E. Municipal, para que por intermedio de las respectivas áreas técnicas del Municipio, proceda a la demolición y/o acondicionamiento y/o desmalezamiento, del inmueble ubicado en calle Bv. Centenario Nº 1050 de esta ciudad, registrado a nombre de Zabala Manuel (Suc)- Sección 1º- Manzana nº 101 - Parcela 3 - al norte de las vías férreas.

Art.2º- El costo de mano de obra y material, con motivo de los trabajos que se realicen conforme el artículo 1º precedente, deberá ser abonado por los propietarios del inmueble y/o quien resulte responsable.

Art.3º- A los efectos que correspondan, notifíquese fehacientemente a los propietarios del inmueble y remítase copia de la presente ordenanza al Juzgado de Circuito Nº 6, a los efectos que hubiere lugar.

Art.4º- La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.

Art.5º- Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.

Cañada de Gómez, 21 de Mayo de 2009 - Fdo. Sebastián Caggiano - Presidente, María Arnolfo - Secretaria.”

Intendencia, 22 de Mayo de 2009.- Por Tanto: Téngase por Ordenanza Municipal, cúmplase, publíquese, comuníquese y dése al R.M. Fdo. Dra. Stella Maris Clérici, Intendente Municipal - Ana Pamela Suárez, Secretaria de Hacienda.”

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