URVIG
S.R.L.
AUMENTO DE CAPITAL
Por estar así
dispuesto en los autos caratulados: “URVIG S.R.L. s/Incorporación de nuevo
socio, aumento de capital, modificación art. 4°”, Expte. N° 281 Fº 397 Año
2011, de trámite por ante el Registro Público de Comercio se hace saber que por
Acta del 29/03/11 se incorpora como
nuevo socio el Sr. Carlos Jerónimo Romero, argentino, casado, Contador Público,
nacido el 30/09/1950, L.E. N° 8.378.939, con domicilio en La Rioja Nº 4059 de
esta ciudad; el aporte lo realiza mediante la capitalización de una proporción
del saldo de la partida integrante del capital social de la sociedad denominada
“Aportes Irrevocables”, totalmente aportado e integrado oportunamente en
efectivo a tal efecto, correspondiendo a su parte la suma de $ 26.100, todo lo
cual se aprueba por unanimidad. Asimismo por el voto unánime de todos los
presentes, se resuelve capitalizar la suma restante de la partida “aportes
irrevocables”, esto es la suma de $ 143.900, totalmente aportada e integrado
oportunamente en efectivo para la ampliación del capital social, modificándose
de esta forma la cláusula 4ta. del Contrato Social que queda redactada como
sigue: “Cuarta: El capital social se fija en la suma de ciento ochenta mil
pesos ($ 180.000) dividido en un mil ochocientos cuotas de cien pesos Valor
Nominal cada una, de acuerdo al siguiente detalle: el Sr. Celso Joaquín Daniel
Hang novecientos nueve cuotas representativas del cincuenta coma cinco por
ciento (50,5%) del capital social; el Sr. Adrián Gustavo Hang, ciento ochenta
cuotas representativas del diez por ciento (10%) del capital social; la Sra.
Amanda Edicta Sattino, noventa cuotas representativas del cinco por ciento (5%)
del capital social; el Sr. Hernán Celso Hang, ciento ochenta cuotas
representativas del diez por ciento (10%) del capital social; la Sra. Mariela
Fernanda Hang, ciento ochenta cuotas representativas del diez por ciento (10%)
del capital social y el Sr. Carlos Jerónimo Romero, doscientos sesenta y una
cuotas representativas del catorce coma cinco por ciento (14,5%) del capital
social”. Permaneciendo las demás cláusulas inalterables. Todo lo cual se hace
conocer y a sus efectos. Santa Fe, 12 de Mayo de 2011. Estela C. López Bustos,
secretaria.
$ 25 134115 May. 18
__________________________________________
CARLOS ALBERTO GARCIA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por estar así
dispuesto en los autos caratulados Carlos Alberto García S.A., Expte. N° 424,
F° 402, año 2011, de trámite por ante el Registro Público de Comercio, que
atento a lo establecido por el art. 60 de la Ley Nº 19.550, se hace saber que
por Asamblea Ordinaria Unánime celebrada el 26 de Octubre de 2010, se ha
designado y fijado domicilio especiales de las siguientes autoridades y únicos
integrantes del Directorio: Carlos Alberto García, D.N.I. Nº 10.315.362
Presidente, María Alejandra Molinas, Vicepresidente, Duración mandato del
06/11/10 al 06/11/13 y fijan ambos Directores domicilio especial en calle 9 de
Julio N° 3278 de Santa Fe. Santa Fe, 16 de Mayo de 2011. Estela C. López
Bustos, secretaria.
$ 15 134371 May. 18
__________________________________________
M & A REPRESENTACIONES
S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio 2° Circunscripción Rosario se
hace saber la siguiente publicación por un día en el BOLETIN OFICIAL de la
cesión de cuotas sociales en la entidad “M & A Representaciones S.R.L”, conforme
lo siguiente: Por acta de fecha 22 de octubre de 2010 se decide la cesión de
cuotas sociales entre los socios, en virtud de lo cual Oscar Julio Massetani,
argentino, nacido el 9 de Julio de 1950, divorciado según sentencia Nº 471 de
fecha 24 de septiembre de 2003, dictada por el Juzgado de 1° Instancia de
Distrito en lo Civil y Comercial y Laboral de la 2° Nom de la ciudad de
Casilda, apellido materno Talco, comerciante, domiciliado en Roca 2027 de
Casilda, Prov. Santa Fe, L.E. N° 7.686.398 cede y transfiere onerosamente la
cantidad de un mil seiscientos cuarenta y cuatro (1.644) cuotas de capital que
posee en la sociedad y que representan un total de dieciséis mil seiscientos
cuarenta y cuatro pesos al socio Oscar Alfredo Alle, argentino, nacido el 22 de
noviembre de 1954, casado en 1° nupcias con Viviana Graciela Coletta, apellido
materno Gervaudo, comerciante, domiciliado en calle San Lorenzo 1532 de
Casilda, Prov. Santa Fe, D.N.I. N° 11.297.847, ambos mayores de edad y únicos
integrantes de “M & A Representaciones S.R.L.”, prestando Viviana Graciela
Coletta su consentimiento a la cesión acordada. Consecuentemente se modifica la
cláusula “quinta” del contrato social, la que, a partir de la fecha, queda
redactada de la siguiente manera: “Quinta: El capital social se fija en la suma
de ochenta y dos mil pesos ($ 82.200) divididos en ocho mil doscientas veinte
(8220) cuotas de diez pesos ($10) cada una, suscriptas por los socios en la
siguiente proporción: el socio Oscar Julio Massetani cuatro mil novecientas
treinta y dos (4.932) cuotas de capital, y el socio Oscar Alfredo Alle, tres
mil doscientos ochenta y ocho (3.288) cuotas de capital”. Como consecuencia de
la presente cesión se modifica las cláusula quinta del Contrato Social,
referente a la integración del capital y se confirman y ratifican las demás
cláusulas del Contrato Social. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN
OFICIAL. Rosario, Mayo de 2011.
$
37 134036 May. 18
__________________________________________
REMISSES
TA-LA S.R.L.
MODIFICACION
DE CONTRATO
1. Socios: Susana
Isabel Saoretti, nacida el 8 de Junio de 1958, argentina, comerciante, D.N.I.
N° 11.969.324 con domicilio en Avenida Centenario 768, de la ciudad de Peyrano,
Pcia. de Santa Fe, casada en 1° nupcias con José Luis Mogues, D.N.I.
10.247.193; y Tatiana Mogues, argentina, nacida el 10 de Noviembre de 1981,
comerciante, soltera, D.N.I. Nº 28.575.954, con domicilio en Avenida Centenario
768, de la ciudad de Peyrano, Pcia. de Santa Fe, deciden de común acuerdo y por
unanimidad la Reconducción de la Sociedad, modificar el objeto social y
aumentar el capital social a la suma de pesos setenta mil ($ 70.000).
2. Fecha del
instrumento reconductivo: 19 de Abril de 2011.
3. Denominación:
“REMISSES TA-LA S.R.L.”
4. Domicilio Social:
Avenida Centenario 760, Peyrano, Provincia de Santa Fe.
5. Duración: El
término de duración se fija en diez años, a partir de la inscripción de la
Reconducción en el Registro Público de Comercio.
6. Objeto: La
sociedad tendrá por objeto la prestación del servicio de remisse de pasajeros a
través de vehículos de terceros, y la realización de gestiones comerciales y
entrega de documentación comercial bajo la modalidad de comisiones. En
cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y
contratos que se realicen con su objeto.
7. Capital: El
capital social se fija en la suma de pesos setenta mil ($ 70.000).
8. Administración:
Estará a cargo del socio Susana Isabel Saoretti, en calidad de socio gerente.
9. Representación
legal: Estará a cargo de Susana Isabel Saoretti, en calidad de socio gerente.
10. Fecha de cierre
del ejercicio: 30 de Noviembre de cada año.
$ 30 134135 May. 18
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MOTORES PESADOS S.A.
ESTATUTO
Por disposición del
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela,
Pcia. de Santa Fe, se hace saber que por contrato celebrado a el 1° de Febrero
de 2011, se ha ordenado la siguiente publicación: Socios: Tosone Daniel
Enrique, argentino, apellido materno Cagliero nacido el 19 de Febrero de 1959,
casado en 1° nupcias con Susana Beatriz Francisca Sánchez, D.N.I. 13.046.465,
domiciliado en Las Heras 1257 de la ciudad de Rafaela; Pcia. de Santa Fe, de
profesión comerciante; Sánchez Susana Beatriz Francisca, nacida el 7 de Agosto
de 1953 de apellido materno Hernández casada en 1° nupcias con Daniel Enrique
Tosone, DNI N° 10.636.304, domiciliado en calle Las Heras 1257 de la ciudad de
Rafaela, Pcia. de Santa Fe; de profesión ama de casa.
Denominación y
Domicilio: La sociedad se denomina “MOTORES PESADOS S.A.”, tiene su domicilio
legal en la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe, pudiendo cambiar
posteriormente el mismo e instalar sucursales, establecimientos o
representaciones en cualquier lugar de la República, y o del exterior.
Se designa que la
sede social queda establecida en calle Conscripto Zurbriggen 555 de la ciudad
de Rafaela, Pcia. de Santa Fe.
Plazo de Duración: Su
duración es de noventa y nueve años, contados desde la fecha de inscripción en
el Registro Público de Comercio. Dicho plazo podrá ser prorrogado por la
Asamblea Extraordinaria de Accionistas cumpliendo con los requisitos legales.
Objeto Social: A)
Comercialización de Motores y Repuestos para vehículos, equipos industriales,
agrícolas y automotores, mayorista o minorista, B) Fabricación, venta, servicio
y alquiler de grupos electrógenos, grupos de fuerza y/o cualquier otro equipo
que genere fuerza motriz que exista en la actualidad o a desarrollarse en el
futuro C) Prestara servicios de mecanizado, soldadura y/o demás servicios
inherentes a la reparación y/o fabricación de equipos industriales de energía.
D) Desarrollo de equipos de distintas características impulsores o generadores
de fuerza, energía, calor, e iluminación. E) Importación y Exportación de
motores, equipos, repuestos y/o sus partes, tratándose de importación los
mismos pueden estar destinados a la venta y/o a la producción y servicios
indicados en los apartados anteriores, en un todo de acuerdo a las reglamentaciones
vigentes, directa o indirectamente, por representantes o en representación de
cualquier persona o entidad, de cualquiera de los ítems enunciados
precedentemente. F) Mandatos: el ejercicio de representaciones y mandatos de
todo tipo de intermediación. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que
no sean prohibidos por las leyes, reglamentaciones vigentes y por este
estatuto. G) mediante préstamos con o sin garantía a corto o largo plazo,
aportes de capitales a personas o sociedades para financiar operaciones
realizadas o a realizarse, así como la compraventa de acciones, debentures; y
toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera dé los
sistemas o modalidades creados o a crearse, con las limitaciones establecidas
en los artículos 30 y 31 de la Ley de Sociedades, y exceptuándose las
operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras o cualquier otra en
la que se requiera el concurso público o la autorización estatal previa. A tal
fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes,
reglamentaciones vigentes y por este estatuto.
Capital Social: El capital
social es de doscientos mil pesos ($ 200.000), representado por Doscientos mil
acciones ordinarias nominativas (200.000), no endosables, de un Peso ($ 1) cada
una, y con derecho a un voto por acción. El mismo podrá ser aumentado hasta el
quíntuplo de su monto por decisión de la Asamblea, conforme a las disposiciones
del art. 188 de la Ley 19.550 y sus modificatorias.
Administración y
Representación: La sociedad será dirigida por un Directorio compuesto del
número de miembros que establezca la asamblea, entre un mínimo de uno y un
máximo de tres miembros titulares. La Asamblea debe designar igual o menor
número de suplentes con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, los
que se incorporarán en el orden de su designación. Los Directores duran en sus
funciones un ejercicio, entendiéndose prorrogados sus cargos hasta el día que
la Asamblea designe sus reemplazantes.
Tanto suplentes como titulares podrán ser reelectos en sus cargos
indefinidamente. La Asamblea fijará el número de directores y distribuirá los
cargos, pudiendo delegar esta facultad en el Directorio para que lo haga en una
reunión convocada al efecto. La asamblea aprueba los honorarios por el
ejercicio de la función específica de director y establece la remuneración
máxima que podrá percibir si además se resuelve asignarles funciones técnico
administrativas, en un todo de acuerdo a la Ley 19.550; y/o desarrollar tareas
en relación de dependencia y su remuneración.
La Fiscalización de
la Sociedad: La Sociedad prescindirá de la sindicatura, teniendo los
accionistas la facultad prevista en el artículo 55 de la Ley 19550. En caso de
que por un aumento de capital social se supere el monto establecido en el
inciso 2° del artículo 299 de la ley citada, el directorio deberá convocar a
Asamblea General Ordinaria para la designación de un síndico titular y uno
suplente, por el término de dos ejercicios sin necesidad de modificación del
presente estatuto.
Fecha de Cierre del
Balance: El día treinta y uno de Agosto de cada año cierra el ejercicio social.
A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las
disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia.
Directorio: Se
resuelve que para los tres primeros ejercicios sociales el directorio estará
compuesto por: Presidente Sánchez Susana, director suplente Tosone Daniel
Enrique. Ellos manifiestan sus respectivas conformidades para los cargos para
los cuales fueron designados; y agregan que no se hallan comprendidos en las
incompatibilidades y prohibiciones previstas por la Ley 19.550. Rafaela, 5 de
Mayo de 2011. Carina A. Gerbaldo, secretaria.
$ 100 134034 May. 18
__________________________________________
COMPAÑIA REGIONAL DE
LACTEOS ARGENTINA S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Por estar así
dispuesto en los autos caratulados “Compañía Regional De Lácteos Argentina S.A.
s/Reforma Integral y reordenamiento del Estatuto, Designación de Autoridades”;
Expte Nº 142, F° 393 Año 2011, de trámite por ante el Registro Público de
Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por Asamblea General
Ordinaria y Extraordinaria de
Accionistas de Compañía Regional de Lácteos Argentina S.A., celebrada en fecha
24 de Agosto de 2010, se ha procedido a la reforma integral y reordenamiento de
los estatutos sociales y la designación de autoridades. Consecuentemente así
han quedado redactados: Artículo Primero: La sociedad se denomina Compañía
Regional de Lácteos Argentina S.A. y tiene su domicilio legal en la Ciudad de
Esperanza, Depto Las Colonias, Pcia. de Santa Fe, República Argentina, pudiendo
establecer sucursales, agencias o cualquier especie de representación dentro o
fuera del país. Artículo Segundo: La duración de la sociedad será de noventa y
nueve (99) años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro
Público de Comercio. Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto realizar
por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las siguientes
actividades: Industriales: mediante la industrialización y comercialización de
productos lácteos, comestibles o no, derivados de la leche, en especial su
pasteurización y transformación en leche en polvo; así como jugos de fruta,
refrescos y cualquier otro producto alimenticio. Agropecuarias: mediante la
explotación de establecimientos rurales, propios o de terceros. Comerciales:
mediante la compraventa, transporte, distribución y comercialización de
productos lácteos, comestibles o no, derivados de la leche; así como jugos de
fruta, refrescos y cualquier otro producto alimenticio. Financieras: 1)
mediante la participación con personas físicas o jurídicas, nacionales o
extranjeras, en empresas, sociedades existentes o a constituirse, o personas
jurídicas de cualquier tipo, forma o naturaleza, por cuenta propia o de
terceros, ya sea como accionista o en cualquier otro carácter, conforme las
disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales, en la República Argentina
y/o en cualquier país, región o jurisdicción en el extranjero, de conformidad
con la legislación de la o las jurisdicciones competentes; 2) mediante la
realización de todo tipo de aportes o inversiones, incluyendo bienes muebles o
inmuebles; 3) mediante el otorgamiento de créditos para la venta de los
productos que comercialice, con exclusión de aquellas operaciones financieras
consignadas en la ley de Entidades Financieras y/o que requieran el concurso
público. Importación y Exportación: mediante la realización de todo tipo de
actividades de importación y exportación de productos y materias primas afines
a o relacionadas con su actividad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que
no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Artículo Cuarto: El
capital de la sociedad es de $ 39.460.000 (Pesos treinta y nueve millones
cuatrocientos sesenta mil), representado por 39.460 acciones ordinarias,
nominativas, no endosables de $ 1.000 valor nominal cada una, con derecho a 1
voto por acción. Artículo Quinto: El capital de la sociedad podrá ser aumentado
por resolución de la asamblea de accionistas hasta el quíntuplo de su monto
actual conforme lo establece el artículo 188 de la Ley Nº 19.550. Las
decisiones de aumento de capital deberán ser elevadas a escritura pública en
los casos en que así lo disponga la respectiva asamblea. La asamblea de
accionistas podrá delegar la emisión de acciones al directorio de acuerdo con
lo previsto por el artículo 188 de la Ley Nº 19.550. Artículo Sexto: Las
acciones podrán ser nominativas, no endosables, ordinarias o preferidas, o
conforme lo autorice la legislación aplicable. Los títulos accionarios
definitivos y los títulos provisorios deberán cumplir con los requisitos de los
artículos 211 y 212 de la Ley Nº 19.550. Se podrán emitir títulos
representativos de más de una acción. Artículo Séptimo: En caso de mora en la
integración del capital social, el directorio estará facultado para actuar de
acuerdo con lo previsto por el artículo 193 de la Ley Nº 19.550, Artículo
Octavo: La administración da la sociedad estará a cargo da un directorio
compuesto del número de miembros que fije la asamblea de accionistas, entre un
mínimo de tres (3) y un máximo de nueve (9), con mandato por un ejercicio. La
asamblea podrá designar suplentes en igual o menor número que los titulares y
por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden
de su elección. En caso de pluralidad de titulares los directores designarán en
su primera sesión un presidente y un vicepresidente. “Artículo Noveno: El
directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus
integrantes, y tomará resoluciones válidas por mayoría de votos de los
presentes. El directorio tendrá poderes de administración y disposición,
incluido el poder de llevar á cabo aquellos actos para los que se requieren
facultades especiales de acuerdo con el artículo 1881 del Código Civil y el
artículo 9 del decreto Ley Nº 5965/63. En consecuencia, el directorio podrá
celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al
cumplimiento del objeto social, con facultades para operar con toda clase de
bancos y entidades financieras, sean públicos o privados, y estará facultado
para otorgar y revocar poderes especiales para asuntos judiciales,
administrativos u otros, con o sin poder de sustitución, iniciar, proseguir,
contestar o desistir demandas judiciales o acciones penales, y llevar a cabo
cualquier otro acto o acción legal por el que la sociedad adquiera y asuma
nuevos derechos y obligaciones. Artículo Décimo: La representación legal de la
sociedad será ejercida por el presidente y, en su ausencia o impedimento, por
el vicepresidente, si lo hubiera, quién lo reemplazará en tales casos a todos
los efectos. Para el caso de encontrarse ausente el presidente y el vicepresidente,
y de acuerdo con lo establecido por el artículo 268 de la Ley 19.550, el
directorio podrá autorizar, previa resolución al respecto del directorio, la
actuación de otro director para el ejercicio de la representación legal por el
período de tiempo que dure la ausencia del presidente y vicepresidente. La
comparecencia del vicepresidente o del cualquier director en ejercicio de la
representación, por ausencia o impedimento del presidente, a cualquiera de los
actos administrativos, judiciales o societarios que requieran la presencia del
presidente, y de acuerdo con lo expresamente resuelto por el directorio, obliga
a la sociedad. La representación en juicio de la sociedad como actora,
demandada, absolverte o en cualquier otro carácter, así como en cualquier
Instancia laboral, administrativa o judicial estará a cargo de cualquiera de
los directores que indique el directorio o de los apoderados que designe el
directorio con carácter general o especial. Artículo décimo primero: En
garantía del correcto cumplimiento de sus funciones, los directores titulares
deberán otorgar una suma equivalente a $ 10.000, o el monto mínimo que
determine el órgano de control, o su equivalente en moneda extranjera, bonos o
títulos públicos, depositados en instituciones financieras o cajas de valores;
o tomar a favor de la Sociedad una garantía bancaria o seguro de caución o de
responsabilidad frente a terceros, cuyos costos serán soportados por cada
director, de acuerdo con el mecanismo autorizado por la entidad u organismo de
control correspondiente. Los directores suplentes deberán otorgar dicha
garantía a partir del momento en que asuman el cargo en reemplazo de directores
titulares. Artículo Décimo Segundo: “La fiscalización de la sociedad está a
cargo de un síndico titular y un suplente con mandato por un (1) ejercicio. En
el supuesto que la sociedad quedará comprendida en los supuestos establecidos
por el artículo 299 de la Ley Nº 19.550, Inciso 1,3,4,5 o 6 la fiscalización
estará a cargo de una comisión fiscalizadora compuesta por tres síndicos
titulares, pudiendo la asamblea de accionistas designar un número igual o.
menor de síndicos suplentes, ambos por el término de un ejercicio. Los síndicos
suplentes reemplazarán a los síndicos titulares en caso de ausencia según lo
previsto por el artículo 291 de la ley 19.550. La comisión fiscalizadora tendrá
las facultades y los deberes previstos por el artículo 294 de la ley mencionada
y sus miembros percibirán los honorarios que fije la asamblea de accionistas,
los que serán cargados a los resultados del correspondiente ejercicio
económico. La comisión fiscalizadora se reunirá toda vez que lo solicite uno
cualquiera de sus miembros y como mínimo una vez cada tres meses. Sesionará
válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y adoptara
resoluciones por mayoría de los votos presentes sin perjuicio de los derechos
del síndico disidente. La comisión fiscalizadora deberá llevar un registro de
sus actuaciones en un libro especial. A los fines de asistir a las asambleas de
accionistas o reuniones del directorio, la comisión fiscalizadora podrá
designar a uno de sus miembros para que la represente, sin perjuicio del
derecho de los otros miembros de asistir a tales asambleas o reuniones.
“Artículo Décimo Tercero: Las asambleas de accionistas podrán ser convocadas
simultáneamente en primera y segunda convocatoria de conformidad con el
artículo 237 de la Ley Nº 19.550, sin perjuicio de las disposiciones de dicho
artículo referidas a asambleas unánimes. En el supuesto de convocatorias
simultáneas, si la asamblea fuera citada para celebrarse el mismo día deberá
serlo con intervalo no inferior a una hora de la fijada para la primera, de
conformidad con lo establecido por el artículo 237 de la citada ley. El quórum
y las mayorías de las asambleas de accionistas se regirán por las disposiciones
de los artículos 243 y 244 de la Ley Nº 19.550, dependiendo del tipo de
convocatoria y orden del día a considerar. Las asambleas extraordinarias en
segunda convocatoria se celebrarán, independientemente del número de acciones
presentes con derecho a voto. Artículo Décimo Cuarto: El ejercicio económico de
la sociedad finaliza el 31 de diciembre de cada año. Deberán confeccionarse el
balance y demás documentación contable pertinente de la sociedad a esa fecha de
acuerdo con las reglamentaciones y disposiciones técnicas aplicables. Artículo
Décimo Quinto: La utilidad líquida se aplicará de la siguiente manera: a) cinco
por ciento al fondo de reserva legal hasta que dicha reserva alcance el veinte
por ciento del capital suscripto de la sociedad; b) a remuneración de los
directores y síndicos, de corresponder; c) a dividendos de acciones preferidas,
si las hubiere, teniendo prioridad los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo
o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas, si las
hubiere, y a dividendo de las acciones ordinarias, o a fondos de reserva
facultativa o de previsión o al destino que determine la asamblea de
accionistas. Los dividendos se distribuirán en forma proporcional a las
respectivas participaciones de capital dentro del ejercicio en que fueron
aprobados. Artículo Décimo Sexto: Disuelta la sociedad, la liquidación será
practicada por el directorio en funciones al momento de la liquidación o por un
liquidador, conforme lo resuelva la asamblea de accionistas. El directorio o
liquidador actuará bajo la supervisión del síndico, si correspondiere. Una vez
abonada la totalidad de las deudas de la sociedad y reembolsado el capital, el
excedente se distribuirá entre los accionistas en proporción a sus respectivas
integraciones de capital. Designación de autoridades: presidente: Luis Rómulo
La Torre, D.N.I. 94.133.666, Boliviano, casado, nacido el 05/09/1959, Ingeniero
Químico, C.U.I.T. N° 20-94133666-4, domiciliado en calle Chacabuco 127 de la
Ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe. Vicepresidente: Vito Modesto Rodríguez
Rodríguez, Peruano, casado, nacido el 15/06/1939, D.N.I. (Perú) N° 9.186.797,
Pasaporte N° 3.915.413, Empresario, con domicilio especial en Maipú N° 1300
Piso 10° de la ciudad Autónoma de Buenos Aires y domicilio real en Choquehuanca
N° 1160, San Isidro, Lima Perú. Director Titular: Guillermo Pérez Mazas,
argentino, casado, nacido el 09/12/1965, D.N.I. N° 17.682.390, Ingeniero
Agrónomo, C.U.I.T. N° 23-17682390-9, domiciliado en calle Chacabuco 127 Dpto. 2
de la ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe. Director Suplente: Jorge Columbo
Rodríguez Rodríguez, peruano, casado, nacido el 21/11/1945, D.N.I. (Perú) N°
29.279.009, Pasaporte Nº 3.216.766, Ingeniero Industrial, C.U.I.T. N°
20-60321749-8, con domicilio especial en Maipú N° 1300 Piso 10° de la ciudad
Autónoma de Buenos Aires y domicilio real en Av. República de Panamá N° 2461,
La Victoria, Lima 13, Lima, Perú. Director Suplente: José Odón Rodríguez
Rodríguez, peruano, casado nacido el 02/07/1941, D.N.I. (Perú) N° 6.367.382,
Pasaporte Nº 3.371.142, Ingeniero de Minas, con domicilio especial en Maipú N°
1300 Piso 10° de la ciudad Autónoma de Buenos Aires y domicilio real en 1700 N.
Dixie Hwy Suite 142-144, Boca Ratón, FL 33432, USA. Organo de fiscalización:
Síndico Titular: Rodolfo José Marelli, argentino, casado, nacido el 12/02/1972,
D.N.I. N° 22.584.504, Abogado, C.U.I.T. N° 20-22584504-3, con domicilio legal
en calle San Jerónimo 1295 de la ciudad de Santa Fe; y domicilio real en calle
Defensa 7449 de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe. Síndico Suplente:
Julio Enrique Alonso, argentino, casado, nacido el 13/04/1954, DNI N°
11.234.611, de profesión Contador Público Nacional, C.U.I.T. N° 20-11234611-3,
con domicilio legal en calle Moreno 3224 y real en calle Patricio Cullen Nº
7739 ambos de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe. Todo lo cual se publica
a sus efectos. Santa Fe, 5 Mayo de 2011. Estela C. López Bustos, secretaria.
$
245 134017 May. 18
__________________________________________
LONG
AUTOMOTORES S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Se hace saber que por
disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la 5°
Circunscripción Judicial de Rafaela, se ha ordenado la inscripción de la
modificación del estatuto social de LONG AUTOMOTORES S.A., el cual fuere
previamente aprobado por Res. 272, Expediente 72.012 año 2011 de la Inspección
General de Personas Jurídicas y que se sintetiza en los siguientes ítems:
1. Fecha de la
resolución que modificó el estatuto: 25 de febrero de 2011.
2. Modificación del
objeto social: Se modifica considerando las prestaciones de los servicios de
mecánica, otorgamiento de préstamos para financiar operaciones de su giro
comercial, participación de la sociedad en los mercados de bolsas y valores y
la realización de operaciones con bienes inmuebles.
3. Aumento del
capital social, suscripción, capitalización e integración: Se aumenta el
capital social a la suma de $ 10.000.000 representado por 100.000 de acciones
de $ 100 cada una, siendo las mismas ordinarias, nominativas no endosables de 1
voto por acción. El capital original suscripto e integrado convertido al signo
monetario vigente es de $ 0.02 por lo que el aumento de capital es de $ 9.999.999.98,
siendo el mismo totalmente integrado mediante la capitalización de saldos
contables existentes en el rubro Patrimonio Neto del último balance comercial
confeccionado a la fecha de la resolución de asamblea.
4. Prescindencia de
la sindicatura: La sociedad hace uso de la opción de prescindir de la
sindicatura privada s/art. 284 de la Ley Nº 19550, por lo que la fiscalización
estará a cargo de los propios socios.
5. Modificación y
adecuación del estatuto social: Se adecua el estatuto social quedando el mismo
resumido en:
a) Denominación: LONG
AUTOMOTORES S.A.
b) Domicilio: Paul
Harris 34/72, Rafaela, Depto Castellano, Pcia. de Santa Fe.
c) Objeto: a) La
explotación integral de una concesionaria automotor, para la comercialización,
importación y/o exportación de vehículos nuevos y usados, compra, venta e
importación y exportación de repuestos y accesorios para automotores,
prestación de servicios de mantenimiento mediante la explotación de un taller
de mecánica del automotor, y todo lo que hace a la industria automotriz, como
así también para la compra, venta de motocicletas, ciclomotores, maquinarias e
implementos agrícolas, viales, tractores, generadores, equipos de bombeo,
lanchas, equipos de audio y vídeo, motores marinos fuera de borda y motores de
todo tipo, repuestos y accesorios y cualquier otro artículo o producto
relacionado con estos rubros, b) Los negocios de comisiones, consignaciones,
representaciones de los bienes que constituyan la base de todo lo que hace al
objeto social, c) El otorgamiento de prestamos, con intereses, y/o cláusulas de
ajuste, fianzas o avales, garantía real o personal, o sin garantía, a corto,
mediano y largo plazo, para financiar operaciones realizadas o a realizarse,
que deriven de su giro comercial, aporte de capitales a empresas, en giro o en
vías de formación, sociedades de garantías recíprocas, existentes o a
constituirse, para la realización de operaciones concertadas o a concertarse,
así como la compraventa de títulos, acciones, y toda clase de valores mobiliarios
y papeles de crédito, en cualquiera de los sistemas o modalidades creadas o a
crearse, celebrar contratos de leasing, emitir debentures y warrants y
comercializarlos, como así también la constitución, compra y/o venta de
futuros, opciones, y toda otra modalidad en la operatoria de contratos
derivados del mercado agrario y su participación en las bolsas
correspondientes. Todas las actividades previstas serán con exclusión de las
operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras (Ley 21526) o cualesquiera
otra que requiera el concurso público, d) La adquisición, administración,
construcción, locación o arrendamiento, fraccionamiento, venta y/o permuta de
bienes inmuebles, urbanos, rurales o suburbanos, y cualesquiera otras
operaciones de rentas inmobiliarias con exclusión de toda actividad del
artículo 299, inc. 4 de la Ley 19.550 y las propias de los corredores
inmobiliarios. En su caso y según la materia en cuestión se contratará
profesionales de la matrícula con incumbencia en el tema, e) La explotación de
establecimientos agrícola-ganaderos, cría y engorde de ganados, tambos y la
comercialización de sus productos sin elaborar semielaborados o totalmente
elaborados. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá efectuar
cualquier tipo de operaciones y/o actos jurídicos que tengan relación directa o
indirecta con su objeto social, sean estos antecedente, consecuencia o estén
relacionados con la explotación de sus negocios, en cuyos casos gozará de plena
capacidad jurídica para todos, asimismo para el ejercicio de todas las acciones
a que hubiere lugar sin otra limitación que la surgida de las leyes o de estos
estatutos.
d) Duración: Su
vencimiento se producirá el 30 de setiembre de 2060.
e) Capital social: $
10.000.000 representado por 100.000 de acciones de $ 100 valor nominal cada
una, ordinarias, nominativas no endosables de 1 voto por acción.
f) Administración:
Está a cargo de un directorio que designa la Asamblea entre un mínimo de 2 y un
máximo de 7, quienes durarán en sus funciones 3 ejercicios. La representación
de la sociedad corresponde indistintamente al Presidente y al Vice-Presidente
del Directorio.
g) Fiscalización. La
sociedad prescinde de la sindicatura conforme al art. 284 de la Ley 19550. Los
accionistas poseen el derecho de contralor que establece el art. 55 de la Ley
19.550.
h) Cierre del
ejercicio: 30 de Septiembre de cada año. Rafaela, Mayo 5 de 2011. Carina A.
Gerbaldo, secretaria.
$ 64 134095 May. 18
__________________________________________
INVERSORA SUIPACHA S.A.
(continuadora de la
anterior Pinguli S.A.)
MODIFICACION DE ESTATUTO
Por disposición del
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela se ha ordenado la
siguiente publicación: En fecha 3 de Marzo de 2011, según Acta de Asamblea Nº
9, los accionistas de Pinguli S.A., resuelven cambiar la denominación social, reformando
la cláusula primera del Estatuto Social, la cual queda redactada de la
siguiente manera: Artículo 1°): Denominación: La sociedad girará bajo la
denominación de “Inversora Suipacha S.A.” (continuadora de la anterior
denominada Pinguli S.A.) y tendrá su domicilio legal en la ciudad de Rafaela,
Provincia de Santa Fe. Rafaela, 9 de Mayo de 2011. Carina A. Gerbaldo,
secretaria.
$ 15 134153 May. 18
__________________________________________
LOGITRANS RAFAELA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se ha ordenado la
siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de
Logitrans Rafaela S.A., según acta de Asamblea Ordinaria y Acta de Directorio,
ambas de fecha 24 de enero de 2011:
Director Titular
Presidente: Ricardo Alcides Saracco, DNI N° 11.011.505, y Director Suplente:
Gustavo Simón Perotti, D.N.I. N° 18.198.283. Rafaela, 9 de Mayo de 2011. Carina
A. Gerbaldo, secretaria.
$
15 134149 May. 18
__________________________________________
INSERCUT
S.R.L.
CONTRATO
1) Nombre,
nacionalidad, edad. D.N.I. estado civil, domicilio y Profesión de los socios:
Gabriel Nicolás González, argentino, de 33 años, D.N.I. 26.073.891, casado, con
domicilio en calle Arijón 112, Dpto. 3, de Rosario, Pcia. de Santa Fe,
comerciante y Daniel Alberto Blanco, argentino, de 40 años, D.N.I. 21.962.456,
soltero, con domicilio en Mont Cenis 3620 de Rosario, Pcia. de Santa Fe,
comerciante.
2) Fecha Instrumento
de Constitución: 06 de mayo de 2011.
3) Denominación
Social: INSERCUT S.R.L.
4) Domicilio: Arijón
112, Dpto. 3 de Rosario.
5) Objeto Social:
Realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes
actividades Comercial: 1) Compra, venta por mayor y menor, importación y
exportación y distribución de herramienta de corte y accesorios para máquinas
de corte, instrumentos de medición.
6) Plazo de Duración:
10 años.
7) Capital Social:
Pesos Sesenta mil ($ 60.000).
8) Composición de los
órganos de administración y fiscalización, nombre de sus miembros:
Administración: La administración, representación y uso de la firma social
estará a cargo del socio Gabriel Nicolás González, quien reviste el carácter de
socio gerente, quien actuará en forma
individual. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de
todos los socios.
9) Organización de la
representación legal: Gerencia individual.
10) Fecha de cierre
del ejercicio: 31 de diciembre.
$
18 134076 May. 18
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WTA
S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Fecha del contrato:
30 de Junio 2009. Denominación: WTA S.R.L. Domicilio: calle Bolívar N° 1040 de
la localidad de Villa Constitución, Pcia. de Santa Fe. Socios: el Sr. Marcelo
Alfredo Fiore, Argentino, apellido materno Girotti, DNI. 14.587.085 nacido el
31/01/1962, de 47 años de edad, soltero, de profesión comerciante, domiciliado
en calle Bolívar N° 1040 de la localidad de Villa Constitución, Pcia. de Santa
Fe y Alejandro Héctor Longo, apellido materno Ponce, DNI. 14.587.277,
argentino, nacido el 23/03/1962, de 47 años de edad, de estado civil
divorciado, de Marcela Andrea Santolín conforme Resolución Nº 136 de Fecha 30
de Junio de 1998 del Expte. Nº 36/98 ante el Juzgado de 1° Inst. Civil,
Comercial y Laboral de Distrito 14 de Villa Constitución, de profesión
comerciante, con domicilio en calle Jujuy Nº 368 de la localidad de Villa
Constitución, Pcia. de Santa Fe. Objeto Social: dedicarse por cuenta propia,
y/o de terceros y/o asociado a terceros a las siguientes operaciones:
Operaciones de importación, exportación y la comercialización de mercaderías,
materias primas y maquinarias eléctricas, electrónicas y/o mecánicas.
Importación, exportación y la comercialización de muebles, útiles, artículos de
joyería, relojería, juguetería y regalería. Duración: El término de duración se
fija en treinta años a partir de la fecha de inscripción del contrato original
en el registro público de comercio. Capital: se fija en la suma de $ 40.000
pesos cuarenta mil dividido en cuarenta cuotas de pesos mil c/u, que los socios
suscriben e integran de la siguiente manera: El socio Marcelo Alfredo Fiore,
suscribe (20) veinte cuotas de capital, que representan $ 20.000 (Pesos veinte
mil) y el socio Alejandro Héctor Longo, suscribe (20) veinte cuotas de capital,
que representan $ 20.000 (Pesos veinte mil), en este acto cada socio integra
del aumento, el 25% (veinticinco por ciento) de lo suscripto en efectivo,
comprometiéndose a integrar el resto, también en efectivo, en el término de 180
días (ciento ochenta días), contados a partir de la fecha del presente
contrato. Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o
más gerentes, socios o no. Fiscalización: La fiscalización de la sociedad
estará a cargo de todos los socios. Gerente: Socio Gerente de la sociedad al
Socio Marcelo Alfredo Fiore, DNI Nº 14.587.085, Argentino, nacido el
31/01/1962, de 47 años de edad, apellido materno Girotti, soltero, de profesión
comerciante, domiciliado en calle Bolívar Nº 1040, de la ciudad de Villa Constitución.
Fecha cierre del ejercicio: 31 de Mayo de cada año.
$ 46 134033 May. 18
__________________________________________
AGRO SUSANA S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se ha ordenado la
siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de AGRO
SUSANA S.A., según acta de Asamblea Ordinaria y Acta de Directorio, ambas de
fecha 29 de marzo de 2011. Director Titular Presidente el Sr. Horacio Ceferino
Flogna, D.N.I. 22.539.362, Director Titular Vicepresidente el Sr. Gustavo Jorge
Flogna, D.N.I. 20.145.956, y como Director Suplente el Sr. Leonardo Gabriel
Forni, D.N.I. 21.423.119. Rafaela, 09 de Mayo de 2011. Carina A. Gerbaldo,
secretaria.
$
15 134150 May. 18
__________________________________________
JEEP
82 S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se ha ordenado la
siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de Jeep
82 S.A., según acta de Asamblea Ordinaria y Acta de Directorio, ambas de fecha
8 de Abril de 2011.
Director Titular
Presidente: Gustavo Simón Perotti, DNI Nº 18.198.283; Director Suplente: Juan
Carlos Ramón Basso, D.N.I. Nº 13.224.676. Rafaela, 9 de Mayo de 2011. Carina A.
Gerbaldo, secretaria.
$ 15 134152 May. 18
__________________________________________
NEXO EMPRENDIMIENTOS S.A.
AUMENTO DE CAPITAL
Se hace saber que el
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela, 5ta.
Circunscripción, ha ordenado la publicación del Aumento de Capital Social de
Nexo Emprendimientos S.A., el cual se ha resuelto y aprobado por acta de
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 30/06/10 a Pesos
Veintidós Millones Seiscientos Cincuenta Mil ($ 22.650.000). Al respecto se
emiten Cuatro Millones Ochocientas Treinta y Ocho Mil ($ 4.838.000) acciones
ordinarias nominativas no endosables de valor nominal unitario un peso ($ 1),
que otorgan derecho a un (1) voto por acción, que se suscribieron en su
totalidad en ese acto y se integraron en un 100%. Rafaela, 27 de Abril de 2011.
Carina A. Gerbaldo, secretaria.
$ 15 134055 May. 18
__________________________________________
KILOMETRO 352 S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Fecha del instrumento:
5 de abril de 2011.
Cedente: Carlos Juan
Biondo, L.E. Nº 6.173.694, cede 1.250 cuotas de V.N. $ 10 cada una a
Cesionaria: María Alejandra Pianesi, D.N.I. N° 20.239.211, nacida el 11 de
marzo de 1968, argentina, de profesión abogada, casada con Juan Carlos Biondo,
con domicilio en Santa Joaquina 669, de Carcarañá. Carcarañá, Mayo de 2011.
$
15 134003 May. 18
__________________________________________
MERCATOR
S.A.
AUMENTO DE CAPITAL
Según Acta de
Asamblea Extraordinaria celebrada en la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a
los 29 días del mes de octubre de 2010 se resuelve: Aumentar el capital a la
suma de $ 8.000.000 integrando el aumento de $ 7.500.000 con la capitalización
del saldo de la cuenta Ajuste del Capital por la suma de $ 612.650, de los Aportes
Irrevocables por la suma de $ 1.822.422,72 y 5.064.927,28 con la capitalización
parcial del saldo de la cuenta Resultados no Asignados.
$ 15 134039 May. 18
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MSG CONSTRUCCIONES S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Se amplia la
publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Sociedad determinando la profesión de
los señores Sabrina Merigui y Leandro Carlos Abraham, a quienes los Sres.
Joaquín Sánchez y Marcelo Cristian Gueglio le cedieron parte de sus cuotas.
Sabrina Merigui, de profesión sus labores y Leandro Carlos Abraham,
comerciante.
$ 15 134119 May. 18
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