DECRETO Nº 730
Santa Fe, 4 de Mayo 2004
VISTO:
El Expediente Nº 00401-0119997-1 y su agregado en cuerda floja Nº
00401-0119827-1, ambos del Registro del Ministerio de Educación, en cuyas
actuaciones se solicita la aprobación de los Diseños Curriculares
Jurisdiccionales para la Formación Técnica y la Formación Docente Inicial de
las Carreras de “Profesorado de Artes en Artes Visuales” y de “Tecnicatura Superior en Artes Visuales” que se dictan en
los Institutos Superiores de la Provincia; y
CONSIDERANDO
Que el Decreto Nacional Nº 1276/96 estableció la necesidad de ajustar los
diseños curriculares a las nuevas estructuras del sistema educativo, fijando
los plazos correspondientes, los que fueron modificados por su similar Nº
003/00;
Que asimismo, el Poder Ejecutivo Nacional por Decreto Nº 353 de fecha 20 de
febrero de 2002, flexibilizó el plazo establecido por las normas citadas,
extendiéndolo al 1º de enero de 2004;
Que, teniendo en cuenta la simultánea aprobación de disposiciones referidas
a la Formación Docente Inicial por parte del Consejo Federal de Cultura y
Educación durante el período 1998 - 2001, se hace necesaria a partir de dicha
medida la elaboración de nuevos Planes de Estudios que respondan a una estricta
adecuación a las mismas, con la finalidad de garantizar la validez nacional de
los títulos que se otorguen, previendo el respeto de la proporcionalidad de
Espacios Curriculares en los tres Campos de la Formación Docente: Formación
General Pedagógica, Formación Especializada y Formación Orientada, en un todo
de acuerdo con lo estipulado por el Acuerdo Marco Serie A Nº 20 para la
Educación Artística aprobado por Resolución Nº 88/98 del referido Consejo;
Que en ese marco la Cartera Educativa propone la aprobación del Diseño
Curricular Jurisdiccional, de la Carrera de Profesorado de Artes en Artes
Visuales, en pos de la revalorización de la profesión docente, por cuanto
incluye la Práctica Docente de los alumnos desde el Primer Año de cada Carrera
y jerarquiza la tarea actual de los profesores en ejercicio en las
instituciones educativas con regímenes especiales, como así también del
correspondiente a la Carrera de Tecnicatura Superior
en Artes Visuales;
Que cabe destacar que el Ministerio recurrente prevé realizar una
permanente evaluación de la aplicación de tales Diseños Curriculares,
atendiendo, además de su adecuación a las normativas nacionales, a las
realidades institucionales, regionales y provinciales, para propender a la
calidad y equidad y su articulación con los otros Niveles Educativos del
Sistema Provincial;
Que atento a ello los presentes Diseños sustituirán progresivamente la
aplicación de los Planes de Estudios correspondientes a las Carreras de
Profesorado de Artes Visuales para el Nivel Primario, Técnico en Artes
Visuales, Profesorado en Artes Visuales para el Nivel Medio, Técnico Superior
en Artes Visuales, Profesorado Superior en Artes Visuales Especializado en
Grabado, Pintura, Escultura o Cerámica y Técnico Superior en Artes Visuales
Especializado en Grabado, Pintura, Escultura o Cerámica, que aprobados por
Decreto Nº 854/87 se desarrollan en los Institutos Superiores de la Provincia;
Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente, creada por
Decreto Nº 5799/91, aconsejado mediante Dictamen Nº 55/03, las competencias para
el ejercicio de la docencia en la Jurisdicción que corresponde asignarle al
título de “Profesorado de Artes en Artes Visuales” y las incumbencias
profesionales sugeridas por el Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras
y Técnicos de la Provincia de Santa Fe - (Ley Nº 10946) para el de “Tecnicatura Superior en Artes Visuales”;
Que la Secretaría de Cultura y la Subsecretaría de Educación, ambas de la
Cartera Educativa Provincial, otorgan su anuencia a la presente gestión;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes
aportados por los organismos intervinientes, estima
procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones propias conferidas por el Artículo 72º - inciso 5) de
la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Apruébanse, para su aplicación a
partir del Ciclo Lectivo 2002 en los Institutos Superiores de la Provincia, los
Diseños Curriculares Jurisdiccionales para la Formación Técnica y la Formación
Docente Inicial de las Carreras de “Profesorado de Artes en Artes Visuales” y
de “Tecnicatura Superior en Artes Visuales” y las
correspondientes competencias para el ejercicio de la docencia en Jurisdicción
del Ministerio de Educación del primero de ellos e incumbencias profesionales
del segundo que como Anexos I y II, en ochenta (80) y cincuenta y dos (52)
fojas, respectivamente, forman parte del presente decreto.
ARTICULO 2º - Establécese que los Diseños
Curriculares Jurisdiccionales que se aprueben por el artículo precedente,
sustituirán progresivamente la aplicación de los Planes de Estudios
correspondientes a las Carreras de Profesorado de Artes Visuales para el Nivel
Primario, Técnico en Artes Visuales, Profesorado en Artes Visuales para el
Nivel Medio, Técnico Superior en Artes Visuales, Profesorado Superior en Artes
Visuales Especializado en Grabado, Pintura, Escultura o Cerámica, y Técnico Superior en Artes Visuales
Especializado en Grabado, Pintura, Escultura, o Cerámica, que aprobados por
Decreto Nº 854/87, se dictan en los Institutos Superiores de la Provincia.
ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
OBEID
Prof. Carola Nin
NOTA: Los Anexos respectivos se encuentran, a disposición de los
interesados, en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.
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