picture_as_pdf 2004-05-18

DECRETO Nº 730

 

Santa Fe, 4 de Mayo 2004

VISTO:

El Expediente Nº 00401-0119997-1 y su agregado en cuerda floja Nº 00401-0119827-1, ambos del Registro del Ministerio de Educación, en cuyas actuaciones se solicita la aprobación de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales para la Formación Técnica y la Formación Docente Inicial de las Carreras de “Profesorado de Artes en Artes Visuales” y de “Tecnicatura Superior en Artes Visuales” que se dictan en los Institutos Superiores de la Provincia; y

CONSIDERANDO

Que el Decreto Nacional Nº 1276/96 estableció la necesidad de ajustar los diseños curriculares a las nuevas estructuras del sistema educativo, fijando los plazos correspondientes, los que fueron modificados por su similar Nº 003/00;

Que asimismo, el Poder Ejecutivo Nacional por Decreto Nº 353 de fecha 20 de febrero de 2002, flexibilizó el plazo establecido por las normas citadas, extendiéndolo al 1º de enero de 2004;

Que, teniendo en cuenta la simultánea aprobación de disposiciones referidas a la Formación Docente Inicial por parte del Consejo Federal de Cultura y Educación durante el período 1998 - 2001, se hace necesaria a partir de dicha medida la elaboración de nuevos Planes de Estudios que respondan a una estricta adecuación a las mismas, con la finalidad de garantizar la validez nacional de los títulos que se otorguen, previendo el respeto de la proporcionalidad de Espacios Curriculares en los tres Campos de la Formación Docente: Formación General Pedagógica, Formación Especializada y Formación Orientada, en un todo de acuerdo con lo estipulado por el Acuerdo Marco Serie A Nº 20 para la Educación Artística aprobado por Resolución Nº 88/98 del referido Consejo;

Que en ese marco la Cartera Educativa propone la aprobación del Diseño Curricular Jurisdiccional, de la Carrera de Profesorado de Artes en Artes Visuales, en pos de la revalorización de la profesión docente, por cuanto incluye la Práctica Docente de los alumnos desde el Primer Año de cada Carrera y jerarquiza la tarea actual de los profesores en ejercicio en las instituciones educativas con regímenes especiales, como así también del correspondiente a la Carrera de Tecnicatura Superior en Artes Visuales;

Que cabe destacar que el Ministerio recurrente prevé realizar una permanente evaluación de la aplicación de tales Diseños Curriculares, atendiendo, además de su adecuación a las normativas nacionales, a las realidades institucionales, regionales y provinciales, para propender a la calidad y equidad y su articulación con los otros Niveles Educativos del Sistema Provincial;

Que atento a ello los presentes Diseños sustituirán progresivamente la aplicación de los Planes de Estudios correspondientes a las Carreras de Profesorado de Artes Visuales para el Nivel Primario, Técnico en Artes Visuales, Profesorado en Artes Visuales para el Nivel Medio, Técnico Superior en Artes Visuales, Profesorado Superior en Artes Visuales Especializado en Grabado, Pintura, Escultura o Cerámica y Técnico Superior en Artes Visuales Especializado en Grabado, Pintura, Escultura o Cerámica, que aprobados por Decreto Nº 854/87 se desarrollan en los Institutos Superiores de la Provincia;

Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente, creada por Decreto Nº 5799/91, aconsejado mediante Dictamen Nº 55/03, las competencias para el ejercicio de la docencia en la Jurisdicción que corresponde asignarle al título de “Profesorado de Artes en Artes Visuales” y las incumbencias profesionales sugeridas por el Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obras y Técnicos de la Provincia de Santa Fe - (Ley Nº 10946) para el de “Tecnicatura Superior en Artes Visuales”;

Que la Secretaría de Cultura y la Subsecretaría de Educación, ambas de la Cartera Educativa Provincial, otorgan su anuencia a la presente gestión;

Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes aportados por los organismos intervinientes, estima procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones propias  conferidas por el Artículo 72º - inciso 5) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º - Apruébanse, para su aplicación a partir del Ciclo Lectivo 2002 en los Institutos Superiores de la Provincia, los Diseños Curriculares Jurisdiccionales para la Formación Técnica y la Formación Docente Inicial de las Carreras de “Profesorado de Artes en Artes Visuales” y de “Tecnicatura Superior en Artes Visuales” y las correspondientes competencias para el ejercicio de la docencia en Jurisdicción del Ministerio de Educación del primero de ellos e incumbencias profesionales del segundo que como Anexos I y II, en ochenta (80) y cincuenta y dos (52) fojas, respectivamente, forman parte del presente decreto.

ARTICULO 2º - Establécese que los Diseños Curriculares Jurisdiccionales que se aprueben por el artículo precedente, sustituirán progresivamente la aplicación de los Planes de Estudios correspondientes a las Carreras de Profesorado de Artes Visuales para el Nivel Primario, Técnico en Artes Visuales, Profesorado en Artes Visuales para el Nivel Medio, Técnico Superior en Artes Visuales, Profesorado Superior en Artes Visuales Especializado en Grabado, Pintura, Escultura o Cerámica,  y Técnico Superior en Artes Visuales Especializado en Grabado, Pintura, Escultura, o Cerámica, que aprobados por Decreto Nº 854/87, se dictan en los Institutos Superiores de la Provincia.

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Prof. Carola Nin

NOTA: Los Anexos respectivos se encuentran, a disposición de los interesados, en la Mesa de Entradas del Ministerio de Educación.

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