picture_as_pdf 2011-04-18

DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

 

RESOLUCION Nº 0932

 

Santa Fe, 12 de abril de 2011.

VISTO:

El Expediente Nº 15202-0023234-6 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que ha sido detectada una situación de irregularidad consistente en falta de pago y ocupación en la unidad habitacional identificada como: Rivadavia 005 - MANZANA 61 NORTE - LOTE 01 - (2 D) - CUENTA Nº 6020-0041-3 - PLAN 6020 - CARCARAÑA - DEPARTAMENTO SAN LORENZO - PROVINCIA SANTA FE, asignada por Resolución Nº 2292/07 a la señora SANCHEZ ANALIA SILVINA (D.N.I. 20.035.398) según Boleto de Compraventa de Fs. 13;

Que las presentes actuaciones son iniciadas por las Autoridades de la Municipalidad de Carcarañá (fs 1) en virtud de la cual se toma conocimiento que la vivienda de referencia se encuentra habitada por terceras personas;

Que la Asistente Profesional del Area Comercial Zona Sur interviene en fecha 16/11/09 (fs. 6) e Informa que conforme constatación domiciliaria (Acta a fs. 2) se pudo comprobar que la unidad se encuentra ocupada por personas ajenas a la titularidad de origen, y según Estado de Cuenta de igual fecha (fs. 4) se observa mora en el pago de las cuotas de amortización;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se expide mediante Dictamen Nº 080000/10 (fs. 15) y señala que las prohibiciones contempladas en el art. 37 del Reglamento da Adjudicación, Ocupación y Uso tienen una directa relación con el deber de ocupación que constituye una obligación jurídica derivada del Reglamento y del Boleto suscripto, de cumplimiento forzoso y necesario por parte del titular adjudicatario y cuya consecuencia se sanciona con la desadjudicación tal cual lo prevé el mismo cuerpo de normas sumado al incumplimiento del art. 29 que los obliga al pago de las cuotas de amortización, ambas normas reflejadas en el Boleto de Compraventa que suscribieron;

Que dado las constancias de autos, el tiempo que lleva la situación irregular, el total desinterés de los adjudicatarios en su vivienda, la inexistencia de un domicilio donde cursar una intimación que resulte efectiva más allá de lo formal, la Dirección mencionada -haciendo uso de la opción prevista por el art. 39 inc. b) del R.A.O. y U.- recomienda proceder sin más trámites a la desadjudicación de la unidad por incumplimiento de las obligaciones impuestas reglamentaria y contractualmente (arts. 29 y 37 del R.A.O. y U. y cláusulas concordantes del Boleto de Compraventa):

Que tal como se presenta el caso, en el que se ignora el domicilio del interesado y a los efectos de la notificación del acto, deviene aplicable la forma que contempla el Decreto 10.204/58 en sus arts. 20 inc. e) y 28, es decir, mediante edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL, garantizando, mediante este procedimiento, el derecho de defensa del administrado;

Que por lo expuesto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos (fs. 15) aconseja el dictado del presente acto resolutorio que desadjudica a la titular de la vivienda, por infracción a los arts. 29 (falta de pago) y 37 (falta de ocupación) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, y cláusulas concordantes del Boleto de Compraventa de fs. 13;

POR ELLO,

y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Desadjudicar la unidad habitacional identificada como: RIVADAVIA 005 - MANZANA 61 NORTE - LOTE 01 - (2 D) - CUENTA Nº 6020-0041-3 - PLAN 6020 - CASCARAÑA - DEPARTAMENTO SAN LORENZO - PROVINCIA SANTA FE, asignada a la señora SANCHEZ ANALIA SILVINA (D.N.I. 20.035.398) por infracción a los arts. 29 (falta de pago) y 37 (falta de ocupación) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, y cláusulas concordantes del Boleto de Compraventa oportunamente suscripto, el cual queda rescindido en el presente acto y modificada en tal sentido la Resolución Nº 2292/07.

ARTICULO 2º.- Notificar el presente decisorio por intermedio de Notificador Oficial en el domicilio contractual y por edictos, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL conforme a los arts. 20 inc. e) y 28 del Decreto 10.204/58, debiendo ser verificada la efectiva publicación por Secretaría de Despacho, agregando la constancia correspondiente.

ARTICULO 3º.- En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que ésta designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21581 homologada por al Ley Provincial Nº 11102 que expresa:

“Queda facultados los Organismos por medio de los que se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del Fondo Nacional de la Vivienda, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligados a prestarlos, con el objeto de posibilitar la ejecución inmediata de todas las cláusulas insertas en los boletos de compra venta, contratos de préstamo de uso o comodato y acto de entrega de tenencia precaria aprobados por la Secretaría de Estado de Desarrollo Urbano y Vivienda que suscriban con los beneficiarios de las viviendas. En tal sentido el auxilio de la fuerza pública podrá ser requerido también, para producir el lanzamiento de aquellos que hubieran ocupado las viviendas, edificios, construcciones o terrenos, sin estar autorizados para ello por autoridad competente. Asimismo, para la ejecución de las hipotecas que pudieran constituir a su favor, dichos organismos tendrán la posibilidad de instrumentar el mismo procedimiento que tiene establecido en sus operatorias el Banco Hipotecario Nacional.” proceda a tomar los siguientes recaudos:

• Remitir un oficio a la seccional de la jurisdicción para que presta el auxilio de la fuerza pública a los fines del desalojo y debida toma de posesión del Inmueble.-

• Actuar como oficial del desalojo, con facultad de utilizar cerrajero que proceda a la apertura del acceso a la vivienda, cambio de cerradura y realizar cualquier otra medida que sea conducente para facilitar el cometido.-

ART1CULO 4º.- Al efecto de cumplimentar con lo normado por la Ley N° 12071 se transcribe a continuación el Decreto Nº 10204/58 en sus partes pertinentes- “ARTICULO 42: El recurso de revocatoria podrá interponerse contra los decretos y resoluciones dictados en los expedientes o actuaciones administrativas y, en general, contra cualquier decisión dictada por autoridad administrativa competente que niegue un derecho o imponga obligaciones, dentro del término de diez días de la notificación. ARTICULO 47: Para que proceda, el recurso de apelación deberá ser interpuesto en tiempo y forma ante la autoridad administrativa que hubiera dictado la resolución motivo del mismo, pudiendo interponerse también subsidiariamente con el recurso de revocatoria -Artículo 55: El recurso jerárquico ante el Poder Ejecutivo procederá cuando exista una denegación tácita del derecho postulado, por parte de la autoridad administrativa que deba resolver, o una retardación en la resolución.-...-“

ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Arq. ALICIA DEL CARMEN PINO

Directora Provincial

D.P.V. y U. - M.O.P. y V.

S/C             6318     Abr. 18 Abr. 20

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DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA

Y FAMILIA

 

EDICTO CITATORIO

 

Por disposición de la  Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia  de la 2ª Circunscripción de Rosario, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo N° 1704 “Gallucci Cirio Tulio  s/solicitud de protección, medida excepcional”, que tramita por ante la Dirección Provincial de Promoción y  de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia,  sirvase notificar por este medio a la Sra. Bibiana Alicia Cali, DNI N° 16.852.656  que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente:  “Rosario, 13  de abril de 2011.-  VISTO… CONSIDERANDO…  RESUELVE: “1) ADOPTAR la Medida de Protección Excepcional de Derechos, que tiene por objeto, el alojamiento transitorio de CIRO TULIO GALLUCCI DNI: Nº 39.455225, nacido en fecha 01/02/1996 en Rosario, con último domicilio real, en calle Rioja Nº 1411, 2º piso, Dto. “D” de la ciudad de Rosario, hijo de Bibiana Alicia Cali DNI: 16.852.656, argentina, con ultimo domicilio conocido en calle Rioja Nº 1411, 2º piso, Dto. “D” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe y de JOSÉ GALUCCI fallecido, consistente en la separación temporal de  los niños de su centro de vida y su alojamiento transitorio en la pensión sita en calle Laprida N° 994 de Rosario, por un plazo de 90 días sin perjuicio de prórroga de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. A de la Ley Provincial Nº 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario. 2) La Medida de Protección Excepcional de Derechos se establece por el plazo de noventa días y durante el transcurso de la misma se deberán coordinar estrategias de seguimiento entre el Equipo Interdisciplinario de la Dirección Provincial, procurando sumar nuevos actores institucionales en terreno. Asimismo los Equipos intervinientes evaluarán durante el plazo de vigencia de la Medida Excepcional la conveniencia para el interés superior del niño del regreso a su medio familiar y comunitario 3) El Equipo Interdisciplinario Adolescencia de los Distritos Oeste-Centro  de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la 2º Circunscripción efectuará el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional a las partes interesadas y, una vez firme la presente, solicitará el control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente conforme a lo establecido en el art. 65 de la Ley Provincial 12967; 4) Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese.-

Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la Ley Nº 12.967:

ARTICULO 60.- RESOLUCIÓN.  La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional.

ARTICULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.

ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.

Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva.

Rosario, 14 de abril de 2011

S/C             6335     Abr. 18 Abr. 20

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DIRECCION PROVINCIAL

DE CONTRATACIONES

Y GESTION DE BIENES

 

DISPOSICION Nº 115

 

Santa Fe, 8 de abril de 2011.

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Nº 5100/55 y Disposición DPCyS N° 221/09, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos y jurídicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos 5100/55 y 2479/09;

POR ELLO:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y GESTION

DE BIENES

DISPONE:

ARTICULO 1°: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma; DIACROS S.R.L CUIT N° 30-71158496-6.

ARTICULO 2°: Renuévese la inscripción en el Registro Oficial dé Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente a las siguientes firmas: JOSE Y PEDRO CELOTTI S.A.C.I.F. el CUIT N° 30-50171804-8; JULIO CESAR VIGIL S.R.L CUIT N° 30-59056320-6; FARMATEC S.R.L. CUIT N° 30-59882273-1.

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. EMILIANO ARZUAGA

Director Provincial de

Contrataciones y Gestión de Bienes

S/C             6317     Abr. 18 Abr. 19

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

 

REMATE POR

MIRTHA N. CARDINALETTI

 

Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal Nº 1.A de Rosario, a cargo del Dr. Héctor Zucchi, Secretaría de la Dra. Mercedes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados: “FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ RICCARDI LEONARDO MIGUEL s/ Ejecución Fiscal, Expte. 60.861-A, Boleta de Deuda Nº 21.402/07, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 27 de abril de 2011, a las 14 hs., la que se llevará a cabo en el local cedido sito en Bv. Balcarce 946 de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Sta. Fe, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: La mitod indivisa (del automóvil usado, marca Chevrolet, modelo Corsa GL 1.6 MPFI, año 1998, Dominio CGA-464, motor marca Chevrolet N° JD0035734, chasis marca Chevrolet Nº 9BGSE08NWWC763037, tipo sedan 3 puertas, sin el tubo de gas y otros elementos faltantes según surge del acta de secuestro.- informe del Registro Nacional de la Propiedad Automotor de Las Rosas, Pcia. de Sta. Fe: Consta inscripto el dominio a nombre la mitad indivisa del demandado, no registrando prenda, pero sí lo siguiente: Embargos: del 5-11-2008 por $ 41.216.08- o/los presentes autos; del 02/02/2010 por $ 53.085. o/Juz. 1° Inst. Dist. Civil, Com y Laboral 2ª. Nom. de Cda. de Gómez, autos: Sociedad Española de SSMM Las Rosas c Riccardi Leonardo M. s/ Dem. Ejecutiva. Exp. 1034/09; y del 16.03.2010 por $ 10.143,51 o/Juzgado Federal Nº 2 Rosario, autos Fisco Nacional (A.F.I.P.) c/ Riccardi Leonardo Miguel s/ Ejec. Fiscal- Expte. Nº 46.581. e inhibiciones: Del 27/03/2008 o/ Juz. Federal de Rosario Nº 1-A. Exp. 60.861/2000, por $ 41.216.08; Del 16-02.10 Juzg. de 1° Inst. Civil, Com. y Lab. de Distrito Nº 6. 2º Nom. de Cda. de Gómez - autos Nuevo Bco. de Sta. Fe c/ Riccardi Leonardo Miguel s/ Ordinario, Exp. N° 1144/08.- por $ 26.795,54.- La mitad indivisa del rodado saldrá a la venta con una única Base de $ 5.000.- y de no haber oferentes por la Base la subasta se declarará desierta. La venta será Al Contado y Al Mejor Postor, en el estado en que se encuentra, sin reclamos posteriores, entrega inmediata, responsabilidad civil, penal, administrativa y de cualquier otra índole a cargo del adquirente en subasta a partir del momento de la compra.- El que resulte comprador deberá abonar sin excepción en el acto de subasta el total del precio de compra e I.V.A- si correspondiere, con más el 10% de comisión a la Martillera actuante o de honorario mínimo que fija la Ley 7547 de Los Colegios de los Martilleros, todo en efectivo o cheque certificado de plaza.- Son a cargo del comprador todas las patentes y/o multas que se adeudaren como así también los gastos de transferencia retiro y traslado del rodado, cambio de radicación de corresponder y cualquier otro concepto o impuesto provincial o nacional creados o a crearse, y que de resultar inhábil el día de la subasta la misma se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Se encuentran agregados en autos a disposición de los interesados acta de verificación del estado del rodado y de los números de chasis y motor, y el informe del Reg. Nac. de la Propiedad Automotor de Las Rosas, Pcia. de Sta. Fe., acotándose que luego de la subasta no se aceptarán reclamaciones por insuficiencia o faltas de cualquier naturaleza. Para el caso de compra en comisión el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, aprobación la autorización para tal situación, estableciéndose el término de 3 días para ratificación de la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el Nro. de C.U.I.T. del demandado es 20-26209943-2 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Ver y revisar el día 25 de abril de 2011 de 9 a 12 hs. en el taller mecánico sito en calle Santa Fe 590 esquina Tucumán de la ciudad de Las Rosas, Pcia. de Sta. Fe. Mayores informes a la Martillera por la tarde T.E. 0341-4402392.- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 11 de abril de 2011. Fdo. Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.

S/C.-           130942 Abr. 18 Abr. 19

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REMATE POR

GUSTAVO ARIEL MONTEFERRANTE

 

Por disposición de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS AFIP-DGI dentro de los autos caratulados: FISCO NACIONAL AFIP-DGI c/ MANSILLA RICARDO DANIEL (cuit Nº 20082849085) s/ Ejec. Fiscal, Expte. Nº 51662 (Ley 11.683 Modif. Ley 25.239), que tramitan por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N°1A de Rosario a cargo del Dr. Héctor Zucchi, Secretaría a cargo de la Dra. Mercedes Andrada hace saber a sus efectos que ha dispuesto que el Martillero Gustavo Monteferrante (cuit n° 20-16491315-6), venderá en pública subasta el viernes 27 de mayo de 2011 a las 10:30 hs. en la Sala de remates del Colegio de Martilleros - Moreno 1546 - de Rosario, o el día hábil siguiente a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil la mitad indivisa del siguiente bien inmueble ubicado en calle Mingoni, hoy Fragata Sarmiento, de la localidad de Rosario. Entre calles: Italo Balbo y Alvear. Lote: 335. Manzana: 14. Arranque: a los 10,975 m de la calle Italo Balbo al Este de la manzana. Mide: 9 metros por 26 metros. Linda: al Norte con calle Gustavo Mingoni, al Este con lote 334, al Oeste con lote 336 y al Sud con lote 337. Superficie: 234 m2. Plano: 13837/1946. Zona: Urbana Dominio inscripto a Matrícula Nº 16-19713 del Departamento Rosario. Informe del Registro General de la Propiedad: El dominio consta a nombre del demandado. Embargos: Presentación n° 356.514 de fecha 31/07/2009 por $ 13.993,05 Banco Credicoop Coop Ltdo c/ Gimatel SRL y otros s/ cobro ejecutivo saldo deudor cta. cte. embargo preventivo. Presentación n° 341.062 de fecha 09/05/2008 por $ 18.327,83.- embargo por el que se ejecuta. Hipotecas: no se registran. Inhibiciones: no se registran. Dicho inmueble se venderá con la base de $ 47.970.- y de no haber postores por dicha base seguidamente con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes la subasta se declarará desierta adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 20% del precio de su compra y como a cuenta del mismo, más el 3% de comisión de Ley al martillero, todo en dinero en efectivo y/o cheque certificado, el saldo deberá depositarse en el Banco de la Nación Argentina a la orden del tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta y bajo los apercibimientos previstos por el art. 580 del CPN. Se vende en las condiciones de ocupado según constancias del acta de constatación efectuada. Y con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas, y/o contribuciones adeudadas, son a cargo exclusivo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de dominio en IVA si correspondiere. Copia de títulos se encuentra a disposición de los interesados, adjunto al expediente, con acta de constatación e informes de deudas en el juzgado interviniente y/o en la oficina del Agente Fiscal AFIP Tucumán 1445 5° P of. A, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos una vez realizada la subasta. De conformidad con lo normado por el art. 598 inc. 7° del C.P.C.C.N., no procederá la compra en comisión. El inmueble podrá ser visitado en el horario de 10 a 12 hs., los días 24 y 26 de mayo de 2011. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, lunes, 04 de abril de 2011. Fdo: Dra. Nélida Piriz, Agente Fiscal.

S/C.-           130961 Abr. 18 Abr. 19

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AFIP - DGI

 

REMATE POR

GUSTAVO ARIEL MONTEFERRANTE

 

Por disposición de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS AFIP-DGI dentro de los autos caratulados FISCO NACIONAL AFIP-DGI c/TIMMERMANN ROSANA (Cuit nº 27059897964) s/EJEC. FISCAL, Expte. Nº 61458 (Ley 11.683 modif ley 25.239), que tramitan por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1A de Rosario a cargo de el Dr. Héctor Zucchi, Secretaria a cargo de la Dra. Mercedes Andrada hace saber a sus efectos que ha dispuesto que el Martillero Gustavo Monteferrante (cuit nº 20-16491315-6), venderá en pública subasta el jueves, 16 de junio de 2011 a las 10:30 hs. en la Sala de remates del Colegio de Martilleros - Moreno 1546 - de Rosario, o el día hábil siguiente a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil los siguientes inmuebles con todo lo edificado, clavado y plantado, a saber; Primero: una fracción de terreno situada en esta ciudad, en el Barrio Alberdi, antes Sorrento, que es parte del lote letra “I” de la manzana n° 15, del plano que indica su título, cuya fracción de terreno es la designada como lote n° Dos, en el plano archivado bajo el n° 68.394 del año 1951, se halla ubicada en la calle Blas Parera, antes Alberdi, entre las calles Roma y Mazzini, a los 43,20 metros de esta ultima hacia el Oeste, se compone de 4 metros de frente al Norte, 43,10 metros de fondo en su costado Este, cuya línea forma con la del frente un ángulo de 90 grados, 17,20 metros en su contrafrente al Sud, cuya línea forma con  la anterior un ángulo de 90 grados, y el costado Oeste está formado por una línea quebrada compuesta de 3 tramos: el 1º arranca del extremo Oeste del costado Sud y en dirección Norte mide 9 metros y forma con la línea del costado Sud un ángulo de 90 grados, el 2a tramo arranca del extremo del anterior en dirección Este, mide 13,20 metros y forma con la línea del 1° tramo un ángulo de 90 grados, y el 3° tramo arranca del extremo del anterior en dirección Norte, mide 34,10 metros, cierra la figura y forma con la línea del 2° tramo un ángulo de 270°, todos los ángulos internos, encerrando una superficie total de 291 metros 20 decímetros cuadrados, dentro de los siguientes linderos: al Norte, con la calle Blas Parera, al Este con propiedad de A Calvo, al Sud con propiedad de E Alvarado y al Oeste, en parte con propiedad de A Comili y en el resto con más terreno de la sucesión de don Germán Timmermann. Y Segundo: Un lote de terreno ubicado en esta ciudad en la manzana que forman las calles Blas Parera (antes Alberti), Alvarez Thomas (antes Mazzini), Washington y Mazza (antes Roma), el que según plano n° 54878 año 1968 es designado Lote Uno B, está situado a los 27 metros 41 cm (lado Oeste) de la calle Blas Parera hacia el Sur, cuyo punto arranca a los 26 metros 17 centímetros de la calle Mazza al Este y a los 26,7 centímetros (lado Este) de la calle Blas Parera hacia el Sud, cuyo punto arranca a los 46 metros 97 centímetros de la calle Alvarez Thomas hacia el Oeste, es de forma irregular y mide 7,84 metros al lado Este, 13,32 metros en su lado Sur el cual forma con el anterior un ángulo de 90 grados, 6,50 metros al lado Oeste, el cual forma con el anterior un ángulo de 89 grados 30 minutos y el lado Norte está formado por una línea quebrada compuesta de 2 tramos, el 1° de los cuales arranca del extremo Norte del lado Oeste y mide 6,35 metros, el cual forma con el anterior un ángulo de 102 grados 40 minutos y el 2° tramo que cierra la figura mide 7,05 metros y forma con el lado anterior un ángulo de 167 grados, 50 minutos y con el costado Este uno de 90 grados. Linda por el Este y Sur con terreno del Sr Reinaldo Juan Timmermann, por el Oeste con propiedad de Norma Quijada y por el Norte con lote 1 A, del mismo plano. Tiene una superficie de 99,9329 metros cuadrados. Según consta en el plano citado este lote es para anexar al descripto precedentemente el que no puede ser transferido en forma independiente Dominio inscripto a T° 486 F° 210 Nº 123317 del Departamento Rosario. Informe del Registro General de la Propiedad: El dominio  consta a nombre del demandado, Embargos: al T° 117E F°4281 Nº 369814 de fecha 30/07/08 por $24.591,17.- embargo por el que se ejecuta; al T° 117E F°4270 Nº 369812 de fecha 30/07/08 por $24.591,17.- embargo por el que se ejecuta. Hipotecas: no se registran. Inhibiciones: no se registran. Dicho inmueble se  venderá con la base de $260.000.- y de no haber postores por dicha base seguidamente con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes la subasta se declarará desierta adjudicándose al último y mejor postor, quien deberá abonar en el acto de la subasta el 10% del precio de su compra y como a cuenta del mismo, más el 3% de comisión de Ley al martillero, todo en dinero en efectivo y/o cheque certificado, el saldo deberá depositarse en el Banco de la Nación Argentina a la orden del tribunal y para estos autos al aprobarse la subasta y bajo los apercibimientos previstos por el art. 580 del CPN. Se vende en las condiciones de ocupado según constancias del acta de constatación efectuada. Y con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas, y/o contribuciones adeudadas, son a cargo exclusivo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de dominio en IVA si correspondiere. Copia de títulos se encuentra a disposición de los interesados, adjunto al expediente, con acta de constatación e informes de deudas en el juzgado interviniente y/o en la oficina del Agente Fiscal AFIP Santa Fe 849 1° piso, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos una vez realizada la subasta. De conformidad con lo normado por el art. 598 inc. 7° del C.P.C.C.N., no procederá la compra en comisión. El inmueble podrá ser visitado en el horario de 10 a 12 hs., los días 14 y 15 de Junio de 2011. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, Lunes 04 de Abril de 2011. Fdo. Dr. Carlos Marc, Agente Fiscal.

S/C             130963 Abr. 18 Abr. 190

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA

 

CONCURSO PUBLICO DE PRECIO

NRO. 8743

 

Objeto: Contratación Servicio de reparación de Chapa y Pintura en Pick Up 4x2 DC, Toyota Hilux modelo 1998 - Móvil Interno N° 2018 EPE.

Apertura de propuestas: día 29/04/11, HORA: 12,00.

Consultas técnicas a: Movilidad y Transporte EPE - Urquiza y Tucumán - 3000 - Santa Fe.

Entrega de pliego e informes: Empresa Provincial de La Energía, Primera Junta 2558 - 1er. Piso - Of. 7. Santa Fe - Tel. 0342 - 4505849.

S/C             6329     Abr. 18 Abr. 20

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AGUAS SANTAFESINAS S.A.

 

CONCURSO DE PRECIOS Nº 10007399

 

Alquiler de Camiones para Arrastre de Cubas para Transporte de Agua.-

LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO: Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe.

FECHA LIMITE PARA LA PRESENTACION DE OFERTAS: 02 de Mayo de 2011 a las 16 horas.

CONSULTA DE PLIEGOS Y ENTREGA DE OFERTAS: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00. Departamento Abastecimiento y Logística, Ituzaingó 1501, ciudad de Santa Fe. Provincia de Santa Fe. www.aguassantafesinas.com.ar.

 

CONCURSO DE PRECIOS N° 10007184

 

Recolección de Barros y Grasas

LUGAR DE ENTREGA: Estación Depuradora de Líquidos Cloacales, Ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.

FECHA LIMITE PARA LA PRESENTACION DE OFERTAS: 02 de Mayo del 2011 a las 16 horas.

CONSULTA DE PLIEGOS Y ENTREGA DE OFERTAS: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00 - Departamento Abastecimiento y Logística, 0342-4504509, Ituzaingó 1501, Ciudad de Santa Fe. Provincia de Santa Fe. www.aguassantafesinas.com.ar

 

CONCURSO DE PRECIOS N° 10007433

 

Construcción de Galpón.-

LUGAR DE ENTREGA: Planta Potabilizadora, Ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe.

FECHA LIMITE PARA LA PRESENTACION DE OFERTAS: 02 de Mayo del 2011 a las 16 horas.

CONSULTA DE PLIEGOS Y ENTREGA DE OFERTAS: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00 - Departamento Abastecimiento y Logística, Ituzaingó 1501, ciudad de Santa Fe. Provincia de Santa Fe. www.aguassantafesinas.com.ar

S/C             6324     Abr. 18 Abr. 20

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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

 

Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia

 

Por disposición del Sr. Director Provincial Lic. Ps. Waldir Elmer Calvo de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Equipo de Atención y Diagnóstico Nodo Santa Fe s/ Adopción de Medida de Protección Excepcional en beneficio de los niños Duarte Alejandra Rosalía; Loza Ariel Luis; Loza María Jose; Loza Caren Sol y Loza Rodrigo Cruz Abel - Expte. Nº 01503-0000798-3, se cita, llama y emplaza al progenitor, al Sr. Loza Francisco quien acredita su identidad con el DNI. Nº 12.027.696, para que comparezca a notificarse de la Disposición administrativa Nº 000007 de fecha 20 de enero de 2011, para hacer valer sus derechos en los autos mencionados dentro del término que determina la Ley Provincial Nº 12.967 de  “Promoción y Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes” conforme a sus arts. 60, 61, 62 y su Decreto Reglamentario N° 0619/2010. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, Abril de 2011.

S/C             6330                Abr. 18

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