picture_as_pdf 2011-02-18

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

 

POR

OLGA ALE

 

Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 22, de la ciudad de Laguna Paiva, se ha ordenado en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE LAGUNA PAIVA c/Otro (DNI. S/D) y/o quienes resulten propietarios s/Apremio” Expte. N° 12/10 que la Martillera Pública Olga Ale, Mat. N° 798 (C.U.I.T. 27-20.403.071-0), proceda a vender en pública subasta el día 25 de Febrero de 2.011, a las 10,30 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora si aquel resultare inhábil a realizarse en el hall de estos Juzgado de Circuito N° 22 de la ciudad de Laguna Paiva, sito en calle Avda. Presidente Perón N° 2115. Con la base del Avalúo Fiscal de $ 244,72 (Doscientos Cuarenta y Cuatro con Setenta y Dos ctvos.), de no haber postores, con la retasa del 25% y de persistir tal situación sin base y al mejor postor: Un Lote Baldío: Identificado como Lote N 10 Parcela N 14 Manzana (D Este) MC 35- 1718 Plano N 8921 sito en calle Colón N 1815 entre las calles Leandro Alem y Belgrano (fs. 53). Inscripto en el Registro General de la Propiedad bajo el Dominio Nº 56049 F° N° 1815 T° N° 314 Impar Dpto.: La Capital, con la siguiente descripción: (fs. 6) Dos lotes de terreno con todo lo clavado, plantado y edificado designado en el plano de subdivisión confeccionado por el Agrimensor Nacional Don Juan M. Zamora y registrado el 8 de marzo de 1951 en el Depto Topográfico de está Pcia., bajo el n° ocho mil novecientos veintiuno y por el cual fue subdividido la fracción de quintas n° cuatro del plano de subdivisión, como lote n° Diez y Once de la manzana letra “D” de la que forman la ampliación Sud-Oeste del Pueblo Reynaldo Cullen, (Hoy ciudad de Laguna Paiva), Depto La Capital, de esta Pcia. de Santa Fe los que tienen las siguientes medidas y linderos: El lote Diez: mide diez metros de frente al Este, sobre calle Colón por igual contrafrente al Oeste teniendo un fondo en la línea del Norte de cincuenta y dos metros seis centímetros, el fondo del lado Sud mide cincuenta y dos metros veinte centímetros lindando; al Este, calle Colón, al Norte, lote nueve, al Oeste, con propiedad de Laura C. de Becerra y al Sud, con el lote Once que se describe (fs. 53). Informa el registro de referencia que el dominio subsiste a nombre de los demandados (fs. 53). No registra Inhibiciones ni Hipotecas. (fs. 54/55/56/57) Registra embargos: 1) 052003 De Autos $ 13.564,11. Fecha 02/06/10 (fs. 51) A.P.I. Informa que le corresponde la Partida Inmobiliaria N° 10-05-00-137137/0003-1 y adeuda los siguientes períodos: T/05, T/06, T/07, T/08, T/09,1,2,3/10 Apremios N 6537014-40- período 1986-1/1989-2- Total de deuda: $ 955,20, a la fecha 04/10/10 (fs. 49) Municipalidad de Laguna Paiva: Informa que adeuda de Tasa General del Inmueble, los siguientes períodos 01/81 al 09/10 la suma de $ 9.554,43 a la fecha: 28/09/10, Obra Cloacas Convenio N° 15866 adeuda la suma de $ 4.726,62 a la fecha: 28/09/10 (fs. 58). Informa Cooperativa de Provisión, Obras y Servicios Públicos Laguna Paiva Ltda.: que no se adeuda en concepto de servicio por provisión de agua potable a la fecha: 17/09/10 (fs. 45). Informa la Sra. Oficial de Justicia, en la constatación realizada en fecha: calle Colón N 1815 entre calles Leandro M. Alem y Belgrano. En el lugar, pude constatar que se trata de un lote baldío, libre de mejoras, siendo sus medidas de 10 mts. de frente al Este sobre calle Colón, con igual contrafrente al Oeste y sus laterales 52,06 al Norte y 52,20 mts. al Sur, lo que hace una superficie total de 521,30 m2. Se encuentra ubicado sobre calle Colón, de tierra. Dista aproximadamente a 76,18 mts de calle Belgrano y a 15,09 mts. de calle Alem. Cuenta con los servicios de alumbrado público. Ubicado aproximadamente a ocho cuadras de la Municipalidad y bancos, cuatro cuadras del S.A.M.C.O., tres cuadras de la Escuela de Enseñanza Media N° 423, seis cuadras de Escuela de Educación Primaria N° 31 M. Moreno. Condiciones: quien resulte comprador deberá abonar en el acto del remate el 15% a cuenta del precio más el 3% de comisión del Martillero. El saldo deberá abonarse una vez de aprobada la subasta de conformidad con lo establecido con el art. 499 del CPCC, y sin perjuicio de la aplicación del art. 497 del citado código. En caso de que no se produzca el depósito del saldo pasado los 30 días posteriores a la subasta haya o no aprobación de la misma dicho saldo se le aplicará un interés equivalente al de la tasa pasiva que para depósito a 30 días, abona el Banco de la Nación Argentina. El adquirente tendrá a su cargo los impuestos, tasa y demás gravámenes que pesen sobre el inmueble a partir de la fecha de toma de posesión y serán a su cargo además la totalidad de los impuestos y sellos nacionales y/o provinciales incluidos el IVA. De corresponder que resultare de la operación, debiendo manifestar en el mismo acto si compra para si o para un tercero en comisión el que deberá comparecer a ratificar la compra dentro de los cinco días. Publíquense edictos a los efectos legales y por el término de Ley en el BOLETIN OFICIAL y en el panel del Juzgado de Circuito N° 22 de la ciudad de Laguna Paiva, conforme lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia (Ley 11287). Notifíquese. Informes en Secretaría y/o al Martillero, Tel. 0342-4523235. Laguna Paiva, 02/2011. Jorge Luis Christe, secretario.

S/C             125309 Feb. 18 Feb. 22

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