DECRETO Nº 0008
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"
09 ENE 2018
VISTO:
El expediente N° 16101-0157726-3, del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura y Transporte, gestiona la ratificación de la Resolución N° 1988 de fecha 29 de Diciembre de 2017 emitida por esta Repartición; y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicho acto administrativo el Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad autorizó al Corredor Vial N° 6 — de la Ruta Provincial N° 14 a aplicar un incremento sobre las tasas básicas de los peajes en un todo de acuerdo con lo establecido en el Art. 3 inc. c) de la Ley N° 11.204, Art. 4º del Decreto N° 0461/95, Art. 5º de los Pliegos Técnicos Particulares, concordante con la Cláusula 7° del Acta Acuerdo de Renegociación y Prórroga del Contrato de Conservación, Reparación y Mejoramiento N° 27.989;
Que han tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 609/17, y la Dirección Provincial de Auditoría y Control de Gestión, avalando la gestión de marras;
POR ELLO,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°: Ratifícase la Resolución N° 1988 de fecha 29 de diciembre de 2017 dictada por la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura y Transporte, la que forma parte de este Decreto, mediante la cual se autorizó al Corredor Vial N° 6 de la Ruta Provincial N° 14, a percibir una Tasa Básica de $ 35 (PESOS TREINTA Y CINCO) a partir del 1° de Enero de 2018.
ARTICULO 2º: Refréndase por el Señor Ministro de Infraestructura y Transporte.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LIFSCHITZ
Ing. José León Garibay
ANEXO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
RESOLUCIÓN Nº 1988
SANTA FE. "Cuna de la Constitución Nacional"
29 DIC 2017
VISTO:
El expediente N° 16101-0157726-3, por el cual la Dirección General de Concesiones eleva nota del Corredor Vial N° 6 - R.P.N° 14, y demás documentación mediante la cual se requiere el aumento de la tasa básica del peaje de la Ruta Provincial concesionada por Ley N° 11.204; y
CONSIDERANDO:
Que el Corredor Vial N° 6 - R.P.N° 14 - Consorcio Público, mediante nota del mes de noviembre del año 2017, solicita el incremento de la tasa retributiva básica a $ 35, vistos los aumentos en sus gastos corrientes y conforme lo dispone la normativa contractual vigente;
Que la Dirección General de Concesiones informa sobre los incrementos en los valores de los insumos que se han ido produciendo a lo largo del ejercicio 2017, que se reflejan en la fórmula polinómica establecida en el artículo 5º del Pliego de Condiciones Particulares para la Concesión de Obras Viales del plexo contractual, lo cual indudablemente repercute negativamente en el desárrollo del presupuesto;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídidos emite Dictamen N° 609/2017 expresando que: "manifiesta el estamento de control que a los efectos de mantener equilibrado el Presupuesto de este año se hace necesario autorizar las nueuas tarifas, las que permitirán hacer frente al aumento de costos fijos y a la inversión en obras, asegurando la transitabilidad al usuario del Corredor";
Que la gestión se encuadra en lo establecido en el artículo 3° inc c) de la Ley 11.204, artículo 4° del Decreto N° 0461/95, normativa que establece, en primer caso, que la tarifa no puede exceder el valor económico medio de los servicios ofrecidos, para ello se tendrá en cuenta la ecuación económica financiera;
Que las Direcciones actuantes propician el dictado del acto administrativo que haga lugar a la solicitud requerida por el Corredor Vial N° 6 - R P.N° 14 - Consorcio Público, encontrándose sujeto a ratificación por parte del Poder Ejecutivo en virtud de su carácter de concedente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Vialidad N° 4.908 artículo 11° inc. p) y Decreto N° 0085/15;
EL ADMINISTRADOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar al Corredor Vial N° 6 - R.P.N° 14 - Consorcio Público a percibir una Tasa Básica de $ 35 (pesos treinta y cinco) a partir del día 1° de enero de 2018, conforme,actuaciones obrantes en expediente N° 16101-0157726-3; todo ello Ad referendum del Poder Ejecutivo Provincial, conforme dictamen legal.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
21341
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