JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
DANIEL ALTARE
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe, Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza, en los autos caratulados: (Expte. 305/2012 – CUIJ 21-00993067-9) Ovando, José Alberto c/CUIT. 30-68694713-7 s/Demanda Por División de Cosa Común, se ha dispuesto que el martillero DANIEL ALTARE, CUIT: 20-06246930-8, proceda a vender en pública subasta el día 27 de Diciembre de 2018 a las 10.00 horas, ó el día siguiente hábil a la misma hora si aquél resultare feriado, ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la Ciudad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe, el inmueble ubicado en calle 25 de Mayo 241 de la ciudad de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe, que se designa como lote “A” de la manzana 1 según el plano inscripto en la Sección Topográfica de la Dirección General de Catastro de la Provincia de Santa Fe el 15/11/1982 bajo el Nº 100249. Saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal de Pesos Cinco Mil trescientos setenta y uno con 09/00 ($ 5.371,09) Terreno: $ 1.011,97, Edificio: $ (4.359,12) y se adjudicará al mejor postor; en caso de no haber postores se ofrecerá nuevamente con la retasa del 25%; y de no existir nuevamente postores, se ofrecerá sin base y al mejor postor, el cien por ciento (100%) de la plena propiedad del inmueble que, según título, se describe de la siguiente manera: una fracción de terreno con sus mejoras que forma parte de la manzana N° 1, subdivisión de la mitad parte Sud de la concesión veintidós del pueblo de San Carlos Centro, Departamento Las Colonias, provincia de Santa Fe, parte de una mayor superficie de acuerdo a título, y de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado por la agrimensora Alicia Tomasella, e inscripto en la Sección Topográfica de la Dirección General de Catastro de esta provincia el 15/11/1982, bajo el N° 100.249, se designa como Lote Letra “A”, y de acuerdo al mismo mide 7,47 metros de frente al Norte, línea A-F, lindando con calle 25 de Mayo, por igual contrafrente al Sud, linea D-E, lindando con Daniel Miño, por 44,65 metros en sus costados Este, línea F-E, y Oeste, línea A-D, lindando al Este con el lote letra B del mismo plano, y al Oeste con Chiavon Doralicha y otros. Encierra una superficie total de 333.52 m2. INFORMA EL REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD (fs. 394 a 398): que la mitad indivisa del inmueble se encuentra inscripto a nombre del actor (D.N.I. 11.555.527) bajo el Tomo 214 Par, Folio 2302, N° 77708, año 1982. Departamento Las Colonias, con deducción de lo vendido, aclarándose que dicho título refiere al inmueble de mayor extensión del cual forma parte el referido lote A, que no registra hipotecas ni medidas precautorias; que la otra mitad indivisa se encuentra inscripta a nombre de la demandada (C.U.I.T. 30-68694713-7) bajo el Tomo 369 Par, Folio 883. N° 38864. año 2010, Departamento Las Colonias (punto B); que el actor y la demandada no registran inhibiciones (a fecha 28/09/2018). INFORMA SERVICIO DE CATASTRO E INFORMACIÓN TERRITORIAL (fs. 431 a 433) (Certificado N° 1414628 del 27/11/2018); que la partida inmobiliaria N° 09-35-00 094646/0001-7 corresponde al lote A según el plano N° 100249 de 1982 y que la ubicación del inmueble es la de calle 25 de Mayo 241, zona urbana, Distrito San Carlos Centro, Departamento Las Colonias. INFORMA LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS (fs. 434/436): que al 12/12/2018 (Actualización SCIT al 03/12/2018) la partida Nº 09-35-00-094646/0001-7 adeuda los períodos 2014 (4-5 y 6), 2015 (1, 2, 3, 4, 5 y 6); 2016 (1, 2, 3, 4, 5 y 6); 2017 ( 1, 2, 3, 4, 5, 6) y 2018 ( 1, 2, 3, 4, 5 y 6) por un total de $ 1.588,55. INFORMA LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS CENTRO (fs. 418) que registra al mes 11/2018 deuda de tasa general de inmuebles urbanos por un total de $ 5.063,85. INFORMA LA COOPERATIVA DE PROVISION DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS, SOCIALES Y ASISTENCIALES DE VIVIENDA Y CRÉDITO DE SAN CARLOS CENTRO LTDA. (fs. 438): Que al 26/11/2018 adeuda $ 3.910,51. De la CONSTATACIÓN JUDICIAL (fs. 404): a continuación, en lo pertinente, se transcribe: “En la ciudad de San Carlos Centro a los 31 días del mes de octubre de 2018 siendo las 11:00 hs. me constituí en el domicilio de calle 25 de mayo N° 241 de esta ciudad, a los fines de cumplimentar con lo ordenado … Constituída en el domicilio indicado, conjuntamente con el Dr. Gabriel Ramón Merlo, apoderado en autos, observo que el citado inmueble se encuentra actualmente deshabitado y en total estado de abandono resultando imposible ingresar al mismo ya que sobre una de sus puertas de ingreso se ha construido un tapial de material y la otra se encuentra con llave. Acto seguido procedo a requerir los servicios del Sr. José Rubén Ruiz, de profesión Cerrajero, que acredita su identidad con DNI.: 10.875.881 y nos franquea el ingreso a los fines de poder cumplimentar con lo ordenado por SS procediendo a constatar lo siguiente: el inmueble de referencia se encuentra ubicado sobre calle 25 de Mayo entre las de Moreno y 13 de Mayo a 3 cuadras de la arteria principal – calle San Martín – que a su vez coincide con la Ruta Provincial Nº 6, se trata de un terreno de 7,50 por 44,65 metros aprox., y consta con dos ingresos ubicados sobre calle 25 de mayo, uno de ellos atapialado y el otro con puerta de aluminio y vidrio, el que se encuentra roto. Su frente se encuentra revestido hasta una altura aproximada de 1 metro por ladrillos vistos. La vereda es de cemento alisado. A continuación de una de las puertas de ingreso existe una habitación de aprox. 5 x 5 metros con aberturas de aluminio, techo de tejuelas, piso de madera y paredes de mampostería con importantes humedades, seguida por otros dos ambientes con piso de baldosas y techo de durlok de aprox. 4 x 5 metros. A continuación una puerta por donde se accede al patio por un lado, existiendo hacia el lado derecho de la misma, otra habitación muy pequeña seguida por un baño muy precario que solo cuenta con lavatorio, inodoro y azulejos hasta mitad de pared. Al otro ingreso le sigue una habitación de forma irregular de aproximadamente 2,70 metros de frente por un contrafrente aprox. de 4 mts. Y 8 mts. De largo con techo de tejuelas y piso de baldosas. El estado general del inmueble es MALO con grandes humedades, rajaduras revoques y pintura muy deteriorados. Cuenta con los servicios de luz eléctrica y agua potable no contando con conexión de cloacas y gas natural. Se encuentra exactamente a una cuadra del Colegio Sagrado Corazón y del Club Central San Carlos. En el mismo no vive persona alguna. Finalizado la presente medida y una vez efectuado el cambio de la respectiva cerradura, procedo hacer entrega de las llaves correspondientes al Dr. Gabriel R. Merlo, quien las recibe de conformidad. No siendo para más doy por finalizado el presente acto siendo las 12:00 horas. Y firmo. Fdo.: Gabriel Merlo (abogado), Ma. Alejandra D’Alessandro (Oficial de Justicia). Condiciones de la Venta: Adjudicado el bien, en el acto se abonará sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del martillero 3%, con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo del precio se abonará a la primera oportunidad de: A) al aprobarse la subasta; o B) a los 40 días corridos desde la fecha del remate. En caso que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe al comprador de lo siguiente; a) si no deposita a los 40 días, el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días; y b) si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Hágase saber a los compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras y servicios de aguas del inmueble a partir de la fecha del remate. Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar comitente para su constancia en el acta de la subasta; y el comitente deberá aceptar la compra formalmente bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente que estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio, y se le podrá exigir la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (art. 323 de la ley 10.160). Previo a inscribir se actualizará el informe del Registro General a los efectos del art. 506 del C.P.C.C., si correspondiere. A CONTINUACIÒN SE TRANSCRIBE EL DECRETO QUE ASÍ LO ORDENA: SANTA FE, 20 de Noviembre de 2018 Proveyendo escrito cargo N° 14760/18: Agréguese la fotocopia simple acompañada. Téngase presente. Atento lo expresado al Otro si digo, déjese sin efecto el proveído de fecha 08/11/2018 (fs. 409) y, en su lugar, se provee: Para que tenga lugar la subasta del lote “A” de la manzana 1 según plano nro 100249 del año 1982, ubicado en calle 25 de Mayo 241 de la ciudad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe (mitad indivisa de titularidad del actor Sr. JOSE ALBERTO OVANDO inscripta al Tomo 214 Par, Folio 2302, N° 77708 -con deducción de lo vendido-, Sección Propiedades, Dpto. Las Colonias del Registro General; y mitad indivisa de titularidad de la demandada FM CENTRO SRL descripta en el punto B del Tomo 369 Par, Folio 883, Nro. 38864 Sección Propiedades, Dpto. Las Colonias del Registro General, de titularidad de la demandada FM CENTRO S.R.L.) (Partida inmobiliaria nro 093500-094646/0001-7), por el Martillero designado en autos, desígnase el día 27 de diciembre de 2018 a las 10 horas o el día siguiente hábil si aquél resultare inhábil en el mismo horario, la que se realizará por ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de San Carlos Centro. A sus efectos, ofíciese, concediéndose autorización para intervenir en su diligenciamiento. El bien saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal y se adjudicará al mejor postor; en caso de no haber postores se ofrecerá nuevamente con la retasa del 25%; y de no existir nuevamente postores, se ofrecerá sin base y al mejor postor. Condiciones de venta: Adjudicado el bien, en el acto se abonará sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del martillero 3%, con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan. El saldo del precio se abonará a la primera oportunidad de: A- al aprobarse la subasta, o B- a los 40 días corridos desde la fecha del remate. En caso que no se ingrese el saldo en los momentos indicados, se apercibe al comprador de lo siguiente: a) si no deposita a los 40 días, el saldo devengará intereses con la aplicación de una vez y media la tasa que aplica el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos a 30 días; y b) si no deposita a su intimación por aprobación del acta de subasta, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Hágase saber a los compradores que deberán conformarse con los títulos y demás constancias de autos, y que luego del remate no serán admisibles reclamación alguna por insuficiencia de ellos. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras y servicios de aguas del inmueble a partir de la fecha del remate. Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acta de la subasta; y el comitente deberá aceptar la compra formalmente bajo apercibimiento de tener al comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente que estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio, y se le podrá exigir la intervención de un letrado, de estimarlo pertinente o si así lo exige la índole del asunto (art. 323 de la ley 10.160). Previo a inscribir se actualizará el informe del Registro General a los efectos del art. 506 del C. P. C. C., si correspondiere. Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y Hall de estos Tribunales. Las constancias de publicación se acreditarán por Secretaría dos días antes de la fecha prevista para la subasta. Autorízase la publicidad solicitada por el Martillero, con cargo de oportuna rendición de cuentas. Se recuerda al Martillero la responsabilidad emergente del art. 497 del C. P. C. C.. Previo a la suscripción de edictos se adjuntará certificado catastral actualizado y se deberá acompañar los informes de deudas -API, Municipal y Cooperativa de Provisión de Agua Potable y otros Servicios Públicos- que pudiere registrar el inmueble debidamente actualizados. Notifíquese por cédula al domicilio real y legal del demandado, a la API, Municipalidad de San Carlos Centro y la Cooperativa mencionada. A los fines de las notificaciones correspondientes, ofíciese. Notifíquese. Fdo. Dr. Ivan Di Chiazza: Juez. Dra. Mariana Nelli: Secretaria. /// Más informes en Secretaría del Juzgado y/o a la martillera. TEL./FAX: 0342 -4890992./155- 469565. 0342 – 4538985 / E-mail: angelaruzickiagmail.com. - Santa Fe, 12 de diciembre de 2018 – Fdo.: Dra. Mariana NELLI (Secretaria).-
$ 1500 378090 Dic. 17 Dic. 19
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