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DECRETO 2532

 

Santa Fe, 4 de Diciembre de 2004.

VISTO:

El Expediente Nº 00401-0125050-4 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual su Servicio Provincial de Enseñanza Privada solicita la aprobación de los Planes de Estudios de las Carreras de Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Ciencias Sociales”, Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Letras” y Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Ciencias Naturales” que se dictan en el Instituto Superior Particular Incorporado Nº 9096 Nuestra Señora de la Misericordia” de Rufino; y CONSIDERANDO:

Que los Planes aludidos fueron aprobados con carácter experimental por Disposición Nº 0907/95, rectificándose el correspondiente a Ciencia Sociales por su similar Nº 0199/03, ambas del Servicio Provincial precitado, en orden a las previsiones del Artículo 9º - Inciso e) de la Ley Nº 6427 y del Artículo 1° - Capítulo I - Título 1º - Punto 8° del Decreto Nº 2880/69;

Que debe señalarse que se trata de carreras de dos (2) años y un (1) cuatrimestre de duración cada una, con diferentes cargas horarias, que fueron implementadas ante la necesidad de reconvertir la Formación Docente en función de los requerimientos de la Ley Federal de Educación, dando respuesta a las demandas de la ciudad de Rufino y zonas aledañas;

Que ha tomado intervención la Comisión Provincial Permanente - Decreto Nº 5799/91 expidiéndose al respecto en Dictamen Nº 007/04 destacando que si bien los Planes propuestos han dejado de aplicarse a partir del Ciclo Lectivo 2001 debido a las exigencias de nuevos requisitos para las carreras de Formación Docente, por lo cual la validez nacional de los títulos en cuestión queda comprendida dentro de los alcances del Decreto Nº 1394/03 emanado del Poder Ejecutivo Nacional, resulta necesario aprobar con carácter definitivo los mismos; aconsejando además la competencia para el ejercicio de la docencia que corresponde reconocerles;

Que este Poder Ejecutivo en un todo de acuerdo con los antecedentes aportados por los organismos intervinientes, estima procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 72° Inciso 5º de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º - Apruébanse los Planes de Estudios de las Carreras de Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Ciencias Sociales”, Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Letras” y Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Ciencias Naturales” aprobados oportunamente con carácter experimental por Disposición Nº 0907/95, rectificada por su similar Nº 0199/03 para el correspondiente a Ciencias Sociales ambas del Servicio Provincial de Enseñanza Privada del Ministerio de Educación, los que como Anexos I, II y III en diez (10), trece (13) y catorce (14) fojas, respectivamente integran el presente decreto y dase por autorizada la aplicación de los mismos a partir del Ciclo Lectivo 1995, hasta la finalización de estudios de los alumnos ingresados en el Ciclo Lectivo 2000 inclusive, en el Instituto Superior Particular Incorporado Nº 9096 “Nuestra Señora de la Misericordia” de Rufino, dependiente del Servicio Provincial aludido.

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OBEID

Prof. Carolina Nin

NOTA: Los Anexos correspondientes podrá ser consultados, por los interesados en la Mesa de Entradas del citado Ministerio.

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