DECRETO N°
2532
Santa Fe, 4 de Diciembre de 2004.
VISTO:
El Expediente Nº 00401-0125050-4 del
registro del Ministerio de Educación, mediante el cual su Servicio Provincial
de Enseñanza Privada solicita la aprobación de los Planes de Estudios de las
Carreras de Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Ciencias
Sociales”, Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Letras” y
Profesorado de Extensión para la Formación Docente en “Ciencias Naturales” que
se dictan en el Instituto Superior Particular Incorporado Nº 9096 Nuestra
Señora de la Misericordia” de Rufino; y CONSIDERANDO:
Que los Planes aludidos fueron
aprobados con carácter experimental por Disposición Nº 0907/95, rectificándose
el correspondiente a Ciencia Sociales por su similar Nº 0199/03, ambas del
Servicio Provincial precitado, en orden a las previsiones del Artículo 9º -
Inciso e) de la Ley Nº 6427 y del Artículo 1° - Capítulo I - Título 1º - Punto
8° del Decreto Nº 2880/69;
Que debe señalarse que se trata de
carreras de dos (2) años y un (1) cuatrimestre de duración cada una, con
diferentes cargas horarias, que fueron implementadas ante la necesidad de
reconvertir la Formación Docente en función de los requerimientos de la Ley
Federal de Educación, dando respuesta a las demandas de la ciudad de Rufino y
zonas aledañas;
Que ha tomado intervención la Comisión
Provincial Permanente - Decreto Nº 5799/91 expidiéndose al respecto en Dictamen
Nº 007/04 destacando que si bien los Planes propuestos han dejado de aplicarse
a partir del Ciclo Lectivo 2001 debido a las exigencias de nuevos requisitos
para las carreras de Formación Docente, por lo cual la validez nacional de los
títulos en cuestión queda comprendida dentro de los alcances del Decreto Nº
1394/03 emanado del Poder Ejecutivo Nacional, resulta necesario aprobar con
carácter definitivo los mismos; aconsejando además la competencia para el
ejercicio de la docencia que corresponde reconocerles;
Que este Poder Ejecutivo en un todo de
acuerdo con los antecedentes aportados por los organismos intervinientes,
estima procedente resolver de conformidad, en uso de las atribuciones
conferidas por el Artículo 72° Inciso 5º de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º - Apruébanse
los Planes de Estudios de las Carreras de Profesorado de Extensión para la
Formación Docente en “Ciencias Sociales”, Profesorado de Extensión para la
Formación Docente en “Letras” y Profesorado de Extensión para la Formación
Docente en “Ciencias Naturales” aprobados oportunamente con carácter
experimental por Disposición Nº 0907/95, rectificada por su similar Nº 0199/03
para el correspondiente a Ciencias Sociales ambas del Servicio Provincial de
Enseñanza Privada del Ministerio de Educación, los que como Anexos I, II y III
en diez (10), trece (13) y catorce (14) fojas, respectivamente integran el
presente decreto y dase por autorizada la aplicación
de los mismos a partir del Ciclo Lectivo 1995, hasta la finalización de
estudios de los alumnos ingresados en el Ciclo Lectivo 2000 inclusive, en el
Instituto Superior Particular Incorporado Nº 9096 “Nuestra Señora de la
Misericordia” de Rufino, dependiente del Servicio Provincial aludido.
ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese,
publíquese y archívese.
OBEID
Prof. Carolina Nin
NOTA: Los Anexos correspondientes podrá
ser consultados, por los interesados en la Mesa de Entradas del citado
Ministerio.
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